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Información comparativa Cláusulas de Ejemplo

Información comparativa. De acuerdo con lo requerido por las normas del B.C.R.A., los estados contables 31 de diciembre de 2015 se presentan en forma comparativa con los saldos al 31 de diciembre de 2014 (cierre del ejercicio anterior).
Información comparativa. Los saldos al 31 de diciembre de 2021 surgen de los estados financieros a dicha fecha. El resultado del período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2021 que se expone a efectos comparativos, surgen de los registros en dólares estadounidenses que es la moneda funcional de la Sociedad y, conforme los requerimientos de CNV, se presenta en pesos a dicha fecha, moneda de curso legal en Argentina.
Información comparativa. Los saldos al 31 de diciembre de 2021 surgen de los estados financieros individuales a dicha fechas. El resultado del período de tres meses finalizado el 31 xx xxxxx de 2021 que se exponen a efectos comparativos, surgen de los registros en dólares estadounidenses que es la moneda funcional de la Sociedad y, conforme los requerimientos de CNV, se presenta en pesos a dicha fecha, moneda de curso legal en Argentina. Los Estados Financieros Condensados Intermedios han sido preparados conforme las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) tal como fueran emitidos por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB” por su sigla en inglés). La moneda funcional de los Estados Financieros Condensados Intermedios, de conformidad con las NIIF, es el Dólar Estadounidense, y por tal razón, no son ajustados por inflación. Los Estados Financieros Condensados Intermedios se presentan en pesos, moneda de curso legal en Argentina, de acuerdo con lo requerido por la Resolución Técnica 8/87 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.). Las fluctuaciones del Peso que se registran en la Argentina han tenido y tendrán un impacto significativo en la situación patrimonial y en los resultados de las operaciones de la Compañía. De acuerdo con las NIIF, las transacciones en monedas distintas de la moneda funcional de la Compañía (Dólar Estadounidense) se reconocen en los Estados Financieros Condensados Intermedios al tipo de cambio vigente en la fecha de la transacción. Al final de cada período sobre el que se informa, los activos y pasivos monetarios denominados en monedas distintas a los dólares estadounidenses se convierten a Dólares Estadounidenses al tipo de cambio vigente en esa fecha. Las ganancias y pérdidas cambiarias resultantes de la liquidación de transacciones o la medición de los activos y pasivos en moneda extranjera se reconocen en otros resultados financieros, dentro del estado de resultados integrales. Ver las secciones “Factores de RiesgoRiesgos relacionados con Argentina— La devaluación del peso podría afectar adversamente la economía argentina, e indirectamente la situación financiera y resultados de las operaciones de la Compañía.” y “La implementación de nuevos controles de cambio y de restricciones a las transferencias de fondos al exterior y al ingreso de capitales podría tener un efecto sustancial adverso sobre la economía argentina y, en consecuencia, la actividad de la Compañía” d...
Información comparativa. La economía sinaloense mantiene una posición media en cuanto a su participación en la producción total del país; a pesar de presentar una tendencia de crecimiento en los últimos años, se mantiene ocupando el lugar 14 en su participación dentro del PIB nacional. % en el Total Jalisco 94,779,059 94,655,187 6.4% 4° Veracruz 60,202,561 60,704,818 4.1% 6° Baja California 47,679,035 48,788,268 3.3% 8° Sonora 41,558,056 40,790,262 2.8% 12° Nayarit 8,561,603 8,261,912 0.6% 29° Baja California Sur 8,252,475 7,983,548 0.6% 30° Fuente: INEGI A pesar de ser una economía en proceso de diversificación, en cuanto a su estructura productiva, muestra fuerte dependencia de las actividades relacionadas con el sector primario. El dinamismo laboral de la entidad es una de sus mayores fortalezas, de hecho, el empleo ha registrado tasas de crecimiento por encima del promedio nacional. Dinámica de Crecimiento Regional División Geográfica Estados que la Conforman Crecimiento Xxxx 0000 Xxx Xxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx x Xxxxxxxx 2.79% Golfo Peninsular Campeche, Xxxxxxxx Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán 2.56% Occidente Colima, Jalisco, Michoacán y Nayarit 2.16% Centro Aguascalientes, Guanajuato, Hidalgo, Estado de México, Querétaro, San Xxxx Potosí y Zacatecas 1.57% Norte Coahuila, Chihuahua, Durango, Nuevo León y Tamaulipas 1.14% Noroeste Baja California, Baja California Sur, Sinaloa y Sonora -0.71% Metropolitana Distrito Federal -0.88% Fuente: Indicadores Regionales de Actividad Económica, Banamex Febrero 2003. Las entidades pertenecientes a la región Noroeste presentan las tasas más negativas de crecimiento del 2002. Esta región fue donde, con más intensidad y duración, se sintió el impacto de la desaceleración en la economía de Estados Unidos. Así se observó que Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx Xxx x Xxxxxx registraron caídas en su PIB; la excepción fue Sinaloa. Aunque pertenece a esta región geográfica, Sinaloa escapa a esta dinámica contraccionista, debido a que la naturaleza de sus vínculos con el mercado norteamericano difiere de la que caracteriza a los otros estados. En este caso el factor de desaceleración industrial afectó, pero sólo parcialmente la actividad en general. En cambio, el favorable desempeño de la agricultura, apoyado en mejores niveles de agua en la presas, influyó de manera determinante para lograr un crecimiento estimado de 3.8% para el 2002. Dentro de los cultivos cíclicos, en el año 2000, Sinaloa fue el único productor de tomate rojo para ...
Información comparativa. De acuerdo con lo requerido por las normas del B.C.R.A, los estados contables al 31 de diciembre de 2017 se presentan en forma comparativa con los saldos al 31 de diciembre de 2016 (cierre del ejercicio anterior). Ciertos rubros y partidas de los estados contables por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2016, así como cierta información complementaria relacionada, fueron reclasificados al solo efecto de su comparación con los presentes estados contables
Información comparativa. Los estados financieros fueron preparados por los años finalizados al 31 de diciembre de 2019 y 31 de diciembre de 2018. Los estados financieros presentan información comparativa de los dos ejercicios anteriores.
Información comparativa. El Estado de Situación Financiera, Anexos y las Notas que así lo especifican, como también los Estados de Resultados, de Otros Resultados Integrales, de Cambios en el Patrimonio y de Flujos de Efectivo se exponen comparativos con el ejercicio precedente.
Información comparativa. A pesar de la referencia al periodo anual inmediato que precede a la fecha de aplicación inicial del párrafo C2(b), una entidad puede también presentar información comparativa ajustada, aplicando la NIIF 17, para periodos anteriores presentados, pero no se requiere que lo haga. Si una entidad presenta información comparativa ajustada para periodos anteriores, la referencia a “el comienzo del periodo anual sobre el que se informa inmediato anterior a la fecha de la aplicación inicial” del párrafo C2(b) se interpretará como al “comienzo del primer periodo comparativo ajustado presentado”.

