EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO Cláusulas de Ejemplo

EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. 21.1. CHR tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga y/o de los documentos de transporte, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que EL CLIENTE no haya cancelado todas las erogaciones derivadas de la operación logística, o aquellas sumas de dinero adeudadas a CHR 21.2. El pago por parte del CLIENTE de las erogaciones derivadas de la operación logística, facturadas por CHR, bajo ningún concepto puede ser condicionado a ningún acto o hecho de CHR y/o empleados o subcontratistas.
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. 21.1. NORTH CARGA SAS tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que el CLIENTE no haya cancelado todas las erogaciones derivadas de la operación logística, o aquellas sumas de dinero adeudadas a NORTH CARGA SAS. 21.2. El pago por parte del CLIENTE de las erogaciones derivadas de la operación logística, facturadas por NORTH CARGA SAS, bajo ningún concepto pueden ser condicionados a ningún acto o hecho de NORTH CARGA SAS y/o empleados o subcontratistas.
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. Como consecuencia del incumplimiento de Radiotrónica, Teleconsorcio y/o los demás miembros del consorcio no estaban en la obligación de cumplir son sus prestaciones.
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. 21.1. BOLLORE tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga y/o de los documentos de transporte, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que el CLIENTE no haya pagado todas las erogaciones derivadas del servicio prestado, o aquellas sumas de dinero adeudadas a BOLLORE 21.2. El pago por parte del CLIENTE de las facturas emitidas por BOLLORE, bajo ningún concepto pueden ser condicionados a ningún acto o hecho xx XXXXXXX y/o empleados o subcontratistas.
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. MAREX CARGO SA tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga y/o de los documentos de transporte, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que el CLIENTE no haya pagado todas las erogaciones derivadas del servicio prestado, o aquellas sumas de dinero adeudadas a MAREX CARGO SA por concepto de uno o más servicios prestados con anterioridad y que se encuentre en xxxx de pago las facturas emitidas.
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. 20.1 LESCHACO COLOMBIA S.A.S tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que el CLIENTE no haya cancelado todas las erogaciones derivadas de la operación logística, o aquellas sumas de dinero adeudadas a LESCHACO COLOMBIA SAS. 20.2 El pago por parte del CLIENTE de las erogaciones derivadas de la operación logística, facturadas por LESCHACO COLOMBIA SAS, bajo ningún concepto pueden ser condicionados a ningún acto o hecho de LESCHACO COLOMBIA S.A.S y/o empleados o subcontratistas.
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. 20.1. ABC CARGO LOGISTIC SAS tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que el CLIENTE no haya cancelado todas las erogaciones derivadas de la operación logística, o aquellas sumas de dinero adeudadas a ABC CARGO LOGISTIC SAS. 20.2. El pago por parte del CLIENTE de las erogaciones derivadas de la operación logística, facturadas por ABC CARGO LOGISTIC SAS, bajo ningún concepto pueden ser condicionados a ningún acto o hecho de ABC CARGO LOGISTIC SAS y/o empleados o subcontratistas.
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. LA FRUSTACIÓN DEL CONTRATO SÓLO ES IMPUTABLE A BANCO DAVIVIENDA
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. 21.1. INTERMODAL tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga y/o documentos de transporte, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que el CLIENTE no haya cancelado todas las erogaciones derivadas de la operación logística, o aquellas sumas de dinero adeudadas a INTERMODAL. 21.2. El pago por parte del CLIENTE de las erogaciones derivadas de la operación logística, facturadas por INTERMODAL, bajo ningún concepto puede ser condicionado a ningún acto o hecho de INTERMODAL y/o empleados o subcontratistas.
EXCEPCIÓN DE CONTRATO NO CUMPLIDO. 21.1. DAP CARGO LINE tiene el derecho de suspender la prestación de sus servicios y por lo tanto ordenar la no entrega de la carga, sin constituirse en xxxx, en los eventos en que el CLIENTE no haya cancelado todas las erogaciones derivadas de la operación logística, o aquellas sumas de dinero adeudadas a DAP CARGO LINE 21.2. El pago por parte del CLIENTE de las erogaciones derivadas de la operación logística, facturadas por DAP CARGO LINE, bajo ningún concepto pueden ser condicionados a ningún acto o hecho de DAP CARGO LINE y/o empleados o subcontratistas.