Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios en la empresa se clasificará en alguno de los grupos profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general de la Empresa con un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios sectores de la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro grupo
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Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios en la empresa se clasificará en alguno de los grupos profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes Se establecen cinco grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura I: Mandos superiores. Grupo II- Personal Superior y Técnico II: Mandos medios. Grupo III- Personal Administrativo III: Técnicos A. Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a IV: Técnicos B. Grupo V: Técnicos C. Grupo I: Mandos superiores. Se integrarán en este grupo planificanlos trabajadores/as que teniendo unas aptitudes profesionales altamente especializadas y cualificadas, organizandentro del ámbito de sus funciones, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias adquiridas normalmente a través de una formación de alto nivel y/o una dilatada experiencia tienen como prestación laboral la gestión global del desarrollo general conjunto de la Empresa con Empresa, o de las unidades encuadradas dentro de una demarcación geográfica, o bien de un área funcional de la Empresa. Dada la homogeneidad de funciones dentro del grupo, la xxxxxxxx de funciones distintas dentro del mismo grupo no supondrá por sí misma el derecho a reclamar diferencias económicas, ya que están atribuidas a título personal por la mayor responsabilidad técnica, iniciativa y experiencia. Grupo II: Mandos medios. Se integrarán en este grupo los trabajadores/as que teniendo una aptitud profesional cualificada en la gestión de cualquiera de las áreas de actividad de la Empresa, adquirida normalmente a través de una dilatada experiencia o formación, tienen como prestación laboral la gestión de una unidad operativa o de un departamento o área funcional de la Empresa. Tienen un alto grado de autonomíaautonomía y responsabilidad dependiendo directamente de un mando superior. Dada la homogeneidad de funciones dentro del grupo, conocimientos profesionales la xxxxxxxx de funciones distintas dentro del mismo grupo no supondrá por sí misma el derecho a reclamar diferencias económicas, ya que están atribuidas a título personal por la mayor responsabilidad técnica, iniciativa y responsabilidades experiencia. cve: BOE-A-2010-11037 Grupo III: Técnicos A. Se integrarán en este grupo los trabajadores/as que se ejercen sobre uno teniendo iniciativa y responsabilidad en el desempeño de sus funciones, o varios sectores que le puedan encomendar por razón de su cargo, tienen una aptitud profesional cualificada, adquirida normalmente a través de una extensa experiencia, así como con conocimiento técnico amplio de su profesión y pericia en el manejo de terminales de emisión/reserva y/o administrativas, tienen como prestación laboral la información, promoción, reservas y emisión de toda clase de viajes o bien el desarrollo administrativo y/o tratamiento informático de una unidad operativa o de un departamento de un área de la Empresa. Dada la homogeneidad de funciones dentro del grupo, la xxxxxxxx de funciones distintas dentro del mismo grupo no supondrá por sí misma el derecho a reclamar diferencias económicas, ya que están atribuidas a título personal por la mayor responsabilidad técnica, iniciativa y experiencia. Grupo IV: Técnicos B. Se integrarán en este grupo los trabajadores/as que teniendo respecto a los del grupo anterior un grado menor de iniciativa y responsabilidad limitada en el desempeño de sus funciones, tienen no obstante una aptitud profesional similar que el grupo anterior, aunque sin la experiencia del mismo, y con conocimiento técnico normal de su profesión y manejo de terminales de emisión/reserva y/o administrativas, tienen como prestación laboral la información, promoción, reserva y emisión de toda clase de viajes o bien el tratamiento administrativo-informático de una unidad operativa o de un departamento de un área funcional de la empresa. Dada la homogeneidad de funciones dentro del grupo, partiendo la xxxxxxxx de directrices muy amplias funciones distintas dentro del mismo grupo no supondrá por sí misma el derecho a reclamar diferencias económicas, ya que están atribuidas a título personal por la mayor responsabilidad técnica, iniciativa y siguiendo objetivos estratégicos comunesexperiencia. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán V: Técnicos C. Se integrarán en este grupo los trabajadores/as de nuevo ingreso, que teniendo experiencia profesional aquellos puestos equiparables a la dirección reducida, dispongan de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro responsabilidad muy limitada en el desempeño de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicosfunciones, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos comprendiendo los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y auxiliares o complementarios del grupo anterior, para los que se requieren unos conocimientos generales de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas los definidos en otro grupoel grupo IV.
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Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios Los grupos Profesionales se determinan, en la empresa se clasificará en alguno base a los factores de los grupos profesionales por niveles regulados en este artículoencuadramiento anteriormente descritos. Los trabajadores y trabajadoras serán clasificados asignados a los distintos grupos profesionales en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido función de la prestaciónvalo- ración que se haga del puesto de trabajo que ocupan. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación Descripción de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a Profesional I.- En este grupo planificanse incluirán, organizanlos trabajadores, dirigenque de- sarrollan funciones de especial confianza del emplea- dor o empresario, coordinan por lo que se les supone una respon- sabilidad especial, dentro del ámbito de la organización y controlan las actividades propias del desarrollo general funcionamiento de la empresa, y que desarrollen ta- reas tales como: - Responsabilidad en dirección y gestión. - Tareas y/o funciones que suponen capacidad de mando y responsabilidades concretas para la gestión de una o varias áreas funcionales de la Empresa a partir de las directrices generales amplias emanadas de la propia Dirección o propiedad de la Empresa. - Planificación de acciones y diseño de productos, procesos o servicios. - Competencia en un amplio conjunto de actividades muy complejas ejecutadas con gran autonomía. Fun- ciones que suponen la realización de tareas técnicas de la más alta complejidad e incluso la participación en la definición de los objetivos concretos a alcanzar en un campo, con un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales iniciativa y responsabilidades res- ponsabilidad en dicho cargo de especialidad técnica. - Desarrollo del trabajo en diversidad de contextos que resultan, a menudo, impredecibles. Grupo Profesional II.- En este grupo se ejercen sobre uno o varios sectores encuadrarán los trabajadores, que, teniendo una cualificación formativa y experiencia reco- nocida, desarrollan funciones de responsabilidad, orga- nizando y dirigiendo a otros trabajadores de la empresa, partiendo o que sin tener trabajadores a su cargo, disponen de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunesau- tonomía suficiente para adoptar decisiones de especial repercusión en el normal funcionamiento de la empresa. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico - Tareas y/o funciones que suponen la realización de mando tareas técnicas complejas y organizaciónheterogéneas con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia y autono- mía, iniciativa y responsabilidad. Este - Responsabilidad de supervisión de trabajo y asigna- ción de recursos. - Desarrollo del trabajo en diversidad de contextos con variables técnicas, económicas u organizativas. Grupo está integradoProfesional III.- Se encuadrará en este grupo, los trabajadores, que desarrollen funciones para las cuales se les requiera una preparación técnica, formativa o experiencia espe- cífica para su puesto de trabajo, fruto de la formación o experiencia y aquellos trabajadores, que desarrollan su trabajo, con una cualificación y preparación adecuada para su puesto de trabajo, de manera meramente indicativa, acuerdo con un procedi- miento y sistema de actuación previamente predeter- minado por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones o por mandos jerárquicamente superiores, también se incluyen los trabajadores, que, sin una especial cualificación formativa y responsabili- dad, desarrolla trabajos bajo las directrices de carácter administrativootros tra- bajadores o directamente del empleador. - Tareas complejas que requieren dominio de técni- cas, burocráticas pero homogéneas. Aún sin implicar responsabili- dad de mando, se ejecutan con autonomía, tiene un alto contenido intelectual o de interrelación humana, en un marco de instrucciones generales de alta complejidad técnica y suponen integración, coordinación y supervi- sión de dichas tareas. - Tareas y/o funciones que consisten en la ejecución de contabilidadtrabajos que se han de realizar siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, incluidos y que se realizan bajo ins- trucciones precisas, requieren adecuados conocimien- tos profesionales, y/o aptitudes prácticas y cuya res- ponsabilidad está limitada por una supervisión directa. - Tienen capacidad para utilizar instrumentos y técni- cas propias para los trabajos con medios informáticos u ofimáticos que requieren conocimientos de fundamentos técnicos sobre actividades concretas del proceso. - Requieren para su realización de competencia en un conjunto reducido de actividades simples, dentro de procesos normalizados. - Conocimientos y los capacidades limitados - No necesitan de facturación; están asimismo comprendidas las funciones una formación específica, aunque ocasionalmente pueda ser necesario un período breve de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro grupoadaptación.
