HIGIENE Y SEGURIDAD Cláusulas de Ejemplo

HIGIENE Y SEGURIDAD a) Las empresas deberán procurar en todos los lugares de trabajo existentes, suficiente iluminación, temperatura agradable y ventilación conveniente, asimismo los deberá mantener en buenas condiciones de higiene y seguridad, organizando y ordenando la actividad de manera que pueda cumplirse cabalmente dichas condiciones.
HIGIENE Y SEGURIDAD. Los empleadores deberán tomar las disposiciones
HIGIENE Y SEGURIDAD. De conformidad con las leyes vigentes o las que se dicten en el futuro, con el adelanto Técnico-Científico y Social de la época, y teniendo en cuenta las recomendaciones de la OIT al respecto, los establecimientos se comprometen a mantener los lugares de trabajo en condiciones reglamentarias de higiene y seguridad, atento a las siguientes cláusulas:
HIGIENE Y SEGURIDAD. 2.9.1 Higiene y Seguridad en Obra
HIGIENE Y SEGURIDAD. El establecimiento pondrá sus instalaciones de trabajo y edificios en condiciones de perfecta higiene, salubridad, visibilidad, con la utilización racional de la luz natural y/o mediante iluminación artificial suficiente y adecuada a la naturaleza del trabajo y al medio ambiente. Proveerá servicios sanitarios y duchas de agua caliente y fría en perfectas condiciones de higiene y conservación en número suficiente para las necesidades del personal, de acuerdo a su cantidad, etc., como así también suministrará agua fría para beber en época xx xxxxxx, habilitándose los bebederos y/u otro elemento idóneo que reúna las condiciones de higiene en un todo de acuerdo a la Ley 19.587 y su decreto reglamentario. En cada establecimiento, en lugar apropiado y cómodo se instalarán guardarropas en cantidad suficiente al personal que se ocupe y en condiciones de higiene y salubridad. Asimismo, la empresa proveerá al personal de jabón y papel higiénico en cantidad necesaria para su uso. Al personal del taller se le proveerá de dos (2) toallas de género para manos y una (1) toalla de género para baño, por año y por cada trabajador, que se entregarán con la primera provisión de ropa de trabajo. La empresa proveerá para aquellos trabajos que lo requieran fosas y/o autoelevadores y/o rampas.
HIGIENE Y SEGURIDAD. Art. 97.− El trabajo agrario deberá realizarse en adecuadas condiciones de higiene y seguridad a fin de evitar enfermedades profesionales o accidentes de trabajo.
HIGIENE Y SEGURIDAD. El trabajo agrario deberá realizarse en adecuadas condiciones de higiene y seguridad a fin de evitar enfermedades profesionales o accidentes de trabajo. El empleador deberá hacer observar las pausas y limitaciones a la duración del trabajo establecidas por Resolución C.N.T.A. Nº 71/08 y demás normas reglamentarias o complementarias, y adoptar las medidas que según el tipo de trabajo, la experiencia y la técnica sean necesarias para tutelar la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores, debiendo evitar los efectos perniciosos de las tareas penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro, así como también, los derivados de ambientes insalubres o ruidosos. Asimismo, estará obligado a observar las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes sobre higiene y seguridad en el trabajo. El trabajador podrá rehusarse a la prestación de trabajo, sin que ello le ocasione pérdida o disminución de la remuneración, si el mismo le fuera exigido en trasgresión a tales condiciones, siempre que exista peligro inminente de daño o se hubiera configurado el incumplimiento de la obligación mediante constitución en xxxx o si, habiendo el organismo competente declarado la insalubridad del lugar o de las tareas, el empleador no adoptara las medidas o no proporcionara los elementos que dicha autoridad establezca.
HIGIENE Y SEGURIDAD. Todo el personal presente en el lugar donde se desarrollen los trabajos, está obligado a cumplir con todas las medidas de seguridad de acuerdo a la normativa vigente:
HIGIENE Y SEGURIDAD. La Municipalidad” propenderá al desarrollo y mantenimiento de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo tendientes a la prevención de todo hecho o circunstancia que pueda afectar la salud física y/o mental de los trabajadores. Para ello implementará un Sistema Integrado de Seguridad y Salud Ocupacional (SySO) y deberá proveer los medios e instaurar los procedimientos y formas de acción eficaces, especialmente en lo relativo:
HIGIENE Y SEGURIDAD. Los empleadores deberán dar estricta aplicación a las disposiciones de la Ley de Seguridad e Higiene.