Mantenimiento MÁSMÓVIL reparará las averías que se produzcan en todos los Equipos cedidos y relacionados con la prestación del Servicio que hubieran sido proporcionados por MÁSMÓVIL, asumiendo el coste de las mismas siempre y cuando se hubieran producido por causas no imputables al Cliente. En caso de que el Cliente detecte una avería en el Equipo o un mal funcionamiento del Servicio deberá ponerse en contacto con el Servicio de atención técnica de MÁSMÓVIL llamando al Servicio de Atención al Cliente. MÁSMÓVIL empleará los medios que en cada momento considere necesarios para resolver la incidencia.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Para el desarrollo de los procesos de revisión y mantenimiento preventivo se utilizarán los protocolos de mantenimiento establecidos por los fabricantes, que detallan todas las acciones que los técnicos deben realizar durante las revisiones preventivas, los test y calibraciones necesarias, así como las verificaciones de los diferentes parámetros. Al inicio del contrato se realizará una medición de atenuación en cada una de las jaulas objeto del contrato, remitiéndose informe a Osatek. Estas mediciones se efectuarán al menos una vez cada dos años. La empresa adjudicataria elaborará un checklist de los elementos a revisar en el mantenimiento preventivo, que remitirá a Osatek. Cualquier variación deberá ser consultada y acordada previamente con Xxxxxx. Se incluirán al menos 2 revisiones anuales de mantenimiento preventivo La empresa adjudicataria presentará el oportuno programa de trabajo con el calendario de revisiones para su aprobación por Xxxxxx. Las revisiones que resulten necesarias para el correcto funcionamiento de los Equipos indicados se realizarán en los horarios y fechas previamente acordados con Osatek. Se incluirán todas las actividades de limpieza, mediciones, comprobaciones, regulaciones, chequeos, ajustes, reglajes, engrases, etc., y todas aquellas acciones que tiendan a asegurar un estado óptimo de los equipos y sistemas desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético e incluso de protección de medio ambiente, incluida la monitorización de las condiciones ambientales de las salas. Control, regulación y vigilancia de los parámetros funcionales que definen el buen estado de funcionamiento de los equipos, así como aquellos parámetros objeto de especial vigilancia. En los quince días posteriores a la realización del mantenimiento preventivo correspondiente al periodo anterior, se entregará informe técnico sobre el mismo. Como requisito previo al comienzo del mantenimiento preventivo se realizará una copia de seguridad de los datos. Posteriormente se llevarán a cabo las comprobaciones y revisiones, como mínimo, de los siguientes elementos: o Chequeos de seguridad: Inspección visual general. (Tapas, cableado, tubo y válvula de quench,…) Formaciones de hielo en la xxxxx xxx xxxx y/o sistema de ventilación Chequeos fugas de helio Filtros de confort de paciente si los hubiera Documentación de usuario legible y disponible Etiquetas de los botones de usuario legibles Identificación del área de acceso controlada (0.5 mT) Chequeo de las etiquetas con señales de precaución/peligro de acceso Etiqueta de ruido peligroso Etiqueta de peligro de laser de posicionamiento Chequear sistema de apertura/cierre puerta de la cabina de RF Etiquetas de peligro en mesas intercambiables Etiquetas de bobinas de niños si las hubiera Medida de las tierras en todos los componentes del sistema Funcionales Setas xx xxxxxx eléctrica de emergencia Parada de potencia de gradientes por rebasar el limite Parada de emergencia de la mesa Movimientos y tolerancias de la mesa Parada de emergencia xxx xxxx Verificación funcionamiento todas las bobinas (Relación señal/Ruido, Cables en correcto estado) o Chequeos de Sistema Limpieza del ordenados principal Chequeos del monitor Ventiladores de refrigeración de diferentes componentes Niveles de agua de refrigeración Monitoreo sistema de enfriamiento xxx xxxx (Cold Head) Mantenimiento del compresor de helio Mantenimiento especifico de mecánica de la mesa de paciente Control de calidad de imagen del sistema Borrado archivos temporales Copia de seguridad de software/configuración del sistema Comprenderá la realización de todo tipo de actuaciones tendentes a la reparación y puesta en servicio de los equipos en los plazos más exiguos posibles. A modo enunciativo no limitativo: - Reparación de todo tipo de averías o fallos en el funcionamiento de los elementos objeto de este contrato, corrección de desajustes y defectos causados por el desgaste natural, con aportación de materiales de repuesto originales, incluida la sustitución de piezas, bobinas, mano de obra, desplazamientos y dietas necesarias. - Sustitución de las piezas necesarias, empleando para ello repuestos originales. - Programa de evolución tecnológica (Evolve): actualización y mejoras continuas de software y hardware del material contratado recomendados por la casa de procedencia. - Actualizaciones de software (updates y upgrades) a las versiones más recientes. - Aportación de herramientas especiales, aparatos de medida y control, necesarios para el mantenimiento incluido soporte telefónico y diagnóstico remoto (si está disponible para el equipo). La empresa adjudicataria empleará en las reparaciones repuestos originales, reciclando los repuestos inutilizados.