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Grupos profesionales. El personal A continuación se desarrollan los Grupos Profesionales en los que preste sus quedarán encuadrados los trabajadores que presten servicios en la empresa se clasificará en alguno de los grupos profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestaciónEmpresa. La clasificación se realizará movilidad funcional en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general el seno de la Empresa con un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales no tendrá más limitaciones que la pertenencia al grupo profesional. Grupo Profesional I: Supervisores y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios sectores de la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medioMandos. Pertenecen a este grupo profesional todos las personas que por conocimiento o experiencia profesional, tienen atribuidas funciones de mando o de responsabilidad ejecutiva sobre tres o más personas, y funciones coordinadoras o asesoras con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad, acordes con las funciones asignadas, las cuales a título informativo y no limitativo pueden integrar la planificación, organización, dirección y coordinación y requieren para su desarrollo un amplio grado de independencia profesional. Su actividad se define en base a objetivos y resultados o suponen la realización de tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Se incluyen en este grupo los trabajadores mandos y responsables de departamento de área. Grupo Profesional II: Personal Técnico. Pertenecen a este grupo profesional las personas que para el desarrollo de sus funciones aportan una cualificación profesional en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativotécnicas y metodologías propias del trabajo específico que desarrollan. Se incluyen en este grupo los titulados superiores, burocráticas los titulados medios y/o aquellos profesionales que, por conocimiento o experiencia profesional tiene atribuidas funciones técnicas en diferentes áreas funcionales tales como Marketing, Control Económico y Financiero, Operaciones y Logística, Sistemas de contabilidadInformación, incluidos Tecnologías y Metodologías ligadas al desarrollo de programas de formación (presencial y a distancia). Grupo Profesional III: Personal Docente. Componen este grupo profesional aquellos trabajadores que con la titulación y/o experiencia correspondiente guían y asesoran al alumno en función de su avance en el programa de formación específico, respondiendo a las consultas y dudas que puedan surgirle, motivándole y realizando un seguimiento de sus progresos, corrigiendo o supervisando ejercicios y/o pruebas si la organización del trabajo así lo requiere. Participan además en la generación y adaptación de contenidos formativos y de apoyo a la formación, adecuándolos tanto a las novedades legislativas como a las nuevas metodologías. Grupo Profesional IV: Personal Administrativo. Pertenecen a este grupo profesional las personas que utilizando los trabajos con medios operativos e informáticos u ofimáticos y los necesarios, ejecutan de facturación; están asimismo comprendidas forma habitual las funciones administrativas propias de mantenimientola Empresa. Se incluyen en este grupo los oficiales, control auxiliares administrativos, los responsables de servicio administrativo, coordinadores, recepcionistas, gestores y atención Teleoperadores/ operadores en cualquiera de carácter general no incluidas en otro gruposus grados.
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Grupos profesionales. El personal de la Xxxx Xxxx en Bizkaia se clasifica en Grupos Profesionales, atendiendo a las aptitudes y conocimientos exigidos para el desempeño de los distintos puestos de trabajo, definidos por la Institución en base a su capacidad rectora. La pertenencia a un grupo profesional determinado capacitará para el desempeño de todas las tareas y cometidos propios del mismo, sin más limitaciones que preste las derivadas de las exigencias de las titulaciones específi- cas. La determinación de la pertenencia a un grupo profesional será el resultado de la ponderación, entre otros, de los siguientes factores: formación, cono- cimientos y experiencia, iniciativa, autonomía, responsabilidad y compleji- dad. Dentro de cada Grupo Profesional se definen diferentes niveles, que reco- gen, de manera exhaustiva las actividades propias de los mismos, de acuerdo con la organización de trabajo que se establezca. A estos efectos se determinan en este Convenio los siguientes Grupos Pro- fesionales y Niveles: Grupo 1.—Titulados/as Superiores Grupo 2.—Titulados/as Medios/as Grupo 3.—Técnicos/as Especialistas Grupo 4.—Técnicos/as Auxiliares Grupo 5.—Servicios Generales Son quienes por sus servicios conocimientos y experiencia profesional tienen atribui- das funciones técnicas complejas y heterogéneas, con facultades, en su caso, coordinadoras o asesoras. Estas funciones están referidas a objetivos globales definidos y exigen un alto grado de contenido intelectual e interre- lación humana, suponiendo la integración, coordinación y supervisión de las funciones. También se incluyen en este grupo profesional funciones que suponen la realización de tareas técnicas de la máxima complejidad, e incluso la parti- cipación en la empresa se clasificará en alguno definición de los grupos profesionales objetivos a alcanzar en su campo. Formación: quedan expresamente incorporadas a este grupo las personas en posesión de Licenciatura Universitaria o Grado o en posesión de Más- ter/Doctorado, que sean contratadas para realizar específicamente los ser- vicios que son habilitados por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionalessu título, titulaciones así como el personal que por su experiencia acreditada y contenido conocimientos adquiridos se pueda considerar como asimilado, siempre que la obtención del título oficial no sea requisito esencial para el desempeño de la prestaciónprofesión. La clasificación se realizará Se determinan 2 niveles profesionales en grupos profesionales por interpretación función del grado de formación, conocimientos, experiencia, iniciativa, autonomía, responsabilidad y aplicación com- plejidad de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos asignadas.
