Indumentaria. En las normas particulares de cada torneo, y de acuerdo con su categoría, se establecerá si la organización entrega o no los uniformes de juego. Es obligación de los deportistas acudir con sus propias equipaciones, que deberán estar en línea con lo establecido en el Reglamento Técnico, salvo que el promotor requiera para sí la entrega de uniformes a los deportistas.
Indumentaria. El PRESTADOR DE SERVICIOS, deberá proveer cada 6 Meses, a cada elemento de seguridad lo siguiente:
A. Tres uniformes al inicio con logotipo del PRESTADOR DE SERVICIOS (SIN LOGOTIPO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL TOPOLOBAMPO S.A. DE C.V.) consistente en:
1. 03 Camisas Industriales de Manga Larga, Articulo: L535, color blanco, en tela Popelina (dama/caballero), bordado en ambos brazos y pecho (en manga izquierda y pecho de la camisa bordado el logotipo del PRESTADOR DE SERVICIOS y en la manga derecha bordado las letras Código PBIP / ISPS Code).
2. 03 Pantalones de Trabajo Industrial 874 FLEX, color negro, en tela de algodón/poliéster, (dama/caballero) estilo recto sin patol con costuras reforzadas.
3. Una chamarra con tiras reflejantes en espalda, pecho y brazos, logotipo en pecho y bordado en la espalda “SEGURIDAD”.
4. Un par de botas de seguridad color negro, Modelo: EVOLUTION, Articulo ELN, con casquillo de policarbonato, para todo el personal.
5. Traje de agua completo con gorro (con cinta reflejante) y botas de hule.
6. Para personal de bomberos y paramédicos: adicional a lo anterior, dos camisas mangas largas, cuello redondo en color gris, en tela 100% de algodón como ropa de faena.
7. Para personal de bomberos, lanchero, auxiliar de señalamiento marítimo y farero: un overol en tela de algodón color gris, tiras reflejantes en manga torso y piernas, bordado con iguales características a las camisolas.
Indumentaria. Cada deportista debe portar uniforme de competencia tipo licra que identifique el municipio que están representando, guantes antifracturantes, casco protector y rodilleras. Los deportistas de un mismo municipio deben competir con la misma licra.
Indumentaria. El personal de las instalaciones deberá poder ser identificado en todo momento como tal por las personas usuarias de las mismas, para lo que la empresa adjudicataria deberá dotarles de la indumentaria y uniformidad necesarias apropiada para época del año, facilitarles acreditaciones visibles, que deberán incluir el nombre de la instalación y el logotipo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. Previamente se consensuará con la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento para que sea acorde con el Manual de Estilo xx Xxxxxxxxx.
Indumentaria. El personal afectado al servicio deberá ser provisto de vestimenta conforme las normas que rigen para esta actividad, y que hagan a la estética de la prestación y la higiene y seguridad laboral, la que le será provista por el contratista.
Indumentaria. El LICITANTE deberá considerar en su propuesta la indumentaria siguiente: ELEMENTO QUE PRESTARÁ EL SERVICIO Nueve (9) uniformes durante la vigencia del contrato, integrado por: a) Nueve (9) pantalones de vestir. b) Nueve (9) camisas manga larga. c) Nueve (9) playeras color blanca. d) Dos (2) pares de zapatos de seguridad tipo choclo. e) Dos (2) chamarras para frio. El color será determinado por la CONVOCANTE.
Indumentaria. 1. El 01 de febrero del 2018, el personal deberá estar uniformado. Para el personal operativo y administrativo se entregara la primera dotación antes de la fecha en que dará inicio el servicio solicitado; la segunda dotación será en el mes de julio de 2018 y la tercera dotación, será en el mes de enero de 2019.
2. Todo personal comprendido en la contratación del servicio, deberá portar su uniforme de manera correcta mientras permanezca en el recinto portuario.
Indumentaria. Será obligación de la empresa proporcionar a sus trabajadores la ropa y prendas de seguridad necesarias para el ejercicio de su profesión, de conformidad con la legislación vigente. Al personal de movimiento se le dotará de un equipo xx xxxxxx, consistente en dos camisas y dos pantalones, y otro equipo de invierno consistente en dos pantalones, dos camisas y dos jerseys. Cada dos años se le dotará de una prenda de abrigo (cazadora, anorak, etc.) Al personal de talleres se le dotará de dos monos ligeros en verano y dos de invierno, así como botas de seguridad. Con carácter general, la indumentaria correspondiente al verano se entregará en el mes xx xxxx, en tanto que la correspondiente al invierno será entregada en el mes de octubre. No obstante, cuando el trabajador por causa extraordinaria tenga deteriorada alguna de las prendas antes mencionadas, se le cambiará por una nueva, previa justificación del incidente.
Indumentaria. Será obligación de la empresa proporcionar a sus trabajadores la ropa y prendas de seguridad necesarias para el ejercicio de su profesión, de conformidad con la legislación vigente. Al personal funerario se le dotará de un equipo xx xxxxxx, consistente en dos camisas, un pantalón y calcetines y un par de zapatos, y otro equipo de invierno consistente en un pantalón, dos camisas y dos jerseys y un par de zapatos. Cada tres años se le dotará de una prenda de abrigo (cazadora, anorak, etc.). Al personal que desarrolle tareas de limpieza y mantenimiento de vehículos se le dotará de un mono ligero en verano y otro de invierno, así como botas de seguridad. Con carácter general, la indumentaria correspondiente al verano se entregará en el mes xx xxxx, en tanto que la correspondiente al invierno será entregada en el mes de octubre. No obstante, cuando el trabajador por causa extraordinaria tenga deteriorada alguna de las prendas antes mencionadas, se le cambiará por una nueva, previa justificación del incidente. Al personal de nuevo ingreso se le proporcionará dos camisas, dos pantalones, calcetines y un par de zapatos.
Indumentaria. Será obligación de la empresa proporcionar a sus trabajadores la ropa y prendas de seguridad necesarias para el ejercicio de su profesión, de conformidad con la legislación vigente. Al personal de movimiento se le dotará de un equipo xx xxxxxx, consistente en dos camisas y dos pantalones, y otro equipo de invierno consistente en dos pantalones, dos camisas y dos jersey. Cada dos años se le dotará de una prenda de abrigo (cazadora, anorak, etc.). Al personal de talleres se le dotará de dos monos ligeros en verano y dos de invierno, así como botas de seguridad. Cuando el trabajador por causa extraordinaria tenga deteriorada alguna de las prendas antes mencionadas, se le cambiará por una nueva, previa justificación del incidente.