Common use of Fondo de Reserva Clause in Contracts

Fondo de Reserva. El Municipio deberá constituir y mantener un Fondo de Reserva en el Fideicomiso, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá existir durante la vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. Lo anterior, salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del Crédito. El Fondo de Reserva se constituirá dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a cada Disposición del Crédito hasta por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva considerando el saldo insoluto del Crédito, con recursos de cada Disposición del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con cargo a recursos propios del Municipio. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo de 30 (treinta) Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria vigente al Periodo de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Acreditante.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fondo de Reserva. El Municipio deberá constituir y mantener un Fondo de Reserva en el Fideicomiso, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá existir durante la vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. Lo anterior, salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del Crédito. El Fondo de Reserva Reserva37 se constituirá dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes con cargo a cada Disposición del Crédito Crédito, hasta por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva considerando el saldo insoluto monto dispuesto del Crédito, con [en la fecha de Disposición]/[a más tardar el Día Hábil siguiente a la fecha de recepción por parte del Municipio de los recursos de cada Disposición del Crédito la Disposición]38, y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con cargo a recursos propios del Municipio. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo de 30 (treinta) Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria vigente al Periodo de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Acreditante.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Fondo de Reserva. El Municipio deberá constituir Como mecanismo de garantía y mantener un con la finalidad de permitir los pagos a realizar por el Fondo de Reserva acuerdo con el régimen de prelación de pagos descrito en el Fideicomisoapartado 3.4.6.2. del Módulo Adicional, que tendrá carácter se constituirá un fondo de revolvente, el cual deberá existir durante la vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del reserva denominado “Fondo de Reserva. Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. Lo anterior, salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del Crédito. El Fondo de Reserva se constituirá dentro inicialmente en la Fecha de Desembolso, con cargo al desembolso por la suscripción de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a Bonos de la Serie D, por un importe de 8.200.000,00 euros. En cada Disposición Fecha de Pago, se dotará al Fondo de Reserva hasta alcanzar el Nivel Requerido del Crédito hasta por Fondo de Reserva, con los Recursos Disponibles que en cada Fecha de Pago estén disponibles para tal fin, de acuerdo con el monto equivalente al Saldo Objetivo Orden de Prelación de Pagos descrito en el apartado 3.4.6.2. del Módulo Adicional. El Nivel Requerido del Fondo de Reserva considerando será la menor de las siguientes cantidades: - 8.200.000,00 euros. - El 4,32% del Saldo Nominal Pendiente de Cobro de la emisión de Bonos de las Series A, B y C. No obstante, no podrá reducirse el saldo insoluto del Crédito, con recursos de cada Disposición del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con cargo a recursos propios del Municipio. El Saldo Objetivo Nivel Requerido del Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo el caso de 30 (treinta) Díasque en una Fecha de Pago, contados a partir concurra alguna de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir las siguientes circunstancias: -Que el Fondo de Reserva, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario, Reserva no hubiera sido dotado por su Nivel Requerido en cada Solicitud la Fecha de Pago, Pago anterior. -Que el Saldo Objetivo Nominal Pendiente de Cobro de las Participaciones y los Certificados No Fallidos con impago superior a 90 días sea mayor al 1% del Fondo Saldo Nominal Pendiente de ReservaCobro de las Participaciones y los Certificados No Fallidos. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando -Que no hubieran transcurrido tres años desde la Tasa Fecha de Interés Ordinaria vigente al Periodo de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectivaConstitución del Fondo. En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo El Nivel Requerido del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, no podrá ser inferior a 4.100.000,00 euros. Las cantidades que integren el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva estarán depositadas en la Cuenta de Reinversión con las garantías a que hubiere sido notificado por se refiere el Acreditanteapartado 3.4.4.1. del Módulo Adicional.

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Samples: Fondo De Titulización

