MEDIOS DE ACCESO Cláusulas de Ejemplo

MEDIOS DE ACCESO. TERCERA.- “ELCLIENTE” y sus autorizados a efecto de realizar las operaciones a que se refiere la cláusula primera de este subcapítulo, deberán autenticarse directamente en el cajero automático, para lo cual ingresarán el identificador de usuario que podrá ser las tarjetas, digitarán el Número de Identificación Personal (NIP), compuesto por 4 (CUATRO) dígitos numéricos, y/o “BIOMÉTRICO”.
MEDIOS DE ACCESO. Para la utilización del servicio xx xxxxxx automático y Maestro, LA MUTUALISTA entregará a EL (LOS) CUENTA HABIENTE(S) una tarjeta personal e intransferible que permita disponer de éstos servicios. Además de la tarjeta, LA MUTUALISTA facilitará la operatividad para que EL (LOS) TARJETA HABIENTE(S) asigne(n) un número de clave personal, secreto e intransferible, que será de su exclusivo conocimiento y que es necesario para la utilización de la tarjeta de débito. En consecuencia EL (LOS) TARJETA HABIENTE(S), a partir de este momento se compromete(n) a custodiar la tarjeta que ha(n) recibido de LA MUTUALISTA y a no dar a conocer el número secreto a terceras personas, siendo por lo tanto responsable(s) ante LA MUTUALISTA en caso de uso indebido de dicha tarjeta. EL (LOS) TARJETA HABIENTE(S) podrá(n) solicitar a LA MUTUALISTA la emisión de una o varias tarjetas adicionales para ser utilizadas por personas autorizadas por él (ellos), contra su(s) propia(s) cuenta(s). Estas tarjetas adicionales también están sujetas a los términos y condiciones contempladas en el presente contrato. La tarjeta, que no fuere retirada por EL (LOS) TARJETA HABIENTE(S), dentro de los 90 días posteriores a su emisión, será destruida por LA MUTUALISTA, sin lugar a reclamo alguno.
MEDIOS DE ACCESO. TERCERA.- “EL BANCO” proporcionará a “EL CLIENTE”, “LAS TARJETAS” y, en los casos aplicables, un Número de Identificación Personal, en adelante NIP, con los que podrá llevar a cabo las operaciones mencionadas en la cláusula segunda anterior. “EL CLIENTE” reconoce el carácter personal e intransferible de los mismos, siendo responsable por el mal uso que pudieran hacer de la tarjeta o el NIP.
MEDIOS DE ACCESO. TERCERA.- “EL CLIENTE” y sus autorizados (no aplica para nivel 1), a efecto de realizar las operaciones a que se refiere la cláusula PRIMERA de este subcapítulo, deberá autenticarse directamente en el cajero automático, para lo cual ingresarán el identificador de usuario que podrá ser “LA TARJETA” y digitará el NIP, compuesto por 4 (CUATRO) dígitos numéricos y/o “BIOMÉTRICOS”. “EL CLIENTE”, en la primera operación que realice en el cajero automático, verificará el buen funcionamiento del NIP y “LA TARJETA” y desde ese momento podrá realizar el cambio de NIP.
MEDIOS DE ACCESO. TERCERA.- “EL CLIENTE” y sus autorizados a efecto de realizar las operaciones a que se refiere la cláusula primera de este subcapítulo, deberán autenticarse directamente en el cajero automático, para lo cual ingresarán el identificador de usuario que podrá ser “LA(S) TARJETA(S)” y digitarán el Número de Identificación Personal (NIP), compuesto por 4 (CUATRO) dígitos numéricos.
MEDIOS DE ACCESO. El BANCO podrá ampliar, disminuir o modificar en cualquier tiempo, en todo o en parte, temporal o permanentemente, sin necesidad de notificación previa al CLIENTE, las condiciones, características y alcances de los medios de acceso que pone a disposición del CLIENTE, así como restringir el uso y acceso a los mismos, limitando inclusive su duración o cantidad de uso. De igual forma y a su propio juicio, el BANCO podrá suspender temporal o permanentemente los derechos del CLIENTE para utilizar los equipos y sistemas electrónicos por considerar que su uso viola los términos de este documento o que su uso puede dañar los intereses de otros clientes o proveedores, al Banco o a las entidades financieras con las que éste mantenga alguna relación jurídica.
MEDIOS DE ACCESO. El Banco” proporcionará a “El Cliente” la tarjeta de débito y “El Cliente” deberá de generar un número de identificación personal en adelante “NIP” en una sucursal de “El Banco”, con la que podrá llevar a cabo las operaciones mencionadas en la Cláusula Primera anterior. Los instrumentos antes mencionados constituyen el medio de acceso a “El Cliente” a su saldo disponible. Por lo tanto, los pagos, depósitos o retiros que se efectúen utilizando dichos instrumentos serán cubiertos totalmente con cargo a su saldo disponible en la Cuenta, el día en que sean realizados por “El Banco”. “El Cliente” para todos los aspectos legales a que haya lugar, expresamente reconoce y acepta el carácter personal e intransferible de la tarjeta, así como la confidencialidad del NIP. “El Cliente” se obliga expresamente a que la suma de los retiros, pagos o cualesquiera otra operación que realice, al amparo de la Cuenta, no excederá al importe del saldo disponible que mantenga en ésta al momento de efectuarlos, independientemente de que tenga el propósito de liquidarlos posteriormente. “El Cliente” autoriza expresa e irrevocablemente a “El Banco” para cargar a la Cuenta, las cantidades que por cualquier concepto adeude a “El Banco” las que de manera enunciativa más no limitativa podrán ser: las derivadas por cualquier operación activa, las que hayan sido abonadas incorrectamente a la Cuenta las que se adeuden con motivo de comisiones, descuentos, devoluciones o cualquier otro servicio otorgado por “El Banco”.
MEDIOS DE ACCESO. El acceso de las señales de los servicios de producción nacional audiovisual, a las cabeceras de las redes de los operadores del servicio de difusión por suscripción, podrá realizarse mediante cualquier medio lícito de transporte de señal.
MEDIOS DE ACCESO. TERCERA.- “EL BANCO” de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III siguiente, proporcionará a “EL CLIENTE” “LA TARJETA NÓMINA” y un número de identificación personal en adelante NIP, con los que podrá llevar a cabo las operaciones mencionadas en la Cláusula Primera anterior.
MEDIOS DE ACCESO. TERCERA.- “EL CLIENTE” y sus autorizados a efecto de realizar las operaciones a que se refiere la cláusula primera de este subcapítulo, deberán autenticarse directamente en el cajero automático, para lo cual ingresarán el identificador de usuario que podrá ser “LA TARJETA NÓMINA” y digitarán el Número de Identificación Personal (NIP), compuesto por 4 (cuatro) dígitos numéricos. “EL CLIENTE” en la primera operación que realice en el cajero automático verificará el buen funcionamiento del NIP y “LA TARJETA NÓMINA” y desde ese momento podrá realizar el cambio de Número de Identificación Personal (NIP) y, en su caso, el “BIOMÉTRICO”.