Medios que aporta el Ayuntamiento Cláusulas de Ejemplo

Medios que aporta el Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Madrid cede a la entidad adjudicataria, solamente a efectos de la concesión administrativa y durante la vigencia de la misma, el uso del edificio de la Escuela Infantil y anexos, en su caso, así como el equipamiento de mobiliario, electrodomésticos, material didáctico, menaje, lencería y demás enseres que se relacionan en Anexo adjunto. Las acometidas de los suministros de agua, energía eléctrica, combustibles y teléfono correrán por cuenta del Ayuntamiento. En ningún caso el Ayuntamiento aportará medios adicionales ni cantidad alguna para actividades complementarias. Los servicios competentes de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte realizarán la orientación pedagógica e inspección de la Escuela Infantil. La Comunidad de Madrid, a través de los Equipos de Atención Temprana ofrecerá apoyo psicopedagógico a los equipos educativos, a los niños y niñas, a los padres y madres, que lo precisen. El funcionamiento del centro, además de ajustarse a la normativa reguladora básica del servicio objeto del contrato, recogida en el apartado 2 del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, deberá hacerlo a la Circular que para cada curso escolar dicte la Dirección General de Educación Infantil y Primaria de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte por la que se regula el funcionamiento de las Escuelas de primer ciclo de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid. El proceso de admisión será regulado por la Orden correspondiente a cada curso escolar, dictada anualmente por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid (para el curso escolar 2013/2014, Orden 1241/2013, de 17 xx xxxxx). Madrid, 10 xx xxxxx de 2014 EL JEFE DE LA SECCIÓN DE EDUCACUIÓN Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxx de la Xxxx Xxxxx (Este Anexo se incluirá en el sobre 1) D./D.ª ....................................................................con DNI nº , en nombre propio/ en nombre y representación de……………………........................................., con C.I.F:.........................., en el Procedimiento Abierto para la contratación de la gestión del servicio público educativo de la ESCUELA INFANTIL XXXXX ……………………………., a efectos de acreditar la solvencia técnica exigida en el apartado 12 del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, PROPONE LA SIGUIENTE ESTRUCTURA (número de profesionales) Y PERFIL (titulación académica y experiencia profesional) DE LA PLANTILLA DEL CENTRO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, de conf...
Medios que aporta el Ayuntamiento. El Ayuntamiento cede a la entidad adjudicataria, solamente a efectos de la ejecución del contrato y durante la vigencia del mismo, el uso del edificio de la escuela, así como el equipamiento, mobiliario, electrodomésticos y demás material existente en el centro, para el desarrollo de la actividad. El edificio cumple con los requisitos previstos en el Decreto 12/2008, de 14 de febrero, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de educación infantil en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.