Fondo de Reserva. El Municipio deberá (Cláusula aplicable exclusivamente a la contratación de la Tarjeta de Crédito Afirme HEB). A fin de garantizar el cumplimiento a las obligaciones de pago a cargo del Titular generadas por el uso de la Tarjeta de Crédito expedida en virtud del presente Contrato, el Titular podrá constituir y mantener expresa e irrevocablemente un Fondo de Reserva en a favor de Afirme, facultando a este último para la apertura de una cuenta especial para su manejo y administración, a fin de que con los recursos que integren dicho Fondo de Reserva se pague el Fideicomisoimporte total correspondiente al adeudo vencido y no pagado del crédito a cargo del Titular y que deba pagar éste último conforme al presente Contrato por concepto de Xxxxx Xxxxxx, intereses, comisiones e impuestos, a partir de que tendrá carácter el crédito tenga más de revolvente90 (noventa) días naturales de vencido. Una vez transcurrido un periodo de 24 (veinticuatro) meses a partir de la contratación del producto y que el Titular haya realizado el pago del saldo deudor del último Periodo Mensual o el pago mínimo mensual correspondiente al concluir el periodo, Afirme entregará al Titular el cual deberá existir durante la vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo saldo remanente del Fondo de Reserva. Este , siempre y cuando el Titular no haya incurrido en adeudos vencidos durante dicho periodo, extinguiéndose hasta esa fecha el Fondo de Reserva se utilizará Reserva. En caso de que el Titular haya incurrido en adeudos vencidos, iniciará nuevamente la cuenta de los 24 (veinticuatro) meses a partir de que el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar Titular realice el pago que corresponda. Lo anteriordel Saldo Deudor, salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Créditointereses, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva deberán ser utilizados para el pago de capital comisiones e intereses del Créditoimpuestos correspondientes. El Fondo de Reserva se constituirá dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a cada Disposición del Crédito hasta monto aportado por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva considerando el saldo insoluto del Crédito, con recursos de cada Disposición del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con cargo a recursos propios del Municipio. El Saldo Objetivo del Titular como Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo ser la cantidad equivalente a 1.4 (uno punto cuatro) veces la línea de 30 (treinta) Días, contados a partir crédito otorgada. En caso de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de ReservaReserva esté constituido por un monto superior al estipulado en el presente párrafo, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario, Afirme realizará la devolución del excedente como saldo a favor en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo la Cuenta del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria vigente al Periodo de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el AcreditanteTitular.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente

Fondo de Reserva. El Municipio deberá Fiduciario separara mensualmente de las cantidades depositadas en las Cuentas de Ingresos (y, en su caso, de las demas cuentas a las que se refiere el segundo parrafo del inciso A anterior), segun sea el caso, las cantidades que sean necesarias hasta llegar al monto requerido para constituir y mantener un fondo (el "Fondo de Reserva") en el que se mantendran en Dolares las cantidades que sean necesarias para (i) hacer los pagos de los impuestos que de conformidad con la legislacion aplicable y los demas Documentos de la Operacion, el Fiduciario deba retener y enterar sobre las cantidades pagaderas a los Tenedores Preferentes, en su caso, asi como los pagos de las cantidades de intereses y principal que correspondan a los Tenedores de los Valores Preferentes en la siguiente Fecha de Pago, y (ii) hacer los pagos de los impuestos que de conformidad con la legislacion aplicable y los demas Documentos de la Operacion, el Fiduciario deba retener y enterar sobre todas las cantidades pagaderas a los Tenedores Subordinados, en su caso, asi como los pagos de las cantidades de intereses y principal que correspondan a los Tenedores de los Valores Subordinados en la siguiente Fecha de Pago. A partir de la Fecha de la Emision de Valores Preferentes, y en adelante dentro de los 3 (tres) Dias Habiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Administrador Maestro determinara el monto que se requerira mantener en el Fondo de Reserva para cubrir el pago de los impuestos que de conformidad con la legislacion aplicable el Fiduciario deba retener y enterar sobre las cantidades pagaderas a los Tenedores, en su caso, asi como los pagos de intereses ordinarios y moratorios vencidos y no pagados en Fechas de Pago anteriores, en su caso, y los intereses y principal que deban hacerse en la siguiente Fecha de Pago. De acuerdo con lo que se establezca en el Fideicomiso, que tendrá carácter Contrato de revolventeAdministracion, el cual deberá existir durante Administrador Maestro notificara dichos montos al Fiduciario, 3 (tres) Dias Habiles despues de la vigencia del CréditoEmision y colocacion de los Valores Preferentes por lo que se refiere al primer periodo de intereses, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo y en adelante a mas tardar 3 (tres) Dias Habiles despues de Reservacada Fecha de Pago. Este Las cantidades en el Fondo de Reserva se utilizará en utilizaran primero para pagar las cantidades que correspondan a los Valores Preferentes. Una vez que se hayan hecho los pagos que correspondan a los Valores Preferentes el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. Lo anterior, salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes saldo del Fondo de Reserva deberán ser utilizados para el podra aplicarse al pago de capital e intereses del Créditolas cantidades que correspondan a los Valores Subordinados, de conformidad con lo que se establece en la Clausula 8. El Fondo En caso de Reserva se constituirá dentro que, inmediatamente despues de efectuados los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a pagos respectivos en cada Disposición del Crédito hasta por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo Fecha de Reserva considerando el saldo insoluto del Crédito, con Pago existan recursos de cada Disposición del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, remanentes en su defecto, con cargo a recursos propios del Municipio. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo de 30 (treinta) Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente Fiduciario debera transferir dicho excedente al Fiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria vigente al Periodo de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el AcreditanteGeneral.

