Definición de Estudio Geotécnico

Estudio Geotécnico. Se caracterizaron los materiales presentes en el área del Título No. 13733 así como algunos de Títulos aledaños; se realizaron ensayos geotécnicos y físicos que permitieron determinar el comportamiento geomecánico de los materiales como son: Determinación de los tamaños de las partículas de los suelos INV E 123-2013; Límites xx Xxxxxxxxx: Limite líquido, límite plástico e índice de plasticidad de los suelos Normal INV E 126-2013; Determinación de la gravedad específica de las partículas sólidas de los suelos y de la llenante mineral, empleando el picnómetro de agua INV E 128-2013; Peso unitario en muestras irregulares (método parafinado) Método ISRM 07; Ensayo para determinar granulometría por tamizado NTC – 1522-99; Ensayo de Resistencia a la Carga Puntual en rocas Método ASTM D 5731-08/16; ISRM-07; Ensayo xx xxxxx directo en suelos consolidado drenado. INV E 154-2013, Ensayo de Compresión Simple en Roca. ASTM D 7012-14; Ensayo de Compresión Inconfinada en Suelos. ASTM D
Estudio Geotécnico. En lo relativo al Estudio Geotécnico de los terrenos, se estará a lo dispuesto en el art. 123.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El estudio geotécnico tendrá como objetivo definir la naturaleza de los materiales a excavar, el modo de excavación y la utilización de los mismos; los taludes a adoptar en los desmontes de la explanación y su estabilidad, la capacidad portante del terreno para soportar los terraplenes a ejecutar, la forma de realizarlos, sus taludes, estabilidad, los asientos que puedan producirse y el tiempo necesario para que se produzcan. Asimismo, permitirá definir los coeficientes de seguridad, las medidas a tomar para incrementarlos (caso de no ser aceptables), y las medidas a tomar para disminuir los asientos y/o acelerarlos, de forma que se consiga una explanación segura para la colocación del firme y la explotación de la calle o carretera. Para tal fin, se redactará un Estudio geotécnico preliminar, en base a la información previa disponible y al estudio in situ del terreno, destinado a analizar la viabilidad geotécnica de las alternativas estudiadas. En base a este estudio previo, el equipo redactor realizará la propuesta de manera justificada de la campaña geotécnica a realizar. El Estudio geotécnico preliminar incluirá al menos los siguientes capítulos o epígrafes: → Consideraciones Generales. → Análisis de tensiones y asientos de terreno. → Criterios para el diseño de las soluciones proyectadas. → Propuesta justificada xx xxxxxxx geotécnica: el proyectista enumerara, en su caso, los trabajos geotécnicos que considera necesarios para el cumplimiento de los objetivos citados (calicatas, sondeos, ensayos de penetración…). De no considerarlo necesario, justificará su excepción. Caso de necesitar realizar la campaña geotécnica, se elaborará como siguiente fase el Estudio Geotécnico, a abonar por el Cabildo de Tenerife, que además deberá contener: → Establecimiento de la campaña geotécnica, según normativa de aplicación. → Cartografía geológico geotécnica → Prospecciones de campo y resultado de toma de muestras. → Resultados de los ensayos de laboratorio, adecuados para el problema planteado → En ambos casos se concluirá con la Redacción del informe final: Conclusiones y recomendaciones para los desmontes, terraplenes y explanadas. • Estudio Hidrológico conforme el Plan Hidrológico elaborado por el Consejo Insular de Aguas de Teneri...
Estudio Geotécnico. Este estudio debe suministrar datos suficientes de la mecánica de suelos, a lo largo y ancho del emplazamiento del proyecto, el cual debe ser presentado en un Informe Geotécnico ordenado en capítulos con planos, figuras, croquis y planillas que respalden los resultados y recomendaciones. El estudio, sin ser limitativo, debe contener la siguiente información: Introducción.

Examples of Estudio Geotécnico in a sentence

  • En todo caso, el Estudio Geotécnico contará con el preceptivo visado colegial.

  • El contratista para realizar el proceso constructivo de cada una de las estructuras a ejecutar está en la obligación de tener en cuenta todo lo estipulados en el diseño (cotas, pendientes, medidas, notas etc.), de la CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y OBRAS ACCESORIAS EN EL MUNICIPIO DE SANTA FE DE ANTIOQUIA, además de lo señalado en el Estudio Geotécnico para el predio y las especificaciones técnicas.

