SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. Para evaluar el desarrollo de los procesos relacionados con este contrato, la UNIVERSIDAD y el INTERMEDIARIO se obligan a realizar reuniones periódicas para su seguimiento. La periodicidad se establecerá durante la ejecución del contrato, y dependerá de la forma como se esté desarrollando. En cualquier caso, deberá haber mínimo una reunión mensual de seguimiento. Las actas realizadas en las reuniones de seguimiento, formarán parte de los documentos del contrato.
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. Para la organización de los aspectos derivados del objeto de esta licitación, el adjudicatario nombrará dentro de su organización un “Coordinador/a del contrato”, que será interlocutor preferente y válido a efectos de tratamiento con la Dirección de AGAMED para todos los aspectos que estén relacionados con el objeto de esta licitación. Este nombramiento se comunicará por escrito al “Responsable del contrato” de AGAMED. Dado el carácter consultivo y de asesoramiento técnico especializado que se le otorga a los trabajos objeto de esta licitación, el/la “Coordinador/a del contrato” correspondiente deberá disponer de amplios conocimientos técnicos demostrables en tareas de gestión logística y de los materiales hidraúlicos. El Coordinador/a del contrato: - Mantendrá una comunicación directa y periódica con el/la “Responsable del contrato” de AGAMED. - Realizará las visitas a las instalaciones de AGAMED con el/la “Responsable del contrato” de AGAMED cuando se solicite, o con cualquier miembro de la Dirección del contrato que se designe. - Mantendrá reuniones periódicas, con frecuencia a convenir entre las partes y como mínimo cada seis meses, con el/la “Responsable del contrato”, o la persona que se establezca en el “Comité Ejecutivo” en función de las necesidades concretas en cada momento. - Gestionará las quejas que AGAMED realice en relación al objeto de esta licitación y activará los recursos organizativos necesarios para su resolución. - Informará de las acciones correctoras que se adopten como consecuencia de las no conformidades que se abran en los Sistemas de Gestión que en su caso tenga el adjudicatario y que hayan tenido su “origen” en las No Conformidades procedentes del objeto de esta licitación. Estos sistemas de gestión de no conformidades cumplirán con lo establecido en los sistemas de gestión (ISO 9001 - ISO 14001).
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. El responsable del contrato designado por el Congreso de los Diputados asumirá la responsabilidad del control de calidad, seguimiento y coordinación de la empresa adjudicataria, con la cual tratará directamente los asuntos relacionados con el servicio ofrecido. Para facilitar la evaluación del servicio, la empresa adjudicataria: - Facilitará a los responsables del Congreso de los Diputados en soporte informático, informes mensuales y semestrales comprensivos de los resultados de la explotación por puntos de prestación del servicio y franjas horarias y volumen de ventas de los artículos ofertados. - Informará puntualmente a los responsables del Congreso de los Diputados de las medidas adoptadas para subsanar las deficiencias del servicio puestas de manifiesto a través xxx xxxxx de sugerencias creado en la Intranet. - Informará periódicamente a los responsables del Congreso de los Diputados de los cursos de formación realizados por su personal destinado en el Congreso, con indicación de la materia, persona y duración del curso. - A solicitud del responsable designado por el Congreso de los Diputados, facilitará la relación del personal encargado del servicio, con indicación del nombre, tipo de contrato, categoría profesional, destino y antigüedad. - A solicitud del responsable designado por el Congreso de los Diputados se realizará un análisis microbiológico, por un laboratorio de reconocido prestigio en base a muestras recogidas de productos elaborados. Los gastos siempre serán a cargo del adjudicatario. Los resultados de los mencionados análisis le serán entregados al Congreso, dentro de los veinte primeros días del mes siguiente. El responsable del contrato será el encargado de hacer los requerimientos al adjudicatario en los supuestos en que los horarios, la cantidad, la calidad exigida de las comidas u otros aspectos del servicio no se ajusten a lo establecido en los pliegos, el contrato y la oferta presentada. En este caso el adjudicatario deberá hacer las correcciones pertinentes para la adecuada prestación del servicio. En caso contrario se le podrá penalizar en los términos establecidos por el TRLCSP. El Congreso de los Diputados podrá acordar la adopción de cualesquiera otras medidas de control de la calidad del servicio y del cumplimiento del contrato incluyendo las referidas al análisis del informe de actividad semestral y la cuenta de explotación.
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. El seguimiento del presente Contrato 29 será realizado por la UPME, el FIDEICOMITENTE o por terceros designados por la UPME 30 para el efecto, lo cual no atenúa, ni exime de responsabilidad a la FIDUCIARIA frente al 31 cumplimiento del objeto contratado.
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. El Servicio Público de Empleo Estatal constituirá una Comisión de Seguimiento para la supervisión del servicio objeto del contrato.
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. Corresponde al Área Municipal de Sistemas Informáticos y Comunicaciones.
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. Como punto único de contacto, el contratista deberá tener previsto un responsable o Service Manager que centralice las cuestiones relacionadas con la prestación del mantenimiento y soporte, que actuará como punto de contacto para todas las cuestiones planteadas por los responsables autorizados de Xxxxxx, y que coordinará internamente los recursos que se precisen. Tendrá lugar una reunión de coordinación inicial en un plazo no superior a dos semanas a la firma del contrato en la que se fijarán los plazos de ejecución de los tres entornos, los requisitos iniciales para la entrega y el despliegue del equipamiento, instalación y pruebas de los equipos y servicios, así como cualquier aspecto relevante. Se celebrarán reuniones de seguimiento con la periodicidad que determinen las partes, destinadas a revisar la situación del contrato y a analizar y resolver aspectos de índole técnica, con la periodicidad que se establezca, sin perjuicio de las reuniones extraordinarias que el responsable del contrato de Isdefe estime convenientes.
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. El responsable del contrato es la persona que supervisará la entrega de los suministros y la ejecución de los servicios objeto de este contrato, según lo previsto en la hoja de cláusulas administrativas. Además, debe recibir de parte del contratista para el control de la ejecución: • Unoen una lista semanal con las tareas encomendadas y llevadas a cabo, así como el resto del trabajo de migración realizado. • Una reunión semanal de seguimiento operativo entre los responsables técnicos del TNC y el contratista, de la cual el contratista generará el acta correspondiente. • Realización de la reunión seguimiento del servicio entre la dirección del proyecto del TNC y el contratista, de la cual el contratista generará el acta correspondiente. El TNC podrá convocar otras reuniones con el contratista cuando lo considere necesario para garantizar la calidad del servicio. El TNC podrá solicitar al contratista otros informes de actividades específicas cuando lo considere necesario para garantizar la calidad del servicio.
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. El contratado realizará su trabajo en forma coordinada y bajo las directrices y supervisión del Gobierno de la Provincia de Manabí; todos los documentos, informes y productos desarrollados como parte de las actividades serán entregados en forma magnética e impresa y adjuntos a los informes mensuales de actividades. Se aplicarán todos los lineamientos impartidos por el Gobierno de la Provincia de Manabí, adicionalmente el profesional contará con el apoyo logístico (utilización de instalaciones del GPM) necesario para la prestación de sus servicios.
SEGUIMIENTO DEL CONTRATO. El Contratista será el responsable de establecer y mantener actualizado el Plan del Contrato. El Contratista nombrará a un Jefe del Proyecto del Contratista (JPC) que actuará como único interlocutor a todos los efectos frente a ISDEFE. Se establecerá al menos una reunión de coordinación inicial en la que se fijarán los plazos de ejecución, los requisitos iniciales para el despliegue, instalación de equipos y sistemas, así como cualquier aspecto relevante. Se celebrarán reuniones de seguimiento, destinadas a revisar la situación del contrato y a analizar y resolver aspectos de índole técnica, con la periodicidad que se establezca, sin perjuicio de las reuniones extraordinarias que el Jefe del Proyecto estime convenientes