Programa 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables.
TRAMITACIÓN Ordinaria.
Costas Habida cuenta de que para el momento en que para el presente proceso aplica el artículo 55 de la Ley 446 de 1998, el cual indica que sólo hay lugar a la imposición xx xxxxxx cuando alguna de las partes hubiere actuado temerariamente y, en el sub lite, ninguna actuó de esa forma, en el presente asunto no habrá lugar a la condena en costas En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, en Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley,
Software (i) Si durante el plazo de noventa (90) días posteriores a la entrega del Software a usted (el "Periodo de garantía"), el Software, según lo haga disponible RIM o cualquier distribuidor autorizado de RIM, no fuera capaz de realizar las funciones descriptas en la Documentación habitual del usuario final para ese elemento del Software ("Especificaciones") al usarse según lo indica RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software junto con otras partes no alteradas de Su Solución BlackBerry, RIM, a su opción y criterio exclusivo, realizará esfuerzos razonables para corregir o proporcionarle a usted una solución al problema correspondiente (y esa reparación o solución se la puede proporcionar RIM a Usted a criterio razonable de RIM de un modo entre una variedad de modos, inclusive, en el transcurso de un soporte telefónico o por correo electrónico, en un software generalmente disponible para lanzar reparaciones, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo por el cual RIM le informa a Usted) o le proporcionará a Usted un reembolso por los cargos pagados por única vez por el Software correspondiente si Usted deja de usar el Software y el medio en el que le fue proporcionado el Software y devuelve a RIM todo el embalaje relacionado con aquél, de acuerdo con Su mecanismo de devolución de garantía habitual (que puede ser a través de Su Proveedor de servicio de tiempo de conexión, si corresponde, o del punto de venta) dentro del Periodo de garantía junto con la constancia de compra. (ii) No obstante cualquier disposición en contrario en este Contrato, las actualizaciones, mejoras y Software Beta proporcionado a Usted sin cargo, se brindan "TAL CUAL" y sin garantía de ningún tipo. (iii) Las actualizaciones y mejoras, por las cuales Usted paga derechos de licencia adicionales, estarán sujetas a la garantía establecida arriba para el periodo de (90) días desde la fecha de entrega a Usted de cualquier Software. (iv) La obligación anterior no será de aplicación si la incapacidad del Software para realizar las funciones descritas en las Especificaciones se debe a: (A) uso del Software de un modo contrario a cualquiera de Sus obligaciones establecidas en este Contrato o de una manera contraria a las instrucciones, inclusive las instrucciones de seguridad, especificadas por RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software; o (B) mal funcionamiento u otro problema relacionado con cualquier hardware (inclusive los derivados de Productos de mano de terceros defectuosos), red, software o sistema de comunicación (las reparaciones de Dispositivos BlackBerry defectuosos están sujetas a los acuerdos de garantía y/o soporte de esos Productos de RIM); o (C) cualquier causa externa que afecte el Software, inclusive el medio en el se proporciona el Software, como por ejemplo accidente, desastre, descarga electrostática, incendio, inundación, rayos, agua o viento, corrección de errores atribuibles a software que no sea el Software o defectos debidos a reparaciones o modificaciones no autorizadas por RIM. (v) Para mayor claridad, a menos que la ley aplicable disponga lo contrario, esta garantía se aplica al Software para Dispositivos de mano BlackBerry en Dispositivos de mano nuevos, y no se aplica al Software para Dispositivos de mano BlackBerry incluido en Dispositivos de mano usados o restaurados. (vi) No existe garantía sobre descargas gratuitas posventa de elementos del Software adicionales, o sobre Software de servidor BlackBerry gratuito. En el caso de que cualquier elemento del Software correspondiente no funcione de acuerdo con su Documentación, dentro de noventa (90) días posteriores a la fecha de su instalación en su Dispositivo de mano o computadora, según corresponda, Usted puede contactar a RIM y RIM identificará el soporte, si lo hubiera, disponible para el Software correspondiente (y ese soporte se le puede proporcionar a Usted a criterio razonable de RIM en una de entre una variedad de formas, inclusive en el transcurso del soporte telefónico o del soporte al cliente por correo electrónico que se le proporciona a Usted, en un software generalmente disponible de reparación o lanzamiento, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo que RIM le informe a Usted). (vii) Usted reconoce y acepta que en el caso de que el Software correspondiente se diseñe a los fines de facilitar Su acceso a Elementos