Iluminación Cláusulas de Ejemplo

Iluminación. 1. Los lugares de trabajo, los locales interiores y las vías de circulación en la obra deberán disponer, en la medida de lo posible, de suficiente luz natural, complementada con luz artificial cuando no sea suficiente. En su caso, se utilizarán puntos de iluminación portátiles con protección antichoques. El color utilizado para la iluminación artificial no podrá alterar o influir en la percepción de las señales o paneles de señalización.
Iluminación. El establecimiento deberá contar con iluminación natural y artificial.
Iluminación. El sistema de iluminación deberá de contemplar las siguientes características
Iluminación. El Concesionario se obliga a asegurar la adecuada iluminación de todas y cada una de las Estaciones de Pesaje, Estaciones de Peaje, Centros de Control de Operación, intersecciones a nivel y a desnivel, paraderos y puentes peatonales y Áreas de Servicio de la(s) vía(s), con el fin de dar seguridad a la Operación en estos sitios. El Concesionario deberá igualmente asegurar el Mantenimiento de la iluminación que pueda existir en otras zonas de la(s) vía(s). Los Indicadores relacionados con la iluminación de las vías se presentan a continuación. En caso de que se presenten deficiencias en el funcionamiento de la iluminación, el Concesionario deberá corregir o remplazar las lámparas defectuosas inmediatamente.
Iluminación. Las obras de iluminación se regirán por el Capítulo X xxx Xxxxxx de Condiciones para Iluminación, Semáforos y Destellantes en rutas nacionales, con los parámetros de diseño correspondientes, iluminancia, uniformidades y coeficiente TI indicados en la siguiente tabla. El Contratista tendrá a sucargo el mantenimiento de todas las obras de iluminación existentes o a construir. Los niveles de servicio para el mantenimiento serán los establecidos en las “Condiciones Generales de Mantenimiento de Iluminación” de la DNV. ​Iluminancia Zona de Empalme ​33 lx ​Iluminancia Zona de Tramo Recto ​23 lx ​Iluminancia Zona de Transición ​13 lx ​Uniformidad media ​> 0.5 ​Uniformidad extrema ​>0.25 ​Uniformidad total ​> 0.4 ​Uniformidad longitudinal ​> 0.7 ​Coeficiente TI ​Menor 10% En el presente Anexo se establece la forma de cuantificar los estándares que en su definición cuentan con un Parámetro, Exigencia y Método de Evaluación. Los métodos de Evaluación expuestos son los mismos para los distintos tipos de evaluaciones: evaluaciones no programadas, trimestrales, semestrales, anuales y a los efectos de la terminación del contrato. La determinación de los distintos Niveles de Servicio de cada uno de los tramos del circuito del contrato así como el Nivel Global del Contrato prestado por el Contratista se realizará de acuerdo a la metodología que se detalla a continuación:
Iluminación. 142 Artículo 185.‐ Factores atmosféricos. 142 Artículo 186.‐ Detección y lucha contra incendios. 143 Artículo 187.‐ Exposición a riesgos particulares. 143 Capítulo II. Andamios 143 Sección Primera.
Iluminación. El establecimiento deberá contar con iluminación natural y artificial. Dado que se deberán evaluar y garantizar los niveles de iluminación adecuados en todo el establecimiento, conforme los requerimientos normativos aplicables a las actividades que se desarrollen y zonas que se emplacen en el mismo, así como también el adecuado estado de las luminarias, conexiones y condiciones de ahorro energético, se deberán poder adecuar las instalaciones a dichas necesidades.
Iluminación. Para que los dispositivos sean percibidos a mayor distancia durante la noche o cuando la claridad no sea suficiente, deben usarse xxxxxxx xx xxx independientes como las siguientes: antorchas, mecheros y linternas en caso de emergencias, lámparas intermitentes y luces eléctricas de alta y baja intensidad en condiciones normales.
Iluminación. Serán de aplicación las condiciones generales de la cláusula 3.1, y en particular lo previsto en el Real Decreto 486/1997, de 14 xx xxxxx, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y el documento básico HE3 “Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación” del CTE, y modificaciones sucesivas. La eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona, se determinará mediante el valor de eficiencia energética de la instalación VEEI (W/m2) por cada 100 lux mediante la siguiente expresión: Siendo P la potencia de la lámpara más el equipo auxiliar [W]; S la superficie iluminada [m 2 ]; E m la iluminancia media horizontal mantenida [lux] Los valores de eficiencia energética límite en recintos interiores de un edificio para una actividad administrativa2 se establece en VEEI=3, y en zonas comunes como recibidor, vestíbulos, pasillos, escaleras, espacios de tránsito de personas, aseos públicos, etc. , en VEEI=4. Para un edificio de uso administrativo, la potencia instalada en iluminación, teniendo en cuenta la potencia de lámparas y equipos auxiliares, no superará el valor de 12 W/m2. Esta prestación tiene como finalidad o incluye:
Iluminación. 4.1 Todas las zonas de trabajo estarán perfectamente iluminadas para evitar el riesgo de caídas y malas maniobras.