Common use of GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD Clause in Contracts

GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII de los Procedimientos y requisitos de contratación en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS). En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.

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GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante obstante, su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 6 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas del Estado xx Xxxxxxxx Roo. Si el contratista opta por la póliza de contratación fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado xx Xxxxxxxx Roo, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones la forma siguiente: El modelo de fianza de vicios ocultos, que se anexa a esta licitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS)normatividad vigente. Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo deberá informar a la afianzadora el estado de los las obras o trabajos realizados.

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GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas. Si el contratista opta por la póliza de contratación fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS)la forma siguiente: Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.

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GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado de Nayarit, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado de Nayarit, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas. Si el contratista opta por la póliza de contratación fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS)la forma siguiente: Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado de Nayarit, deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.

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GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajosla obra pública, no obstante su recepción formal, el contratista EL PRESTADOR se obliga obligará a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido incurra en los términos señalados en el contrato respectivocontrato, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce 12 (DOCE) meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratistaEL PRESTADOR, a su elección; , deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución Nacional de Fianzas debidamente autorizada autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarilladoa satisfacción del SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, por un valor xxx xxxx por ciento del 10% (10%DIEZ POR CIENTO) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento 5% (5%CINCO POR CIENTO) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento 5% (5%CINCO POR CIENTO) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse se invertirán en instrumento xx xxxxx fija. El contratistaEL PRESTADOR, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses los 12 (DOCE) meses, contados a partir de la fecha del acta de recepción física de los trabajos. En igual plazo quedará automáticamente cancelada la fianza o carta de crédito irrevocable, según sea el caso, siempre que durante ese período no haya surgido alguna responsabilidad a cargo dEL PRESTADOR por defectos de los trabajos, vicios ocultos o cualquier otra responsabilidad, en los términos señalados en el contrato. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarilladodel SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas. Si el prestador opta por la póliza de contratación fianza, deberá estar otorgada por Institución Nacional de Fianzas debidamente autorizada y garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes mueblesla forma siguiente: FIANZA OTORGADA A FAVOR DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA GARANTIZAR POR EL PRESTADOR , de servicios de no consultoríaCON DOMICILIO EN , de obras públicasLA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.), de prestación de servicios de consultoríaSIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo EQUIVALENTE AL 10% (PROCEDIMIENTOSDIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS, PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL PRESTADOR Y QUE RESULTEN A SU CUENTA Y RIESGO, DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA RELATIVA AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA, A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CUYO OBJETO ES PROCEDERÁ A HACER EFECTIVA ESTA FIANZA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE HAYA NOTIFICADO A EL PRESTADOR LA RESOLUCIÓN DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. SI LA CORRECCIÓN O REPOSICIÓN REQUIERE DE UN PLAZO MAYOR, EL PRESTADOR Y EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, PODRÁN CONVENIRLO, DEBIENDO CONTINUAR VIGENTE ESTA PÓLIZA DE FIANZA; D).- LA FIANZA GARANTIZA LA BUENA CALIDAD DE LOS TRABAJOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE LOS MISMOS SE HAYAN SUBCONTRATADO CON LA AUTORIZACIÓN DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO; Y, E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA. La fianza se otorgará en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, deberá informar el SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO informará a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.

