PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas. Vencido dicho plazo se entenderá que el mismo se prorrogará automáticamente por igual plazo y así sucesivamente, de no mediar comunicación escrita de lo contrario, o retiro de la propuesta por parte del interesado. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de sesenta (60) días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; en caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Los proponentes están obligados a mantener sus propuestas por un plazo de treinta (30) días hábiles, o bien el que especialmente se indique en el Pliego de Condiciones Particulares, contados desde la de fecha del acto de apertura. Si dentro de este plazo algún oferente retirase su propuesta, perderá a favor del Estado la garantía del cinco por ciento (5%) constituida al presentarla, comunicándose tal situación al Programa de Registro de Contratistas, para la aplicación de las sanciones que correspondieren. El plazo de mantenimiento de las propuestas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el acto de adjudicación, a menos que los oferentes se retracten por escrito después del vencimiento del mismo y antes de la adjudicación.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas serán válidas y obligarán a los oferentes por el término de 90 (noventa) días a contar desde el día siguiente a la apertura de las mismas a menos que, antes de expirar dicho plazo, la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta, y falta de pronunciamiento de esta última, en el término de 10 (diez) días perentorios.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Artículo 12: La presentación de la oferta, importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que puede alegar en adelante el oferente su desconocimiento, por lo que no será necesario la presentación de los pliegos de la oferta. El solo hecho de presentar la propuesta obliga al oferente al mantenimiento de la misma por un período de treinta días hábiles a contar de la apertura de los sobres.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios. El incumplimiento en el mantenimiento de su oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% del monto máximo de su oferta (artículo 64 TOCAF).
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas serán válidas y obligarán a los oferentes por el término de sesenta (60) días a contar del siguiente a la apertura de licitación, a menos que, antes de expirar dicho plazo, la IDR ya se hubiera expedido respecto a ellas.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. El mantenimiento de las propuestas será de 40 (cuarenta) días hábiles a partir de la fecha de apertura de los Sobres. Si el o los oferentes no hacen una presentación por escrito confirmando la finalización del plazo de mantenimiento de las ofertas se tendrán las mismas por renovadas automáticamente por el mismo plazo.-
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS. Cuarenta y cinco (45) días