INVITADOS. 14.1 La confirmación de intercambio sólo podrá utilizarla el Socio que efectuó el depósito de sus derechos de Titularidad de Vacaciones en el banco de espacios RCI Pool con objeto de realizar un intercambio, salvo que dicho Socio ceda dicha confirmación de intercambio a un familiar o un amigo, previa adquisición de un certificado de invitado de RCI y previo abono de la tasa correspondiente aplicable en la fecha de emisión de dicho certificado. Podrán aplicarse condiciones adicionales a los certificados de invitado y a su uso ocasionalmente. Xxx con atención su certificado de invitado.
14.2 Los titulares de derechos de vacaciones en Complejos Afiliados que no sean Socios de RCI no podrán ser beneficiarios de ningún certificado de invitado salvo que el apartado 14.1 sea de aplicación.
14.3 Los Socios deberán asegurarse de que sus Invitados comprueben con detalle toda la información del certificado de invitado y, en caso de existir algún error, lo notifiquen a la mayor brevedad a RCI.
14.4 Los Certificados de Invitado sólo pueden utilizarlos las personas que figuran en los mismos y al menos uno de los invitados deberá ser mayor de 18 años.
14.5 Aquellos cuyos nombres figuren en el certificado de invitado podrán viajar con otras personas siempre que el número de personas no exceda el límite de ocupación máxima especificado en la confirmación de intercambio.
14.6 Los Certificados de Invitados son intransferibles y no podrán utilizarse para fines comerciales como el alquiler, la venta o el intercambio con terceros. RCI podrá cancelar cualquier Certificado de Invitado que crea que se haya vendido o empleado para fines comerciales y/o todo intercambio confirmado con el que esté vinculado dicho Certificado de Invitado. En ese caso, RCI no tendrá obligación alguna de pagar ningún reembolso.
14.7 El uso de Certificados de Invitado queda también sujeto a las condiciones, restricciones, limitaciones o cargos que establezca cada uno de los Complejos Afiliados.
14.8 Los Socios serán responsables de los actos, omisiones y/o faltas que cometan sus Invitados, tanto si están o no acompañados por los Socios, incluidos los daños causados por los Invitados, los gastos que no hubieran pagado, los cargos relacionados con la reserva o su cancelación, el alojamiento que exceda la ocupación máxima establecida o la sustitución de cualquier objeto que hubiera desaparecido del alojamiento.
14.9 Los Invitados no pueden hacerse pasar por Socios durante su estancia en el complejo.
14.10 L...
INVITADOS. El Socio podrá solicitar una Confirmación de Alojamiento o Collection Partners para un Invitado a través de un Certificado de Invitado. Las Confirmaciones para Invitados únicamente pueden ser realizadas por Socios pudiendo únicamente ser usada por la persona señalada en la misma. Pueden aplicar cuotas para solicitar una Certificado de Invitado las cuales podrán ser publicadas en el Sitio y/o ser solicitadas al Guía Vacacional. No obstante lo anterior se le pueden requerir al Socio las cuotas aplicables incluyendo en forma enunciativa sin limitar la correspondiente para realizar la Confirmación. . Los Socios son responsables de los daños causados por ellos mismos, sus Invitados o acompañantes de éstos. El Alojamiento y los servicios de Collection Partners que hayan sido obtenidos a través del Programa Collection únicamente pueden ser utilizados por un Socio o Invitado y sus respectivos acompañantes, sin embargo bajo ningún motivo podrán utilizarlo con fines comerciales, incluyendo renta, subasta o venta.
INVITADOS a) Los Residentes pueden recibir a invitados, que permanecerán en su habitación, excluyendo a los Residentes que alquilen habitaciones DOBLES (2 camas separadas).
INVITADOS. Xxxxxx invitado puede utilizar las canchas si no es participando de la actividad con un propietario. En la cancha no puede haber más de 3 invitados al mismo tiempo y estos no podrán utilizar la cancha si no están acompañados por al menos un propietario.