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GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajosla obra pública, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga obligará a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido incurra en los términos señalados en el contrato respectivocontrato, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce 12 (DOCE) meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; , deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución Nacional de Fianzas debidamente autorizada autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarilladoa satisfacción del SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, por un valor xxx xxxx por ciento del 10% (10%DIEZ POR CIENTO) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento 5% (5%CINCO POR CIENTO) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento 5% (5%CINCO POR CIENTO) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse se invertirán en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses los 12 (DOCE) meses, contados a partir de la fecha del acta de recepción física de los trabajos. En igual plazo quedará automáticamente cancelada la fianza o carta de crédito irrevocable, según sea el caso, siempre que durante ese período no haya surgido alguna responsabilidad a cargo del contratista por defectos de los trabajos, vicios ocultos o cualquier otra responsabilidad, en los términos señalados en el contrato. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarilladodel SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas. Si el contratista opta por la póliza de contratación fianza, deberá estar otorgada por Institución Nacional de Fianzas debidamente autorizada y garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes mueblesla forma siguiente: FIANZA OTORGADA A FAVOR DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA , de servicios de no consultoríaCON DOMICILIO EN , de obras públicasLA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.), de prestación de servicios de consultoríaSIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo EQUIVALENTE AL 10% (PROCEDIMIENTOSDIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS, PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL CONTRATISTA Y QUE RESULTEN A SU CUENTA Y RIESGO, DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA PÚBLICA RELATIVA AL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA, A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CUYO OBJETO ES DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE ACEPTA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA VIGENCIA DE ÉSTA FIANZA ES DE 12 (DOCE) MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LA OBRA PÚBLICA, SIEMPRE QUE DURANTE ESE PERIODO NO HAYA SURGIDO ALGUNA RESPONSABILIDAD A CARGO DEL CONTRATISTA POR DEFECTOS DE LA OBRA PÚBLICA, XXXXXX OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL CONTRATISTA, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL CONTRATO, POR LO QUE PREVIAMENTE A LA RECEPCIÓN FÍSICA DE LA OBRA PÚBLICA, EL CONTRATISTA GARANTIZA LOS MISMOS EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 95 DE SU REGLAMENTO, POR LO QUE TRANSCURRIDOS LOS 12 (DOCE) MESES, SIN QUE EXISTA RECLAMACIÓN ALGUNA POR PARTE DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, LA FIANZA QUEDARÁ CANCELADA, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO; C).- EN EL CASO DE PRESENTARSE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O RESPONSABILIDADES NO CUMPLIDAS POR PARTE DEL CONTRATISTA, EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO LO COMUNICARÁ DE INMEDIATO Y POR ESCRITO AL CONTRATISTA PARA QUE ÉSTE HAGA LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES CORRESPONDIENTES, DENTRO DE UN PLAZO MÁXIMO DE 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES, TRANSCURRIDO ÉSTE TÉRMINO SIN QUE SE HUBIEREN REALIZADO, EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PROCEDERÁ A HACER EFECTIVA ESTA FIANZA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE HAYA NOTIFICADO AL CONTRATISTA LA RESOLUCIÓN DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. SI LA CORRECCIÓN O REPOSICIÓN REQUIERE DE UN PLAZO MAYOR, EL CONTRATISTA Y EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, PODRÁN CONVENIRLO, DEBIENDO CONTINUAR VIGENTE ESTA PÓLIZA DE FIANZA; D).- LA FIANZA GARANTIZA LA BUENA CALIDAD DE LA OBRA PÚBLICA MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE LOS MISMOS SE HAYAN SUBCONTRATADO CON LA AUTORIZACIÓN DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO; Y, E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA. La fianza se otorgará en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, deberá informar el SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO informará a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.

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GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería Secretaría de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoHacienda del Estado xx Xxxxxxxx Roo, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas. Si el contratista opta por la póliza de contratación fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones la forma siguiente: El modelo de fianza de vicios ocultos, que se anexa a esta licitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS)normatividad vigente. Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo deberá informar a la afianzadora el estado de los las obras o trabajos realizados.

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GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal Junta de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado de Yucatán, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal La Junta de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado de Yucatán, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas. Si el contratista opta por la póliza de contratación fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones y arrendamientos la forma siguiente: FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATAN PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de bienes mueblesla persona moral, o nombre de servicios de no consultoríala persona física con la que se celebró el contrato), de obras públicasCON DOMICILIO EN , de prestación de servicios de consultoríaLA CANTIDAD DE $ , con cargo total o parcial a recursos otorgados por ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS RECIBIDOS, PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL CONTRATISTA Y QUE RESULTEN A SU CUENTA Y RIESGO, DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS RELATIVOS AL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ , ( PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo), CELEBRADO CON LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA: A).- QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- QUE LA VIGENCIA DE ÉSTA FIANZA ES DE 12 (PROCEDIMIENTOS)DOCE) MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, SIEMPRE QUE DURANTE ESE PERIODO NO HAYA SURGIDO ALGUNA RESPONSABILIDAD A CARGO DE “EL CONTRATISTA” POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A QUE SE REFIERE EL CONTRATO, POR LO QUE PREVIAMENTE A LA RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS, “EL CONTRATISTA” GARANTIZA LOS MISMOS EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 64 DE SU REGLAMENTO, POR LO QUE TRANSCURRIDOS LOS 12 (DOCE) MESES, SIN QUE EXISTA RECLAMACIÓN ALGUNA POR PARTE DE “LA COMISIÓN, LA FIANZA QUEDARÁ CANCELADA, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN i, INCISO b) DEL ARTÍCULO 68 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS; C).- QUE EN EL CASO DE PRESENTARSE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O RESPONSABILIDADES NO CUMPLIDAS, LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN LO COMUNICARÁ DE INMEDIATO Y POR ESCRITO AL CONTRATISTA PARA QUE ÉSTE HAGA LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES CORRESPONDIENTES, DENTRO DE UN PLAZO MÁXIMO DE 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES, TRANSCURRIDO ÉSTE TÉRMINO SIN QUE SE HUBIERE REALIZADO, LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN PROCEDERÁ A HACER EFECTIVA ESTA FIANZA. SI LA REPARACIÓN REQUIERE DE UN PLAZO MAYOR, EL CONTRATISTA Y LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, PODRÁN CONVENIRLO, DEBIENDO CONTINUAR VIGENTE ESTA PÓLIZA DE FIANZA; D).- LA FIANZA GARANTIZA LA BUENA CALIDAD DE LOS TRABAJOS MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HAYAN SUBCONTRATADO CON XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX XX XXXX XXXXXXX X XXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX; Y, E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA. Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal La Junta de Agua Potable y Alcantarillado, Alcantarillado de Yucatán deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.

