INICIO Y DURACIÓN. 2.1. El presente Contrato entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta la finalización del ENSAYO, ello sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Novena. A estos efectos, no se entenderá finalizado el ENSAYO hasta que las PARTES hayan cumplido todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato. 2.2. El ENSAYO no se iniciará bajo ningún concepto hasta que se haya emitido el dictamen favorable del CEIm correspondiente y la preceptiva autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante AEMPS) en los términos del Real Decreto 1090/2015, y de cualquier otra autorización que, en su caso, fuera requerida por la legislación aplicable. La eficacia del presente contrato, queda supeditada a la obtención de las referidas autorizaciones. 2.3. En el supuesto de que el Promotor presentara una o varias enmiendas al PROTOCOLO del ENSAYO, este se realizará de conformidad con lo establecido en su protocolo y de acuerdo con lo contemplado en las correspondientes enmiendas siempre que estas cuenten con el dictamen favorable del CEIm y con la autorización, si procede, de la AEMPS) 2.4. La duración prevista del ENSAYO es de ___ , según lo establecido en el PROTOCOLO. TERCERA.-
INICIO Y DURACIÓN. El presente Contrato entrará en vigor el día de su firma, y estará vigente hasta la finalización del ENSAYO, ello sin perjuicio de lo establecido en la CLÁUSULA NOVENA. A estos efectos, no se entenderá finalizado el ENSAYO hasta que las partes hayan cumplido todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato. El ENSAYO no se iniciará bajo ningún concepto hasta que se haya emitido la preceptiva autorización de la AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS (en adelante AEMPS) en los términos del REAL DECRETO 1090/2015 (RD 1090/2015, del CEIm correspondiente, y de cualquier otra autorización que, en su caso, fuera requerida por la legislación o regulación aplicable. La eficacia del presente contrato, protocolo de versión …. y fecha …, queda supeditada a la obtención de las referidas autorizaciones La duración prevista del ENSAYO es de …… meses, según lo establecido en el PROTOCOLO.
INICIO Y DURACIÓN. 1.1 El Contrato entrará en vigor en la Fecha de Inicio y, sujeto a lo previsto en la Cláusula 1.2, permanecerá en vigor durante el Plazo Inicial, salvo en el supuesto de resolución anticipada de acuerdo con sus términos (incluyendo la Cláusula 19). Transcurrido dicho Plazo Inicial, el Contrato continuará en vigor hasta que cualquiera de las Partes comunique a la otra su intención de darlo por terminado en o tras la finalización de dicho Plazo Inicial, mediante un preaviso por escrito de tres (3) meses.
INICIO Y DURACIÓN. El presente Contrato entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta la finalización del ENSAYO, ello sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Novena. A estos efectos, no se entenderá finalizado el ENSAYO hasta que las PARTES hayan cumplido todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato. El ENSAYO no se iniciará bajo ningún concepto hasta que se haya emitido el dictamen favorable del CEIm correspondiente y la preceptiva autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante AEMPS) en los términos del Real Decreto 1090/2015, y de cualquier otra autorización que, en su caso, fuera requerida por la legislación aplicable. La eficacia del presente contrato, queda supeditada a la obtención de las referidas autorizaciones. La duración prevista del ENSAYO es de meses, según lo establecido en el PROTOCOLO.
INICIO Y DURACIÓN. El presente Contrato entrará en vigor el día de su firma, y estará vigente hasta la finalización del ENSAYO, ello sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Novena. A estos efectos, no se entenderá finalizado el ENSAYO hasta que las partes hayan cumplido todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato. El ENSAYO no se iniciará bajo ningún concepto hasta que se haya emitido la preceptiva autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante AEMPS) en los términos del Real Decreto 1090/2015, del CEIm correspondiente, de la Conformidad de la Dirección del HOSPITAL y de cualquier otra autorización que, en su caso, fuera requerida por la legislación o regulación aplicable. La eficacia del presente contrato queda supeditada a la obtención de las referidas autorizaciones. Las partes se comprometen a velar porque el ENSAYO se realice de acuerdo con lo especificado en el PROTOCOLO. La duración prevista del ENSAYO es de _____años/meses, según lo establecido en el PROTOCOLO. TERCERA.
INICIO Y DURACIÓN. 2.1. El presente Contrato entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta la finalización del ENSAYO, ello sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Novena. A estos efectos, no se entenderá finalizado el ENSAYO hasta que las PARTES hayan cumplido todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato.
INICIO Y DURACIÓN. 3.1. Las partes conocen y aceptan que sólo podrá comenzar el Proyecto de Investigación cuando se haya obtenido el Informe favorable de un CEIC acreditado, notificado al CEIC del Hospital, con las autorizaciones pertinentes conforme a la normativa vigente y la conformidad de la Gerencia del Hospital 3.2 La duración inicialmente prevista para el Proyecto de Investigación es de _________ meses. 3.3 El PROMOTOR/CRO deberá notificar al CEIm del Hospital Clínico San Xxxxxx el inicio y el fin del Proyecto de Investigación. 3.4 El presente Contrato entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta que se puedan dar por cumplidas todas las obligaciones incluidas en el mismo. 3.5.En el supuesto de que el Promotor presentara una o varias enmiendas al Protocolo. el Proyecto de Investigación se realizará de conformidad con lo establecido en su protocolo y de acuerdo con lo contemplado en las correspondientes enmiendas siempre que estas cuenten con el dictamen favorable del CEIC de referencia y con la autorización, si procede, de la Agencia Española de Medicamentos y Producto Sanitarios 3. THIRD. START AND DURATION. 3.1.The parties aware of and accept that the Clinical Research Study may not start when it has obtained the favorable report of an accredited ethics committee, notified the Hospital Ethics Committee, with the pertinent authorizations in accordance with the regulations in force, the agreement of the Hospital Management. 3.2. The duration originally planned for the Clinical Research Study is _______ months. 3.3. The SPONSOR/CRO shall notify the CEIm of the Hospital Clínico San Xxxxxx of the beginning and end of the Clinical Research Study. 3.4. This Agreement shall enter into force upon signature and shall remain in force until they can be taken for completion of all obligations contained therein. 0.0.Xx the event that the SPONSOR was presenting one or several amendments to the Protocol the Clinical Research Study will be conducted of conformity by the updated protocol and in agreement with the corresponding amendments providing that these possess the favorable opinion of the CEIC of reference and the mandatory permission of the Spanish Agency for Drugs and Health Products, if it proceeds
INICIO Y DURACIÓN. 1. El Ensayo comenzará cuando se cuente con: la autorización de la AEMPS, el dictamen favorable del CEIm y la conformidad de la Dirección Gerencia del Centro, materializada con la firma del Contrato.
INICIO Y DURACIÓN. 1. El inicio del EO estará condicionado por el dictamen favorable del CEIm, la conformidad de la Dirección del Centro y la firma del presente Contrato por todas las Partes. Además de la autorización administrativa de la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha cuando proceda, es decir, en caso de ser un EO de seguimiento prospectivo promovido por entidades con ánimo comercial.
INICIO Y DURACIÓN. 2.1. El presente Contrato entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta la finalización del ENSAYO, ello sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Novena. A estos efectos, no se entenderá finalizado el ENSAYO hasta que las PARTES hayan cumplido todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato. 2.2. El ENSAYO no se iniciará bajo ningún concepto hasta que se haya emitido el dictamen favorable del CEIm correspondiente y la preceptiva autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante AEMPS) en los términos del Real Decreto 1090/2015, y de cualquier otra autorización que, en su caso, fuera requerida por la legislación aplicable. La eficacia del presente contrato, queda supeditada a la obtención de las referidas autorizaciones. 2.3. La duración prevista del ENSAYO es de __ meses según lo establecido en el PROTOCOLO. TWO. COMMENCEMENT AND TERM 2.1. This Contract will come into force on the day it is signed and will endure until the end of the TRIALS, without prejudice to the provisions of Clause Nine. For this purpose, the TRIALS will not be understood to be finalised until the PARTIES have performed all their obligations arising under this Contract. 2.2. The TRIALS will not, in any case whatsoever, commence until the CEIm has issued the relevant favourable opinion and the mandatory authorisation is issued by the Spanish Medications and Healthcare Products Agency (hereinafter AEMPS) under the terms of Royal Decree 1090/2015, and any other authorisation which, as appropriate, may be required by the applicable legislation. The effectiveness of this contract is subject to obtaining the aforementioned authorisations. 2.3. The planned term for the TRIALS is ____ months, as provided for in the PROTOCOL