INVITADOS. Cualquier AFILIADO podrá invitar por una (1) sola vez a una (1) persona que deberá reunir las siguientes condiciones: (i) no estar afiliada, (ii) que su estado de afiliación sea inactivo como mínimo en los últimos seis (6) meses, (iii) que no tenga deudas pendientes con el Club Médico Deportivo BODYTECH, y (iv) que no haya disfrutado ninguna otra cortesía en ese período. Con la autorización previa del Gerente de la respectiva sede del Club Médico Deportivo BODYTECH, un AFILIADO podrá invitar hasta tres (3) personas en forma simultánea. Los invitados deberán presentar documento de identidad, firmar el Contrato de Invitado, llenar el documento de Clasificación de población, atender las indicaciones del instructor durante su práctica y respetar las normas y reglamentos del Club Médico Deportivo BODYTECH. El Club Médico Deportivo BODYTECH se reserva el derecho de admisión de aquellos invitados cuya presentación o condiciones personales al momento de solicitar el ingreso no estén acordes con la imagen pública del Club Médico Deportivo BODYTECH, tales como el uso xx xxxx u otra clase de pantalón no apto para la realización de la práctica deportiva, así como zapatos no apropiados. Las políticas de admisión de Invitados están sujetas a cambios, sin previo aviso.
INVITADOS. SE CONSIDERAN INVITADOS CUALQUIER PERSONA QUE “EL HUÉSPED” INVITE A PASAR EL DIA MÁS NO A DORMIR, NO PODRÁ EL HUÉSPED POR NINGÚN MOTIVO HACER REUNIONES, FIESTAS O EVENTOS QUE PERTURBEN LA TRANQUILIDAD DE LOS VECINOS.---------------------------------------------------------------------------------
INVITADOS. El Comité podrá invitar a servidores públicos, colaboradores o asesores externos de la entidad con el fin de asesorarse debidamente en la toma de decisiones.
INVITADOS. 21.1 El Socio puede hacer las gestiones oportunas para que un Invitado acceda a alguna de las Prerrogativas del Plan siempre que el invitado sea un amigo o tenga relación con el Socio por haber comprado a la Compañía de Reservas un certificado de invitado. Las Reservas y/o Transacciones para invitados deberá realizarlas el Socio en nombre de la persona invitada. Los certificados de invitado, que sólo podrán utilizar los mayores de 18 años (mayores de 21 años para viajes a Estados Unidos), son intransferibles y no podrán concederse a titulares de Intereses de Tiempo Compartido en un Complejo del Plan (las personas deberán hacerse Socias y efectuar una Reserva en el Plan), quedando prohibido el uso comercial de dichos certificados de invitado, incluyendo el alquiler, la reventa y el intercambio con terceros. La Compañía de Reservas se reserva el derecho a cobrar una tasa en concepto de utilización de Puntos a personas que no sean Socias, a saber, invitados. La Compañía de Reservas podrá cancelar un Certificado de Invitado (y la reserva a la que está vinculado) en caso de que crea que el Certificado se ha vendido o se ha utilizado con fines comerciales. Los Socios serán responsables de toda acción u omisión y/o incumplimiento de sus invitados tanto si les acompañan como si no.
INVITADOS. Las personas que no estén las listadas específicamente en este Contrato tendrán estrictamente prohibido quedarse en la unidad de alquiler más xx xxxx días consecutivos, o un total de veinte días en un período de doce meses sin el previo consentimiento por escrito del Propietario. Para fines de esta sección, “quedarse en la unidad de alquiler” significa la presencia en las instalaciones por una cantidad sustancial de tiempo, ya sea durante el día o durante la noche, e incluirá, entre otros, invitados a largo plazo o regulares, niñeras residiendo, parientes de visita, etc. Adicionalmente, el Residente no puede dar acomodación a huéspedes ni inquilinos sin importar la duración de la estadía.
INVITADOS. Quienes asistan como personal de apoyo del comité, sólo tendrán derecho a voz. En ningún caso se computarán votos de personas invitadas. Por cada integrante titular del comité, deberá designarse un suplente que será nombrado por el titular, los que deberán tener el nivel jerárquico inmediato inferior al mismo, para que lo represente, debiendo acreditarlo en la primera sesión ordinaria del Comité, para que se tome nota y su actuación tenga validez. Los suplentes solo podrán participar en ausencia del titular.