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Samples: Contrato No. Tipo

GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante obstante, su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través y a satisfacción de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoNacional del Agua, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. En igual plazo a que hace referencia el párrafo anterior, quedará automáticamente cancelada la fianza o carta de crédito irrevocable, según sea el caso, siempre que durante ese período no haya surgido alguna responsabilidad a cargo del contratista por defectos de los trabajos, vicios ocultos o cualquier otra responsabilidad, en los términos señalados en el contrato. En caso de haberse expedido carta de crédito irrevocable, el contratista obtendrá de la Comisión Nacional del Agua la orden de cancelación correspondiente para su trámite ante la institución de que se trate. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoNacional del Agua, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos de contratación en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, Servicios Relacionados con cargo total o parcial a recursos otorgados por las Mismas. Si el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS). En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía contratista opta por la póliza de fianza, deberá estar otorgada por Institución Nacional de Fianzas debidamente autorizada y garantizar los defectos y vicios ocultos que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir resulten de la reparación obra, y de los defectoscualquier otra responsabilidad en que incurra. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza es independiente de las penas convencionales que, en su caso, se apliquen al contratista y se expide de conformidad con lo estipulado en la Comisión Estatal Ley de Agua Potable Obras Públicas y AlcantarilladoServicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, deberá informar a así como las disposiciones expedidas en esta materia, de la afianzadora el estado de los trabajos realizados.forma siguiente:

