MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. La presentación de una oferta lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días contados desde la fecha de apertura de la Licitación.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Los oferentes se obligan a mantener sus ofertas por el término de treinta (30) días hábiles como mínimo, a contar de la fecha de apertura, de la presente CONTRATACIÓN POR ADJUDICACIÓN SIMPLE. Transcurrido dicho término sin haberse dictado el correspondiente Acto Administrativo de Adjudicación, el plazo de mantenimiento de la/s oferta/s quedará automáticamente prorrogado hasta el dictado del referido instrumento legal, salvo desistimiento expreso de la parte interesada.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas, se consideran firmes y válidas durante noventa (90) días a contar desde la fecha fijada para la apertura de ofertas, prorrogable por otros sesenta (60) días más a pedido de la Comitente. Quien resulte Adjudicatario deberá mantener las mismas hasta tanto se formalice el respectivo Contrato de Obra.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Los oferentes deberán mantener sus propuestas por un plazo de sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de apertura de la licitación. Vencido dicho término se considerará automáticamente prorrogado por igual período, salvo manifestación en contrario por parte del oferente, la que deberá hacerse al momento de presentación de la cotización.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Los Oferentes estarán obligados a mantener sus propuestas por el término de noventa (90) días, a contar desde la fecha de apertura de la licitación. Cumplido el plazo sin que se hubiera resuelto la adjudicación, los oferentes podrán intimar a la Municipalidad a pronunciarse en el término xx xxxx (10) días, contados a partir de la recepción del requerimiento, bajo apercibimiento de retirar las propuestas. Mientras la Municipalidad no fuere intimada se entenderá que las ofertas se mantienen en todos sus términos.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Los Proponentes deberán mantener sus propuestas por el término de 45 días a contar de la fecha de apertura de Licitación. Vencido el mismo, si no hubiera definición, se prorrogará automáticamente por un plazo igual, salvo indicación fehaciente del Oferente en sentido contrario.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Los oferentes deberán mantener sus propuestas durante el lapso de cuarenta y cinco (45) días a partir del acto de apertura de ofertas. Durante este plazo rige el principio general de la obligatoriedad del mantenimiento de la oferta, por lo que si la adjudicación se efectúa dentro del mismo el contrato queda perfeccionado. Al vencimiento de los plazos fijados para el mantenimiento de las ofertas, éstas caducarán automáticamente. No obstante, el organismo licitante podrá solicitar por notificación fehaciente la extensión del plazo de mantenimiento de las ofertas, antes de su vencimiento, en no más de dos (2) oportunidades por procedimiento, salvo que por motivos fundados sea necesario requerir una nueva prórroga. La falta de contestación expresa de los proponentes comportará su desistimiento. Si en la licitación respectiva se formulara la impugnación a la preadjudicación, el plazo de mantenimiento de las propuestas se considerará automáticamente ampliado en cinco (5) días. Vencido el plazo sin haberse efectuado adjudicación, la oferta caducará, salvo que obtuviere prórroga del proponente.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Los oferentes se obligan a mantener sus ofertas por el término de sesenta (60) días hábiles como mínimo, a contar de la fecha de apertura de las propuestas para la presente contratación para LOCACIÓN DE INMUEBLE. Transcurrido dicho término sin haberse dictado el correspondiente Acto Administrativo de Adjudicación, el plazo de mantenimiento de la/s oferta/s quedará automáticamente prorrogado hasta el dictado del referido instrumento legal, salvo desistimiento expreso de la parte interesada.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Artículo 14º) Los licitantes deberán establecer en sus propuestas el plazo de mantenimiento de las mismas, el cual no podrá ser menor que aquel que en cada caso fije el pliego de condiciones particulares como término mínimo de validez. La oferta que omitiera establecer plazo de mantenimiento se considerará válida por el plazo minino fijado en el Pliego de condiciones particulares. El proponente que retire su oferta antes del vencimiento del término de vigencia perderá la garantía depositada. El adjudicatario que se niegue a su cumplimiento luego de haberse dictado y notificado en tiempo la resolución de adjudicación, también perderá la garantía depositada.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. El mantenimiento de la Propuesta deberá ajustarse a lo siguiente: