Fallecimiento. En caso de fallecimiento de titular de los depósitos locales a plazo fijo, cualquiera que sea su naturaleza, los beneficiarios designados estarán sujetos a las cláusulas establecidas en el contrato de depósito a plazo fijo suscrito por el titular y a las reglas establecidas en el Acuerdo 5-2018 que modifica el artículo 1 del Acuerdo N°9 de 2009 sobre los Depósitos a plazo fijo y Depósitos Locales de Ahorro”, es decir: “No podrán retirar, disminuir ni incrementar el monto antes del vencimiento del plazo pactado. En caso que el titular no haya dejado beneficiarios, los herederos declarados por orden judicial estarán sujetos a los mismos preceptos.”
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Samples: Banking Products and Services Agreement, Banking Products and Services Agreement, Banking Products and Services Agreement
Fallecimiento. En caso de fallecimiento de titular de los depósitos locales a plazo fijo, cualquiera que sea su naturaleza, los beneficiarios designados estarán sujetos a las cláusulas establecidas en el contrato de depósito a plazo fijo suscrito por el titular y a las reglas establecidas en el Acuerdo 5-2018 que modifica el artículo 1 del Acuerdo N°9 de 2009 sobre los Depósitos a plazo fijo y Depósitos Locales de Ahorro”, es decir: “No podrán retirar, disminuir ni incrementar el monto antes del vencimiento del plazo pactado. En caso de que el titular no haya dejado beneficiarios, los herederos declarados por orden judicial estarán sujetos a los mismos preceptos.”
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