de terceros o Servicios de terceros, RIM PUEDE TENER CONTROL LIMITADO O NINGÚN CONTROL SOBRE LOS SERVICIOS DE TERCEROS, Y POSIBLEMENTE NO PUEDA PROPORCIONAR UNA REPARACIÓN O SOLUCIÓN A UN PROBLEMA QUE USTED IDENTIFIQUE EN ESTE SOFTWARE. RIM no garantiza Elementos de terceros o Servicios de terceros y con relación a estos, Usted debe dirigirse al proveedor de esos elementos o servicios de ese Elemento de terceros o Servicio de terceros para una garantía. Las garantías varían de un Proveedor a otro e incluso entre jurisdicciones para un Proveedor en particular. Deberá consultar la documentación correspondiente o los términos del proveedor para averiguar qué soporte ofrece un proveedor para un elemento en particular o sus servicios y Sus derechos en relación con el mantenimiento y las garantías. (viii) Esta sección establece las únicas obligaciones de RIM y Sus únicos recursos con relación al Software y cualquier defecto, error, problema o incumplimiento de la garantía para el Software que se indica en el presente.
DESEMPATE DE OFERTAS En caso de igualdad de precios y calidad se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente. De mantenerse la igualdad se invitará a los respectivos oferentes para que formulen la mejora de precios. Para ello se fijará día, hora y lugar y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar y se labrará el acta correspondiente. Si un oferente no se presentara, se considerará que mantiene su propuesta original. De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar del sorteo público y comunicarse a los oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y se labrará el acta correspondiente.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.
Promoción interna El paso del personal laboral de un grupo inferior a otro superior se hará con las garantías de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y revestirá la forma, con carácter general, de concurso oposición. Tras la entrada en vigor del presente Convenio, y previa negociación en el marco de la CIVE, se efectuarán los procesos de promoción interna separados de los de nuevo ingreso, salvo que se acuerde la promoción interna en convocatoria conjunta con la OEP. Las correspondientes convocatorias establecerán los supuestos en los que, a través del concurso oposición, exista exención de pruebas al personal que participe por promoción interna, en función de conocimientos ya demostrados, previa negociación con las centrales sindicales firmantes de este Convenio. El acceso a los puestos de trabajo del grupo C se llevará acabo exclusivamente a través de la promoción desde el grupo D de la correspondiente área de actividad o área funcional. De no existir dentro del área de actividad funcional personal del grupo D, podrán ofertarse las vacantes que existieran en la correspondiente oferta pública de empleo. El personal del grupo D que carezca de título académico requerido para participar en las convocatorias de promoción interna al grupo C podrá participar, siempre que tenga una antigüedad de 10 años en el grupo D, o de cinco años y supere el curso específico de formación. Esta previsión no será de aplicación para el acceso a categorías en las que se precise un título académico para el ejercicio profesional. El acceso a este curso específico se basará en criterios objetivos previamente negociados con los sindicatos. La promoción de un grupo inferior a otro superior podrá realizarse a través de cursos específicos de habilitación convocados por la Gerencia del CONVASER, que realizará las gestiones oportunas para que sean realizados por el IVAP o por un organismo oficial. El personal que supere estos cursos mediante las pruebas correspondientes quedará habilitado para acudir a los concursos que para la provisión de puestos de trabajo del grupo superior se convoquen, siempre y cuando reúna el resto de requisitos establecidos para el desempeño de su puesto. Se garantiza una reserva mínima del 40% para promoción interna en las convocatorias de OEP. Todos los contratos de trabajo se celebrarán por escrito en los modelos oficiales vigentes en cada momento. Una Copia del contrato se entregará al trabajador en el plazo máximo de 15 días desde que inició la actividad. La modalidad de contratación que se utilizará en todos los supuestos será el de interinaje, según el R.D. 2546/94, salvo pacto en contrario de la CIVE. Los contratos incluirán, en todo caso, el periodo de prueba que tendrá una duración de: - Grupo "E",15 días. - Grupos "D" y "C", 1 mes. - Grupo "B", 2 meses. - Grupo "A", 4 meses. La situación de incapacidad temporal que afecte al personal en periodo de prueba, interrumpe el computo del mismo. Tanto en las contrataciones temporales como en las definitivas, en todos los casos, incluido el periodo de prueba, se percibirán las retribuciones asignadas a puestos idénticos en su totalidad, en igualdad de condiciones en grupo, nivel y complementos que a los ocupados por personal fijo.
CRONOGRAMA DE PLAZOS El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente:
COTIZACIÓN La cotización deberá contener: 1. Precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el pliego de bases y condiciones particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la cotización, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el pliego de bases y condiciones particulares.
CRONOGRAMA El 08 de octubre de 2021, a través de acta de reunión 21C004-AER-ACF-XX-ME-Z-0010 del 08 de octubre de 2021, levantada por la interventoría AERTEC, los ajustes a los estudios y diseños (FASEIII) Lado tierra-etapa 1, se establece el siguiente cronograma el cual presenta fecha de finalización el 25 xx xxxxx de 2022. (…). No obstante, debido a los sobrecostos previstos para las obras del talud del cementerio, se requirió de un diseño optimizado del mismo, condición determinante que generó modificaciones sustanciales en el diseño de los niveles de la plataforma y viales alrededor de la torre de control y centro de gestión por lo que se tuvo que disponer del total del recurso humano del equipo multidisciplinario para ajustar la entrega que se tenía prevista para el 28 de enero de 2022 y presentar ajustes y modificaciones por dicha condición a la interventoría Aertec el 5 de febrero de 2022. Con el fin de cumplir con los tiempos establecidos para dar apertura a la tercera licitación de obra asociadas a las infraestructuras del lado tierra, se generó el cronograma del plan de contingencia de lado tierra el cual fue presentado en reunión del lunes 00 xx xxxxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx con los diseñadores arquitectónicos, estructural, hidrosanitario, eléctrico y vial; en ella se expusieron los tiempos que tomará diseñar las infraestructuras que faltan, teniendo en cuenta que el diseño estructural del terminal de pasajeros tomará 45 días (tiempo concertado entre el equipo de diseño estructural y la Asociación Aeropuerto del Café) contados a partir de la entrega del diseño ajustado del terminal de pasajeros entregado el día 16 de febrero de 2022 por parte del equipo de diseño arquitectónico. Este cronograma se puso en conocimiento del Comité Operativo del día 00 xx xxxxxxx 0000 (con participación de la Aerocivil, Gobernación xx Xxxxxx, Patrimonio Autónomo, Alcaldía de Manizales, Ministerio de Transporte, Inficaldas e Infimanizales) y fue aprobado el día 21 de febrero de 2022 por la gerencia de Aerocafé y la interventoría del lado tierra AERTEC (mediante correo enviado el día 22 de febrero de 2022). Por lo anteriormente expuesto, se establece la nueva fecha de entrega del terminal de pasajeros y la subestación eléctrica (contemplada dentro de su propuesta económica) al 29 xx xxxxx de 2022, fecha en la que será entregado a la Unidad de Gestión del Patrimonio Autónomo Aerocafé los diseños aprobados por la Interventoría. (…) Hasta la fecha, se han ejecutado los siguientes hitos del cronograma vigente: 1) HITO 1: 15 octubre de 2021. Cumplido. a. Edificio de extinción de incendios b. hangares de aviación general 2) HITO 2: 05 noviembre de 2021. Cumplido. x. Xxxxx de control y centro de gestión b. Terminal de pasajeros c. Parqueadero 3) HITO 3: 03 diciembre de 2021. Cumplido. x. Xxxxx de control y centro de gestión • Corresponde a la entrega 1 de diseños de FASE III de: b. Edificio de extinción de incendios x. xxxxxxxx xx xxxxxxxx xxxxxxx 0) XXXX 0: 30 diciembre de 2021. Cumplido a. Edificio de extinción de incendios b. Hangares de aviación general • Corresponde a la entrega 1 de diseños FASE III de: x. Xxxxx de control y centro de gestión (…)