FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. 16.1.- Se designa como responsable del contrato en los términos establecidos en el artículo 52 del TRLCSP y como Director de los trabajos responsable de la comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización de los mismos al Jefe de Servicio de Informática y Comunicaciones de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx.
FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. La dirección e inspección de la ejecución de las prestaciones que se contratan corresponderá al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la Universidad a través de su Director o del personal cualificado que este designe para tales funciones.
FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. DECIMOOCTAVA Subcontratación
FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. 15.1.- El Jefe de Servicio de Juventud, Deportes e Igualdad será responsable de los trabajos de comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización del servicio contratado, en los términos establecidos en el artículo 62 de la LCSP.
FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. Le corresponde a un técnico o una técnica del área de Educación la facultad de inspección y vigilancia del correcto cumplimiento del contrato. Esta/e técnica/o se podrá dirigir verbalmente a la empresa adjudicataria para adecuar el cumplimiento del contrato o para la realización de trabajos que, a juicio de esta o de este sea necesario ejecutar en momento determinado. Correrán a cargo de la empresa adjudicataria los gastos de desplazamiento y de material y deberán aportar en cada CEIP donde se realicen actividades extraescolares el siguiente material (u otro de semejantes características): Pinturas (para óleo, acuarelas, ceras de dedos, acrílicas, esmaltes...) Lienzos Tableros para acrílicos Cartulinas Papel (charol, “pinocho”, xx xxxxxxx...) Lápiz Pinceles Paletas Pegamentos y colas Cinta adhesiva.
FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. Le corresponde a un técnico o una técnica del área de Educación la facultad de inspección y vigilancia del correcto cumplimiento del contrato. Esta/e técnica/o se podrá dirigir verbalmente a la empresa adjudicataria para adecuar el cumplimiento del contrato o para la realización de trabajos que, a juicio de esta o de este sea necesario ejecutar en un momento determinado.
FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. 15.1.­ El Director de la Residencia Universitaria especificado en el apartado N) del cuadro de características del presente pliego será responsable de los trabajos de comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización del servicio contratado, en los términos establecidos en el artículo 62 de la LCSP.
FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. Para supervisar la asistencia del personal al trabajo, su eficiencia y al mismo tiempo mantener un permanente contacto con SENASA, el adjudicatario designará un representante de confianza, denominado Coordinador del servicio, que no será persona con derecho de subrogación, aunque sí con capacidad suficiente para la resolución inmediata de cuantos defectos e incidencias sean observados en la prestación del servicio, en coordinación con SENASA cuando ello sea necesario. SENASA, a través de la Unidad de Servicios Generales, podrá inspeccionar al personal y su trabajo en todo lo que a la contrata se refiere, y comprobar la limpieza efectuada. En relación con los productos a utilizar durante la prestación del servicio, SENASA se reserva la facultad de inspeccionar y de ser informado de las características de los productos que se utilicen para la ejecución del contrato. Al objeto de verificar la efectividad de la prestación del servicio, SENASA, a través de la Unidad de Servicios Generales, podrá establecer las medidas de control que estime necesarias para el correcto cumplimiento de los términos del contrato. Cómo mínimo, la empresa adjudicataria deberá de implantar los siguientes mecanismos de control: • Control de presencia con frecuencia diaria. • Control de la limpieza de los aseos con frecuencia diaria. • Inspecciones de rutina e informe de limpieza con frecuencia mensual. Mensualmente se realizará un informe, que será firmado por el Coordinador del servicio y enviado al Responsable del Servicio designado por SENASA, donde se detallarán todas las incidencias que hayan surgido durante el servicio. • EDIFICIO 4 5.014,60 M2 • EDIFICIO 5 2.401,16 M2 • EDIFICIO 7 4.620,62 M2 • CASETA DE SEGURIDAD 21,00 M2 • ALMACÉN (CENTRO DE TRANSFORMACIÓN) 67,90 M2 (1.666.46 m2) (1.643.34 m2) (1.704.80 m2) (1.144.50 m2) (615.99 m2) (640.67 m2) (1208,20 m2) (616.70 m2) (1385.56 m2) (1410.16 m2) 1 Responsable de equipo 100 39 H 17/01/2002 (1) 2 Peón especializado 100 39 H 19/06/2002 3 Limpiadora 100 39 H 27/10/2003 4 Limpiadora 100 39 H 01/06/2005 5 Limpiadora (contrato de relevo) 100 39 H 03/12/2012 (2) 6 Limpiadora (jubilación parcial) 540 5.85 H 28/08/1992 (3) 7 Limpiadora (contrato interinidad) 410 39 H 08/04/2015 (4)
FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN. 16.1.- El Jefe de Servicio de Tecnología de la Información y Comunicaciones será responsable de los trabajos de comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización del servicio contratado, en los términos establecidos en el artículo 52 del TRLCSP.