HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El servicio deberá prestarse puerta a puerta en tres turnos: a. En horas de la mañana para el traslado de los estudiantes de su casa de habitación a las instalaciones del Liceo Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, debiendo arribar al centro educativo a más tardar quince minutos antes de la hora prevista para el inicio de las clases. b. El segundo turno será en horas de la tarde, que consiste en retirar a los estudiantes del centro educativo una vez concluida la jornada y llevarlos de regreso a su casa de habitación. c. EL tercer turno consiste en un servicio de transporte para los estudiantes de Secundaria que tienen un horario de salida diferido por las tardes y para los estudiantes de Primaria que matriculan Clubes o clases extras, en determinados casos las rutas de los estudiantes será en paradas establecidas, la cual, se debe coordinar con la Oficina de Transportes. El servicio hasta la casa podrá tener un recargo en la tarifa.
HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. SUPERVISOR: SERÁ DE 06:30 a 20:00 hrs. HORARIO DEL PERSONAL SERÁ: EN EL TURNO MATUTINO DE LUNES A VIERNES DE 6:30 A 14:30 HORAS, EN EL TURNO VESPERTINO SERÁ DE LUNES A VIERNES DE 13:00 A LAS 20:00 y LOS DÍAS SÁBADOS DE 7:00 A 13:30 HORAS, CON EL PERSONAL DE LIMPIEZA COMPLETO. La prestación del servicio es para LICONSA, S. A. de C. V., Oficina Central, domicilio en calle Xxxxxxx Xxxxxx No. 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Naucalpan de Juárez, Estado de México, C. P. 53390 XXXXXX XXXXXX XXXX ENCARGADO DE LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSO MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Tel. 00000000 xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx XXXXXXXX XXXXX XXXXXX JEFA DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES Tel. 00000000 xxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX RESPONSABLE DEL SERVICIO Tel. 00000000, ext. 62039 xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx En caso de que el proveedor incurra en cualquiera de los siguientes supuestos se aplicarán las siguientes penas convencionales: Se aplicará por el atraso en la entrega de la póliza de fianza de responsabilidad civil, será del 1 al millar diario sobre el monto de la misma, aplicable a partir del día siguiente al establecido para su entrega. Por el atraso en el inicio en la prestación de los servicios, será el 1% diario sobre el importe total de los servicios prestados en forma extemporánea contados a partir del día siguiente al vencimiento del plazo convenido en el contrato. Deductivas por deficiencias en el servicio e inasistencias Por incumplimiento en la entrega de insumos, materiales, maquinaria y equipo LAS DEDUCTIVAS Y PENAS CONVENCIONALES POR EL ATRASO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SERÁN CONFORME AL SIGUIENTE CUADRO: Descripción Términos Deductivas Pena Convencional Inasistencia o asistencia con retardo Después de 10 minutos de la hora de entrada. Se descontará de la factura del mes, el monto equivalente al precio correspondiente a un día por elemento conforme a la proposición económica del licitante, por cada inasistencia 15% sobre la deductiva Inasistencia de los supervisores Si no se presenta: Diario en esta Entidad Se aplicará una deductiva de $500.00 por cada día que falte el supervisor Descripción Términos Deductivas Pena Convencional Asistencia del personal sin uniforme y/o credencial En caso de que el personal se presente a trabajar sin uniforme o sin portar su credencial, la empresa deberá retirarlo del servicio o proporcionarle el uniforme o credencial correspondiente para cumplir con su jornada laboral. La deductiva por cada empleado que labo...
HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El horario de apertura al público del aparcamiento será permanente, las 24 horas, todos los días del año, incluidos los festivos, debiendo el concesionario mantener los servicios mínimos suficientes. Esta previsión deberá entenderse en el sentido de contar con presencia de personal de 7 a 23 horas de lunes a viernes y de 7 a 15 horas los sábados. El resto xxx xxxxxx, los domingos y festivos, bastará con un sistema no presencial que permita de forma autónoma a los propietarios de vehículos aparcados, entrar y salir del mismo, debiendo mantener un sistema de aviso telefónico activo durante las 24 horas para que los usuarios puedan comunicar cualquier tipo de incidencia al centro de control donde tenga centralizado el parquin la empresa concesionaria.
HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Se requiere de conformidad con lo establecido en el Anexo del presente contrato.
HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Para la Terapia de Hemodiálisis será el que se establece en el punto 15 del numeral VIII CÉDULA DE ESPECIFICACIONES DE LOS SERVICIOS QUE DEBE PRESTAR EL INTEGRADOR, del Anexo Técnico. La Terapia de Remplazo Renal Continuo lento se prestará las 24 horas del día y de conformidad con el requerimiento que realice el Administrador del Contrato.

