Common use of Fallecimiento Clause in Contracts

Fallecimiento. En caso de fallecimiento del Asegurado cubierto por la póliza el Beneficiario o, en su caso, los Beneficia- xxxx deberán presentar a la Entidad Aseguradora los siguientes documentos: a) Certificados de defunción y nacimiento del asegurado, salvo que éste último hubiera sido ya aportado. b) Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente. c) Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades y, en su caso, copia del último testamento del Asegurado o acto judicial de declaración de herederos. d) Carta de pago o declaración de exención del Impuesto de Sucesiones. e) La póliza y el último recibo de prima satisfecho. El Beneficiario o, en su caso, los Beneficiarios, deberán justificar su derecho fehacientemente. Todos los justificantes documentales habrán de presentarse debidamente legalizados, en los casos que fuere preciso. Una vez recibidos los anteriores documentos, la Entidad Aseguradora, deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo al que pueda resultar obligado, según las circunstancias por él conocidas.

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Fallecimiento. En caso Si a consecuencia de fallecimiento del Asegurado accidente cubierto por la póliza fallece el Beneficiario oasegurado, inmediatamente o dentro de los veinticuatro meses siguientes, el asegurador pagará el capital asegurado al beneficiario o beneficiarios designados por el tomador del seguro de conformidad con lo dispuesto en su casoel artículo 84 y siguientes de la Ley de Contrato de Seguro. En caso de que el fallecimiento se produzca con posterioridad al plazo establecido, los Beneficia- xxxx deberán el beneficiario deberá probar que el fallecimiento se ha producido por causa directa del accidente. El beneficiario deberá presentar a la Entidad Aseguradora los siguientes documentos: a) Certificados de defunción y nacimiento del asegurado, salvo que éste último hubiera sido ya aportado. b) Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando asegurado en el origen, evolución que se detallarán las circunstancias y naturaleza causas del fallecimiento. b) Certificado de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidentedefunción. c) Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades Documentos que acrediten la personalidad y, en su caso, copia caso la condición del último testamento del Asegurado o acto judicial de declaración de herederosbeneficiario. d) Carta de pago o declaración de exención Liquidación del Impuesto de SucesionesSucesiones o certificado de estar exento en su caso y/o impreso deno- minado IRPF, Retenciones del Trabajo Personal-Comunicación de Datos al pagador. e) La póliza Póliza de seguro y el último recibo de prima satisfecho. El Beneficiario o, en su caso, los Beneficiarios, deberán justificar su derecho fehacientemente. Todos los justificantes documentales habrán de presentarse debidamente legalizados, en los casos que fuere precisopagado. Una vez recibidos los anteriores documentos, la Entidad Aseguradorael asegurador en el plazo de cinco días deberá pagar o consignar el capital asegurado y, deberá efectuaren cualquier caso, dentro de los cuarenta días, días a partir de la recepción de la declaración del siniestro. No obstante lo anterior, el pago asegurador queda autorizado a retener aquellas partes del importe mínimo al que pueda resultar obligadocapital asegurado en que, según de acuerdo con las circunstancias por él conocidas, se estime la deuda tributaria resultante en la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones. El capital asegurado será satisfecho al tomador del seguro o a sus herederos, si en el momento del falle- cimiento del asegurado no hubiera beneficiario concretamente designado ni reglas para su determinación.

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Samples: Insurance Contract

Fallecimiento. En caso de fallecimiento del Asegurado cubierto por la póliza el Beneficiario o, en su caso, los Beneficia- xxxx Beneficiarios deberán presentar a la Entidad Aseguradora los siguientes documentos: a) Certificados de defunción y nacimiento del asegurado, salvo que éste último hubiera hubie- ra sido ya aportado. b) Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución evo- lución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento falle- cimiento por accidente. c) Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades y, en su caso, copia del último testamento del Asegurado o acto judicial de declaración de herederos. d) Carta de pago o declaración de exención del Impuesto de Sucesiones. e) La póliza y el último recibo de prima satisfecho. El Beneficiario o, en su caso, los Beneficiarios, deberán justificar su derecho fehacientementefeha- cientemente. Todos los justificantes documentales habrán de presentarse debidamente debida- mente legalizados, en los casos que fuere preciso. Una vez recibidos los anteriores documentos, la Entidad Aseguradora, deberá efectuarefec- tuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestrosinies- tro, el pago del importe mínimo al que pueda resultar obligado, según las circunstancias circunstan- cias por él conocidas.