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Samples: Fideicomiso (Vitro Sa De Cv)

Fondo de Reserva. El Municipio Estado deberá constituir y mantener un Fondo de Reserva en el FideicomisoFideicomiso Maestro, que tendrá carácter de revolvente, el cual deberá existir durante la vigencia del Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. Lo anterior, salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del Crédito. El Fondo de Reserva se constituirá dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes con cargo a cada Disposición del Crédito hasta por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva considerando el saldo insoluto del Crédito, con recursos de cada Disposición propios del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con cargo a recursos propios del MunicipioEstadoen términos de lo previsto en el Fideicomiso Maestro. El Saldo Objetivo del Fondo de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo de 30 60 (treintasesenta) Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del 2834 En caso de que el Licitante Ganador lo solicite, se podrá incluir la Cláusula 14.3 como Causa de Aceleración, en vez de como o Causa de Vencimiento Anticipado, sin plazo de cura. Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria vigente al Periodo de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Acreditante.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito

Fondo de Reserva. (a) El Municipio deberá constituir y mantener Fiduciario constituirá un fondo de reserva (el “Fondo de Reserva”) detrayendo un monto equivalente a $900.000 (Pesos novecientos mil) del producido de la colocación de los Valores Fiduciarios. Dicha suma será reembolsada al Fiduciante una vez cancelados los VRDC, de conformidad con el Artículo Décimo Quinto inciso (a). Los importes que integren el Fondo de Reserva serán registrados en el Fideicomisola Cuenta Fiduciaria Recaudadora como una subcuenta y colocados en fondos comunes de inversión bajo la titularidad del Fideicomiso Financiero y a la orden del Fiduciario, que tendrá en su carácter de revolventeFiduciario del Fideicomiso Financiero. (b) Del Fondo de Reserva se utilizarán $300.000 (Pesos trescientos mil) para el pago de amortizaciones bajo los VRDA en las primeras 3 (tres) Fechas de Pago, utilizando a tal fin $100.000 (Pesos cien mil) en cada una de dichas Fechas de Pago. A partir de la cuarta Fecha de Pago, el cual deberá existir durante Fondo de Reserva será equivalente a la vigencia sumatoria del Créditopróximo servicio de intereses bajo los VRDA y los próximos dos servicios de intereses bajo los VRDB, por un ambos calculados a la tasa de interés mínima que devenguen los VRDA y VRDB, respectivamente. (c) A partir de la cuarta Fecha de Pago, con una antelación no menor a 5 (cinco) Días Hábiles a cada Fecha de Pago, el Fiduciario procederá a recalcular el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Este De existir deficiencias el Fondo de Reserva se utilizará en será integrado de conformidad con el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que correspondaArtículo Décimo Quinto inciso (a). Lo anterior, salvo en el En caso de las últimas amortizaciones del Créditoexistir sumas excedentes, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva deberán ser utilizados estas serán utilizadas para el pago de capital e intereses del Crédito. amortizaciones bajo los VRDA y, una vez cancelados estos en su totalidad, para su aplicación al pago de amortizaciones bajo los VRDB. (d) El Fondo de Reserva se constituirá dentro será utilizado exclusivamente para el pago de amortizaciones bajo los VRDA de conformidad con el inciso (a) precedente y, en caso de insuficiencia de fondos en la Cuenta Fiduciaria Recaudadora, para hacer frente al pago de servicios de conformidad con el cronograma estimado de pago de servicios de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a cada Disposición del Crédito hasta por Valores Fiduciarios que se detalla en el monto equivalente al Saldo Objetivo del Anexo B. En tal caso, el Fondo de Reserva considerando el saldo insoluto del Créditoserá utilizado para hacer frente al pago de Intereses de los VRDA, con recursos Intereses de cada Disposición del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje de Participaciones ylos VRDB o amortizaciones bajo los VRDA o VRDB, en su defecto, todos los casos de conformidad con cargo a recursos propios del Municipio. El Saldo Objetivo del Fondo el orden de Reserva deberá reconstituirse prelación y subordinación establecido en un plazo máximo de 30 el Artículo Décimo Quinto inciso (treinta) Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener y reconstituir el Fondo de Reserva, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria vigente al Periodo de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado por el Acreditantea).