  • Estudio Geotécnico, de Suelos, Estabilidad y Estabilidad de Taludes Informe debidamente firmado en original tanto en físico como en digital por el especialista.


More Definitions of Estudio Geotécnico

Estudio Geotécnico. Presentar el Plano de Zonificación Geotécnica teniendo en cuenta lo especificado en el numeral 12 “Planos”.
Estudio Geotécnico. Se deberán realizar Tres (3) perforaciones, distribuyéndose una en cada extremo longitudinal del terreno y la restante en su centro, dentro del predio donde se realizará la ampliación del Jardín Maternal. Los 3 sondeos deberán realizarse hasta una profundidad de 8m (medida respecto al nivel del terreno natural). Con el fin de investigar las características del subsuelo a profundidad y obtener las muestras necesarias para realizar ensayos de laboratorio. Deberá solicitarse la presencia del Asesor de Xxxxxx durante la realización de las excavaciones y fundaciones, para cualquier aclaración o divergencia con los estudios que se realicen. Asimismo, el expresado estudio deberá contener:  Todos los datos geotécnicos y de diseño (parámetros de cálculo) para poder realizar en un futuro el cálculo de las fundaciones.  Descripción del perfil estratigráfico de los suelos a ser analizados, determinando la capacidad de carga de los mismos.  Recomendación del tipo de fundación más aconsejable para las estructuras a construir.  Especificación sistemas, cotas y presiones admisibles de fundación de acuerdo a las necesidades del proyecto.  Criterios para la evaluación de asentamientos del terreno provocados por la obra.  La necesidad de apuntalamientos en excavaciones y los diagramas de empuje aplicables a su diseño, para el cálculo de las entibaciones.  Evaluación de la agresividad de suelos y aguas sobre estructuras o instalaciones enterradas  Evaluación de la magnitud de los empujes de suelos sobre estructuras de contención definitivas.  Existencia de estratos superficiales de arcillas potencialmente expansivas, suelos colapsables, suelos con potencial licuefacción u otros suelos de comportamiento atípico o indeseable.  Nivel probable de las napas de agua y evaluar sus fluctuaciones  Pendiente adecuada a otorgar a los taludes de las excavaciones a cielo abierto, para garantizar su estabilidad, proponiendo de ser necesario entibaciones aconsejables. Todos los datos obtenidos en el terreno y en laboratorio, deberán ser adecuadamente diagramados para una fácil visualización e interpretación de los mismos. Del análisis de estos resultados y de las características de la obra a construir, que el profesional responsable deberá conocer en todos sus aspectos, deberán surgir las recomendaciones para la formulación del proyecto ejecutivo para las fundaciones. El Contratista deberá completar oportunamente esta presentación, con el agregado de un informe y memoria técnica ...
Estudio Geotécnico. Una vez evaluada la información se evidencia que no se presentó el Plano de Zonificación Geotécnica.
Estudio Geotécnico con el contenido y alcance establecido en el DB-SE-C Cimientos del CTE, y cuyas conclusiones deberán recogerse en el dimensionado y cálculo estructural. • Cumplimiento de la Normativa TécnicaActa de Replanteo. • Plan de obras valorado y características de las obras. • Resumen de presupuestos: Presupuesto de Ejecución Material (PEM) por capítulos, Presupuesto de Ejecución por Contrata (PEC), Presupuesto General de Licitación (PGL). • Asimismo se incluirá la justificación del Cálculo de las Estructuras y los anejos de cálculos de todos los elementos e instalaciones proyectadas. En particular se justificará el Documentos Básico SE Seguridad Estructural, del CTE.

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  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Tomador Persona física o jurídica que, por cuenta propia o ajena, contrata el seguro y traslada los riesgos al asegurador. Es a quien corresponden las obligaciones que se deriven del Contrato, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por la persona asegurada. Puede concurrir en el Tomador la figura de persona asegurada y Beneficiaria del seguro.

  • Oferta Técnica Especificaciones de carácter técnico-legal de los servicios a ser adquiridos.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Vehículo Medio de transporte terrestre impulsado o no por su propio motor, provisto o no de remolque, destinado al transporte de personas, materiales o equipos utilizados para labores agrícolas, o de construcción, etc.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 11

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.