FACTORES DE ESCOGENCIA Cláusulas de Ejemplo

FACTORES DE ESCOGENCIA. Los proponentes que obtengan en cada uno de los requisitos habilitantes establecidos en el presente pliego de condiciones el criterio de HABIL, serán tenidos en cuenta para la asignación de puntaje, de conformidad con los criterios de selección y adjudicación que se establecen a continuación, los cuales determinarán el ORDEN DE ELEGIBILIDAD de las propuestas en el respectivo módulo:
FACTORES DE ESCOGENCIA. La evaluación técnico económica estará a cargo del comité evaluador y se ejecutara a todas las ofertas habilitadas, en consideración a lo previsto en el presente pliego de condiciones. Para efecto se revisara el formato No 1 así: Que el proponente haya diligenciado la totalidad de los ítems. No podrá modificar los ítems y/o su descripción, presentar casillas en blanco del ítem o el precio correspondiente, modificar las cantidades, requeridas o sus unidades de medida so pena de incurrir en causal de rechazo. En caso de que se presente alguna falla en el medio magnético, prevalecerá la información consignada en este medio escrito En el caso que la descripción de algún ítem sea incompleta prevalecerá la información contenida en el pliego. Las especificaciones y los precios correspondientes a lo diligenciado por el oferente deben obedecer a materiales de reconocidas y de alta calidad. Que el costo total del presupuesto no sea superior al 100% del valor presupuesto oficial de la selección. Se verificaran todas las operaciones aritméticas, que permitan obtener el valor de cada una de las propuestas corregidas. El proponente deberá ajustar al peso de los precios unitarios, bien sea por exceso o por defecto, así: cuando la fracción decimal de peso sea igual o superior a 0.50 lo aproximara por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a 0.50 lo aproximara por defecto al número entero del mismo número entero del mismo peso. En caso contrario, el SENA ejecutara el ajuste. En todo caso los ajustes no podrá ser superior al 100% del presupuesto oficial so pena de ser rechazado. Que las sumas y multiplicaciones de la oferta económica no contengan errores superiores al uno 1% del valor total de la propuesta de lo contrario la oferta será rechazado. Si el valor corregido es igual o inferior a este uno 1% la adjudicación se ejecutara por el valor corregido. Se verificaran las operaciones aritméticas entre el costo directo total y los impuestos, que permitan obtener el valor de cada una de las propuestas corregidas. El SENA, una vez evaluados los factores de verificación habilitantes, procederá a calificar técnica y económicamente a aquellas ofertas que resultasen habilitadas de la siguiente manera: Asignación de mil (1000) puntos según Capacidad de respuesta, Económica y estimulo a la industria nacional: Capacidad de respuesta Cien (100) puntos a los proponentes que ofrezcan la mayor cantidad de bienes producidos por las m...
FACTORES DE ESCOGENCIA. DISPAC realizará la evaluación de las ofertas y seleccionará la oferta más favorable aplicando el siguiente procedimiento: evaluará los aspectos jurídicos, financieros, técnicos y económicos de las ofertas, con base en lo establecido en los presentes términos, asegurando con ello una selección objetiva y transparente. El orden de elegibilidad lo dará el mayor puntaje obtenido de la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada una de las evaluaciones correspondientes.
FACTORES DE ESCOGENCIA. La oferta es válida si cumple con los requisitos jurídicos, financieros, técnicos y además contiene la totalidad de los documentos solicitados, los formatos debidamente diligenciados y la acreditación de la experiencia requerida, para lo cual además de certificaciones serán válidas copias de actas de liquidación final de contratos. DISPAC no recurrirá para la evaluación de las ofertas a información distinta a la consignada por los proponentes en los formularios establecidos. La evaluación se basará exclusivamente en los formatos y anexos adjuntos a la oferta, por lo cual es requisito indispensable considerar en los mismos toda la información detallada que permita su análisis. El orden de elegibilidad lo dará el mayor puntaje obtenido en la sumatoria de los puntajes alcanzados en la evaluación técnica y en la evaluación de la oferta económica, los cuales están discriminados de la siguiente forma:
FACTORES DE ESCOGENCIA. Factores de habilitación y evaluación de las ofertas. - Requisitos técnicos. - Presentación de los formatos exigidos en el pliego. 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA FORMATO No. 2. OFERTA ECONÓMICA

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  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente acuerdo causa estado en vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra él se puede interponer recurso contencioso-administrativo en única instancia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 15 de octubre de 2010

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • Obligaciones del encargado del tratamiento El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a: A. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios. B. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones por escrito del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión Europea o de los Estados miembro, el encargado informará inmediatamente al responsable. C. Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga: 1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos. 2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable. 3. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas. 4. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a: a) La pseudonimización y el cifrado de datos personales b) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico c) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. D. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembro que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Oficina de Recursos Humanos.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 24 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 30 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

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