DIRECCIÓN TÉCNICA se entiende por dirección técnica de una obra aquel servicio de consultoría que incluya la inspección, la programación y el control de esa obra. Mediante este servicio, el director se convierte en el profesional responsable de la obra.
DIRECCIÓN TÉCNICA. El P.J.S.E. delega en la Inspección la supervisión, vigilancia, el control y calidad de los materiales, seguimiento directo de la obra y certificación y avance real de las obras encomendadas a la Contratista, otorgándole autoridad suficiente para actuar en su nombre y realizar el contralor del Contrato. Todas las comunicaciones de la Inspección al Contratista y recíprocamente deberán hacerse por escrito en el libro respectivo. El P.J.S.E. comunicará por nota a la Contratista el nombre de el/los profesionales designados como Inspectores de Obra con todas las calidades y obligaciones asignadas por este Pliego y por la Ley 2092. Estos a su vez comunicarán por escrito quienes son las personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento, sin previo permiso y cuales están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección. La Contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Inspección. La inobservancia de esta obligación hará pasible al causante de su inmediata expulsión xxx xxxxxxx de los trabajos. La inobservancia reiterada o injustificada de esta obligación o los actos deliberados del Contratista que perturben la marcha de la obra pueden determinar la rescisión del contrato. Si los hechos fueran imputables al personal dependiente del Contratista, la Inspección podrá exigir su retiro xxx xxxxxxx de los trabajos, disposición que la Inspección notificará al Contratista mediante Orden de Servicio, en la que expresará los motivos. La Inspección de obra a su vez podrá ordenar la separación del Representante Técnico, Jefe de Obra y/u otro personal que la Contratista mantuviera en obra, cuando la presencia o actividad de estas personas perjudique el programa contratado. La Contratista ante esta situación no podrá suspender los trabajos, o disminuir el ritmo de los mismos. La actuación de la Inspección no exime en ningún caso a la Contratista de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las obras ejecutadas, demoras en terminarlas, inadecuadas características de los materiales y elementos, ineficaces o inadecuados métodos de trabajo y enseres utilizados, falta de competencia de su personal y demás defectos de construcción o conducción. La Inspección tendrá en cualquier tiempo, el libre acceso al lugar de la obra, al obrador, depósito, campamento, oficinas y demás instalaciones de la Contratista, debiendo este último posibilitar la concurrencia de aquella a los establecimientos donde se elaboren ...
DIRECCIÓN TÉCNICA. La obra eléctrica será dirigida por un Ingeniero Electricista, quién atenderá la obra eléctrica como Ingeniero responsable durante todo el proceso hasta la recepción definitiva. El licitante adjudicado deberá presentar a la Administración del Contrato el documento del Ingeniero responsable y del personal calificado, para su aprobación respectiva.
DIRECCIÓN TÉCNICA. El órgano de contratación designará una Dirección Técnica en la ejecución del contrato pudiendo contar con colaboradores a sus órdenes; tanto una como los otros podrán ser cambiados por el mismo órgano que los nombró debiendo notificar el cambio al contratista. La Dirección designada ejercerá la dirección, inspección y control de la ejecución que corresponde al órgano de contratación. Igualmente comprobará que los trabajos realizados se ajustan al contenido de las prescripciones técnicas y propondrá la recepción de los mismos. Las órdenes, instrucciones y comunicaciones que la Dirección estime oportuno dar al contratista se efectuarán por escrito, autorizándolas con su firma y siendo de obligado cumplimiento para aquél. Cuando el contratista o personas de él dependientes realicen acciones u omisiones que comprometan o perturben la buena ejecución del contrato, el órgano de contratación, a través de la Dirección del contrato adoptará las medidas concretas que sean necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
DIRECCIÓN TÉCNICA. Se seguirán la órdenes de la Dirección Técnica formada por...
3.3. Libro de órdenes y Libro de incidencias sobre el Plan de Seguridad y Salud Laboral El Libro de órdenes diligenciado por el Colegio se abrirá en fecha del Acta de replanteo cerrándose en la Recepción Provisional de la obra. En él se anotarán las instrucciones, comunicaciones y órdenes que se estimen oportunas dar al contratista debiendo firmar el contratista como “enterado” También se llevará a la obra el Libro de Incidencias sobre el Plan de Seguridad y Salud Laboral
DIRECCIÓN TÉCNICA. En este espacio se identificará al responsable técnico bajo cuya supervisión se ha elaborado, adaptado y dispensado el producto. Su cumplimentación será preceptiva en los casos en que se prescriba alguno de los incluidos en la Sección Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023 página 961/6 Primera y Tercera del Catálogo y aquellos otros en los que el facultativo expresamente indique su interés por otorgar el VºBº del producto en el apartado de Observaciones. De una parte, el Ilmo. Sr. xxx Xxxxx Xxxxxxx Vargas Ortega, Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, nombrado por Decreto 181/2022, de 9 xx xxxxxx (BOJA número 155, de 12 xx xxxxxx), en ejercicio de las competencias y facultades que le reconocen el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 xx xxxxx, de Salud de Andalucía y el artículo 12 del Decreto 156/2022, de 11 xx xxxxxx, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo (BOJA extraordinario número 28, de 11 xx xxxxxx de 2022. De otra parte, don/doña, con NIF , en virtud del nombramiento realizado en la Asamblea General Ordinaria de la Asociación, celebrada en el día …… y en ejercicio de sus competencias atribuidas en el art de los Estatutos de la Asociación. Las partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad jurídica y de obrar suficiente para otorgar y firmar Convenios de colaboración, interviniendo en su nombre y en ejercicio de sus respectivos cargos.
DIRECCIÓN TÉCNICA. La dirección e inspección de los trabajos será ejercida por un Director Técnico designado por el Ayuntamiento, que tendrá las funciones señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
DIRECCIÓN TÉCNICA. La dirección técnica de la biblioteca corresponde al bibliotecario municipal nombrado por el Ayuntamiento, quien contará con el asesoramiento técnico de la Biblioteca de La Rioja en cuantos asuntos requiera el funcionamiento de aquélla, participando, además, de los recursos compartidos por las bibliotecas integradas tanto en el Sistema de Bibliotecas de La Rioja como en la Red de Bibliotecas Municipales.
DIRECCIÓN TÉCNICA. El Arquitecto Técnico Municipal D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx y la Ingeniero Técnico de Obras Públicas Xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
DIRECCIÓN TÉCNICA. 1. La Dirección Técnica es el órgano colegiado respon- sable de la gestión del Parque.
2. La Dirección Técnica estará compuesta por aquellos que ejerzan las funciones de Director en cada uno de los Parques Naturales que constituyen el Parque Internacio- nal.