Fase de Transición de Entrada Cláusulas de Ejemplo

Fase de Transición de Entrada. Al comienzo del contrato se establece el inicio de la Fase de Transición para cuyo arranque es imprescindible que durante la primera semana se hayan incorporado el Coordinador General, los Coordinadores Técnicos y resto de los Analistas Funcionales y los Consultores del servicio de Oficina técnica que componen el ETe especificado en la CLÁUSULA 16.Lote 6 – Equipo de Trabajo. Este requerimiento está regulado mediante un indicador específico ANS TR02 definido en apartado 19 “Penalidades” de la cláusula primera y anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1056235474772156692594 Para el lanzamiento de esta Fase, coincidente con el inicio del contrato, Madrid Digital convocará una reunión de Lanzamiento de la Fase de Transición. Madrid Digital podrá realizar una propuesta de asignación de los perfiles aportados en fase de oferta a los diferentes ámbitos de trabajo en función de la experiencia reflejada en el CV para cada candidato. Los asuntos a tratar en la reunión de lanzamiento del lote serán: ▪ Ámbitos de actuación del lote y volumetrías ▪ Presentación del equipo de Madrid Digital ▪ Presentación del equipo del Proveedor y plan de incorporación ▪ Solicitud de los accesos lógicos ▪ Configuración del entorno colaborativo (VPN, TEAMS, …) ▪ Visión Global sobre el plan de transferencia de conocimientoReuniones de Trabajo para la concreción del plan de transferencia ▪ Seguimiento de la fase de transición ▪ Seguimiento del contrato y certificación mensual ▪ Dudas Madrid Digital requiere la incorporación de la totalidad del ETe a la finalización de la Fase de Transición de Entrada. Este requerimiento está regulado mediante un indicador específico ANS TR01 definido en el apartado 19 “Penalidades” de la cláusula primera y anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. Las actividades a realizar durante la fase de transición serán, al menos, las siguientes: ▪ Incorporación el primer día de ejecución de contrato del Coordinador General, los Coordinadores Técnicos y resto de Analistas Funcionales y los Consultores correspondientes al servicio de oficina técnica. ▪ Incorporación a lo largo de la fase de transición del resto del ETe. ▪ Aceptación/denegación por parte de Madrid Digital de los miembros del equipo propuestos para su incorporación por el adjudicatario, atendiendo a los requerimientos especificados ...
Fase de Transición de Entrada. Tras la adjudicación al proveedor, se inicia la primera etapa de transición de entrada que arrancará formalmente tras la primera reunión del comité de seguimiento. En dicho comité se revisarán todos los puntos del contenido de la oferta y se acordará la duración de esta etapa de transición de entrada y las principales actividades a realizar. Los aspectos claves a definir en el arranque de esta etapa serán:  Calendario y actividades de transferencia de conocimiento y portabilidades entre los proveedores salientes y el proveedor entrante.  Planificación detallada con todas aquellas tareas a realizar para llevar a cabo los trabajos de portabilidad, servicios de infraestructura y gestión del servicio.  Planes de pruebas detallados para los servicios relacionados con los servicios de infraestructura.  Programa de trabajo, indicando las actividades, tareas y los grupos de trabajo implicados.  Se reflejarán las actuaciones correspondientes para la migración del servicio. Éstas deberán garantizar la operatividad permanente de los sistemas actuales de Ineco.  El plan de implantación incluirá un plan de coordinación, un plan de migración y un plan de pruebas.  Revisión de los ANS propuestos y del mecanismo de gestión y seguimiento de los mismos.  Procedimientos operativos existentes en Ineco que apliquen o puedan afectar al desarrollo del servicio. El objetivo de esta etapa es que el proveedor entrante pueda ejecutar todas las acciones necesarias para poder realizar la prestación del servicio, conforme a las condiciones del presente Pliego de Condiciones Particulares. Por lo tanto, el proveedor entrante es el responsable de acometer todas las actividades necesarias para asumir el servicio. Durante la etapa de transición de entrada, el adjudicatario deberá detallar los recursos que participaran de manera presencial en las instalaciones de Ineco para acometer los trabajos a realizar. Estos trabajos se recogerán en tres (3) grandes grupos.  Trabajos de portabilidad  Trabajos de servicios de infraestructura  Trabajos de gestión de servicio Durante la etapa de transición de entrada y mientras no se hayan concluido los trabajos de portabilidad la responsabilidad de la prestación del servicio recae sobre el proveedor saliente y será responsabilidad del operador entrante el reclamar en nombre de Ineco las numeraciones y todos los servicios que deban ser portados al nuevo operador. Será responsabilidad del operador entrante dar servicio a todas aquellas numeracion...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.