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional

GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajosla obra pública, no obstante su recepción formal, el contratista prestador se obliga obligará a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido incurra en los términos señalados en el contrato respectivocontrato, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce 12 (DOCE) meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; , deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución Nacional de Fianzas debidamente autorizada autorizada, a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarilladoa satisfacción del SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, por un valor xxx xxxx por ciento del 10% (10%DIEZ POR CIENTO) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento 5% (5%CINCO POR CIENTO) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento 5% (5%CINCO POR CIENTO) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse se invertirán en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses los 12 (DOCE) meses, contados a partir de la fecha del acta de recepción física de los trabajos. En igual plazo quedará automáticamente cancelada la fianza o carta de crédito irrevocable, según sea el caso, siempre que durante ese período no haya surgido alguna responsabilidad a cargo del prestador por defectos de los trabajos, vicios ocultos o cualquier otra responsabilidad, en los términos señalados en el contrato. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarilladodel SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas. Si el prestador opta por la póliza de contratación fianza, deberá estar otorgada por Institución Nacional de Fianzas debidamente autorizada y garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes mueblesla forma siguiente: FIANZA OTORGADA A FAVOR DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA GARANTIZAR POR EL PRESTADOR , de servicios de no consultoríaCON DOMICILIO EN , de obras públicasLA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.), de prestación de servicios de consultoríaSIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo EQUIVALENTE AL 10% (PROCEDIMIENTOSDIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS, PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL PRESTADOR Y QUE RESULTEN A SU CUENTA Y RIESGO, DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS RELATIVOS AL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA, A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL EJERCIDO DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CUYO OBJETO ES DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE ACEPTA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA VIGENCIA DE ÉSTA FIANZA ES DE 12 (DOCE) MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LA OBRA PÚBLICA, SIEMPRE QUE DURANTE ESE PERIODO NO HAYA SURGIDO ALGUNA RESPONSABILIDAD A CARGO DEL PRESTADOR POR DEFECTOS DE LA OBRA PÚBLICA, XXXXXX OCULTOS O CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL PRESTADOR, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL CONTRATO, POR LO QUE PREVIAMENTE A LA RECEPCIÓN FÍSICA DE LA OBRA PÚBLICA, EL PRESTADOR GARANTIZA LOS MISMOS EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 66 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y 95 DE SU REGLAMENTO, POR LO QUE TRANSCURRIDOS LOS 12 (DOCE) MESES, SIN QUE EXISTA RECLAMACIÓN ALGUNA POR PARTE DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, LA FIANZA QUEDARÁ CANCELADA, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO; C).- EN EL CASO DE PRESENTARSE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS O RESPONSABILIDADES NO CUMPLIDAS POR PARTE DEL PRESTADOR, EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO LO COMUNICARÁ DE INMEDIATO Y POR ESCRITO AL PRESTADOR PARA QUE ÉSTE HAGA LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES CORRESPONDIENTES, DENTRO DE UN PLAZO MÁXIMO DE 30 (TREINTA) DÍAS NATURALES, TRANSCURRIDO ÉSTE TÉRMINO SIN QUE SE HUBIEREN REALIZADO, EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PROCEDERÁ A HACER EFECTIVA ESTA FIANZA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE HAYA NOTIFICADO AL PRESTADOR LA RESOLUCIÓN DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. SI LA CORRECCIÓN O REPOSICIÓN REQUIERE DE UN PLAZO MAYOR, EL PRESTADOR Y EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, PODRÁN CONVENIRLO, DEBIENDO CONTINUAR VIGENTE ESTA PÓLIZA DE FIANZA; D).- LA FIANZA GARANTIZA LA BUENA CALIDAD DE LA OBRA PÚBLICA MATERIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA, AÚN CUANDO PARTE DE LOS MISMOS SE HAYAN SUBCONTRATADO CON LA AUTORIZACIÓN DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO; Y, E).- LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 283 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE ÉSTA PÓLIZA DE FIANZA. La fianza se otorgará en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, deberá informar el SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO informará a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.

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Samples: www.siapa.gob.mx

GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII de los Procedimientos y requisitos de contratación en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS). En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político.

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Samples: cea.nayarit.gob.mx

GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería de la Federación través y a satisfacción de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, El S.C.T. por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos y los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, El S.C.T. para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Si el contratista opta por la póliza de fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como, las disposiciones expedidas en esta materia. La fianza se otorgará en los Procedimientos y requisitos de contratación en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS)términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, El S.C.T. deberá informar a la afianzadora el estado de los trabajos realizados.

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Samples: tabasco.gob.mx

GARANTÍA POR DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. Al término de todos los trabajos, no obstante obstante, su recepción formal, el contratista se obliga a responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo, el Código Civil Federal y en la legislación aplicable. Los trabajos se garantizarán por un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, el contratista, a su elección; deberá constituir póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada a favor de la Tesorería Secretaría de la Federación través de la Comisión Estatal de Agua Potable Finanzas y AlcantarilladoPlaneación del Estado xx Xxxxxxxx Roo, por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del importe total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito irrevocable por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello. Los recursos aportados en fideicomisos deberán invertirse en instrumento xx xxxxx fija. El contratista, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomisos los respectivos rendimientos, transcurridos doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos. Quedarán a salvo los derechos de la Comisión Estatal de Agua Potable y AlcantarilladoAlcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme al numeral 35 fracción XII artículo 6 de los Procedimientos la Ley de Obras Públicas y requisitos Servicios Relacionados con las Mismas del Estado xx Xxxxxxxx Roo. Si el contratista opta por la póliza de contratación fianza, deberá garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente. Además de contemplar lo antes expuesto, se deberá establecer que la fianza se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado xx Xxxxxxxx Roo, así como, las disposiciones expedidas en esta materia de adquisiciones la forma siguiente: El modelo de fianza de vicios ocultos, que se anexa a esta invitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS)normatividad vigente. Que la fianza se otorga en los términos del contrato citado. En el caso de detectarse algún defecto o vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de doce meses, a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado, Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo deberá informar a la afianzadora el estado de los las obras o trabajos realizados.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas