Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. Siempre que el CLIENTE
1) PAGO ANTICIPADO PARCIAL: Dicho pago anticipado se aplicará al monto principal, es decir, al saldo insoluto del CRÉDITO, lo que repercutirá únicamente en la disminución del monto de las mensualidades y no en el plazo acordado. Realizado el pago, el CLIENTE, dentro de las 24 (veinticuatro) horas hábiles siguientes, deberá de informar a VWB a través del Centro de Atención a Clientes de VWB, en DÍAS HÁBILES y en horario de atención a clientes, que el pago anticipado lo realizó como pago al principal. VWB proporcionará al CLIENTE un número de folio que servirá como acuse de recibo de su notificación de pago. Mediante los ESTADOS DE CUENTA siguientes, VWB le informará al CLIENTE el nuevo monto de su mensualidad, el nuevo saldo insoluto y le proporcionará una nueva TABLA DE AMORTIZACIÓN.
2) PAGO ANTICIPADO TOTAL: En cualquier tiempo, durante la vigencia de este CONTRATO, el CLIENTE podrá solicitar a VWB la terminación anticipada del mismo, realizando el pago anticipado total del CRÉDITO, de acuerdo al siguiente procedimiento: El CLIENTE deberá de comunicarse al Centro de Atención a Clientes de VWB, en DÍAS HÁBILES y en horario de atención a clientes a efecto de solicitar el saldo insoluto, el cual será informado por VWB a más tardar el DÍA HÁBIL siguiente de dicha solicitud, donde VWB proporcionará al CLIENTE un número de folio que servirá como clave de confirmación. A fin de garantizar la seguridad del CLIENTE y la operación, el Centro de Atención a Clientes de VWB deberá cerciorarse de la autenticidad y veracidad de la identidad del CLIENTE, por los medios que estime convenientes, confirmando los datos vía telefónica.
a) El saldo insoluto informado, sólo tendrá vigencia por el término de 24 (veinticuatro) horas, por lo que si el CLIENTE no realiza el pago en dicho plazo, deberá de solicitar una actualización de saldo deudor.
b) En caso de que el CLIENTE realice el pago de la totalidad del CRÉDITO otorgado, así como de los accesorios generados, VWB informará al CLIENTE, la terminación del CONTRATO, o bien, entregará el ESTADO DE CUENTA siguiente a la fecha de pago sin adeudo alguno.
c) En caso de que parte del CRÉDITO se haya destinado al pago de SEGUROS, el CLIENTE podrá optar por instruir expresamente a VWB para que una vez aplicado el pago anticipado de la totalidad del CRÉDITO, éste cancele la(s) póliza(s) correspondiente(s) y, en su caso, reciba de la(s) ASEGURADORA(S) que la(s) haya(n) expedido el monto de las primas no devengadas...
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. El Cliente podrá efectuar en cualquier tiempo Pagos Anticipados o Pagos Adelantados en pago del crédito, los cuales se aplicarán al pago del Saldo Insoluto. Salvo que el Cliente solicite que se disminuya el número de pagos a realizar, los pagos anticipados parciales reducirán el monto de las amortizaciones pendientes. En ambos supuestos, el Banco calculará el importe de los intereses por devengar con base en el nuevo Saldo Insoluto. Los Pagos Anticipados tendrán efecto a partir de la fecha de aplicación del pago.
I. El Banco está obligado a recibir Pagos Anticipados siempre que: a) El Cliente lo solicite; b) El Cliente se encuentre al corriente en los pagos exigibles de conformidad con el presente Contrato; y c) El importe del Pago Anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el período mensual correspondiente. Cuando el Cliente solicite efectuar Pagos Anticipados, el Banco le informará el Saldo Insoluto. Dicha información será dada por el Banco por escrito si el Pago Anticipado se efectúa en alguna de las sucursales del Banco o por cualquier otro medio, incluyendo sin limitar medios remotos, electrónicos o envío de mensaje de datos al Cliente, cuando el pago se realice fuera de sucursal. El Pago Anticipado se aplicará en forma exclusiva al Saldo Insoluto del principal, siempre y cuando el Cliente esté al corriente en el pago de: a) el principal; b) los intereses ordinarios devengados, así como; c) en su caso, los intereses moratorios devengados, las Comisiones y cargos pactados al amparo del presente Contrato. El hecho de que el Cliente anticipe abonos a capital, no lo exime de la obligación de efectuar los pagos mensuales que está obligado a cubrir. Tratándose de Pagos Anticipados parciales, el Banco deberá dar a conocer el nuevo Saldo Insoluto y el plazo al Cliente por escrito, en los propios estados de cuenta o a través de su página de Banca Personal por Internet si el Cliente cuenta con dicho servicio. En el caso de pagos anticipados por un importe igual al Saldo Insoluto, el Banco informará al Cliente la terminación del contrato y le entregará el finiquito y demás documentación que corresponda. Al recibir un Pago Anticipado, el Banco pondrá a disposición del cliente el mismo día de haber realizado el pago la Tabla de Amortización actualizada en cualquier sucursal del Banco.
II. En caso de que el Cliente lo solicite, el Banco recibirá pagos que aún no sean exigibles con el fin de aplicarlos a cubrir pagos periódicos inm...
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados a) Pagos Anticipados.
b) Pagos Adelantados
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. El Cliente podrá anticipar pagos adicionales sobre sus obligaciones exigibles de pago de conformidad a lo establecido en el presente Contrato, para lo cual deberá solicitar en cualquier Sucursal, el tipo de pago que pretenda realizar, sujetándose a lo siguiente:
I. Tratándose de Pagos Anticipados. Afirme aceptará pagos por anticipado, siempre y cuando: (i) El Cliente se encuentre al corriente en todos y cada uno de sus obligaciones de pago derivadas del presente Contrato; y (ii) el pago anticipado deberá ser por lo menos por el equivalente al importe de una amortización del Crédito. Todo pago anticipado se aplicará exclusivamente al saldo insoluto del Crédito, en el entendido de que dichos pagos anticipados, reducirán el monto de los pagos periódicos pendientes. Afirme entregará al Cliente un comprobante del pago anticipado efectuado así como su nueva tabla de amortización, y le informará mediante los estados de cuenta correspondientes al Crédito, el monto del saldo insoluto, una vez que haya sido aplicado el pago anticipado. El Cliente no podrá volver a disponer de las cantidades pagadas.
II. Tratándose de Pagos Adelantados. Para el caso de que el Cliente solicite a Afirme, recibir pagos que aún no sean exigibles con el fin de aplicarlos a cubrir pagos periódicos inmediatos siguientes, el
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. A) Pagos Anticipados. Siempre que el Cliente esté al corriente en el pago de su crédito y el importe del Pago Anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el periodo correspondiente, podrá efectuar en cualquier tiempo Pagos Anticipados, eligiendo al inicio de su crédito, mediante la sección especial de este Contrato, el esquema de pago anticipado entre los siguientes:
I. Disminución de plazo. En este caso el Pago Anticipado se aplicará al Saldo Insoluto del crédito cubriendo las últimas amortizaciones por vencer, en orden a su pago, y como consecuencia el plazo se verá reducido.
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. El Cliente podrá efectuar en cualquier tiempo Pagos Anticipados o Pagos Adelantados en pago del(los) crédito(s), los cuales se aplicarán al pago del Saldo Insoluto del(los) crédito(s) en orden inverso al del vencimiento de las amortizaciones respectivas, es decir, se aplicarán a las últimas que vayan a vencer y tendrán efecto a partir de la fecha de aplicación del pago.
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. El Cliente podrá efectuar en cualquier tiempo Pagos Anticipados, siempre que el Cliente se encuentre al corriente en los pagos exigibles de conformidad con el presente Contrato y el importe del Pago Anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el período mensual correspondiente. Los Pagos Anticipados se aplicarán en orden inverso al vencimiento y tendrán efecto a partir la fecha de aplicación del pago, aplicándose exclusivamente al saldo insoluto de los créditos simples.
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. El Cliente podrá pagar antes de su vencimiento parcial o totalmente, sin pena ni premio, el importe de la suma dispuesta. En caso de realizar pagos parciales serán aplicados al saldo insoluto del principal disminuyendo el número de las amortizaciones restantes, lo anterior siempre y cuando el Cliente se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que le impone este Contrato y el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el periodo correspondiente, conforme a la forma y fecha de acreditación de los pagos señalada en la Cláusula Décima Segunda.
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. El Cliente podrá efectuar en cualquier tiempo Pagos Anticipados o Pagos Adelantados en pago del crédito.
Pagos Anticipados y Pagos Adelantados. El Cliente podrá efectuar en cualquier tiempo Pagos Anticipados o Pagos Adelantados en pago del(los) crédito(s), los cuales se aplicarán al pago del Saldo Insoluto del(los) crédito(s) en orden inverso al del vencimiento de las amortizaciones respectivas, es decir, se aplicarán a las últimas que vayan a vencer y tendrán efecto a partir de la fecha de aplicación del pago.
I. El Banco está obligado a recibir Pagos Anticipados siempre que: A. El Cliente lo solicite; B. El Cliente se encuentre al corriente en los pagos exigibles de conformidad con el presente Contrato y;