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Samples: Insurance Agreement

Fallecimiento. En Todos los Titulares, sus causahabientes y autorizados quedan obligados incondicionalmente a notificar y a acreditar a Ibercaja el fallecimiento de cualquiera de los Titulares, así como la parte del saldo cuya propiedad, a la fecha de la defunción, correspondía al fallecido. De no haberse designado la parte que le correspondía se entenderá que le pertenece la parte alícuota del saldo a la fecha de fallecimiento. Caso de disconformidad entre los interesados Ibercaja podrá inmovilizar el saldo o consignarlo, siendo todos los gastos que se ocasionen a cargo de los Titulares, y pudiendo ser deducibles del depósito. El saldo atribuido al fallecido podrá ser bloqueado por parte de Ibercaja a la espera de la acreditación por parte de los interesados del derecho sucesorio, así como del pago del tributo que proceda. Cualquier disposición del saldo por parte de Titulares o autorizados, en caso de fallecimiento de cualquier Titular, sin haber manifestado a Ibercaja tal hecho, se entenderá que la hacen bajo su exclusiva responsabilidad, asumiendo todas las consecuencias que se deriven de tal acto; además tal disposición se considerará declaración expresa de que el saldo dispuesto no era propiedad del Asegurado cubierto por la póliza el Beneficiario o, en su caso, los Beneficia- xxxx deberán presentar a la Entidad Aseguradora los siguientes documentos: a) Certificados de defunción y nacimiento del asegurado, salvo que éste último hubiera sido ya aportadodifunto. b) Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente. c) Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades y, en su caso, copia del último testamento del Asegurado o acto judicial de declaración de herederos. d) Carta de pago o declaración de exención del Impuesto de Sucesiones. e) La póliza y el último recibo de prima satisfecho. El Beneficiario o, en su caso, los Beneficiarios, deberán justificar su derecho fehacientemente. Todos los justificantes documentales habrán de presentarse debidamente legalizados, en los casos que fuere preciso. Una vez recibidos los anteriores documentos, la Entidad Aseguradora, deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo al que pueda resultar obligado, según las circunstancias por él conocidas.

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Samples: Condiciones Generales Del Contrato

Fallecimiento. En caso de fallecimiento del Asegurado cubierto por la póliza Xxxxxxxxx, el Beneficiario o, en su caso, los Beneficia- xxxx Beneficiarios deberán presentar a la Entidad Aseguradora los siguientes documentos: a) Certificados de defunción y nacimiento del asegurado, salvo que éste último hubiera sido ya aportado. b) Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente. c) Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades y, en su caso, copia del último testamento del Asegurado o acto judicial de declaración de herederos. d) Carta de pago o declaración de exención del Impuesto de Sucesiones. . e) La póliza y el último recibo de prima satisfecho. El Beneficiario o, en su caso, los Beneficiarios, deberán justificar su derecho fehacientemente. Todos los justificantes documentales habrán de presentarse debidamente legalizados, en los casos que fuere preciso. Una vez recibidos los anteriores documentos, la Entidad Aseguradora, deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo al que pueda resultar obligado, según las circunstancias por él conocidas.

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Samples: Insurance Contract

Fallecimiento. En caso de fallecimiento del Asegurado cubierto por la póliza el Beneficiario o, en su caso, los Beneficia- xxxx deberán presentar a la Entidad Aseguradora los siguientes documentos: a) Certificados de defunción y nacimiento del asegurado, salvo que éste último hubiera sido ya aportado. b) Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales judicia- les o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente. c) Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades y, en su caso, copia del último testamento del Asegurado o acto judicial de declaración de herederos. d) Carta de pago o declaración de exención del Impuesto de Sucesiones. e) La póliza y el último recibo de prima satisfecho. El Beneficiario o, en su caso, los Beneficiarios, deberán justificar su derecho fehacientemente. Todos los justificantes documentales habrán de presentarse debidamente legalizados, en los casos que fuere preciso. Una vez recibidos los anteriores documentos, la Entidad Aseguradora, deberá efectuar, dentro de los cuarenta cua- renta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo al que pueda resultar obligado, según las circunstancias por él conocidas.

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Samples: Insurance Contract