Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero Cláusulas de Ejemplo

Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. Si a consecuencia de la aparición de problemas odontológicos agudos como infecciones, o traumas, el Asegurado requiere un tratamiento de urgencia, el Asegurador se hará cargo de los gastos inherentes al citado tratamiento hasta el límite máximo de 280€
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. Si a consecuencia de la aparición de problemas odontológicos agudos como infecciones, o traumas, el Asegurado requiere un tratamiento de urgencia, el Asegurador se hará cargo de los gastos inherentes al citado tratamiento hasta el límite indicado en condiciones particulares y certificado de seguro. No quedarán cubiertos los gastos derivados de implantes, prótesis y fundas, así como endodoncias.
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. Si el asegurado necesita asistencia a consecuencia de la aparición de problemas odontológicos agudos como infecciones, dolores o traumas que requieran un tratamiento de urgencia, la entidad aseguradora se hará cargo de los gastos inherentes al citado tratamiento, hasta un máximo de 150 euros.
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. Los gastos odontológicos considerados de urgencia, excluidos la endodoncia, reconstrucciones estéticas de tratamientos anteriores, prótesis, fundas e implantes quedan cubiertos dentro de los importes establecidos para esta garantía hasta un máximo de 300 euros.
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. SBS SEGUROS COLOMBIA S.A. SE OBLIGA A REEMBOLSAR AL ASEGURADO, HASTA EL MONTO DEL VALOR ASEGURADO PARA ÉSTA COBERTURA, INDICADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, LOS GASTOS ODONTOLÓGICOS, USUALES Y RAZONABLES, EN QUE INCURRA EL ASEGURADO EN EL EXTRANJERO, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTOS ESTÉN DESTINADOS AL ALIVIO INMEDIATO DEL DOLOR Y SI SE ORIGINAN DE UNA EMERGENCIA NO PREVISTA. EL ASEGURADO TIENE DERECHO A RECIBIR EL PAGO DE LA TOTALIDAD O PARTE DE LOS GASTOS ODONTOLÓGICOS DE CUALQUIER OTRA FUENTE, SBS SEGUROS COLOMBIA S.A. PAGARÁ LA DIFERENCIA ENTRE LO EFECTIVAMENTE INCURRIDO Y PAGADO POR EL ASEGURADO Y LA CANTIDAD A LA QUE TENGA DERECHO A RECIBIR DE CUALQUIER OTRA FUENTE.
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. Si a consecuencia de la aparición de problemas odontológicos agudos como infecciones, o traumas, el Asegurado requiere un tratamiento de urgencia, el Asegurador se hará cargo de los gastos inherentes al citado tratamiento hasta el límite máximo de 300 Euros. Al objeto de verificar que la atención recibida sea la apropiada, el Equipo Médico del Asegurador estará en contacto con el Centro Sanitario donde esté siendo atendido el Asegurado.
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. DKV Seguros se hará cargo de los gastos para solucionar problemas odontológicos agudos como infecciones, dolores o traumas que requieran un tratamiento de urgencia hasta un máximo de 500 euros. Cuando sea aplicable la garantía anterior de pago de gastos médicos, DKV Seguros se hará cargo de los gastos de prolongación de estancia del asegurado en un hotel, después de la hospitalización y bajo prescripción médica, hasta un importe de 150 euros por día, con un máximo de 1500 euros.
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. En aplicación de la garantía ante- rior y dentro del límite especificado en la misma, quedan cubiertos los gastos odontoló- gicos hasta un máximo de 300 Euros. Prolongación de estancia en hotel por enfermedad o accidente en el extranjero. Cuando la naturaleza de la enfermedad o accidente imposibilite continuar el viaje, aunque no hiciera necesario el ingreso en clínica o centro hospitalario, el Asegurador abonará los gastos que se deriven de la prolongación de estancia en hotel, prescrita por un médico, hasta 150 Euros por día y persona enferma o accidentada y hasta un máximo de 10 días. El Asegurado tendrá que reembolsar al Asegurador, a la presentación de la factura, el precio del medicamento. El Asegurador abonará en concepto de gastos de estancia, el alojamiento en hotel, previa presentación de las facturas correspondientes hasta 150 Euros por día y hasta un máximo de 10 días.
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. Si a consecuencia de la aparición de problemas odontológicos agudos como infecciones, o traumas, el Asegurado requiere un tratamiento de urgencia, el Asegurador se hará cargo de los gastos inherentes al citado tratamiento hasta el límite máximo de 300 Euros Al objeto de verificar que la atención recibida sea la apropiada, el Equipo Médico del Asegurador estará en contacto con el Centro Sanitario donde esté siendo atendido el Asegurado.
Gastos odontológicos de urgencia en el extranjero. Si a consecuencia de la aparición de problemas odontológicos agudos como infecciones, dolores o traumas, el Asegurado requiere un tratamiento de urgencia, el Asegurador se hará cargo de los gastos inherentes al citado tratamiento hasta el límite máximo de 280€. En caso de urgencia vital como consecuencia de una complicación imprevisible de una enfermedad crónica o preexistente, ARAG se hará cargo únicamente de los gastos de una primera asistencia sanitaria realizada con carácter de urgencia y dentro de las primeras 24 horas a contar desde su ingreso en el centro hospitalario.