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  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestará el servicio público domiciliario de acueducto y/o alcantarillado dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley y en el anexo técnico de este contrato. EPM tiene la obligación de suministrar efectivamente los servicios a los predios urbanizados y/o que cuenten con licencia de construcción que se encuentren dentro de su área de prestación. El titular de la licencia de construcción deberá solicitar su vinculación como usuario a EPM, la cual deberá ser atendida en un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud. Salvo fuerza mayor o caso fortuito, la iniciación en la prestación del servicio solicitado no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde el momento en el que EPM indique que está en posibilidad de prestar el servicio y el USUARIO ha atendido las condiciones uniformes. Si un proyecto con licencia de construcción vigente se encuentra por fuera del área de prestación del servicio, el interesado podrá voluntariamente acordar con EPM las condiciones para la prestación. EPM podrá acordar con los urbanizadores y constructores la conexión de sus proyectos urbanísticos a las redes locales de acueducto y alcantarillado, la construcción de las redes propias del proyecto y el pago del reconocimiento económico de aquello que exceda las necesidades del proyecto urbanístico. EPM podrá recuperar los reconocimientos económicos efectuados a un primer urbanizador, mediante el cobro a otros urbanizadores que se beneficien posteriormente de estas redes. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por el reglamento técnico de redes internas o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopten o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO potencial deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, al inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM podrá cobrar las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión, la certificación y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas. Parágrafo 4. EPM recibirá las solicitudes de los usuarios potenciales en todos los casos. Una vez presentada la solicitud será resuelta dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales. Para los casos de solicitudes incompletas o que no presentan requisitos, al momento de la recepción de la misma se informará al USUARIO potencial de los requisitos faltantes para proceder a ingresar la solicitud. Ésta se dejará pendiente para que en un plazo de quince (15) días el USUARIO aporte los documentos o información requeridos. Vencido este término sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, EPM entenderá que ha desistido de su petición y dispondrá su archivo.

  • FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El incumplimiento de la persona prestadora en la prestación continua del servicio se denomina falla en la prestación del servicio y su ocurrencia le confiere al suscriptor y/o usuario el derecho, desde el momento en que se presente, a la resolución del contrato de condiciones uniformes o su cumplimiento con las reparaciones consagradas en el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, esto es, a que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo o de la adquisición de bienes y servicios recibidos y a la indemnización de perjuicios.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC por el Total, por Ítems o por Lotes).

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • Programa de Prestación del Servicio Programa que las personas prestadoras del servicio de aseo y/o sus actividades complementarias deben formular e implementar, en el cual definirán los objetivos, metas, estrategias, campañas educativas, actividades y cronogramas, costos y fuentes de financiación. Este programa igualmente deberá definir todos los aspectos operativos de las diferentes actividades del servicio que atienda el operador, en concordancia con lo definido en el PGIRS, la regulación vigente y lo establecido en el Decreto 1077 de 2015.

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO El LOTE 2, la prestación del Servicio de Comedores Escolares en los centros públicos de educación infantil y primaria consiste en: - ALMUERZOS en los comedores escolares de los centros públicos de educación infantil primaria de la ciudad xx Xxxx. Este servicio consiste en: 1.- Al no existir en los centros escolares cocinas ni espacios propios para la elaboración de los menús, la empresa concesionaria deberá elaborar los menús del almuerzo en sus cocinas y en el propio día de distribución. La empresa adjudicataria deberá disponer de un sistema de producción en cadena que garantice la seguridad alimentaria y la conservación de las características de las comidas. 2.- Así la empresa adjudicataria deberá garantizar que cumple las condiciones establecidas en materia de medidas sanitarias y de higiene y cualquiera otra disposición legal que pueda afectar la prestación del servicio. La empresa adjudicataria será la única responsable de la calidad y del buen estado de los alimentos. 3.- Las comidas y platos cocinados deberán suministrarse a temperatura adecuada para su consumo inmediato, garantizando una correcta manipulación y elaboración de los menús, debiendo hacerse énfasis en la calidad y en la temperatura adecuada de los menús servidos, por lo que deberá disponer de un registro de temperatura de salida y entrada. Todo ello de conformidad con las garantías higiénicas que contempla la legislación vigente. 4.- La distribución de los menús se llevará a cabo con entregas diarias, y se realizará en furgones isotérmicos debidamente homologados para el transporte de alimentos y cumpliendo con la normativa vigente en materia de transporte de productos alimantarios. 5.- El horario de entrega de los menús en los centros escolares será de 12:30 a 13:30, y siempre media hora antes de la hora establecida para el almuerzo, que será a las 14 horas, si bien en casos excepcionales podrán habilitarse otros horarios previa valoración de las circunstancias existentes por parte de los técnicos del Ayuntamiento. La hora de entrega de los menús, en ningún caso, puede alterar la temperatura adecuada de los mismos. 6.- La colocación de las mesas del comedor, así como la distribución de los menús escolares hasta ellas, su reparto entre los comensales. 7.- Las labores de recogida y limpieza de todo el material empleado y de las dependencias, maquinaria y útiles utilizados en la prestación del servicio de comedor. También la evacuación de los residuos a la zona que cada centro tenga destinada para la basura. Estas acciones se realizarán fuera del horario de 14-16, en el caso de las acciones preparatorias se harán media hora antes del comienzo del servicio de comedor, y las posteriores se realizan a partir de las 16 horas. La limpieza se efectuará diariamente a partir de las 16 horas, sin perjuicio de que el local esté permanentemente limpio. Para esta tarea, se utilizarán productos biodegradables y no contaminantes. 8.- Tareas de atención y vigilancia del alumnado con personal monitor/cuidador, que utilice el servicio de comedor escolar en los períodos anteriores (desde la finalización de la última clase de la mañana), durante los turnos del servicio, y durante el período posterior a la utilización del servicio (hasta las 16 horas, coincidiendo con el comienzo de las actividades extraescolares). 9.- Planificación y desarrollo del programa de actividades lúdico-educativas a desarrollar a lo largo del horario del servicio de comedor. Esto será controlado por los responsables del contrato y podrá ser contrastado por los representantes de las AMPAS de cada Centro Educativo, que en su caso, informarán al Servicio del Ayuntamiento del cumplimiento o incumplimiento del mismo - DESAYUNOS, en los comedores escolares de los centros públicos de educación infantil primaria de la ciudad xx Xxxx. Este servicio consiste en: