Common use of LUGAR Y FORMA DE PAGO Clause in Contracts

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos los Pagos al EMISOR en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas en la República xx Xxxxx Rica, Provincia de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través “SWIFT”, transferencia local a través “SINPE”, débito a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorro, a través de Scotia en Línea, cualquier otro medio que en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o medio de pago aceptada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado de la cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos por cheque devuelto establecidos en el “Cuadro de Condiciones Específicas”, así como los cargos por servicio dejados de cobrar al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago original. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al EMISOR para que realice los débitos respectivos. Dichos cargos por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y en el Cuadro de Condiciones Específicas, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISOR, éste debitará de la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos en calidad de cargos administrativos. En el caso de cargos como los descritos en la cláusula siguiente de este Contrato, suscritos o realizados por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colón, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólares.

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LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos Los días para la presentación de facturas a revisión serán los Pagos martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al EMISOR en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas siguiente día hábil, en la República xx Xxxxx Rica, Provincia Coordinación de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida Finanzas de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través SWIFTLA CONVOCANTE”, transferencia local ubicado en la Planta Alta de la Calle Santa Catarina Número 2, Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a través nombre de SINPEEL PROVEEDOR”, débito conforme a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorrolas Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, a través de Scotia cheque nominativo en Líneala Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Santa Catarina Número 2, cualquier otro medio Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México, o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago aceptada la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza indique el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado nombre de la institución bancaria, número de cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por cheque devuelto establecidos la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Finanzas de Cuadro LA CONVOCANTE” Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de Condiciones Específicasla legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS BIENES” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los cargos plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por servicio dejados lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de cobrar “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago originalde daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente pago de “LOS BIENES” quedará condicionado, proporcionalmente, al EMISOR para pago que realice los débitos respectivos. Dichos cargos “EL PROVEEDOR” deba efectuar por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el Cuadro entendido de Condiciones Específicasque en el supuesto de que sea rescindido el contrato, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando procederá el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISORdicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, éste debitará por lo que en caso de rescisión la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos garantía se hará efectiva en calidad de cargos administrativosforma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de cargos como pago de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descritos descuentos pendientes de aplicar en la cláusula siguiente última factura que presente para pago. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de este Contratocobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, suscritos pequeña o realizados mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colóncobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólares.S.N.C.”. xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx.xxxx

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Samples: Contrato Para La Adquisición Y Suministro De

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos Las partes convienen que los Pagos al EMISOR servicios objeto del presente contrato, se paguen por la “API TOPOLOBAMPO”, en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas el domicilio citado en la República xx Xxxxx Rica, Provincia de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacionaldeclaración primera inciso F). El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través “SWIFT”, transferencia local a través “SINPE”, débito a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorro, a través de Scotia en Línea, cualquier otro medio que en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o medio de pago aceptada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado de la cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos por cheque devuelto establecidos en el “Cuadro de Condiciones Específicas”, así como los cargos por servicio dejados de cobrar al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago original. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al EMISOR para que realice los débitos respectivos. Dichos cargos por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y en el Cuadro de Condiciones Específicas, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISOR, éste debitará de la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos en calidad de cargos administrativos. En el caso de cargos como los descritos importe señalado en la cláusula siguiente anterior objeto de este Contratocontrato, suscritos o realizados por es el TARJETAHABIENTE correspondiente a DIEZ elementos más UN elemento de comodín para el servicio de limpieza de oficinas administrativas, operativas y área de transbordadores para el periodo 2019-2022, en moneda diferente al Colón, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados áreas relacionadas en la cláusula correspondiente primera de este Contrato también documento, a un costo de $ ( PESOS 00/100 M.N)., mensuales por cada uno de los once elementos, más el 16% del I.V.A. correspondiente, siendo esta la moneda en Dólaresque cotizó y forma en que se efectuará el pago progresivo. Los pagos por estos servicios permanecerán fijos y serán en treinta y cuatro (36) parcialidades, a mes vencido, por lo que deberán presentar la factura oportunamente para que el PUERTO DE TOPOLOBAMPO pueda cumplir en tiempo y forma con el pago, previa presentación de la factura debidamente requisitada para su revisión, por lo que en caso de detectarse errores en la elaboración de la misma, será devuelta para su reposición en un plazo que no excederá de 5 días naturales contados a partir de su recepción. Dichos pagos serán por la cantidad de $ ( PESOS 00/100 M.N.), más el I.V.A. correspondiente, señalados en el párrafo anterior de la presente cláusula y además de las condiciones siguientes: El pago en cuestión por la prestación de estos servicios quedará condicionado además al cumplimiento de las obligaciones que como patrón contrae con sus trabajadores en el pago de sueldos, prestaciones y por concepto de seguridad social, por lo que a la presentación a cobro de la citada factura, deberá anexar a la misma, copia de la nómina timbrada y firmada por los trabajadores, cédula de liquidación de cuotas obrero patronales correspondientes al mes inmediato anterior. La liquidación de cuotas obrero patronales deberá contener el sello de la institución bancaria o el sello electrónico de transferencia mediante la cual realizó el pago, coincidiendo su registro ante el I.M.S.S. e INFONAVIT, con el sueldo que perciben, tal y como se señala en el Documento E1 de la convocatoria de licitación. El PRESTADOR DE SERVICIOS al pagar los sueldos a sus empleados deberá proporcionarles, recibo de nómina en el cual se detallen los ingresos y las deducciones del período que se esté liquidando. Las partes acuerdan que no se otorgarán anticipos por la prestación de los servicios. Se establece al prestador de servicios que al contar con un retraso de un día natural en el pago de nómina a sus trabajadores se le aplicará una sanción de 10% del valor factura mensual, dicha sanción de igual forma será aplicada por el atraso en la entrega de los diversos pagos correspondientes a las obligaciones a cargo del PRESTADOR DE SERVICIOS (IMSS E INFONAVIT) los cuales deberán presentarse a más tardar el día 25 de cada mes.

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Samples: Contrato Plurianual De La Prestación De Servicio De Limpieza De Oficinas Administrativas, Operativas Y Área De Transbordadores Para El Periodo

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos los Pagos al EMISOR en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas en la República xx Xxxxx Rica, Provincia de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional, o en cualquier otro lugar que el EMISOR comunique. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través “SWIFT”, transferencia local a través “SINPE” o “IBAN” (número internacional de cuenta bancaria), débito a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorro, a través de Scotia en Línea, cualquier otro medio que en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o medio de pago aceptada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado de la cualquier cuenta del corriente o de ahorro que el TARJETAHABIENTE tenga aperturada con el EMISOR, junto con los cargos por cheque devuelto establecidos en el “Cuadro de Condiciones Específicas”, así como los cargos por servicio dejados de cobrar al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago original. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al EMISOR para que realice los débitos respectivos. Dichos cargos por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y en el Cuadro de Condiciones Específicas, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISOR, éste debitará de la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos en calidad de cargos administrativos. En el caso de cargos como los descritos en la cláusula siguiente de este Contrato, suscritos o realizados por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colón, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólares.

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Samples: scotiabankfiles.azureedge.net

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos Los días para la presentación de facturas a revisión serán los Pagos martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al EMISOR en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas siguiente día hábil, en la República xx Xxxxx Rica, Provincia Coordinación de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida Finanzas de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través SWIFTLA CONVOCANTE”, transferencia local ubicado en la Planta Alta de la Calle Santa Catarina Número 2, Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a través nombre de SINPEEL PROVEEDOR”, débito conforme a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorrolas Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, a través de Scotia cheque nominativo en Líneala Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Santa Catarina Número 2, cualquier otro medio Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México, o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago aceptada la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza indique el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado nombre de la institución bancaria, número de cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por cheque devuelto establecidos la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Finanzas de Cuadro LA CONVOCANTE” Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de Condiciones Específicasla legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS INSUMOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los cargos plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por servicio dejados lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de cobrar “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago originalde daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente pago de “LOS INSUMOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al EMISOR para pago que realice los débitos respectivos. Dichos cargos “EL PROVEEDOR” deba efectuar por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el Cuadro entendido de Condiciones Específicasque en el supuesto de que sea rescindido el contrato, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando procederá el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISORdicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, éste debitará por lo que en caso de rescisión la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos garantía se hará efectiva en calidad de cargos administrativosforma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de cargos como pago de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descritos descuentos pendientes de aplicar en la cláusula siguiente última factura que presente para pago. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de este Contratocobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, suscritos pequeña o realizados mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colóncobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólares.S.N.C.”. xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx.xxxx

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Samples: Contrato Para La Contratación De Adquisicion Y Suministro De Insumos De Comedor

LUGAR Y FORMA DE PAGO. “LA CONVOCANTE” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” “LOS SERVICIOS”, de forma quincenal de acuerdo con los destinos programados por “LA CONVOCANTE”. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos los Pagos al EMISOR importe correspondiente por “LOS SERVICIOS” realizados, será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a favor de “EL PROVEEDOR”, por lo que se compromete a presentar para su revisión las facturas correspondientes debidamente requisitadas en las oficinas centrales términos del EMISOR ubicadas Código Fiscal de la Federación y demás Legislación aplicable en la República xx Xxxxx Rica, Provincia Subgerencia de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida Producción y Mantenimiento de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través SWIFTLA CONVOCANTE”, transferencia local a través las cuales deberán contener el desglose de SINPE”, débito a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorro, a través de Scotia en Línea, cualquier otro medio que en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o medio de pago aceptada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado de la cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos por cheque devuelto establecidos en el “Cuadro de Condiciones EspecíficasLOS SERVICIOS”, así como el número de contrato, ajustándose a los cargos precios por servicio dejados de cobrar al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago original. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al EMISOR para que realice los débitos respectivos. Dichos cargos por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y litro establecidos en el Cuadro de Condiciones Específicasmismo y la determinación, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterioren su caso, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISOR, éste debitará de la cuenta pena convencional y deducciones al pago aplicables. También debe detallar el litraje transportado, lugar de origen y lugar destino, y adjuntar la documentación soporte siendo estos las Órdenes de traspaso y la hoja de recepción del TARJETAHABIENTE producto en planta. Los días para la presentación de facturas a revisión serán los martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas, si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente día hábil, en la Caja General de “LA CONVOCANTE”, ubicado en la avenida Xxxxxx Xxxxxxxx número 642 Colonia Centro, C.P. 59510, Jiquilpan, Michoacán, las facturas deberán coincidir en descripción y precio con lo indicado en el total de estos gastos en calidad de cargos administrativoscontrato. En el caso de cargos que el día de pago fuera inhábil éste se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “EL PROVEEDOR” deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el apoderado, en el que se indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en la oficina de pago correspondiente de “LA CONVOCANTE” junto con sus facturas. Las partes acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la cláusula siguiente fecha en que se hace realmente exigible la obligación de este Contratopago a cargo de “LA CONVOCANTE”, suscritos evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE”. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxx convencional y/o realizados deducciones al pago, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por el TARJETAHABIENTE lo que en moneda diferente al Colón, dentro o fuera del país, éste acepta caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma expresa e irrevocable proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las mismas constituyen una obligación facturas pendientes de su parte en Dólares a favor del EMISORpago de las penalizaciones establecidas, debiendo efectuar en este caso “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los pagos indicados descuentos pendientes de aplicar en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólaresúltima factura que presente para pago.

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Samples: Formato De Participación a La Junta De Aclaraciones

LUGAR Y FORMA DE PAGO. “LA CONVOCANTE” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR”, “LOS SERVICIOS”, de forma quincenal de acuerdo con los destinos programados por “LA CONVOCANTE”. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos los Pagos al EMISOR importe correspondiente por “LOS SERVICIOS” realizados, será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a favor de “EL PROVEEDOR”, por lo que se compromete a presentar para su revisión las facturas correspondientes debidamente requisitadas en las oficinas centrales términos del EMISOR ubicadas Código Fiscal de la Federación y demás Legislación aplicable en la República xx Xxxxx Rica, Provincia Subgerencia de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida Producción y Mantenimiento de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través SWIFTLA CONVOCANTE”, transferencia local a través las cuales deberán contener el desglose de SINPE”, débito a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorro, a través de Scotia en Línea, cualquier otro medio que en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o medio de pago aceptada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado de la cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos por cheque devuelto establecidos en el “Cuadro de Condiciones EspecíficasLOS SERVICIOS”, así como el número de contrato, ajustándose a los cargos precios por servicio dejados litro establecidos en el mismo y la determinación, en su caso, de cobrar la pena convencional y deducciones al TARJETAHABIENTE pago aplicables. También debe detallar el litraje transportado, lugar de origen y lugar destino, y adjuntar la documentación soporte siendo estos las Órdenes de traspaso y la hoja de recepción del producto en planta. Los días para la presentación de facturas a revisión serán los martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas, si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente día hábil, en la Caja General de “LA CONVOCANTE”, ubicado en la avenida Xxxxxx Xxxxxxxx número 642 Colonia Centro, C.P. 59510, Jiquilpan, Michoacán, las facturas deberán coincidir en descripción y precio con ocasión del registro del lo indicado en el contrato. La fecha de pago original. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al EMISOR para que realice no excederá los débitos respectivos. Dichos cargos por servicio serán calculados sobre el monto del cheque términos xx xxx una vez presentada la documentación respectiva y se realizarán a los veinte 20 (veinte) días naturales posteriores a la misma tasa presentación de las facturas las cuales deberán contener el desglose de “LOS SERVICIOS” prestados, ajustándose a los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y precios pactados en el Cuadro de Condiciones Específicas, entendiéndose contrato respectivo; a dicho pago se le efectuarán las retenciones que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISOR, éste debitará de la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos en calidad de cargos administrativosdisposiciones legales establezcan. En el caso de cargos que el día de pago fuera inhábil éste se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el plazo convenido. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” a quién se le adjudique el contrato acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto por lo que respecta a los servicios que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del Artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” al que se le adjudique el contrato expedirá las facturas por “LOS SERVICIOS” realmente prestados por el período que se factura, anotando el número de contrato correspondiente. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la cláusula siguiente fecha en que se hace realmente exigible la obligación de este Contratopago a cargo de “LA CONVOCANTE”, suscritos evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. Los pagos se realizarán en pesos mexicanos conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento; los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE”, en los términos que marca la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxx convencional y/o realizados deducciones al pago, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido En caso de que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de la pena convencional y/o deducciones al pago a que alude el Anexo VII de esta convocatoria, los licitantes adjudicados aceptan que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que se presente para cobro. Las facturas, deberán ser en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a nombre del “PROVEEDOR” a quién se les haya adjudicado el contrato, en pesos mexicanos, conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, en la Caja de pagos de “LA CONVOCANTE” o en la cuenta bancaria que determine “EL PROVEEDOR” adjudicado. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “EL PROVEEDOR” a quién se le adjudique el contrato deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretado, firmada por el TARJETAHABIENTE apoderado, en moneda diferente al Colónel que se indique el nombre de la Institución Bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar certificado por la Institución Bancaria respectiva y ser presentado en la oficina de pago de “LA CONVOCANTE”. De conformidad con lo indicado en los artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO”, en caso de que las facturas entregadas por el prestador para su pago, presenten errores o deficiencias, el Departamento de Cuentas por Pagar de "LA CONVOCANTE", dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su parte recepción, indicará por escrito al prestador las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el prestador presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de “LA LEY”. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que “EL PROVEEDOR” que resulte ganador, ceda sus derechos de cobro y esté en Dólares a favor posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que “EL PROVEEDOR” ganador que se encuentre clasificado como micro, pequeñas o medianas empresas, accedan y utilicen los beneficios del EMISORfactoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólares.S.N.C. xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx/

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Samples: Formato De Participación a La Junta De Aclaraciones

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos Los días para la presentación de facturas a revisión serán los Pagos martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al EMISOR siguiente día hábil, en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas el Departamento de Finanzas de “LA CONVOCANTE”, ubicado en la República Planta Alta de la Calle Santa Catarina Número 2, Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxx RicaXxxxxx Solidaridad, Provincia Estado de San XxxxMéxico. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida y el pago se hará a nombre de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través SWIFTEL PROVEEDOR”, transferencia local conforme a través “SINPE”, débito a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorrolas Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, a través de Scotia cheque nominativo en Líneala Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Santa Catarina Número 2, cualquier otro medio Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México, o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago aceptada la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza indique el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado nombre de la institución bancaria, número de cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por cheque devuelto establecidos la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Finanzas de Cuadro LA CONVOCANTE” Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de Condiciones Específicas”la legislación aplicable, así como los cargos y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por servicio dejados de cobrar al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago original. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al EMISOR para que realice los débitos respectivos. Dichos cargos por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa separado de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y en el Cuadro de Condiciones Específicas, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISOR, éste debitará de la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos en calidad de cargos administrativos. En el caso de cargos como los descritos en la cláusula siguiente de este Contrato, suscritos o realizados por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colón, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólaresdemás importes.

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Samples: Monoestearato De Gliserilo, Sal Yodada, Carbonato De Calcio, Cloruro De Potasio

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos Los días para la presentación de facturas a revisión serán los Pagos martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al EMISOR siguiente día hábil, en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas el Departamento de Finanzas de “LA CONVOCANTE”, ubicado en la República Planta Alta de la Calle Santa Catarina Número 2, Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxx RicaXxxxxx Solidaridad, Provincia Estado de San XxxxMéxico. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida y el pago se hará a nombre de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través SWIFTEL PROVEEDOR”, transferencia local conforme a través “SINPE”, débito a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorrolas Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, a través de Scotia cheque nominativo en Líneala Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Santa Catarina Número 2, cualquier otro medio Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México, o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago aceptada la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza indique el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado nombre de la institución bancaria, número de cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por cheque devuelto establecidos la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Finanzas de Cuadro LA CONVOCANTE” Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de Condiciones Específicasla legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los cargos plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por servicio dejados lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de cobrar “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago originalde daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al EMISOR para pago que realice los débitos respectivos. Dichos cargos “EL PROVEEDOR” deba efectuar por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el Cuadro entendido de Condiciones Específicasque en el supuesto de que sea rescindido el contrato, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando procederá el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISORdicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, éste debitará por lo que en caso de rescisión la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos garantía se hará efectiva en calidad de cargos administrativosforma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de cargos como pago de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descritos descuentos pendientes de aplicar en la cláusula siguiente última factura que presente para pago. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de este Contratocobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, suscritos pequeña o realizados mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colóncobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólares.S.N.C.”. xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx.xxxx

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Transporte De Personal

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos Los días para la presentación de facturas a revisión serán los Pagos martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al EMISOR en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas siguiente día hábil, en la República xx Xxxxx Rica, Provincia Coordinación de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida Finanzas de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través SWIFTLA CONVOCANTE”, transferencia local ubicado en la Planta Alta de la Calle Santa Catarina Número 2, Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el CONTRATO respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a través nombre de SINPEEL PROVEEDOR”, débito conforme a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorrolas Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, a través de Scotia cheque nominativo en Líneala Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Santa Catarina Número 2, cualquier otro medio Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México, o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago aceptada la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza indique el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado nombre de la institución bancaria, número de cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por cheque devuelto establecidos la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Finanzas de Cuadro LA CONVOCANTE” Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de Condiciones Específicasla legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS BIENES” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los cargos plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por servicio dejados lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de cobrar “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago originalde daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente pago de “LOS BIENES” quedará condicionado, proporcionalmente, al EMISOR para pago que realice los débitos respectivos. Dichos cargos “EL PROVEEDOR” deba efectuar por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el Cuadro entendido de Condiciones Específicasque en el supuesto de que sea rescindido el CONTRATO, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando procederá el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISORdicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, éste debitará por lo que en caso de rescisión la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos garantía se hará efectiva en calidad de cargos administrativosforma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del CONTRATO no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de cargos como pago de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descritos descuentos pendientes de aplicar en la cláusula siguiente última factura que presente para pago. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de este Contratocobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, suscritos pequeña o realizados mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colóncobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólares.S.N.C.”. xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxx-x-xxxxxxxxx/ programa-de-compras-del-gobierno- federal/programa-comprasgobierno.html

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Samples: Contrato Abierto,                      Que Celebran Por Una Parte “Liconsa

LUGAR Y FORMA DE PAGO. “EL COLEGIO” realizará el pago del servicio de arrendamiento de bienes de tecnología de la información y las comunicaciones (TIC) por mes vencido y servicio recibido a entera satisfacción de “EL COLEGIO”. “EL COLEGIO” efectuará el pago mensual a través de transferencia electrónica a la cuenta bancaria del beneficiario dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la fecha de recepción de la factura, para tal efecto “EL ARRENDADOR” enviará oportunamente por escrito a “EL COLEGIO” al menos los siguientes datos bancarios: Institución Bancaria: Sucursal: Número de cuenta: CLABE Bancaria (de 18 dígitos): “El TARJETAHABIENTE ARRENDADOR” deberá hacer todos los Pagos al EMISOR enviar la factura electrónica para pago a las siguientes direcciones y xxxxxxx.xxxxx@xxxxxx.xxx.xx y xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx o presentar su factura en las oficinas centrales del EMISOR Departamento de Contabilidad, ubicadas en la República xx Xxxxx Ricacalle Parque de Macul número 155, Provincia Fraccionamiento Colinas del Parque, C.P. 78294, San Xxxx Potosí, S.L.P. La factura que presente “El ARRENDADOR” deberá ser a nombre de El Colegio de San Xxxx, Cantón CentralA.C., Distrito Mata Redondacon registro federal de contribuyentes número CSL-970122-SUA y domicilio fiscal calle Parque de Macul número 155, Sabana NorteFraccionamiento Colinas del Parque, Avenida C.P. 78294, San Xxxx Potosí, S.L.P. La factura deberá contar con la descripción del servicio de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través “SWIFT”, transferencia local a través “SINPE”, débito a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorro, a través de Scotia en Línea, cualquier otro medio que en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o medio de pago aceptada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado de la cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos por cheque devuelto establecidos en el “Cuadro de Condiciones Específicas”arrendamiento, así como el mes y año a que corresponda. “El ARRENDADOR” será el único responsable de que las facturas que presente cumplan con los cargos requisitos fiscales vigentes. En caso de que las facturas presenten errores o deficiencias, “EL COLEGIO”, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, le notificará por servicio dejados de cobrar al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago originalescrito los errores o deficiencias que deba corregir. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente periodo que transcurra desde la notificación y hasta que “El ARRENDADOR” presente la nueva factura no se computará para efectos del plazo de pago de veinte días naturales. “El ARRENDADOR” no podrá transferir en favor de cualquier otra persona los derechos y obligaciones que se deriven del contrato que se formalice, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento explícito y por escrito de “EL COLEGIO”. “EL COLEGIO” verificará en el portal del Sistema de Administración Tributaria (SAT) los comprobantes fiscales impresos (facturas) para constatar su autenticidad. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “El ARRENDADOR”, éste deberá reintegrarlos dentro de un plazo no mayor a tres días naturales posteriores a la solicitud de “EL COLEGIO”, en caso contrario “El ARRENDADOR” deberá reintegrarlos adicionando los intereses que se calcularán conforme al EMISOR procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos intereses se generarán sobre los pagos mencionados y se computarán por días naturales, desde el cuarto día posterior a la solicitud de reintegro de “EL COLEGIO” y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL COLEGIO”. “EL COLEGIO” manifiesta su consentimiento a “EL ARRENDADOR”, para que realice los débitos respectivos. Dichos cargos por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y éste ceda sus derechos de cobro a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y en el Cuadro de Condiciones Específicas, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando el cobro favor de un cheque girado contra un EMISOR intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas, en términos del exterior implique gastos adicionales al EMISORnumeral 10, éste debitará de las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la cuenta del TARJETAHABIENTE el total Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de estos gastos en calidad Nacional Financiera S.N.C., Institución de cargos administrativos. En el caso Banca de cargos como los descritos en la cláusula siguiente de este Contrato, suscritos o realizados por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colón, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en DólaresDesarrollo.

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Samples: www.colsan.edu.mx

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos los Pagos al EMISOR lugar de pago se efectuará en las oficinas centrales administrativas del EMISOR COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, ubicadas en la República xx Xxxxx RicaXxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 0000, Provincia Xxxxxxx Xxx Xxxxx, X.xx. 03100, Delegación Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacionalMéxico. El TARJETAHABIENTE podrá realizar monto a que se refiere la cláusula anterior será cubierto por el "EL CLIENTE" a "EL PRESTADOR", mediante cheque o transferencia, en una exhibición de 2 Contrato no. TN/CA/ 18/ 199 V ma era posterior al servicio. Previa entrega de la factura correspondiente, misma que se pagará una vez que sea revisada y autorizada por el área respectiva. La factura a que se refiere la presente cláusula deberá contener todos los Pagos en dinero en efectivo requisitos fiscales establecidos en las cajas del EMISORleyes de la materia, mediante chequeincluyendo el complemento INE, transferencia internacional por lo que el incumplimiento de esta formalidad exime a través “SWIFT”UEL CUENTE" de cualquier responsabilidad que se pueda originar por la falta de pago de la misma, transferencia local a través “SINPE”señalando que podrá existir un margen de máximo de 20 dias, débito en relación a la cuenta corrienteexpedición de la factura y la expedición del pago a los proveedores. QUINTA DE L A tfISCALIZACIÓN. "EL PRESTADOR" que suscribe el presente contrato, débito aceptan y se obligan a la cuenta de ahorrosometerse a las obligaciones fiscales emitidas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a través de Scotia en Líneala Unidad Técnica de Fiscalización encargada de fiscalizar los recursos de los Partidos Políticos, cualquier otro medio que en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o medio de pago aceptada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza el Pago no pudiere ser cobrado objeto de coadyuvar con "EL CUENTE" en solventar las posibles observaciones por el EMISOR, el monto del mismo será debitado parte de la cuenta autoridad electoral, derivadas del TARJETAHABIENTE junto con los cargos por cheque devuelto establecidos en el “Cuadro presente contrato. En virtud de Condiciones Específicas”lo anterior, así como los cargos por servicio dejados de cobrar al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago original. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente al EMISOR para que realice los débitos respectivos. Dichos cargos por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y ambas partes autorizan a la misma tasa Unidad Técnica de Fiscalización de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato recursos de los Partido Politicos del Instituto Nacional Electoral a solicitar información que estime necesaria con la finalidad de verificar el origen y en el Cuadro monto de Condiciones Específicas, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISOR, éste debitará de la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos en calidad de cargos administrativos. En el caso de cargos como los descritos en la cláusula siguiente de este Contrato, suscritos o realizados por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colón, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólaresrecursos obtenidos.

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Samples: Contrato Prestacion De Servicios

LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos los Pagos al EMISOR en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas en “LA CONVOCANTE” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” “LOS SERVICIOS”, veinte días naturales posteriores a la República xx Xxxxx Rica, Provincia de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida presentación de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, facturas y será liquidado mediante cheque nominativo o en cualquiera transferencia electrónica (cumpliendo con los requisitos establecidos por el Departamento de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional Cuentas por Pagar) a través favor de SWIFTEL PROVEEDOR”, transferencia local por lo que este se compromete a través presentar para su revisión las facturas correspondientes y deberán presentar el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet) en formato XML en forma electrónica, en una unidad de almacenamiento USB, en formato PDF, las cuales deberán contener el desglose de SINPELOS SERVICIOS”, débito así como el número de contrato, ajustándose a los precios establecidos en el mismo y la cuenta corrientedeterminación, débito en su caso, de la pena convencional y deducciones al pago aplicables. Los días para la presentación de facturas a revisión serán los viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente día hábil, en el Departamento de Contabilidad de “LA CONVOCANTE”, ubicada en el kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Nativitas, Santa Xxxxxx Tetlatlahuca, Tlaxcala. C.P. Noventa Mil Setecientos Treinta (90730). Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la cuenta Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a nombre de ahorro“EL PROVEEDOR”, conforme a las Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, a través de Scotia cheque nominativo en Líneala Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Nativitas, cualquier otro medio Santa Xxxxxx Tetlatlahuca, Tlaxcala. C.P. Noventa Mil Setecientos Treinta (90730), o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”, en caso que la factura entregada por el proveedor para su revisión, presente errores o deficiencias, LICONSA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a los de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos de los Artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 09:00 a las 14:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago aceptada la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza indique el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado nombre de la institución bancaria, número de cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por cheque devuelto establecidos la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Contabilidad de Cuadro LA CONVOCANTE” Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de Condiciones Específicasla legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se entreguen durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los cargos plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por servicio dejados lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de cobrar “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago originalde daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al EMISOR para pago que realice los débitos respectivos. Dichos cargos “EL PROVEEDOR” deba efectuar por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el Cuadro entendido de Condiciones Específicasque en el supuesto de que sea rescindido el contrato, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando procederá el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISORdicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, éste debitará por lo que en caso de rescisión la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos garantía se hará efectiva en calidad de cargos administrativosforma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de cargos como pago de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descritos descuentos pendientes de aplicar en la cláusula siguiente última factura que presente para pago. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de este Contratocobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, suscritos pequeña o realizados mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.”. Esta es la liga para poderse afiliar: xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxx- productivas/. En el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colónsupuesto de que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago de las penalizaciones y/o deducciones económicas que alude el numeral 4.3 de esta convocatoria, dentro o fuera del país, éste el “LICITANTE” que resulte adjudicado acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación se hagan todos los descuentos pendientes de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados aplicar en la cláusula correspondiente última factura que se presente para pago. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de este Contrato también en Dólareslas penas convencionales a las que se haya hecho acreedor.

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LUGAR Y FORMA DE PAGO. El TARJETAHABIENTE deberá hacer todos Los días para la presentación de facturas a revisión serán los Pagos martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al EMISOR en las oficinas centrales del EMISOR ubicadas siguiente día hábil, en la República xx Xxxxx Rica, Provincia Coordinación de San Xxxx, Cantón Central, Distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida Finanzas de las Américas, frente al costado norte del Estadio Nacional, Edificio Scotiabank, o en cualquiera de sus Sucursales dentro del territorio nacional. El TARJETAHABIENTE podrá realizar los Pagos en dinero en efectivo en las cajas del EMISOR, mediante cheque, transferencia internacional a través SWIFTLA CONVOCANTE”, transferencia local ubicado en la Planta Alta de la Calle Santa Catarina Número 2, Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a través nombre de SINPEEL PROVEEDOR”, débito conforme a la cuenta corriente, débito a la cuenta de ahorrolas Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, a través de Scotia cheque nominativo en Líneala Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Santa Catarina Número 2, cualquier otro medio Colonia Santa Catarina, C.P. 56619, Xxxxx xx Xxxxxx Solidaridad, Estado de México, o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el futuro se disponga, o cualquier otra forma o plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago aceptada la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el EMISOR. Los Pagos realizados diferentes a dinero “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en efectivo se considerarán valores en tránsito para todos los efectos hasta tanto no hayan sido hechos efectivos. Si el cheque con el que se realiza indique el Pago no pudiere ser cobrado por el EMISOR, el monto del mismo será debitado nombre de la institución bancaria, número de cuenta del TARJETAHABIENTE junto con los cargos y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por cheque devuelto establecidos la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Finanzas de Cuadro LA CONVOCANTE” Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de Condiciones Específicasla legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los cargos plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por servicio dejados lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de cobrar “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al TARJETAHABIENTE con ocasión del registro del pago originalde daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. El TARJETAHABIENTE autoriza expresamente pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al EMISOR para pago que realice los débitos respectivos. Dichos cargos “EL PROVEEDOR” deba efectuar por servicio serán calculados sobre el monto del cheque y a la misma tasa de los Cargos por servicios estipulados en este Contrato y concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el Cuadro entendido de Condiciones Específicasque en el supuesto de que sea rescindido el contrato, entendiéndose que estos cargos por servicio no son bonificables. Si el cheque fuere devuelto por un EMISOR del exterior, el EMISOR cobrará al TARJETAHABIENTE las Comisiones y otros gastos en los que haya debido incurrir a raíz de tal situación. De la misma forma, cuando procederá el cobro de un cheque girado contra un EMISOR del exterior implique gastos adicionales al EMISORdicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, éste debitará por lo que en caso de rescisión la cuenta del TARJETAHABIENTE el total de estos gastos garantía se hará efectiva en calidad de cargos administrativosforma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de cargos como pago de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descritos descuentos pendientes de aplicar en la cláusula siguiente última factura que presente para pago. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de este Contratocobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, suscritos pequeña o realizados mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por el TARJETAHABIENTE en moneda diferente al Colóncobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, dentro o fuera del país, éste acepta en forma expresa e irrevocable que las mismas constituyen una obligación de su parte en Dólares a favor del EMISOR, debiendo efectuar en este caso los pagos indicados en la cláusula correspondiente de este Contrato también en Dólares.S.N.C.”. xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx.xxxx

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Samples: Contrato Para La Contratación Del Servicio De Mantenimiento a Compresores De Aire Y Secador De Aire