Seguimiento 1.- LA EXIGENCIA DE CONSUMO DE DETERMINADOS PRODUCTOS. La empresa adjudicataria deberá utilizar en la prestación objeto del contrato productos ecológicos, de producción integrada, frescos y/o de temporada, así como de productos de Denominación de Origen Protegidos o con Indicaciones Geográficas Protegidas o equivalentes, en la prestación del servicio o en el contenido del suministro. La obligación, que será concretada por el órgano de contratación se establecerá bien sobre determinados productos (por ejemplo: verdura, fruta, carne, lácteos o pescados) o bien sobre un importe determinado o un porcentaje del precio calculado sobre el total del presupuesto destinado a la adquisición a los productos referidos en el párrafo primero. Véanse a este respecto los criterios de compra verde para alimentación (divididos entre comedor, catering puntuales y vending) de IHOBE en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/XxxxxxxxxxXxxxxx/Xxxxx.xxxx?XxXxxx=0XXX00X0-XXX0-0XX0-0000- 49D53CBBDF01&Idioma=es-ES Dicha obligación se acreditará mediante la presentación de una DECLARACIÓN RESPONSABLE. A tal fin, se entiende por agricultura ecológica el sistema de cultivo agrícola basado en la utilización óptima de los recursos naturales de manera sostenible y equilibrada, sin emplear productos químicos u organismos genéticamente modificados, ni para abono ni para prevenir las plagas, logrando de esta forma obtener alimentos orgánicos a la vez que se conserva la fertilidad de la tierra y se respeta el medio ambiente, conforme el Reglamento CE 834/2007, de 28 xx xxxxx de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos. El producto de producción integrada es aquel cultivado utilizando mecanismos de producción y métodos biológicos y químicos de control que intentan reducir los impactos medioambientales de la agricultura conforme el Real Decreto 1201/2002 por el que se regula la Producción Integrada de productos agrícolas y normas técnicas derivadas. El producto fresco se define conforme a los términos recogidos por el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español, o de las correspondientes reglamentaciones específicas de cada producto. Son productos de temporada aquellos que se cultivan al aire libre o que se pescan en cada temporada en la región, en línea con el calendario de productos de temporada recogidos en los criterios simplificados de compra verde de Ihobe : xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxx/Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/XXX/0- COMEDORES_CRIT_SIMP_CAS.pdf Este criterio se aplicará respecto a las principales frutas, verduras y pescados recogidos en los menús a servir.
Trabajo nocturno Las horas trabajadas en el período comprendido entre las 22 horas y las 6 horas, u otros horarios que deban pactarse por circunstancias especiales, tendrán la consideración de trabajo nocturno, y se incrementarán a efectos de retribución en un 25 % sobre el salario. Esto no será de aplicación cuando el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO Cuando se produzca un evento que pudiese dar lugar a una indemnización bajo esta póliza, el Asegurado y/o Tomador deberán: 1. Comunicar al Instituto el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días hábiles siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer. Para tal tramite, el Instituto pone a su disposición los siguientes medios de comunicación: Teléfono: 800-Teleins (000-0000000) Fax: 2221-2294 Correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxx-xx.xxx 2. Además, en caso que se sospeche haya ocurrido daño malicioso o premeditado, inmediatamente informará al organismo o autoridad competente, y prestará toda la asistencia razonable para el descubrimiento y denuncia de las personas que se presuman responsables, así como en la investigación o recuperación de la propiedad pérdida o indemnizada. Asimismo, tornará todas las acciones que sean necesarias y que el Instituto requiera para atender la subrogación. 3. Dentro de los quince 15 (días) naturales siguientes al aviso de siniestro, el Asegurado presentará un detalle de la pérdida que contenga un recuento, de todos los artículos o partes de la propiedad pérdida, destruida o dañada. 4. Los plazos señalados en los incisos anteriores es el establecido por el Instituto para verificar las circunstancias del evento, valorar las pérdidas y orientar apropiadamente las acciones pertinentes para resolver el siniestro. Caso contrario los daños ocurridos en el siniestro, la valoración de la pérdida y de la suma asegurada, se establecerá con los valores vigentes en la fecha del siniestro. 5. Si se determinara que el monto de la pérdida se ha visto incrementada como consecuencia de la presentación del reclamo fuera del plazo establecido, el Asegurado deberá demostrar la pérdida real sufrida a consecuencia directa del siniestro, aportando los mismos requisitos que se solicitan en el presente artículo. 6. Entregar todas las pruebas e información con respecto a la solicitud de indemnización a medida que éstas sean requeridas. 7. Emplear los medios a su alcance para disminuir las consecuencias del siniestro, incluyendo la obligación de no desatender la cosa asegurada. El incumplimiento d esta obligación facultara al Instituto para reducir su prestación en proporción al daño que se pudo haber evitado. El Instituto quedara liberado de toda prestación derivada del siniestro si el Asegurado incumpliera esta obligación con dolo. 8. Conservar las partes dañadas a fin de que puedan ser evaluadas por el Instituto, por lo que, tan pronto como el Asegurado haya informado del siniestro, permitirá que un representante del Instituto inspeccione la propiedad afectada, antes de que se proceda a hacer reparaciones o alteraciones. Se exceptúan aquellas reparaciones de emergencia que previa autorización del Instituto, el Asegurado tenga que efectuar para cumplir con la obligación de adoptar las medidas necesarias, antes y después del siniestro, con el fin de aminorar la pérdida, la destrucción o el daño, para los eventos cubiertos. 9. En caso de siniestro amparable bajo este contrato, las pérdidas de bienes propiedad del Asegurado o que estén bajo su responsabilidad, declarados en esta póliza, serán cuantificadas únicamente con el Asegurado, su representante o causa habiente según se requiera. El incumplimiento de estos incisos facultará al Instituto para no acoger el reclamo. El Asegurado tendrá derecho a apelar las resoluciones del Instituto. La exigencia u organización de documentos o comprobantes por parte del Instituto no Implica xxxxxxxx de responsabilidad, así como tampoco la actuación del mismo en el siniestro y aún posteriormente.
CUMPLIMIENTO DE LA LEY El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.
Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.