Common use of Gratificaciones extraordinarias Clause in Contracts

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses xx Xxxxx y Diciembre antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente. 2. La cuantía de las pagas extraordinarias xx Xxxxx y Diciembre serán las establecidas en las Tablas Salariales, más la antigüedad consolidada a quien corresponda, del presente Convenio. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio De Empresa, Convenio Colectivo

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses xx Xxxxx xxxxx y Diciembre diciembre antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente. 2. La cuantía de las pagas extraordinarias xx Xxxxx xxxxx y Diciembre serán las establecidas diciembre se determinará, para cada uno de los niveles y categorías, en las Tablas Salarialesla tabla de cada Convenio colectivo de ámbito inferior al presente, más sea cual fuere la antigüedad consolidada a quien corresponda, cuantía de la remuneración y la modalidad del presente Conveniotrabajo prestado. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio General Del Sector De La Construcción, Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses xx Xxxxx y Diciembre Diciembre, antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente. 2. La cuantía El importe de las pagas extraordinarias xx Xxxxx y Diciembre serán las establecidas Diciembre, sea cual fuere la cuantía de la remuneración y la modalidad del trabajo prestado, se especifica en las Tablas Salarialesel Anexo IV de este Convenio, más al que se adicionará la antigüedad consolidada a quien correspondacorrespondiente, del presente Conveniosegún el Anexo V-I y V-II. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del de contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente derecho, exclusivamente, a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se devengarán semestralmente por días naturales y se abonarán en los meses xx Xxxxx y Diciembre Diciembre, antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, ellos respectivamente. 2. La cuantía de las pagas extraordinarias xx Xxxxx y Diciembre serán Diciembre, es la que se determina en el Anexo I, y sobre las establecidas en las Tablas Salariales, más mismas se aplicará el premio correspondiente a la antigüedad consolidada a quien correspondaconsolidada, del presente Conveniopara todos aquellos trabajadores que la hubieran devengado antes de la congelación de 1996. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del de contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses xx Xxxxx xxxxx y Diciembre diciembre, antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente., salvo que los Convenios de 2. La cuantía de las pagas extraordinarias xx Xxxxx xxxxx y Diciembre serán las establecidas diciembre se determinará, para cada uno de los niveles y categorías, en las Tablas Salarialesla tabla de cada Convenio Colectivo de ámbito inferior al presente, más sea cual fuere la antigüedad consolidada a quien corresponda, cuantía de la remuneración y la modalidad del presente Conveniotrabajo prestado. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del de contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo General

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente derecho, exclusivamente, a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se devengarán semestralmente por días naturales y se abonarán en los meses xx Xxxxx y Diciembre Diciembre, antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, ellos respectivamente. 2. La cuantía de las pagas extraordinarias xx Xxxxx y Diciembre serán Diciembre, es la que se deter- mina en el Anexo I, y sobre las establecidas en las Tablas Salariales, más mismas se aplicará el premio correspondiente a la antigüedad consolidada a quien corresponda, del presente Convenioanti- güedad consolidada. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del de contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los TrabajadoresTrabaja- dores.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De La Construcción Y Obras Públicas

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses xx Xxxxx y Diciembre Diciembre, antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente. 2. La cuantía El importe de las pagas extraordinarias xx Xxxxx y Diciembre serán las establecidas Diciembre, sea cual fuere la cuantía de la remuneración y la modalidad del trabajo prestado, se especifica en las Tablas Salarialesel Anexo III de este Convenio, más al que se adicionará la antigüedad consolidada a quien correspondacorrespondiente, del presente Conveniosegún el Anexo V-I y V-II. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del de contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses xx Xxxxx xxxxx y Diciembre diciembre antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente. 2. La cuantía de las pagas extraordinarias xx Xxxxx xxxxx y Diciembre serán las establecidas diciembre se determinará, para cada uno de los niveles y categorías, en las Tablas Salarialesla tabla de cada Convenio colectivo de ámbito inferior al presente, más sea cual fuere la antigüedad consolidada a quien corresponda, cuantía de la remuneración y la modalidad del presente Conveniotrabajo prestado. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Iv Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción

Gratificaciones extraordinarias. 1. El trabajador tendrá derecho exclusivamente a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses xx Xxxxx xxxxx y Diciembre diciembre antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente. 2. La cuantía de las pagas extraordinarias xx Xxxxx xxxxx y Diciembre serán las establecidas diciembre se determinará, para cada uno de los niveles y categorías, en las Tablas Salarialesla tabla anexa del presente Convenio, sea cual fuere la cuantía de la remuneración y la modalidad del trabajo prestado, más la antigüedad consolidada a quien corresponda, del presente Convenioen su caso. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras mien- tras dure cualquiera de las causas de suspensión del contrato contra- to previstas en el artículo 45 del Texto Refundido texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Collective Agreement

Gratificaciones extraordinarias. 1. 1.- El trabajador tendrá derecho exclusivamente derecho, exclusivamente, a dos gratificaciones extraordinarias al año, de devengo semestral, que se abonarán en los meses xx Xxxxx xxxxx y Diciembre diciembre, antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente. 2. La cuantía de las pagas extraordinarias xx Xxxxx xxxxx y Diciembre serán las establecidas diciembre, será la fijada para cada uno de los niveles y categorías en las Tablas Salarialesla correspondiente tabla que se une como anexo II, más la antigüedad consolidada a quien corresponda, del al presente Convenio. 3. Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure devengarán, durante cualquiera de las causas de suspensión del de contrato previstas en el artículo 45 del Texto Refundido texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Trabajo