Xxxxx 0. Directores/as de Departamentos
Nivel 2. Subdirectores/as de Departamentos / Jefes-as de Unidad /Téc- nicos/as Superiores / Asimilados-as Son las personas que desarrollen los trabajadorespor sus conocimientos y experiencia profesional tie- nen atribuidas funciones técnicas complejas y heterogéneas. La presente clasificación Estas funcio- nes están referidas a objetivos globales definidos y exigen un alto grado de contenido intelectual e interrelación humana. También se incluyen en este grupo profesional pretende lograr una mejor integración funciones que suponen la realización de tareas técnicas de alta complejidad, e incluso la participación en la definición de los recursos humanos objetivos a alcanzar en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidadsu campo, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general de la Empresa con un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales iniciativa y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios sectores de responsabilidad acorde a la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunesespecialidad técnica. Equiparable Formación: quedan expresamente incorporados/as a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección quienes estuvieran en posesión de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico Diplomaturas Universitarias y/o de mando Grados univer- sitarios que sean contratados/as para realizar específicamente los servicios que son habilitados por su título, así como el personal que por su experien- cia acreditada y organización. Este Grupo está integradoconocimientos adquiridos se pueda considerar como asimi- lado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores siempre que en las distintas dependencias o servicios la obtención del título oficial no sea requisito esencial para el desempeño de la empresa realizan profesión. Se determinan 2 niveles profesionales en función del grado de formación, conocimientos, experiencia, iniciativa, autonomía, responsabilidad y com- plejidad de las tareas y funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro grupoasignadas.
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Grupos profesionales. El A continuación, se establecen los Grupos Profesionales de aplicación al personal que preste sus servicios se encuentra incluido en el ámbito de aplicación personal del presente Convenio Colectivo: B.O.C.M. Núm. 279 SÁBADO 23 DE NOVIEMBRE DE 2019 Se integra en este Grupo Profesional el personal que desempeñe puestos que tienen un impacto significativo en la empresa se clasificará en alguno de los grupos profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido elaboración de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación estrategia y aplicación de los factores de valoración la visión presente y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa futura de la empresa sin merma alguna organización de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índoleEmpresa. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general Definen políticas generales de la Empresa y asesoran a los altos cargos de la Fundación sobre los procesos clave, de negocio o apoyo, y otras cuestiones estratégicas. Normalmente son responsables de una dirección funcional, de ámbito nacional o internacional. Adicionalmente, este Grupo incluye al personal que desempeñe puestos de negocio que tienen impacto directo en la consecución de los objetivos globales de la Empresa. Se integra en este Grupo Profesional el personal que es responsable de la implantación de las decisiones estratégicas, siendo responsables del desarrollo de las políticas, normativas y procedimientos de su área de conocimiento o localización geográfica. Puede gestionar un equipo de personas bajo su ámbito de responsabilidad. Sus funciones y decisiones impactan en el negocio al determinar el resultado del área de especialidad o del área geográfica que tenga encomendada, conllevar el asesoramiento a otras áreas y por la contribución específica a los resultados finales. Se integra en este Grupo el personal que contribuye al negocio a través de la aportación de conocimientos técnicos específicos, gestión de equipos y/o relaciones comerciales. Dentro del Grupo 3 se establecen los siguientes niveles: - Nivel I: Lo integra el personal que, por sus conocimientos y experiencia contrastada y consolidada, puede coordinar a otros técnicos y/o desempeña funciones que contribuyan al negocio mediante altos conocimientos técnicos específicos o críticos y/o relaciones clave, en ambos casos de alto nivel. Dicho nivel engloba a empleados con experiencia, con un conocimiento profundo de la materia y cuyo trabajo se desempeña con alto grado de autonomía. - Nivel II: Lo integra el personal que desempeñe funciones técnicas y/o especializadas complejas propias de su puesto. Son plenamente responsables de la ejecución de las tareas o funciones complejas que tienen encomendadas y han de disponer de conocimientos técnicos necesarios para prestar el servicio que se le encomiende, pueden coordinar o no personal, y pueden o no ser objeto de supervisión según la complejidad de las materias. Este Grupo Profesional está integrado por quienes desempeñen funciones con una complejidad menor a la descrita en los Grupos y niveles anteriores. Dentro de este Grupo 4 se establecen los siguientes niveles: - Nivel I: Integra al siguiente personal: (i) personal técnico que desarrolle funciones especializadas no complejas, y que requiera directrices para la organización y ejecución de su trabajo, actuando bajo supervisión; (ii) personal administrativo que actúe siguiendo instrucciones generales, y que tenga labores de coordinación dentro de sus funciones (iii) personal de secretariado con un alto grado de exigencia en el desempeño de su labor por dar cobertura a puestos de dirección o estratégicos. - Nivel II: Integra el siguiente personal: (i) personal administrativo o similar que actúe siguiendo instrucciones generales detalladas y con poca autonomía, conocimientos profesionales y responsabilidades aun cuando sean autónomo en la ejecución de las funciones derivadas de las instrucciones que se ejercen sobre uno o varios sectores de la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro grupole imparta.
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Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios sujeto al presente convenio Colectivo se clasificará, en la empresa se clasificará en alguno función de los grupos profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes las exigencias profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación. La clasificación se realizará , en grupos profesionales por interpretación y aplicación alguno de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales, que con contenido normativo se definen: Grupo I- Dirección profesional I. Criterios generales: tareas que consisten en ope- raciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso, según ins- trucciones específicas, con total grado de dependencia jerárquica y Jefatura fun- cional. Pueden requerir esfuerzo físico. No necesitan formación específica aunque ocasionalmente pueda ser necesario un período breve de adapta- ción. Formación: profesional, enseñanza obligatoria o equivalente. Grupo II- Personal Superior profesional II. Criterios generales: personal que realiza trabajos cualificados bajo especificaciones precisas y Técnico con cierto grado de autono- mía, pero que necesita adecuados conocimientos profesionales y aptitu- des prácticas para su correcta ejecución. Formación: profesional, enseñanza obligatoria o equivalente. Grupo III- Personal Administrativo profesional III. Criterios generales: funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores. Xxxxxx complejas pero homogéneas que, aún sin implicar responsabilidad de mando, tienen un alto grado de con- tenido intelectual e interrelación humana, en un marco de instrucciones generales de alta complejidad técnica. Formación: titulación universitaria de grado medio ó superior o cono- cimientos profesionales equivalentes adquiridos en la práctica. Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a profesional IV. Criterios generales: funciones que suponen la realización de las tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones, realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad funcional. Se incluyen también en este grupo planificanprofesio- nal, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general funciones que suponen responsabilidades concretas para la gestión de una o varias áreas funcionales de la Empresa empresa, a partir de directrices generales muy amplias emanadas de la dirección, a los que debe dar cuenta de su gestión. Funciones que suponen la realización de tareas téc- nicas de más alta complejidad e incluso la participación en la definición de los objetivos concretos a alcanzar en un campo, con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad en dicho cargo de especialidad técnica. Formación: titulación al nivel de educación universitaria o formación profesional de grado superior, o conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios sectores de la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado con equivalen- tes adquiridos tras una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro grupoacreditada.
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Grupos profesionales. El personal —Definición de grupos profesionales: Empresas de más de 50 trabajadores: Grupo profesional I: Criterios generales: tareas que preste sus servicios consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso, según instrucciones específicas, en total grado de dependencia jerárquica y funcional. Pueden requerir esfuerzo físico. No necesitan formación específica aunque ocasionalmente pueda ser necesario un período breve de adaptación. Formación: conocimientos elementales relacionados con las tareas que desempeñan. Grupo profesional II: Criterios generales: tareas que consisten en la empresa ejecución de trabajos que, aunque se clasificará en alguno realizan bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa o sistemática. Formación: titulación o conocimientos profesionales equivalentes a Graduado Escolar, Formación Profesional de los grupos profesionales I, Educación Secundaria Obligatoria o Formación Ocupacional. Grupo profesional III: Criterios generales: trabajos de ejecución autónoma que exijan habitualmente iniciativas por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución parte de los trabajadores encargados de su ejecución. Funciones que supongan integración, coordinación y sin supervisión de tareas homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando. Formación: titulación o conocimientos profesionales equivalentes a Bachillerato Unificado polivalente, formación de II o, Formación Profesional de Grado Medio. Grupo profesional IV: Criterios generales: funciones que se produzca discriminación alguna supongan la integración, coordinación, supervisión de tareas diversas y mando, realizadas por razón un conjunto de edadcolaboradores. Xxxxxx complejas pero homogéneas que tienen un alto grado contenido intelectual o interrelación humana, sexo en un marco de instrucciones generales de alta complejidad técnica. Formación: titulación a nivel de Educación Universitaria o Formación Profesional de Grado Superior, o conocimientos profesionales equivalentes adquiridos tras una experiencia acreditada. Grupo profesional V: Criterios generales: funciones que supongan la realización de tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones, realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad funcional. Se incluye también en este grupo profesional, funciones que suponen responsabilidad concreta para la gestión de una o varias áreas profesionales de la empresa, a partir de directrices generales muy amplias emanadas del personal perteneciente al grupo profesional “0” o de cualquier índolela propia dirección, a los que debe dar cuenta de su gestión. En concretoFunciones que suponen la realización de tareas técnicas de más alta complejidad e incluso la participación en la definición de los objetivos concretos a alcanzar en un campo, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general de la Empresa con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad en dicho cargo de especialidad técnica. Formación: titulación a nivel de Educación Universitaria, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo, o conocimientos profesionales equivalentes tras una experiencia acreditada. Grupo profesional 0: Criterios generales: el personal perteneciente a este grupo planifica, organiza, dirige y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios sectores coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de la organización, partiendo recursos humanos y materiales de directrices muy amplias la propia empresa, la orientación y siguiendo objetivos estratégicos comunesel control de las actividades de la organización conforme al programa establecido, o la política adoptada, el establecimiento y mantenimiento de estructura productiva y de apoyo al desarrollo de la política comercial financiera. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada Toman decisiones o participan en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado)su elaboración. En el Grupo I se encuentran los siguientes Desempeñan altos puestos de trabajo actualmente existentesdirección o ejecución de los mismos en los departamentos, sin divisiones, centros de trabajo, etc., en que se trate estructura la empresa y que responden siempre a la particular ordenación de una lista taxativa sino meramente enunciativacada una. Empresas de hasta 50 trabajadores: Grupo profesional I. Los trabajos requieren poca iniciativa y se ejecutan bajo instrucciones concretas, con un total grado de manera dependencia jerárquica y funcional. Las funciones pueden implicar incomodidad temporal o esfuerzo físico. No necesitan formación específica aunque ocasionalmente puede ser necesario un período breve de adaptación. Nivel de asimilación: Grupo Profesional I anteriormente descrito. Grupo profesional II. Realiza trabajos cualificados que requieren un adecuado nivel de conocimientos y que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección prestan con un cierto grado de administración y finanzasautonomía, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro responsabilidad, bajo la supervisión directa o sistemática del elemento jerárquico superior. Nivel de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicosasimilación: Grupos Profesionales II y III anteriormente descritos. Grupo profesional III. Realiza funciones con alto grado de autonomía, ejerce funciones iniciativa y responsabilidad, ejerciendo el mando, dirección, control y superstición de carácter técnico tareas y/o personas. Nivel de mando asimilación: Grupos Profesionales IV y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro grupoV anteriormente descritos.
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Samples: Convenio Colectivo
Grupos profesionales. El Grupo Profesional I. -- Criterios Generales.- Funciones que suponen la realización de tareas y técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión y de funciones, realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad funcional. Se incluyen también en este grupo profesional funciones que suponen responsabilidades concretas para la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa, a partir de directrices generales muy amplias emanadas del personal de Dirección, a los que preste sus servicios en debe de dar cuenta de su gestión. Funciones que suponen la empresa se clasificará en alguno realización de tareas técnicas de más alta complejidad e incluso la participación de la definición de los grupos profesionales por niveles regulados objetivos concretos a alcanzar en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionalesun campo, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general de la Empresa con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad en dicho cargo de especialidad técnica. -- Formación.- Titulación a nivel de educación universitaria superior o de grado medio, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo o conocimientos profesionales equivalentes tras una experiencia acreditada. Grupo Profesional II: -- Criterios Generales.- Trabajos de ejecución autónoma que exijan habitualmente iniciativas por parte de las personas trabajadoras encargados de su ejecución. Funciones que suponen integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando. -- Formación.- Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalentes al Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de Segundo Grado complementada con una titulación específica en el puesto de trabajo. Grupo Profesional III: -- Criterios Generales.- Tareas que consistan en la ejecución de trabajos que, aunque se realicen bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa o varios sectores sistemática. -- Formación.- Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de la empresasu profesión equivalentes al Graduado Escolar, partiendo Formación Profesional de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado Primer Grado o Educación secundaria obligatoria, complementada con una dilatada experiencia profesional, completada formación específica para el puesto de trabajo. Grupo Profesional IV: -- Criterios Generales.- Tareas que consistan en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo actualmente existentespreciso, sin que se trate según instrucciones específicas, con un grado total de una lista taxativa sino meramente enunciativadependencia jerárquica y funcional. No necesitan formación específica, aunque ocasionalmente pueda ser necesario un periodo de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro grupoadaptación.
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Samples: Modificación De Convenio Colectivo
Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios en Los grupos profesionales se consideran dentro de la empresa se clasificará en alguno estructura de la Fundación como el primer nivel de organiza- ción y diferenciación de los puestos, basado prioritariamente en el alcance de las responsabilidades delegadas y el nivel de cualificación técnica requerido. En todo caso, las características de los distintos puestos de trabajo con su pertenencia a los distintos grupos profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención estarán a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución disposición de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón trabajadoras de edad, sexo o de cualquier índolela Fundación. En concreto, la empresa cuenta con Se establecen los siguientes grupos profesionalesgrupos:
1) Grupo I: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a Técnico. Se integran en este grupo planificanlas personas que, organizancon base en una titulación universitaria o experiencia profesional equiva- lente de al menos cuatro años, dirigentengan un grado de competen- cia profesional que les permita la consecución de objetivos profesionales requeridos, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general de la Empresa con un alto grado altos niveles de autonomía, conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen poli- valencia, especialización técnica, pudiendo asumir responsabi- lidad sobre uno unidades funcionales de mayor o varios sectores de la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunesmenor especiali- zación.
2) Grupo II: Personal Especialista. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán Se integran en este grupo las personas que tengan un grado de competencia profesional aquellos puestos equiparables que les permita alcanzar objetivos a través de la realización de actividades, que requieran espe- cialización técnica o de coordinación de personas o equipos.
3) Grupo III: Personal de Apoyo. Se integran en este grupo las personas que tengan un grado de competencia profesional que les permita llevar a cabo acti- vidades de soporte operativo de gestión, bajo unos procedi- mientos y directrices determinados, en apoyo a los grupos anteriores y a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHHorganización en su conjunto. Artículo.- 14 Niveles profesionales. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa nivel profesional el segundo criterio de organización y dentro diferenciación en la FASS, y se establece en base a la diversa aportación del trabajador o trabajadora, deri- vada del bagaje o dominio profesional desempeñado, así como de su contribución en la generación y desarrollo de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organizaciónactivi- dades. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen La adscripción a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios cada nivel es responsabilidad de la empresa realizan funciones Direc- ción Gerencia de carácter administrativola FASS que tendrá en cuenta para ello, burocráticas y/o la definición que se realiza en este apartado. Se establecen los siguientes niveles: Nivel C. Se corresponde con aquellas personas que demuestran un óptimo desempeño en el ejercicio de contabilidadsus fun- ciones, incluidos a través de un valor añadido en forma de dominio de las tareas, proactividad, madurez y experiencia, superando los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los estándares de facturación; están asimismo comprendidas las funciones desempeño de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro gruposu grupo profesional.
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Samples: Convenio Colectivo
Grupos profesionales. El personal Se entiende por grupo profesional el que preste sus servicios en la empresa se clasificará en alguno de los grupos aúna unitariamente las competencias profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, y/o titulaciones y contenido general de la prestación. La clasificación se realizará , e incluye distintas
a) Grupo profesional de Administrativos: Son los trabajadores/as que por sus conocimientos y/o experiencia realizan tareas administrativas en grupos profesionales por interpretación y aplicación cualquiera de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general procesos de la Empresa y, en general, las específicas de puestos de oficina, pudiendo realizar, a su vez, funciones de supervisión o coordinación.
b) Grupo profesional de Operaciones: Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia ejecuta tareas relacionadas con la operativa del negocio, bien directamente, o realizando labores auxiliares, pudiendo desempeñar, a su vez, funciones de supervisión o coordinación.
c) Grupo profesional de Técnicos: Es el personal que precisa, para el desempeño de su trabajo, de competencias profesionales y experiencia con un alto grado de autonomíaespecialización, conocimientos profesionales y responsabilidades equivalente al que se ejercen sobre uno puede adquirir con titulaciones universitarias, y que realiza tareas técnicas complejas que implican una cualificación determinada pudiendo realizar, a su vez, funciones de supervisión o varios sectores coordinación.
d) Grupo profesional de Comerciales: Los trabajadores/as incluidos en este grupo tienen como función principal la propia de la empresaactividad comercial, partiendo esto es, la incorporación a la empresa de directrices muy amplias nuevos clientes, bien de forma directa o a través de una red de agentes y siguiendo objetivos estratégicos comunesla coordinación de la red de ventas. Equiparable Niveles profesionales. Dentro de cada grupo profesional se encuentran distintos niveles profesionales. La empresa está facultada para proceder a titulación universitaria realizar contrataciones en cualquier nivel, atendiendo a las peculiaridades propias de grado con una dilatada cada caso concreto (experiencia profesional, completada polivalencia, cualificación). Se han definido cuatro niveles diferenciados en base a la contribución de los puestos a la organización y para ello se han seguido criterios basados en dos aspectos, que son:
a) La complejidad de las funciones desempeñadas.
b) La autonomía en la medida ejecución y toma de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En decisiones en el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro desempeño de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones tareas. Definición de carácter técnico niveles profesionales: Nivel I: Muestra competencia profesional en un conjunto de actividades simples y/o funciones estructuradas dentro de mando procesos normalizados y organizaciónvinculadas, principalmente, a un trabajo de ejecución que precisa de supervisión. Este Grupo está integradoAsimismo, se corresponde con los niveles iniciales de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas desarrollo y/o madurez de contabilidadlas competencias profesionales requeridas dentro de un Grupo Profesional. cve: BOE-A-2015-9599 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Iniciativa y autonomía limitada. Nivel II: Muestra competencia profesional en un conjunto de actividades determinadas que, incluidos los trabajos aunque pueden ejecutarse con medios informáticos u ofimáticos autonomía y los en algunos casos ser complejas, requieren de facturación; están asimismo comprendidas las funciones orientación y soporte y no exigen un elevado grado de mantenimientoresponsabilidad. Iniciativa y autonomía media y muy orientada al trabajo propio, control aunque requieren de colaboración y atención de carácter general no incluidas trabajo en otro grupoequipo.
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Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios comprendido en la empresa el ámbito de aplicación del presente Convenio se clasificará clasifica en alguno de los grupos profesionales por niveles regulados en este artículosiguientes: Grupo I: Personal Titulado. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestaciónGrupo II: Administración. Grupo III: Servicios. Grupo IV: Nueva incorporación. La clasificación se realizará en grupos profesionales realizara por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos representativas que desarrollen los trabajadorestrabajadores y las trabajadoras. La presente Cuando se acuerde la polivalencia funcional o la realización de funciones propias de dos a más grupos profesionales o de dos o más categorías dentro del mismo grupo, la asimilación a uno u otro grupo o una u otra categoría se realizará según las funciones que resulten prevalentes. Los factores que determinan la clasificación profesional pretende lograr una mejor integración en cada uno de los recursos humanos grupos profesionales son los siguientes:
a) Autonomía: Valora el grado de dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones o tareas que se desarrollan.
b) Iniciativa: Valora el nivel de sujeción del puesto de trabajo a directrices y normas para la estructura organizativa ejecución de la empresa sin merma alguna función que se desarrolle.
c) Responsabilidad: Valora el grado de influencia sobre los resultados de la dignidadfunción desarrollada.
d) Conocimiento: Valora la formación básica necesaria para poder desarrollar correctamente la función encomendada.
e) Complejidad: Valora el grado de integración del conjunto de factores antes mencionados para la ejecución de las funciones propias del puesto de trabajo. A título enunciativo y no limitativo se enumeran funciones o actividades a desarrollar por el personal y que serán las siguientes: Integran este grupo los empleados que se hallan en posesión del título académico de grado superior o medio homologado oficialmente y que están vinculados laboralmente a la empresa en razón del título que poseen, oportunidad de promoción y justa para ejercer funciones específicas a que dicho título les habilita o aquellas misiones que les sean atribuidas siempre que presten sus servicios con carácter exclusivo a una retribución de los trabajadores salarial y sin que se produzca discriminación alguna por razón sujeción a la escala habitual de edadhonorarios de su profesión. Coordinación y/o Jefatura de Administración: Es el empleado o empleada con o sin poderes directamente dependiente de Dirección o Gerencia, sexo con capacidad de organización y responsabilidad de dos o de cualquier índole. En concretomás departamentos o sucursal, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias dentro del desarrollo general de la Empresa con un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios sectores marco organizativo de la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro grupo.
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Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios en la empresa se clasificará en alguno de los grupos profesionales por niveles regulados Grupo profesional / Personal directivo Se integran en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por Grupo las tareas y funciones básicas más representativos personas trabajadoras que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general desenvolvimiento de la Empresa con un alto grado empresa. Sus funciones están dirigidas al establecimiento de autonomíalas políticas orientadas para la eficaz utilización de los recursos humanos y materiales, conocimientos profesionales y responsabilidades asumiendo la responsabilidad de alcanzar los objetivos planificados, toman decisiones (o participan en su elaboración) que se ejercen sobre uno o varios sectores afectan a aspectos fundamentales de la actividad de la empresa, partiendo y desempeñan puestos directivos en las principales áreas. Grupo profesional II: Doctor Forman este Grupo y se integrarán en él las especialidades profesionales que requieren al personal estar en posesión del correspondiente Título universitario (Doctor), reconocido u homologado por el organismo competente (Ministerio o Consejería con competencias en educación), que tengan contrato para ejercer las funciones acordes con la titulación requerida, y que tengan contrato para ejercer las funciones descritas en las categorías que integran este grupo. Grupo profesional III: Máster Forman este Grupo y se integrarán en él las especialidades profesionales que requieren al personal estar en posesión del correspondiente Título universitario (licenciados e ingenieros superiores, arquitectos, máster necesarios para el desempeño de directrices muy amplias sus funciones), reconocido u homologado por el organismo competente (Ministerio o Consejería con competencias en educación), o pertenezcan a la firma de este convenio a una categoría profesional análoga reconocida en convenio colectivo, que tengan contrato para ejercer las funciones acordes con la titulación requerida, y siguiendo objetivos estratégicos comunesque tengan contrato para ejercer las funciones descritas en las categorías que integran este grupo. Equiparable Grupo profesional IV: Grado Forman este Grupo y se integrarán en él las especialidades profesionales que requieren al personal estar en posesión del correspondiente Título universitario (diplomados, ingenieros técnicos, grado, arquitectura técnica), reconocido u homologado por el organismo competente (Ministerio o Consejería con competencias en educación), o pertenezcan a la firma de este convenio a una categoría profesional análoga reconocida en convenio colectivo, que tengan contrato para ejercer las funciones acordes con la titulación universitaria requerida, y que tengan contrato para ejercer las funciones descritas en las categorías que integran este grupo. Grupo profesional V: Técnico Superior de Formación Profesional y Bachillerato Forman este Grupo y se integrarán en él las especialidades profesionales que requieren al personal estar en posesión del Título (ciclos formativos de grado con una dilatada experiencia profesionalsuperior, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentesbachillerato, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico Logse) y/o formación laboral equivalente o de mando ostentar una categoría profesional análoga a la ya reconocida en convenio colectivo, que tengan contrato para ejercerlas funciones descritas en las categorías que integran este grupo. Grupo profesional VI: Técnico Medios de Formación Profesional Forman este Grupo y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado se integrarán en él las especialidades profesionales que requieren al personal estar en posesión del Título (ciclos formativos de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias medio o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas equivalentes) y/o formación laboral equivalente o de contabilidadostentar una categoría profesional análoga a la ya reconocida en convenio colectivo, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas que tengan contrato para ejercerlas funciones descritas en las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro categorías que integran este grupo.
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Samples: Convenio Colectivo
Grupos profesionales. El personal de la Oficina Provincial de Xxxx Xxxx Española en Badajoz se clasifica en Grupos y Niveles Profesionales, atendiendo a las aptitudes, experiencia y conocimientos exigidos para el desempeño de los distintos puestos de trabajo. Todos los grupos, niveles y categorías, quedan convertidos en base a la tabla de conversión adjunta. Las modificaciones o actualizaciones de nuevas conversiones o categorías deben ser aproba- das por la comisión paritaria. Grupo I. Titulado/a 1. Son los que preste por sus servicios conocimientos y experiencia profesional tienen atribuidas funciones téc- nicas complejas y heterogéneas, con facultades, en su caso, coordinadoras o asesoras. Estas funciones están referidas a objetivos globales definidos y exigen un alto grado de contenido intelectual e interrelación humana, suponiendo la integración, coordinación y supervisión de las funciones. También se incluyen en este grupo profesional funciones que suponen la realización de tareas técnicas de la máxima complejidad, e incluso la participación en la empresa se clasificará en alguno definición de los grupos profesionales por niveles regulados objetivos a alcanzar en este artículosu campo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionalesFormación: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes quedan expresamente incorporados a este grupo planificanlos Licenciados Universitarios o Grado con Máster / Doctorado, organizan, dirigen, coordinan siempre que el Máster lo exija el puesto de trabajo y controlan las actividades propias que sea necesario para el desarrollo del desarrollo general puesto de la Empresa actividad y que sean contratados para realizar específicamente los servicios que son habilitados por su título, así como el personal que por su experiencia acreditada y conocimientos adquiridos se pueda considerar como asimilado, siempre que la obtención del título oficial no sea requisito esencial para el desempeño de la profesión. Grupo II. Titulado/a 2. Son los que por sus conocimientos y experiencia profesional tienen atribuidas funciones técni- cas complejas y heterogéneas. Estas funciones están referidas a objetivos globales definidos y exigen un alto grado de contenido intelectual e interrelación humana. También se incluyen en este grupo profesional funciones que suponen la realización de ta- reas técnicas de alta complejidad, e incluso la participación en la definición de los objetivos a alcanzar en su campo, con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad acorde a la especialidad técnica. Formación: quedan expresamente incorporados a este grupo los Diplomados Universitarios o Grado que sean contratados para realizar específicamente los servicios que son habilitados por su título, así como el personal que por su experiencia acreditada y conocimientos adqui- ridos se pueda considerar como asimilado, siempre que la obtención del título oficial no sea requisito esencial para el desempeño de la profesión. Grupo III. Personal especialista. Son aquellos trabajadores que tienen atribuida la realización de tareas sobre las reciben ins- trucciones genéricas, pudiendo administrar y coordinar, con plena responsabilidad, la activi- dad de unas tareas de tipo medio, o bien realizan con un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios sectores de la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado perfección e iniciativa tareas relacionadas con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro gruposu especialidad.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios en la empresa se clasificará en alguno De conformidad con lo previsto por el artículo 22 del vigente Estatuto de los Trabajadores, se establece la clasificación profesional del personal de Iberdrola Grupo por grupos profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados profesionales, en atención a sus la titulación exigida, aptitud profesional, y contenido de la prestación del trabajo. Los grupos profesionales servirán para adecuar los puestos de trabajo a las tarifas de cotización a la Seguridad Social. No obstante, ningún trabajador pasará a cotizar por tarifa inferior a la que estuviera adscrito en el régimen de categorías anteriormente existente. Se entiende por grupo profesional, la agrupación unitaria de aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación; o, lo que es lo mismo, la agrupación de las tareas o funciones de igual perfil profesional y similar contenido. La clasificación se realizará en grupos profesionales Se entiende por interpretación y aplicación «aptitudes profesionales», la capacidad y/o disposición del personal para el desempeño de las funciones o tareas propias de una profesión; también, las posibilidades de alcanzar un cierto nivel de competencia profesional o de ejercer determinadas funciones, aunque necesite recibir para ello una formación. Se entiende por «titulaciones», a los efectos del artículo 22 del Estatuto de los factores Trabajadores, aquellos títulos expedidos que habilitan legalmente para el ejercicio de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadoresuna profesión. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa Por último, «el contenido general de la empresa sin merma alguna prestación» se refiere al conjunto de actividades objetivas que integran la función o la especialidad profesional. En consecuencia, el grupo profesional se formará al integrar en el mismo las funciones de contenido similar. Es decir, no es necesaria una total igualdad de la dignidadcapacidad o aptitud para las funciones o para las actividades, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin pero sí que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo sean similares o de cualquier índoleequivalentes. En concreto, la empresa cuenta con cve: BOE-A-2017-9532 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Se establecen los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección de Titulados Superiores, grupo de Técnicos, grupo de Administrativos, grupo de Auxiliares y Jefatura grupo de Profesionales de Oficio.
a) Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general de la Empresa con un alto grado de autonomía, conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno o varios sectores de la empresa, partiendo de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos de trabajo actualmente existentes, sin que se trate de una lista taxativa sino meramente enunciativa, de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medioTitulados Superiores. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que empleados a quienes se ha exigido para su contratación la titulación académica de grado superior para realizar las funciones del puesto. Pertenecen también a este grupo aquellos empleados que, sin poseer esta titulación, en las distintas dependencias o servicios razón a su experiencia, conocimientos y desarrollo profesional, la Dirección de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo haya decidido su equiparación. En este grupo quedan comprendidas las funciones actividades de mantenimientogrado superior tanto las técnicas como las administrativas. A efectos electorales de representación en la empresa, control los titulados superiores se incluirán en el Colegio Electoral de Técnicos y atención de carácter general no incluidas en otro grupoAdministrativos.
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Grupos profesionales. El personal que preste sus servicios sistema de clasificación profesional en la empresa se clasificará en alguno de los grupos profesionales por niveles regulados en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionales, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos basa en la estructura organizativa corporativa establecida por la misma en torno a cuatro grupos profesionales. Estos grupos se definen en función de grado de responsabilidad, el nivel de autonomía, experiencia requerida y formación. La empresa proporcionará a la empresa sin merma alguna comisión paritaria de seguimiento del convenio la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución lista de los trabajadores y sin puestos de trabajo que se produzca discriminación alguna por razón encuadran en cada grupo profesional una vez definidos en el «Proyecto Dynamo».
1. Grupo profesional PT2 Quedarán encuadrados en este grupo profesional aquellas personas trabajadoras que desarrollen funciones administrativas y analíticas. Las personas trabajadoras incluidas en este grupo profesional desarrollaran trabajos de edadcarácter operativo basados en procedimientos estándar que bien pueden estar relacionados con la atención al cliente, sexo el soporte técnico de primer nivel o las actividades administrativas y de apoyo funcional a posiciones y unidades organizativas internas. Las personas empleadas de este grupo prestan sus servicios siguiendo procedimientos establecidos y requieren supervisión moderada y orientación directa para la consecución de los objetivos y la correcta realización de las tareas. Toman decisiones relacionadas con las tareas personalmente realizadas. Nivel 1 (Básico) PT2B: personas trabajadoras con limitada experiencia en su área o recién contratados que desempeñan funciones administrativas o de cualquier índolesoporte. En concreto– Titulación mínima o experiencia acreditada equivalente: bachillerato. – Formación técnica requerida en función del puesto. – Conocimiento de idiomas: en función del puesto. – Grado de autonomía: baja. – Complejidad de las tareas: baja. Nivel 2 (Avanzado) PT2A: personas trabajadoras con experiencia que desarrollan funciones de soporte y atención al cliente. Podrán dar directrices a las personas recién contratadas. El impacto de sus acciones es directo y limitado a sus equipos de trabajo. – Titulación mínima o experiencia acreditada equivalente: bachillerato. – Formación técnica requerida: en función del puesto. – Conocimiento de idiomas: en función del puesto. – Grado de autonomía: media-baja. – Complejidad de las tareas: media-baja.
2. Grupo profesional PT1. Quedarán encuadradas en este grupo profesional aquellas personas trabajadoras cualificadas y con amplia experiencia en los puestos de trabajo incluidos en el mismo. Formarán parte de este grupo las personas trabajadoras que requieran un nivel de especialización media en funciones de atención al cliente, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos soporte técnico de segundo nivel o en las actividades de soporte. Las personas trabajadoras pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan PT1 ejercen sus funciones de manera casi autónoma obteniendo orientación de sus superiores únicamente en las situaciones más complejas. Sus funciones tienen reflejo directo en su equipo de trabajo y controlan las actividades propias sus clientes. Podrán estar encuadrados en el nivel PT1 avanzado aquellas personas trabajadoras que ejerzan funciones de coordinación y gestión del desarrollo general de la Empresa personal. cve: BOE-A-2014-13052 Nivel 1 (Básico) PT1B: personas trabajadoras cualificadas que recientemente han adquirido experiencia y cuentan con un alto grado de autonomíaautonomía moderado. Funciones especializadas, conocimientos profesionales experiencia y responsabilidades que se ejercen sobre uno desarrollo de funciones de atención al cliente, asistencia técnica avanzada o varios sectores de la empresa, partiendo de directrices muy amplias soporte avanzado a posiciones funcionales y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado con una dilatada experiencia profesional, completada unidades organizativas sin responsabilidad directa en la medida gestión de lo posible personas. Las personas trabajadoras en este nivel pueden tomar decisiones que afectan a su propio equipo de trabajo. Ejecutan sus funciones y actividades bajo supervisión de una persona empleada encuadrada en un nivel o grupo profesional superior. – Titulación mínima o experiencia acreditada equivalente: título universitario o experiencia técnica acreditada en su área de especialidad. – Formación técnica requerida: en función del puesto. – Conocimiento de idiomas: en función del puesto. – Grado de autonomía: media. – Complejidad de las tareas: media. Nivel 2 (Avanzado) PT1A: personas trabajadoras cualificadas y con estudios específicos (máster o doctorado)experiencia suficiente para trabajar de manera autónoma. En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos Personas empleadas en este nivel pueden también coordinar actividades dentro de su equipo de trabajo actualmente existentes, sin y supervisar y gestionar personas. Tienen capacidad para tomar decisiones relevantes que se trate afectan a su propio equipo de una lista taxativa sino meramente enunciativa, trabajo y puedan tener influencia en otros equipos. Toman decisiones que afectan a su propio equipo de manera que se incluirán trabajo y pueden actuar como supervisores o supervisoras de grupo (team leader) o coordinar equipos y recursos para determinados proyectos. – Titulación mínima o experiencia acreditada equivalente: título universitario o experiencia técnica acreditada en su área de especialidad. – Formación técnica requerida: en función del puesto. – Conocimiento de idiomas: en función del puesto. – Grado de autonomía: media-alta. – Complejidad de las tareas: media-alta.
3. Grupo profesional S2/M2. Quedarán encuadrados en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección las personas trabajadoras de administración alta cualificación y finanzas, dirección comercial, dirección dilatada experiencia; referentes técnicos o administrativos en su propia área. Las personas trabajadoras que formen parte de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores desarrollan tareas que consisten en las distintas dependencias o servicios la ejecución de la empresa realizan funciones operaciones que requieren un alto nivel de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, conocimientos profesionales incluidos los trabajos relacionados con medios informáticos u ofimáticos la atención al cliente, y el soporte técnico. En este grupo profesional, las empleadas y los empleados trabajan con autonomía, realizando actividades por iniciativa propia y con un mínimo grado de facturación; están asimismo comprendidas las funciones supervisión. Toman gran variedad de mantenimientodecisiones operacionales en su área y contribuyen a tomar decisiones estratégicas de mayor impacto, control y atención incluida la coordinación directa e indirecta de carácter general no incluidas en otro grupoequipos de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo
Grupos profesionales. El Grupo Profesional I. -- Criterios Generales.- Funciones que suponen la realización de tareas y técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión y de funciones, realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad funcional. Se incluyen también en este grupo profesional funciones que suponen responsabilidades concretas para la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa, a partir de directrices generales muy amplias emanadas del personal de Dirección, a los que preste sus servicios en debe de dar cuenta de su gestión. Funciones que suponen la empresa se clasificará en alguno realización de tareas técnicas de más alta complejidad e incluso la participación de la definición de los grupos profesionales por niveles regulados objetivos concretos a alcanzar en este artículo. Los trabajadores serán clasificados en atención a sus aptitudes profesionalesun campo, titulaciones y contenido de la prestación. La clasificación se realizará en grupos profesionales por interpretación y aplicación de los factores de valoración y por las tareas y funciones básicas más representativos que desarrollen los trabajadores. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la empresa sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razón de edad, sexo o de cualquier índole. En concreto, la empresa cuenta con los siguientes grupos profesionales: Grupo I- Dirección y Jefatura Grupo II- Personal Superior y Técnico Grupo III- Personal Administrativo Grupo IV- Personal agrario Los puestos pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen, coordinan y controlan las actividades propias del desarrollo general de la Empresa con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad en dicho cargo de especialidad técnica. -- Formación:- Titulación a nivel de educación universitaria superior o de grado medio, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo o conocimientos profesionales equivalentes tras una experiencia acreditada. Grupo Profesional II: -- Criterios Generales.- Trabajos de ejecución autónoma que exijan habitualmente iniciativas por parte de los trabajadores encargados de su ejecución. Funciones que suponen integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando. -- Formación:- Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalentes al Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de Segundo Grado complementada con una titulación específica en el puesto de trabajo. Grupo Profesional III: -- Criterios Generales.- Tareas que consistan en la ejecución de trabajos que, aunque se realicen bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y responsabilidades que se ejercen sobre uno aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa o varios sectores sistemática. -- Formación:- Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de la empresasu profesión equivalentes al Graduado Escolar, partiendo Formación Profesional de directrices muy amplias y siguiendo objetivos estratégicos comunes. Equiparable a titulación universitaria de grado Primer Grado o Educación secundaria obligatoria, complementada con una dilatada experiencia profesional, completada formación específica para el puesto de trabajo. Grupo Profesional IV: -- Criterios Generales.- Tareas que consistan en la medida de lo posible con estudios específicos (máster o doctorado). En el Grupo I se encuentran los siguientes puestos operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo actualmente existentespreciso, sin según instrucciones específicas, con un grado total de dependencia jerárquica y funcional. No necesitan formación específica, aunque ocasionalmente pueda ser necesario un periodo de adaptación. -- Formación:- Conocimientos elementales relacionados con las tareas que se trate desempeñan y titulación de una lista taxativa sino meramente enunciativaGraduado Escolar, certificado de manera que se incluirán en este grupo profesional aquellos puestos equiparables a la dirección de administración y finanzas, dirección comercial, dirección de operaciones y dirección de RRHH. Se entiende por tal al personal laboral que con propia iniciativa y dentro de las normas dictadas por la Dirección escolaridad o por sus superiores jerárquicos, ejerce funciones de carácter técnico y/o de mando y organización. Este Grupo está integrado, de manera meramente indicativa, por los puestos de directos de área o departamento, jefe de servicio, titulado de grado superior y titulado de grado medio. Pertenecen a este grupo profesional todos los trabajadores que en las distintas dependencias o servicios de la empresa realizan funciones de carácter administrativo, burocráticas y/o de contabilidad, incluidos los trabajos con medios informáticos u ofimáticos y los de facturación; están asimismo comprendidas las funciones de mantenimiento, control y atención de carácter general no incluidas en otro gruposimilar
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo