ESTUDIO GEOTÉCNICO. El estudio geotécnico deberá realizarse de acuerdo con la norma NSR-10 Xxxxxx X. Xxxxxx en la investigación del subsuelo y las características arquitectónicas y estructurales de las edificaciones existentes, con el fin de proveer las recomendaciones geotécnicas de diseño y construcción de excavaciones y rellenos, estructuras de contención, cimentaciones, sistemas de filtración de aguas lluvias, rehabilitación o reforzamiento de las edificaciones existentes y la definición de espectros de diseño sismo resistente, para soportar los efectos por sismos y por otras amenazas geotécnicas desfavorables. Antes de iniciar las actividades de exploración y perforación, la Interventoría aprobará el programa de exploración de campo y ensayos de laboratorio, presentado por el Contratista, de acuerdo con lo exigido en la NSR 10, el cual debe contener como mínimo las pruebas y ensayos antes indicadas y los demás que se consideren necesarios para lograr el objeto del estudio. Igualmente, los métodos, procedimientos y metodología de diseño, deberán ser aprobados por el Contratista Interventor. Sin esta aprobación, no se podrá dar inicio a la elaboración de los diseños, siendo responsabilidad del Contratista de obra cualquier atraso por este motivo. Para el estudio de suelos, la Interventoría debe tener en cuenta que el contratista como mínimo deberá realizar lo siguiente: • Presentar el estudio geotécnico de acuerdo con los numerales H2.2.2 y H2.2.2.1. • Realizar los sondeos de acuerdo con el numeral H3.1 Unidad de Construcción y clasificarla de acuerdo con el numeral H3.1.1 Clasificación de las Unidades de construcción por categoría, de acuerdo con esto aplicar el numeral H3.2.3 Número mínimo de sondeos y profundidad de los mismos, y realizar las perforaciones con equipo mecánico en la profundidad y cantidad establecida en el numeral anterior. • Límites xx Xxxxxxxxx, líquido y plástico. • Humedad natural. • Compresión inconfinada en material cohesivo sobre muestra inalterada. • Peso unitario muestras de suelos (con o sin parafina). • Capacidad de filtración del suelo. • Evaluar el estado de interacción suelo estructura. • Recomendaciones de al menos tres alternativas para la cimentación en el diseño estructural. • Investigar las condiciones de consolidación de las estructuras vecinas y su interacción con la futura construcción. • Análisis de resultados de los trabajos de campo y laboratorio. • Recomendaciones y conclusiones basadas en las investigaciones realizadas, que per...
ESTUDIO GEOTÉCNICO. El Ayuntamiento autorizará al adjudicatario la realización de los sondeos que se estime necesarios, encaminados a elaborar un estudio geotécnico del solar donde se pretende construir los edificios.
ESTUDIO GEOTÉCNICO. A09. Mediciones, Precios y Presupuesto. A10. Otros documentos. -Documentos de planos: P01. Plano de situación. P02.Plano de emplazamiento. P03.Plano de estado actual. P04.Plano de planta general. P05.Planos…. etc. PNN.Planos de detalles. En el caso de presentar el proyecto en un único archivo pdf., seguirá el orden lógico reseñado anteriormente y los diferentes documentos se incluirán en marcadores del pdf. Cada archivo pdf. que se presente deberá contar con la firma electrónica reconocida.
ESTUDIO GEOTÉCNICO. De acuerdo con lo indicado en el artículo 123 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre de Contratos del Sector Público, en el que se obliga a realizar la determinación de las características geotécnicas del terreno, y al artículo 4 de la Ley 2/1999 de 17 xx xxxxx de Medidas de la Calidad de la Edificación de la Comunidad de Madrid. Dadas las características de la obra no es necesario ejecutar un estudio geotécnico, según lo especificado en el DB SE-C, apartado 3. Para este caso de pequeña entidad no es necesario la ejecución de dicho estudio geotécnico, sino que se ha reconocido inicialmente el terreno donde se ubicará la pérgola y basándonos en experiencia de obras colindantes recientes podemos estimar las siguientes características del terreno: Cota de cimentación (parte superior) -0,20m. respecto a la cota del terreno. Estrato previsto para cimentar Terreno arcilloso Nivel freático No se ha encontrado agua al edificar en parcelas colindantes. Coeficiente de permeabilidad Valor entre Ks = 10-7 cm/s a 10-10 cm/s Tensión admisible considerada 0,20 MPa Peso especifico del terreno γ = 1,8-2,15 t/m3 Angulo de rozamiento interno del terreno φ = 30º
ESTUDIO GEOTÉCNICO. El adjudicatario se tiene que hacer cargo de la elaboración de un estudio geotécnico del solar donde se pretende construir la instalación deportiva que se incluye en el proyecto de ejecución.
ESTUDIO GEOTÉCNICO. El alcance de las actuaciones no hace necesaria la elaboración de un estudio geotécnico.
ESTUDIO GEOTÉCNICO. El concesionario realizará los sondeos necesarios en conformidad con el Código Técnico de la Edificación (CTE) y la Instrucción vigente de Hormigón estructural (EHE), encaminados a elaborar un estudio geotécnico del solar donde se pretende construir las edificaciones.
ESTUDIO GEOTÉCNICO. El estudio geotécnico xxx xxxxxxxx tiene por finalidad definir la naturaleza de los materiales a excavar, modo de excavación y utilización de los mismos, los taludes a adoptar en los desmontes de la explanación, la capacidad portante del terreno para soportar los rellenos a ejecutar, la forma de realizarlos, sus taludes, los asientos que puedan producirse y el tiempo necesario para que se produzcan, los coeficientes de seguridad adoptados, las medidas a tomar para incrementarlos, caso de no ser aceptables, y las medidas a tomar para disminuir los asientos y/o acelerarlos. Comprenderá las siguientes fases:
ESTUDIO GEOTÉCNICO. Es responsabilidad del técnico especialista en geotécnia planificar el reconocimiento adecuado al edificio de acuerdo con lo establecido en el capítulo 3 de DB.SE-C (CTE), supervisar las prospecciones con técnico de probada experiencia y comprobar, una vez iniciadas las obras, la validez de sus datos o en caso contrario alterarlos como corresponda a la realidad observada. A tal efecto el edificio se calificará con el siguiente código: C–0 Inferior a 4 plantas y superficie construída ≤ 300 m². C–1 Inferior a 4 plantas y superficie construída > 300 m². C–2 De 4 a 10 plantas. C–3 De 11 a 20 plantas. C–4 Superior a 20 plantas o de carácter monumental o singular. Y el terreno se calificará por el especialista conforme la siguiente casuística: T–1. Cuyas características geológicas y comportamiento geotécnico son suficientemente conocidos, poco variables, y en el que habitualmente la cimentación es con elementos aislados. T–2. En el que existe experiencia de variabilidad en el comportamiento geotécnico, recurriéndose en la zona a distintas soluciones de cimentación. De existir rellenos antrópicos tienen e < 3 m. T-3. Zona con circunstancias geológicas complejas: marismas o suelos expansivos, colapsables, blandos, sueltos, kársticos, residuales, con espesores antrópicos mayores de 3 m, susceptibles de deslizamiento, con coladas delgadas xx xxxx volcánica, o con cavidades. Así mismo se considerarán T-3 los terrenos variables en cuanto composición y estado, los que tienen pendiente > 15 ° y los carentes de experiencia fiable en cuanto comportamiento geotécnico. A partir de la entrada en vigor del CTE sólo se aceptará en el reconocimiento del terreno una programación de nivel reducido cuando el edificio sea C-0 y el terreno T-1, siendo entonces suficiente comprobar en tres puntos separados entre sí menos de 35 m que la naturaleza y distribución de las unidades geotécnicas configuran un suelo T-1 del que sus características y comportamiento son suficientemente conocidos. En el caso más habitual de programarse un reconocimiento de nivel normal, alcanzará como mínimo tres puntos y tendrá la intensidad mínima dada en la siguiente tabla: d n P(1) r T-1 T-2 T-1 T-2 T-1 T-2 T-1 T-2 C-0 - 35 - 1 - 18 - - C-1 35 30 1 2 6 18 70 50 C-2 30 25 2 3 12 25 70 50 C-3 25 20 3 3 14 30 50 40 C-4 20 17 3 3 16 35 40 30
ESTUDIO GEOTÉCNICO. Los datos geotécnicos que se incluyen en el Proyecto, tienen únicamente carácter orientativo e informativo, por lo que el Contratista deberá realizar, a su exclusiva cuenta y cargo, los estudios que considere necesarios para su confirmación y verificación, a efectos de valorar su repercusión en el coste de las obras y reflejarlo en su oferta económica. ACUAMED no admitirá ningún coste adicional por diferencias existentes entre los datos del terreno incluidos en el Proyecto y los reales.