Exclusiones Generales del Contrato Cláusulas de Ejemplo

Exclusiones Generales del Contrato. Además de las exclusiones específicas de cada garantía, quedan excluidos de cobertura los siniestros que se indican a continuación: - Actos políticos o sociales o sobrevenidos con ocasión de tumultos y alborotos populares, motines, terrorismo, huelgas, disturbios internos y sabotaje. - Guerra civil o internacional, haya o no mediado declaración oficial, levantamientos populares o militares, insurrección, rebelión, revolución y operaciones bélicas de cualquier clase. - Cualquier siniestro amparado por la presente póliza que se produzca en una vivienda que carezca de algún requisito administrativo así como de alguna autorización o licencia necesaria para que la misma pueda ser habitada conforme con la normativa que resulte de aplicación (quedan por tanto excluidos todos aquellos siniestros producidos en viviendas en construcción, o que carezcan de cédula de habitabilidad siempre que fuera preciso, etc.). - Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos xx xxx. - Erupciones volcánicas, huracanes, trombas, terremotos, temblores de tierra, maremotos y embates del mar en las costas, inundaciones (salvo lo que expresamente se establezca para la garantía de fenómenos atmosféricos en caso de que estuviere contratada), corrimientos de tierra y hundimientos. - Los ocasionados directamente por los efectos mecánicos, térmicos y radiactivos debidos a reacciones o transmutaciones nucleares, cualquiera que sea la causa que las produzca. - Las pérdidas de valor o de aprovechamiento de los bienes asegurados y daños indirectos de cualquier clase, esto es, los que excedan de la reparación o sustitución de las cosas directamente dañadas por el accidente, tales como los llamados perjuicios patrimoniales, precio de afección y daños xxxxxxx. - En cualquier caso y aun tratándose de siniestros cubiertos por la póliza, los gastos de descontaminación, búsqueda y recuperación de los isótopos radiactivos, de cualquier naturaleza y aplicación. - Los amparados por la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros, o aquellos en los que dicho organismo no admita la efectividad del derecho de los Asegurados por incumplimiento de alguna de las normas establecidas en el Reglamento y Disposiciones Complementarias vigentes en la fecha de su ocurrencia. La exclusión afecta también a las diferencias entre los daños producidos y las cantidades indemnizadas por el Consorcio de Compensación de Seguros, por razón de aplicación de franquicias, detra...
Exclusiones Generales del Contrato. Daños y gastos que no se aseguran en ningún supuesto. Además de los DAÑOS EXCLUIDOS indicadas en cada garantía, quedan excluidos los siniestros producidos con motivo o a consecuencia de: No obstante, cuando el Tomador del seguro o el Asegurado prueben que el siniestro no ha tenido ninguna relación con tales hechos, quedará garantizado el mismo. Igualmente se excluyen las diferencias entre los daños producidos y las cantidades indemnizadas por el Consorcio de Compensación de Seguros, por razón de aplicación de franquicias, detracciones o aplicación de reglas proporcionales y otras limitaciones.
Exclusiones Generales del Contrato. Daños y gastos que no se aseguran en ningún supuesto

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  • OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 9.1 Cumplir a cabalidad el objeto del contrato, de acuerdo con los términos y obligaciones pactadas, las cuales solamente podrán ser modificadas, previo cumplimiento del trámite establecido para tal fin por el INFIBOY y con fundamento en los respectivos soportes. 9.2 Acreditar, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 xx Xxx 80 de 1993 – modificado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007–, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar–ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda. Igualmente, para la realización de cada pago derivado del contrato, de conformidad especialmente con el parágrafo 1º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el Contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes que le corresponden respecto del Sistema de Seguridad Social Integral. 9.3 Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato cuando a esta hubiere lugar. 9.4 Presentar la respectiva factura o su documento equivalente cuando esté obligado a ello, de acuerdo con el régimen tributario aplicable al objeto contratado, acompañada de los documentos soporte que permitan establecer el cumplimiento de las condiciones pactadas, incluido el Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN expedido por la Dirección Distrital de Impuestos, requisitos sin los cuales no se podrá tramitar el respectivo pago. Es obligación del contratista conocer y presupuestar todos los gravámenes de los cuales es responsable al momento de celebrar el presente Contrato, por tanto asumirá la responsabilidad y los costos, multas y/o sanciones que llegaren a generarse por la inexactitud de la información fiscal que se haya entregado. 9.5 El Contratista se obliga a mantener al INFIBOY libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes (si fueren autorizados). En consecuencia, EL CONTRATISTA mantendrá indemne al INFIBOY contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros incluido el personal del INFIBOY ocasionados por EL CONTRATISTA o por sus subcontratistas o dependientes (si fueren autorizados) en la ejecución del objeto y las obligaciones contractuales. 9.6 En el evento que el objeto contratado involucre la asignación de bienes devolutivos al Contratista, éste deberá conservarlos y usarlos adecuadamente con la obligación de responder por su deterioro o pérdida imputables al contratista. Así mismo, el Contratista deberá a la terminación del plazo pactado entregarlos al INFIBOY dentro del marco procedimental que para el efecto esté vigente en la entidad. Al momento de la terminación del contrato, el contratista debe efectuar la devolución de los bienes entregados para el desarrollo del mismo y obtener el certificado de recibo a satisfacción del área del INFIBOY encargada xxx xxxxxxx o de la administración de los bienes, que deberá anexarse al informe de finalización del contrato; de lo contrario, se deberá dejar constancia para efecto de tomar las medidas administrativas y jurídicas a que haya lugar. 9.7 Los documentos y expedientes que para la ejecución del objeto pactado se entreguen al Contratista, quedarán bajo la responsabilidad de este, quien deberá conservarlos y usarlos adecuadamente con la obligación de responder por su deterioro o pérdida imputables al mismo. Igualmente, el Contratista deberá a la terminación del plazo pactado entregarlos al INFIBOY dentro del marco procedimental que para el efecto esté vigente en la entidad. Al momento de la terminación del contrato, el contratista debe efectuar la devolución de los documentos y expedientes entregados para el desarrollo del mismo y obtener el recibo a satisfacción del área del INFIBOY que corresponda, que tendrá que anexarse al informe de finalización del contrato.

  • Condiciones Especiales del Contrato A menos que se indique lo contrario, el Contratante deberá completar todas las CEC antes de emitir los documentos de licitación. Se deberán adjuntar los programas e informes que el Contratante deberá proporcionar.

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  • Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.

  • CONDICIONES DEL CONTRATO Categoría: TITULADO DE GRADO MEDIO Retribución mensual bruta: Jornada semanal: 35 horas semanales Financiación asignada al contrato: 29.987,40 € Otros méritos a valorar:

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  • Condiciones Específicas Del Contrato 37 5.2.1 Vigencia del Contrato 37 5.2.2 Inicio de Ejecución 37

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