PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS Cláusulas de Ejemplo

PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas. Vencido dicho plazo se entenderá que el mismo se prorrogará automáticamente por igual plazo y así sucesivamente, de no mediar comunicación escrita de lo contrario, o retiro de la propuesta por parte del interesado. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de sesenta (60) días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; en caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Los proponentes están obligados a mantener sus propuestas por un plazo de treinta (30) días hábiles, o bien el que especialmente se indique en el Pliego de Condiciones Particulares, contados desde la de fecha del acto de apertura. Si dentro de este plazo algún oferente retirase su propuesta, perderá a favor del Estado la garantía del cinco por ciento (5%) constituida al presentarla, comunicándose tal situación al Programa de Registro de Contratistas, para la aplicación de las sanciones que correspondieren. El plazo de mantenimiento de las propuestas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el acto de adjudicación, a menos que los oferentes se retracten por escrito después del vencimiento del mismo y antes de la adjudicación.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas serán válidas y obligarán a los oferen­tes por el término de 90 (noventa) días a contar desde el día siguiente a la apertura de las mismas a menos que, antes de expirar dicho plazo, la Administra­ción ya se hubiera expedi­do respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta, y falta de pronunciamiento de esta última, en el término de 10 (diez) días perentorios.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. La presentación de la oferta, importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que puede alegar en adelante el oferente su desconocimiento, por lo que no será necesario la presentación de los pliegos de la oferta. El solo hecho de presentar la propuesta obliga al oferente al mantenimiento de la misma por un período de treinta días hábiles a contar de la apertura de los sobres.-
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; en caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada. 10.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según corresponda: 1. Precio 2. Calidad Respaldo técnico Plazo de entrega
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; en caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada. 10.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según corresponda: 1. Precio 2. Calidad Antecedentes de la empresa, con el Organismo, con la Administración y en plaza. En caso de no especificarse una ponderación diferente para cada variable, la misma será igual para cada una de ellas. 10.2 La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta: a) por falta de información suficiente o, a solicitar información complementaria, a fin de emitir un juicio fundado. b) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes. 10.3 Tratándose de servicios provenientes del exterior, en la comparación de las ofertas se respetarán las preferencias que se establezcan para países incorporados a organizaciones de comercio, comunidades o convenios aduaneros o de integración o producción a los que esté adherida la República Oriental del Uruguay. A tales efectos, se exigirán los certificados de origen debidamente avalados por las autoridades competentes en los casos que correspondan. 10.4 La comparación de las ofertas se verificará incluyendo impuestos. Cuando el oferente no desglose el importe de los impuestos, se considerarán incluidos en el monto de la oferta. 10.5 La preferencia a los servicios nacionales frente a los extranjeros tendrá el alcance, naturaleza y procedimientos de cálculo establecidos en la normativa vigente. En estos casos no se incluirán los importes correspondientes a los impuestos a las transacciones ...
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 45 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas. Si no se indicara expresamente el término de validez, se entenderá que el oferente se compromete a mantenerla durante el plazo referido, a menos que, antes de expirar dicho plazo, la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 45 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de estas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a AEBU manifestando su decisión de retirar la oferta.