PRORROGAS. NO SE OTORGARÁN PRORROGAS.
PRORROGAS. El contrato sólo podrá prorrogarse si está previsto en la letra C.2, debiendo distinguirse dos tipologías: Únicamente serán posibles una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de éstas, sin que el periodo total de vigencia más las prórrogas pueda exceder de 6 años. Las prórrogas no superarán, aislada o conjuntamente, el plazo de vigencia fijado originariamente y se concederán año a año. Deberá solicitarse con la antelación especificada a la finalización del periodo inicial de vigencia o del periodo ya prorrogado. En este supuesto el contrato sólo podrá prorrogarse:
1. Cuando la Administración no ha cumplido en plazo con sus obligaciones y el contratista ofreciera cumplir sus compromisos, se le concederá un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor.
2. Cuando el retraso en la ejecución de los servicios fuese producido por motivos imputables al contratista y la Administración no optase por la resolución del contrato, sino por imposición de penalidades, concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato (art. 98 RGCAP). Deberá solicitarse antes de que finalice el plazo de ejecución POR ESCRITO, por el adjudicatario dentro de los 15 días siguientes a que se produzca la causa que la origina, alegando las razones por las que estime no le es imputable y señalando el tiempo probable de su duración. Si la petición del contratista se formulara en el último mes de ejecución del contrato, la Administración deberá resolver sobre dicha petición antes de los quince días siguientes a la terminación del mismo. Durante este plazo de quince días, no podrá continuar la ejecución del contrato, el cual se considerará extinguido el día en que expiraba el plazo previsto si la Administración denegara la prórroga solicitada, o no resolviera sobre ella. En el caso de que el contratista no solicitase prórroga en el plazo anteriormente señalado, se entenderá que renuncia a su derecho, quedando facultada la Administración para conceder, dentro del mes último del plazo de ejecución, la prórroga que juzgue conveniente, con imposición, si procede, de las penalidades que establece la Ley, en su caso, las que se señalen en el pliego de cláusulas administrativas particulares, salvo que considere más aconsejable esperar a la terminación del plazo para proceder a la resolución del contrato CARACTERÍSTICAS en ambos casos: Debe autor...
PRORROGAS. EN CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR O POR CUALQUIER OTRA CAUSA QUE NO FUERA IMPUTABLE A “EL CONTRATISTA”, LE FUERA IMPOSIBLE LLEVAR A CABO LOS TRABAJOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN ESTE CONTRATO, SOLICITARÁ OPORTUNAMENTE Y POR ESCRITO A “EL MUNICIPIO” PRORROGA PARA LA ENTREGA DE LA OBRA, EXPLICANDO LOS MOTIVOS Y FUNDAMENTOS QUE LA OCASIONEN, RESERVÁNDOSE “EL MUNICIPIO”, EL DERECHO SOBRE LA ACEPTACION Y EN CASO DE OTORGARLA, SOLO SERA POR UNA SOLA VEZ Y POR UN TIEMPO MÁXIMO DE NOVENTA DÍAS CONTADOS A PARTIR DE QUE SEA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO AUTORIZADA; EN CASO QUE SE PRESENTEN CAUSAS QUE IMPIDAN LA TERMINACION DE LOS TRABAJOS DENTRO DEL PLAZO INDICADO DENTRO DE LA CLAUSULA CUARTA DE ESTE CONTRATO, IMPUTABLES A “EL CONTRATISTA”, ESTE PODRÁ SOLICITAR OPORTUNAMENTE Y POR ESCRITO A “EL MUNICIPIO” UNA SOLA PRORROGA PARA LA ENTREGA DE LOS MISMOS, SIENDO OPTATIVO PARA “EL MUNICIPIO” CONCEDERLA O NEGARLA ASI COMO LA DECISION DE IMPONER O NO, UNA O TODAS LAS PENAS CONVENCIONALES ------------------
PRORROGAS. Los plazos establecidos en el presente capítulo podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por el tiempo que ETB considere conveniente. Para el cómputo de los mismos, el sábado se considera día no hábil.
PRORROGAS. (Formato 2 y 3).- “EL CONTRATISTA” se obliga a solicitar por escrito a “EL MUNICIPIO” el convenio de prórroga en un plazo máximo de 05 cinco días hábiles de ocurrido el evento que la motiva y dentro del periodo de ejecución de la obra, utilizando el formato 2 dos que este último tiene determinado para tal caso. Por su parte “EL MUNICIPIO” podrá aprobar o rechazar la solicitud por escrito de forma fundada y motivada firmada por el titular de la Dirección Obras Públicas. En caso de ser autorizada la prórroga “EL CONTRATISTA” deberá solicitar la recalendarización de la prestación de los servicios a través del formato 3 tres, en un término de 3 días hábiles. En caso de que el número de días que deba comprender la prórroga considerada procedente rebase el 25% veinticinco por ciento del plazo señalado en el formato 2 dos “Solicitud de Autorización de prórroga, conjuntamente con el formato no. 3 “Solicitud de Modificación al Calendario de Obra” se solicitará la prórroga de conformidad con lo establecido en la Ley de Obra Pública para el Estado de Jalisco y sus Municipios. Si la solicitud se presenta extemporáneamente o resulta improcedente, se considerará que “EL CONTRATISTA” incurrió en xxxx durante el tiempo de suspensión y se le aplicaran las sanciones correspondientes al atraso de la obra, sin perjuicio de que “EL MUNICIPIO” pudiera dar por rescindido el contrato mediante el procedimiento de rescisión administrativa.
PRORROGAS. Si el cliente desea prolongar el alquiler, deberá solicitarlo a la empresa CAMPERVALLES con un mínimo de 3 días de antelación a la finalización del contrato. La confirmación de la prorroga estará sujeta a las disponibilidades que en el momento tenga la empresa CAMPERVALLES. Los retrasos en la entrega no autorizados, ni debidos a fuerza mayor, serán penalizados con una tarifa diaria tripe a la cantidad aplicada en contrato. El incumplimiento de esta condición facultará a la empresa CAMPERVALLES para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente, la empresa CAMPERVALLES se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo en cualquier momento durante la vigencia del contrato si su utilización contraviniera lo dispuesto en las presentes condiciones generales.
PRORROGAS. (Formato 2 y 3).- “EL CONTRATISTA” se obliga a solicitar por escrito a “EL MUNICIPIO” el convenio de prórroga en un plazo máximo de 05 cinco días hábiles de ocurrido el evento que la motiva y dentro del periodo de ejecución de la obra, utilizando el formato 2 dos que este último tiene determinado para tal caso. Por su parte “EL MUNICIPIO” podrá aprobar o rechazar la solicitud por escrito de forma fundada y motivada firmada por el titular de la Dirección Obras Públicas. En caso de ser autorizada la prórroga “EL CONTRATISTA” deberá solicitar la recalendarización de obra a través del formato 3 tres. En caso de que el número de días que deba comprender la prórroga considerada procedente rebase el 25% veinticinco por ciento del plazo señalado en el formato 2 dos “Solicitud de Autorización de prórroga, conjuntamente con el formato no. 3 “Solicitud de Modificación al Calendario de Obra” se solicitará la prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 52 y demás relativos y aplicables de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con la Mismas y su Reglamento. Si la solicitud se presenta extemporáneamente o resulta improcedente, se considerará que “EL CONTRATISTA” incurrió en xxxx durante el tiempo de suspensión y se le aplicaran las sanciones correspondientes al atraso de la obra, sin perjuicio de que “EL MUNICIPIO” pudiera dar por rescindido el contrato mediante el procedimiento de rescisión administrativa.
PRORROGAS. NO APLICA
PRORROGAS. SI EN CUALQUIER MOMENTO EN EL CURSO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO “EL PROVEEDOR”, SE ENCONTRARÁ EN UNA SITUACIÓN QUE LE IMPIDIERA LA OPORTUNA ENTREGA DEL SERVICIO, NOTIFICARA DE INMEDIATO POR ESCRTIO A “LA AGENCIA” LAS CAUSAS DE LA DEMORA Y SU DURACION PROBABLE, DEBIENDO SOLICITAR PRORROGA ANTES DE LOS CINCO DIAS HABILES DEL PLAZO QUE TENGA PARA LA ENTREGA.
PRORROGAS. Si en cualquier momento en el curso de la ejecución de la Orden de la Compra o del Contrato, el Proveedor se encontrara en una situación que impidiera la oportuna entrega de los bienes o servicios en caso fortuito o de fuerza mayor plenamente justificada, este deberá notificar de inmediato a la Convocante, por escrito, dentro de la vigencia del plazo de entrega pactado en la Orden de Compra o Contrato y mínimo 05 (cinco) días hábiles anteriores al vencimiento de dicho termino , justificando las causas de demora y su duración probable, solicitando en su caso prórroga para su regularización. La Convocante analizará la solicitud de prórroga del Proveedor, para la determinación procedente.