RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. La Comisión de Calificación recomendará la adjudicación a la propuesta que obtuvo la mejor calificación final en términos de calidad (referida a la evaluación curricular) y costo.
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. Antes de que venza el plazo de validez de las Ofertas, el Comité de Evaluación (Licitación) enviará un informe que contenga los Alcances de Evaluación y las Recomendaciones de Adjudicación a la Presidencia Ejecutiva de INISER, conforme el término establecido en la sección II: Calendario de Actividades.
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. La Comisión de Calificación recomendará la adjudicación al “MEJOR PUNTAJE EVALUADO” mediante la metodología de calificación prevista y que cumpla con los requisitos solicitados en el Documento Base de Contratación.
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. La adjudicación se hará al Oferente que haya cumplido con la capacidad legal, que hubiere cumplido con el puntaje mínimo de SETENTA (70) PUNTOS en la capacidad financiera, que obtenga el puntaje mínimo de OCHENTA (80) puntos en la evaluación del sobre N° 2 “Oferta Técnica”; y que oferte el precio evaluado más bajo, presentado en el sobre N° 3 “Oferta Económica”.
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. La Comisión Evaluadora, emitirá su Recomendación de Adjudicación, recomendando la adjudicación del contrato al Oferente cuyo examen y evaluación de su oferta determinen que se ajustan a lo solicitado en el Pliego de Condiciones, que cumplen con los requisitos técnicos y legales; y que al ser comparadas se haya determinado como la más baja o más conveniente para los intereses del MINSABS. Una vez emitida la Recomendación de Adjudicación por parte de la Comisión, el MINSABS procederá de conformidad con el Reglamento de la Ley de Contratación del Estado a emitir la Resolución de Adjudicación de los bienes o servicios previamente requeridos, así como su Notificación al oferente seleccionado.
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. En virtud de lo anterior, y a efectos de proporcionar la información necesaria que servirá de fundamento para la suscripción del pertinente acto administrativo por parte de la Directora General de ACTA-2021-31605104-GDEBA-DSTAOPISU Administración del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana de la Provincia de Buenos Aires, esta Comisión concluye por unanimidad de sus miembros lo siguiente: • Rechazar las Propuestas N° 1 COOPERATIVA DE TRABAJO XX XXXXXXX 00 XXXX X° 0 XXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXX 112 LTDA, N° 3 COOPERATIVA DE TRABAJO OBRAR Y CRECER LTDA; N° 4 COOPERATIVA CUARTEL V TRABAJA LTDA, Nº 5 COOPERATIVA DE TRABAJO MANOS PRODUCTIVAS 2 LTDA, Nº 6 COOPERATIVA DE TRABAJO SUEÑOS SIN LÍMITES y N° 7 COOPERATIVA DE TRABAJO UNION Y FUERZA LTDA: por no ajustarse sustancialmente a lo requerido en el documento de SDP conforme cláusula 19.1. • Recomendar la adjudicación de la Propuesta N° 8: COOPERATIVA DE TRABAJO GENERAL BELGRANO LTDA., por un monto total de PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 44/100 CENTAVOS ($ 19.382.756,44)., en un todo de acuerdo con el Documento de Solicitud de Propuesta, el “Instructivo para la convocatoria y contratación de Organizaciones de la Comunidad con fondos financiados por el BIRF”, las Regulaciones de Adquisiciones del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), por: a) resultar elegible de conformidad con la Cláusula 5; b) ajustarse sustancialmente a los términos, condiciones y especificaciones del Documento de Solicitud de Propuesta y c) obtener el puntaje más alto; conforme lo establece el punto 20 de la SDP.- ACTA-2021-31605104-GDEBA-DSTAOPISU LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 2 de Diciembre de 2021 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 43 pagina/s. Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL, serialNumber=CUIT 30715471511 Date: 2021.12.01 16:55:34 -03'00' Xxxxxxxx Xxxxxxx Director Provincial Dirección Provincial de Integración Productiva Organismo Provincial de Integración Social y Urbana Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL, serialNumber=CUIT 30715471511 Date: 2021.12.02 09:07:54 -03'00' Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxx Personal Administrativo Dirección de Compras y Contrataciones Organismo P...