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Samples: Supplement to Prospectus

Fondo de Reserva. El Municipio deberá constituir Significa el importe de dinero con lo que constituye inicialmente el fondo fideicomitido y mantener un Fondo que reservará el Fiduciario para liquidación del CRÉDITO o de Reserva los NUEVOS CRÉDITOS de acuerdo a lo pactado por el Fideicomitente con el Fideicomisario en Primer Lugar y establecido en el Fideicomisopropio CRÉDITO, o en los NUEVOS CRÉDITOS el cual se destinará para cubrir la falta de pago que tendrá se llegue a presentar en el pago del CRÉDITO o de los' NUEVOS CRÉDITOS respectivos, en la inteligencia que dicho fondo deberá ser reconstituido por el Fiduciario en caso de ser necesario, con los recursos derivados del ejercicio de los derechos sobre el Porcentaje de Participaciones Fideicomitidas y en caso de j que este fuere insuficiente directamente por el Fideicomitente \ 1, 1 ~ cV Fideicomitente en su carácter de revolventeAcreditado con el Fideicomisario enPrimer Xxxxx como Acreditante, el cual deberá existir durante en un Futuro dentro de la vigencia del de este fideicomiso y que )~tr yan al Fiduciario para que se incluya en EL FIDEICOMISO Para que se (p uen dichos (NUEVOS CRÉDITOS o el "Contrato de Crédito, por un monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo " o los "Contratos de Reserva. Este Fondo de Reserva se utilizará en el caso que, por alguna causa, la fuente de pago prevista en la Cláusula Décima Sexta del presente Contrato resulte, en determinado momento, insuficiente para realizar el pago que corresponda. Lo anterior, salvo en el caso de las últimas amortizaciones del Crédito, para lo cual, los recursos existentes del Fondo de Reserva deberán ser utilizados para el pago de capital e intereses del Crédito. El Fondo de Reserva se constituirá dentro de los 30 (treinta/ rédito") Días Hábiles siguientes a cada Disposición del Crédito hasta por el monto equivalente al Saldo Objetivo del Fondo de Reserva considerando el saldo insoluto del Crédito, con recursos de cada Disposición del Crédito y se reconstituirá con cargo al Porcentaje patrimonio de EL FIDEICOMISO conforme a lo previsto en el \ . :>. . j XX. XXXXXXXXXXX 0000, XXX. xxxx 00000, XXXXXX, X.X. • Bancomer FIDEICOMISO 4032488 I PARTICIPACIONES: Significan las participaciones que en ingresos federales !,, correspondan al Fideicomitente del Fondo General de Participaciones xxx Xxxx 28 1 conforme a lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, o a cualesquiera otro u 1 otros que lo sustituyan y/o complementen, las participaciones afectadas al presente I Fideicomiso representan el 27% veintisiete por ciento en su defecto, con cargo el entendido de que dicha ¡ afectación en numerario en ningún caso podrá ser inferior a recursos propios del Municipio$37'600,000.00 i ¡ (Treinta y Siete Millones seiscientos Mil Pesos 00/100 Moneda Nacional). El Saldo Objetivo del Fondo ¡ de Reserva deberá reconstituirse en un plazo máximo de 30 (treinta) Días, contados a partir de la fecha en que haya sido utilizado. Para mantener Participaciones presentes y reconstituir el Fondo de Reserva, el Acreditante deberá calcular y notificar mensualmente al Fiduciario, en cada Solicitud de Pago, el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva. Para tales efectos, los intereses se calcularán aplicando la Tasa de Interés Ordinaria vigente al Periodo de Pago que corresponda a la Solicitud de Pago respectiva. En el supuesto que el Acreditante no actualice el Saldo Objetivo del Fondo de Reserva para un determinado Periodo de Pago, el Fiduciario tomará como base el último Saldo Objetivo del Fondo de Reserva que hubiere sido notificado futuras cuyos derechos son afeétados por el Acreditante¡ PORCENTAJE DE PARTICIPACIONES FIDEICOMITIDAS: Significa el porcentaje !, Fideicomitente al presente Fideicomiso. ,.

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Samples: Fideicomiso Agreement