Plus transporte. 22.1 Las empresas deberán abonar a sus trabajadores el plus transporte de acuerdo con las tablas especificadas en el anexo 7.
Plus transporte. En concepto de transporte y de tiempo de desplazamiento se abonarán los importes que se recogen en la siguiente tabla. Esta cantidad se percibirá mensualmente excepto en vacaciones.
Plus transporte. Se establece un plus transporte con el objetivo de abonar el desplazamiento que realiza el trabajador para acudir a su centro de trabajo. Se abonará mensualmente a cada una de las categorías, según el importe que figura en la tabla salarial anexa en otros conceptos ya que es un concepto de naturaleza extrasalarial.
Plus transporte. En concepto de transporte y de tiempo de desplazamiento se abonará el importe recogido en las Tablas Salariales anexas. Esta cantidad se percibirá mensualmente excepto en vacaciones.
Plus transporte. JORNADA IMPORTE 2026 Tabla A con antigüedad Tabla B sin antigüedad SB Complemen tos Nocturnidad SB Complementos Nocturnidad GRUPO I
Plus transporte. En concepto de transporte y de tiempo de desplazamiento se abonarán los importes que se recogen en la siguiente tabla. Esta cantidad se percibirá mensualmente excepto en vacaciones. 2013 105,21 € 2014 106,89 €
Plus transporte. JORNADA IMPORTE
Plus transporte b) Retribuciones variables:
Plus transporte. Los trabajadores, con derecho reconocido a plus transporte (por proceder de Sanatorio Xxxxxxx), percibirán por este concepto el importe fijado en tablas salariales.
Plus transporte. El personal comprendido en el presente Convenio Colectivo percibirá, por día efectivamente trabajado, una cantidad en concepto de Plus de Transporte que figura en el anexo I.