Related to Información comparativa

  • INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Identificación Respuesta Información general Respuesta

  • Otras informaciones En base a los parámetros que se establecen en el anterior apartado, los técnicos municipales valorarán las propuestas presentadas y emitirán un informe en el que propondrán, al órgano de contratación competente, la más ventajosa a juicio del informante, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 138 apartado 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.

  • Información adicional La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.

  • COMPARECIENTES Intervienen en la celebración de la presente escritura de compraventa, por una parte en calidad de promitente vendedor ${Nombre Vendedor}, y como tal Representante Legal de la compañía, ${Nombre Compañia Vendedor}, con Registro Único de Contribuyentes N° ${Registro Único Vendedor} domiciliada en ${Dirección Vendedor}, barrio ${Barrio Vendedor}, parroquia ${Parroquia Vendedor}, ciudad ${Ciudad Vendedor}, con número de teléfono ${Teléfono Vendedor} y correo electrónico: ${Correo Electrónico Vendedor}, a quien en adelante se le denominará como EL PROMITENTE VENDEDOR, por otra parte en calidad de comprador ${Nombre Comprador}, y como tal Representante Legal de la compañía, ${Nombre Compañia Comprador}, con Registro Único de Contribuyentes N° ${Registro Único Comprador} domiciliada en ${Dirección Comprador}, barrio ${Barrio Comprador}, parroquia ${Parroquia Comprador}, ciudad ${Ciudad Comprador}, con número de teléfono ${Teléfono Comprador} y correo electrónico: ${Correo Electrónico Comprador}, a quien en adelante se le denominará como EL PROMITENTE COMPRADOR. Los comparecientes son mayores de edad, hábiles y capaces para contratar y obligarse, por lo que suscriben el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • Diferencias, Errores y Omisiones 31.1 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación importante. 31.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no importantes de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido a menos que el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, caso en el cual el total cotizado prevalecerá y el precio unitario se corregirá; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

  • PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 201513. Contra los actos de terminación y facturación que realice la persona prestadora, proceden el recurso de reposición y subsidiariamente el de apelación, los cuales se interpondrán de manera simultánea. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. En ningún caso proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de cinco (5) meses de haber sido expedidas. De los recursos de reposición y apelación contra los demás actos de la persona prestadora que enumera el inciso primero del artículo 154 de la Ley 142 de 1994, debe hacerse uso dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario. Los recursos no requieren presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.

  • Información Técnica INFORMACIÓN CLASIFICACIÓN (MARQUE CON UNA X) MOTIVO RESERVADA CONFIDENCIAL COMERCIAL RESERVADA

  • Propiedad de la Información El Contratista deberá proporcionar a la CNH, sin costo alguno, la Información Técnica que es propiedad de la Nación. La Nación también será propietaria de cualquier muestra geológica, mineral o de cualquier otra naturaleza, obtenida por el Contratista en las Actividades Petroleras, las cuales deberán ser entregadas por el Contratista a la CNH con la Información Técnica, inmediatamente después de que el Contratista haya concluido los estudios y evaluaciones que haga al respecto. El original de dicha información deberá ser entregado a la CNH de conformidad con la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá mantener copia únicamente para efectos del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. No serán propiedad de la Nación los procesos por medio de los cuales el Contratista hubiese generado la Información Técnica. El Contratista podrá usar la Información Técnica, sin costo alguno y sin restricción, para el procesamiento, evaluación, análisis y cualquier otro propósito relacionado con las Actividades Petroleras (pero no para otro uso ni para su venta), en el entendido que el Contratista deberá también entregar cualquier reporte de los resultados de dicho procesamiento, evaluación o análisis. Nada de lo previsto en el presente Contrato limitará el derecho de la CNH de usar, vender o de cualquier otra forma disponer de la Información Técnica, en el entendido que la CNH no podrá vender ni hacer del conocimiento de terceras Personas ninguna información que implique secreto industrial; una marca registrada, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del Contratista regulado por la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.