MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE Cláusulas de Ejemplo

MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. 13.1. A LA CONVOCATORIA.
MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. 14.1 A la Convocatoria
MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. 13.1.- MODIFICACIONES A LAS CONVOCATORIA DE LICITACIÓN:
MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. A LA CONVOCATORIA A LA INVITACIÓN
MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. El Colegio de Bachilleres podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria a partir de la fecha de su publicación en CompraNet y hasta, inclusive, el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, de conformidad con el artículo 33 de la Ley. Las modificaciones a la convocatoria serán difundidas por medio de CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen, con el fin de que los Licitantes conozcan la o las modificaciones realizadas. Cualquier modificación a la convocatoria, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición. Cuando las modificaciones a la convocatoria se deriven de la junta de aclaraciones, para efectos de su notificación, se pondrá a disposición de los Licitantes una copia del acta respectiva, la cual será fijada en el Pizarrón de Avisos a Licitantes, por un término no menor a cinco días hábiles posteriores a la realización de la(s) junta(s) de aclaraciones, y se difundirá una copia de la misma en CompraNet.
MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. 21 13.1.- MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA A LA INVITACION. 21 13.2.- MODIFICACIÓN AL CONTRATO. 21
MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. 6.13.1 A la Convocatoria a la Licitación Pública Nacional. 6.13.2 Al Contrato.
MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. A la convocatoria. A partir de la fecha de publicación de la convocatoria y a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, se podrán modificar aspectos establecidos en la presente convocatoria, mismas que en ningún caso podrán consistir en la sustitución, adición de otros rubros o variación significativa del servicio contratados originalmente. Cualquier modificación, incluyendo las que resulten de las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas, formará parte de esta convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de su proposición.
MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE. 13.1.- MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN. Las modificaciones de que trata este punto no podrán consistir en la substitución o variación sustancial de los servicios convocados originalmente. Cualquier modificación a las bases de licitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia convocatoria.