Calidad del Gas. Son las características del Gas en cuanto a especificaciones de calidad a las cuales se refiere el numeral XIV Anexo I de las Condiciones Particulares.
Calidad del Gas. 1.1 El Gas que el REMITENTE entregue al TRANSPORTADOR en el Punto de Entrada y/o Punto de Inicio del Servicio y el Gas que el REMITENTE tome en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, debe cumplir con las especificaciones de calidad que se indican en la regulación.
1.2 Si el Gas entregado por el REMITENTE al TRANSPORTADOR para que éste de inicio al Transporte del mismo, no cumple con las especificaciones de calidad exigidas en la regulación, el TRANSPORTADOR le notificará a éste la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho mas no la obligación de rechazar dicho Gas mientras se corrige tal situación. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el REMITENTE no logra remediar la deficiencia de calidad, el TRANSPORTADOR, a su discreción y sin que tenga la obligación de ello en virtud del presente Contrato, podrá: (i) rechazar el Gas para su transporte ; o (ii)realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas, en cuyo caso el REMITENTE deberá reembolsar al TRANSPORTADOR los sobrecostos en que efectivamente incurra por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del REMITENTE terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el TRANSPORTADOR. .
1.3 Si el Gas entregado por el TRANSPORTADOR al REMITENTE, no cumple con las especificaciones de calidad descritas en la regulación, por circunstancias imputables únicamente al transporte, el REMITENTE le notificará la deficiencia en la calidad y tendrá el derecho de negarse a recibir el Gas mientras se corrige tal situación, lo cual deberá ser notificado previamente al TRANSPORTADOR. Si en un término no superior a tres (3) días calendario, el TRANSPORTADOR no logra remediar la deficiencia de calidad, el REMITENTE, a su discreción, podrá realizar las actividades que le permitan aceptar dicho Gas. El TRANSPORTADOR deberá reembolsar al REMITENTE, los sobrecostos en que efectivamente incurrió por estas actividades, cuyo presupuesto deberá ser acordado previamente. La responsabilidad del TRANSPORTADOR terminará para este caso con el pago de los sobrecostos incurridos por el REMITENTE.
1.4 Es responsabilidad del REMITENTE disponer en el Punto de Entrada y en el Punto de Salida y/o Punto de Terminación del Servicio, de los sistemas de medición que se requieran para la medición volumétrica y la determinación de la calidad del gas, de acuerdo con lo establecido en la regulación
1.5 La verificación de la calidad del Gas tan...
Calidad del Gas. El gas natural entregado por el Titular de la red en el Punto de salida al consumidor cualificado, deberá cumplir con las especificaciones de calidad establecidas en la legislación vigente y, en particular, en las Normas de Gestión Técnica del Sistema.
Calidad del Gas. Son las características del Gas en cuanto a especificaciones de calidad a las cuales se refiere el numeral XIV Anexo I de las Condiciones Particulares, que se encuentran establecidas de conformidad con la Resolución CREG 071 de 1999 Reglamento Único de Transporte (RUT), o aquellas que la modifiquen, adicionen, deroguen o sustituyan.
Calidad del Gas. El Gas que el Comprador entregue al Transportador en el Punto de Inicio del Servicio y el gas que el Transportador entregue al Comprador en el Punto de Terminación del Servicio, cumplirá con las especificaciones de calidad para el gas natural según lo dispuesto por el RUT. El Transportador y el Comprador podrán rechazar el Gas cuando este no cumpla las especificaciones de calidad establecidas en el presente Contrato, conforme lo establecido en el RUT.
Calidad del Gas. Tanto el GNL entregado por la Contratante en el Punto de Entrada de la Planta de Regasificación, como el gas natural entregado al Sistema de Transporte y Distribución o el GNL cargado en cisternas por el Transportista, deberán cumplir con las especificaciones de calidad establecidas en la legislación vigente y, en particular, en las Normas de Gestión Técnica del Sistema. Cuando el Transportista sea avisado o compruebe que va a recibir o está recibiendo GNL en el Punto de Entrada de la Planta de Regasificación fuera de las especificaciones de calidad establecidas en la legislación, podrá: rechazar total o parcialmente el gas fuera de especificaciones, o excepcionalmente, aceptar total o parcialmente el gas, respetando los criterios de fiabilidad y seguridad del sistema gasista. En este caso, la Contratante pagará al Transportista los costes, debidamente justificados, incurridos por éste con motivo de la aceptación del gas natural/GNL fuera de especificaciones. El Transportista empleará sus mejores esfuerzos para admitir el gas de la Contratante si sus instalaciones pueden admitir ese gas sin causar daño alguno al sistema.
Calidad del Gas. La calidad del Gas que el Comprador entregue al Vendedor en el Punto de Inicio del Servicio y la del gas que el Vendedor entregue al Comprador en el Punto de Terminación del Servicio, cumplirá con las especificaciones de calidad para el gas natural según el Reglamento Único de Transporte establecido mediante la Resolución CREG 071 de 1999 o aquella(s) que la modifique(n), adicione(n) o sustituya(n). NOVENA.ACUERDO DE BALANCE. El Comprador, en calidad de remitente de corto plazo, se acoge al acuerdo de balance adoptado entre el remitente primario y el transportador.
Calidad del Gas. La calidad del Gas entregado a los Usuarios del Sistema debe cumplir con la Norma de Calidad del Gas (NOM-001-SECRE-1997). El poder calorífico del Gas suministrado podrá variar eventualmente de acuerdo con su procedencia de las diversas fuentes de suministro. El Permisionario y los Usuarios de Distribución Simple se comprometen a que la calidad del Gas a ser entregado sea conforme a la Norma de Calidad del Gas, exceptuando los casos de fuerza mayor en que el gas recibido del transportista no cumpla los requisitos de la Norma de Calidad del Gas. El procedimiento para la facturación del poder calorífico en los consumos de los clientes deberá ser elaborado por el Permisionario y aprobado por la CRE y se encontrará a disposición de los usuarios.
Calidad del Gas. Tanto el GNL entregado por la Contratante en el Punto de Entrada de la Planta de Regasificación, como el gas natural entregado al Sistema de Transporte y Distribución o el GNL cargado en cisternas por el Transportista, deberán cumplir con las especificaciones de calidad establecidas en la legislación vigente y, en particular, en las Normas de Gestión Técnica del Sistema o en sus Protocolos de Detalle.
Calidad del Gas. El gas natural entregado por la Contratante a los transportistas en el Punto de entrada del Almacenamiento Subterráneo, al igual que el gas natural entregado por los Transportistas a la Contratante en el Punto de salida del Almacenamiento Subterráneo, deberá cumplir con las especificaciones de calidad establecidas en la legislación vigente y, en particular, en las Normas de Gestión Técnica del Sistema y sus Protocolos de Detalle.