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. La Secretaría Técnica, una vez concluido el procedimiento de selección antes descrito, procederá a elaborar un informe que presentará a la Junta Directiva del Consejo Nacional de Concesiones en el que hará su recomendación, con el fin de que se resuelva lo pertinente. La adjudicación formal corresponderá al Consejo Nacional de Concesiones mediante acuerdo de su Junta Directiva. La Administración Concedente ha determinado la conformación de un Órgano de Supervisión, encabezado por el Gerente de Proyecto, el cual estará apoyado y asesorado por una empresa supervisora, que contará con un equipo multidisciplinario de especialista y profesionales, así como de auxiliares de apoyo, para realizar las labores de verificación, control y supervisión correspondientes. En la etapa de construcción, la Supervisora de Proyecto apoyará y asesorará al Gerente de Proyecto en los aspectos relativos al diseño, construcción y mantenimiento de las obras y otras especialidades de la ingeniería de carreteras, mientras que en la etapa de explotación, la Supervisora de Proyecto, apoyará al Gerente de Proyecto en los aspectos técnicos de mantenimiento y de coordinación relacionados con la explotación del proyecto. La Supervisora de Proyecto asesorará al Gerente de Proyecto en todo lo relacionado con el cumplimiento del Concesionario de las normas técnicas de la operación del proyecto, equipamiento y servicios. Además vigilarán por el cumplimiento de los estándares de calidad y, en general, por el desempeño de los servicios. Bajo este concepto, a continuación se detallan las funciones que debe realizar el Gerente de Proyecto. El Gerente de Proyecto será el enlace y medio de comunicación entre el Concesionario y el CNC, para toda la relación contractual del proyecto con la Administración Concedente. Verificar el cumplimiento del Contrato de Concesión, durante la etapa de Construcción de la Concesión Corredor San Xxxx – Caldera. Verificar el estricto cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental, del Plan de Autocontrol de Calidad de las Obras, del Plan de Desvíos de Tránsito, del Plan de Trabajo, del Plan de Atención de las Estaciones de Peaje y del Plan de Mantenimiento y Operación del proyecto, presentados por el Concesionario, de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Concesión. Advertir oportunamente sobre los problemas que se visualicen o se presenten y asesorar a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Concesiones en las modificaciones, correcciones o adecuaciones que co...
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. El análisis y evaluación de las ofertas se hará dentro del plazo que se establezca para su vigencia.
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. La Comisión de Calificación recomendará la adjudicación a la propuesta que obtuvo la mejor calificación en términos de calidad y que cumpla los parámetro indicados en el punto 3 de esta sección (CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA CON EL MÉTODO POR PUNTAJE), después de haber sido aplicado el factor de ajuste, cuando corresponda.
RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN. El análisis y evaluación de las ofertas se hará dentro del plazo que se establezca para su vigencia. Si la complejidad de las cuestiones a considerar impidiese concluir la evaluación en dicho plazo, la Comisión Evaluadora podrá requerir por escrito al órgano responsable de la contratación, la prórroga del plazo, que en caso de acordarse, se observará lo previsto en el artículo 117 párrafo segundo de este Reglamento. Como resultado de la evaluación, la Comisión Evaluadora presentará al titular del órgano responsable de la contratación, un informe, debidamente fundado, recomendando, en su caso, cualquiera de las siguientes acciones:a) Declarar fracasada la licitación, si las ofertas presentadas no son admisibles por encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas en los artículos 57 de la Ley y 172 de este Reglamento;b) Declarar la in admisibilidad de las ofertas que se encuentren en cualquiera de las situaciones previstas en los artículos 131, 132 párrafo final, 135, 139 literal c) y 141 párrafos segundo y tercero de este Reglamento; c) Adjudicar el contrato al oferente que, cumpliendo los requisitos establecidos, presente la mejor oferta, de acuerdo, con los criterios previstos en los artículos 51, 52 y 53 de la Ley y 135 y 39 del presente Reglamento;