MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. DISPONIBILIDAD / CAPACIDAD TÉCNICA
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. La adjudicataria deberá poner a disposición del servicio el equipamiento, tanto de medios materiales como humanos, que a continuación se señalarán, en el plazo máximo de dos meses, contados desde la notificación del acuerdo de adjudicación.
1.- La empresa adjudicataria proporcionará el personal necesario, mínimo de siete personas, adscrito en exclusiva y a jornada completa a la ejecución del presente contrato, de conformidad con la normativa laboral de aplicación, y deberá estar al corriente en todo momento tanto de los pagos a la seguridad social como de cualquier obligación tributaria de cualquier administración. Una de estas personas, cuando menos, deberá tener la titulación de licenciada en derecho. El personal de la empresa adjudicataria no generará derecho frente al Ayuntamiento, ni tendrá vínculo laboral ninguno con este. Tal circunstancia deberá constar en los correspondientes contratos. Así mismo, la empresa adjudicataria designará a la persona responsable dependiente de ella, que actúe como interlocutora ante el Ayuntamiento en todos los aspectos e incidencias que presente a ejecución del presente contrato. El/la delegado/a responsable, con dedicación exclusiva a los servicios contratados, se encargará de dirigir los servicios en las oficinas, y coordinar las relaciones con el Ayuntamiento. Deberá reunir la condición de ser licenciado/a en derecho o ciencias económicas o empresariales, o cualquiera otra titulación equivalente y contar con un mínimo de cinco años de experiencia en puestos de dirección o gerencia en funciones recaudatorias y de ejecución patrimonial. Tal circunstancia se acreditará por medio de certificado expedido por el organismo o Administración correspondiente. El Ayuntamiento podrá solicitar a la adjudicataria la designación de un nuevo delegado cuando así lo justifique la marcha de los servicios contratados.
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. 5.1.- Medios humanos
5.2.- Medios materiales
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. 6 MEDIOS HUMANOS
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. El personal necesario para cumplir con las obligaciones del contrato será propio del adjudicatario, finalizando su servicio a la finalización del contrato. Será responsabilidad del adjudicatario disponer de las herramientas y equipos necesarios para llevar a cabo las tareas de mantenimiento, así como elementos de protección personal y colectiva que sean exigibles para dar cumplimiento a las normas en materia de Seguridad e Higiene en el trabajo. Todos los materiales empleados en reparaciones deberán ser idénticos en marca y modelo a los instalados. En caso contrario, el adjudicatario deberá efectuar solicitud de cambio de material, justificando las razones que motivan el cambio, siendo requerida la autorización previa del Ib-Salut.
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. 1. Local
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. 1. Local
2. Medios humanos.
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. 4.1.- Personal asignado. 4.2.- Utillaje y herramienta. 4.3.-
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. 5.1.- Medios humanos
1. Un responsable que será el interlocutor con el director de los trabajos designado por el Ayuntamiento.
2. Un ingeniero o ingeniero técnico, que podrá asumir las funciones descritas en el punto anterior.
3. Un oficial electricista y ayudante electricista.
4. Todos los medios necesarios para cumplir con el Reglamento de Aparatos Elevadores. El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa de retraso o imperfección de la ejecución de los trabajos la insuficiencia de la plantilla mínima a la que éste pliego obliga. El contratista deberá presentar en su oferta un completo organigrama del servicio que pretende realizar, indicando los puestos que serán desempeñados por su personal, estando obligado a comunicarle al Ayuntamiento la variación de la plantilla ofertada, altas y bajas, que experimente. El personal técnico dispondrá de la titulación académica exigida y los operarios cualificados estarán en posesión de los carnés profesionales que se exigen para cada instalación específica. x.xx Tanto los documentos de calificación empresarial como los carnés profesionales exigidos deberán estar autorizados, registrados y en vigor en la Dirección Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx x Xxxxx xx xx Xxxxx xx Xxxxxxxxx.
5.2.- Medios materiales
MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. 8.1 La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, dotará a la Dirección Territorial, con destino exclusivo a las Unidades Especializadas que actúen en materias de competencia autonómica de los elementos materiales que mejoren su eficacia, cuando no se faciliten por la Administración General del Estado, que serán inventariados como de propiedad de dicha Comunidad.
8.2 La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx podrá organizar acciones formativas y cursos de formación y de perfeccionamiento para el personal del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la Región xx Xxxxxx, comunicándolo previamente a la Comisión Operativa Autonómica y a la Autoridad Central. Asimismo, la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx será informada de las actividades formativas o informativas que disponga la Autoridad Central en cuanto afecten a funcionarios destinados en la Inspección de la Región xx Xxxxxx.
8.3 Mediante Adenda al presente Convenio se podrá establecer la colaboración de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a la financiación de actuaciones, apoyos y proyectos concretos de inspección que sean de interés para dicha Comunidad.