Common use of OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA Clause in Contracts

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para la correcta prestación de los servicios la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento a las siguientes obligaciones: 1. Llevar a cabo las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientos, experiencia y recursos. 2. Comunicar a las EC’s toda la información de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades del Grupo, siempre que no afecten a su independencia. 4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de ésta.

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Samples: Service Agreement

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para Serán obligaciones del/la correcta prestación adjudicatario/a, además de los servicios la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento a las siguientes obligacionesde carácter general, previstas en las leyes de aplicación y las derivadas de este pliego, las siguientes: 1a) El adjudicatario o adjudicatarios deberán entregar la totalidad del material adjudicado en la Residencia de Ancianos “San Xxxx” sita en la calle Paseo de la Xxxxxx 107, en perfecto estado de conservación, montaje e instalación. Llevar a cabo las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientos, experiencia y recursosEl suministro se realizará en el plazo establecido en la oferta. 2. Comunicar a las EC’s toda la información b) Asumir los gastos de que dispongatransporte, cuando sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendadoentrega, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades colocación e instalación del Grupo, siempre que no afecten a su independencia. 4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover suministro y, en general todos los que hubiere lugar para la realización del contrato. c) Responder de la calidad de los productos suministrados y de las faltas que hubiere en ellos y de los defectos en su instalación. Si alguno de los productos o instalaciones presentara alguna anomalía visible en el supuesto exterior, la Residencia de que esté autorizado Ancianos “San Xxxx” realizará las correspondientes reservas en el albarán de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas entrega y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas lo comunicará a la entidad que resulte Adjudicataria y que adjudicataria. Si las anomalías se ajustarán detectan, posteriormente, lo comunicará a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano plazo de tres días desde su detección. En todo caso, la empresa suministradora deberá reponer el material o reparar la instalación en el plazo de cinco días desde la comunicación por parte de la promociónResidencia de Ancianos “San Xxxx”. Así En este sentido, serán de su responsabilidad las cosas, deficiencias que hubiere en ellos y todos los daños que se produjeran a los ciudadanos derivados de defectos de fabricación o instalación de los elementos suministrados. d) El/la entidad adjudicatario/a no tendrá derecho a indemnización ni al pago del precio por los elementos que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s se deterioren o pierdan antes de la manera más precisa y clara posible entrega a través la Residencia de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinenAncianos “San Xxxx”, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos salvo que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada se hubiera incurrido en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinadaxxxx al recibirlos. 14. Atender al pago e) El/la adjudicatario/a deberá disponer de cuantos impuestos, arbitrios, derechos personal suficiente y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, capacitado para la prestación del servicio. 15contrato de suministro e instalación. Responder Todo el personal con el que se vayan a prestar los servicios estará legalmente contratado y/o dado de aquellos daños o perjuicios que por alta en la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato Seguridad Social y en interés exclusivo todo momento al corriente de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de éstacotizaciones.

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Samples: Contract for Supply and Installation of Furniture

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para Relativas al SIDIF (Alta de Beneficiarios): • En el caso de no estar inscripto, el oferente deberá tramitar su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, - SIDIF – Resolución Nº 262/95 de la correcta prestación de los servicios la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento a las siguientes obligaciones: 1. Llevar a cabo las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus mejores conocimientos, experiencia y recursos. 2. Comunicar a las EC’s toda la información de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así comomodificatorias, en particularel Departamento de Compras y Contrataciones de este Organismo sito en Xx. Xxxxxx 00, 00x Xxxx, X.X.X.X..- • En el caso de estar inscripto, el adjudicatario deberá informar al Departamento de Compras y Contrataciones la cuenta habilitada a los efectos de recibir los depósitos provenientes de la CUENTA ÚNICA XXX XXXXXX. • En el caso que el Adjudicatario, desee modificar la cuenta habilitada a tal efecto, deberá tramitar la incorporación de una nueva, en el Departamento de Compras y Contrataciones; la cual una vez habilitada implicará la baja automática de la cuenta anterior. La obligación de cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la relativa a la solvencia totalidad de los terceros con los las normas administrativas, comerciales, laborales, impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole - tanto nacionales, provinciales o municipales- que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades del Grupo, siempre que no afecten a su independencia. 4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros le resulten inherentes como consecuencia de las operaciones promovidas. 5la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad con relación a su personal. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas El Organismo Contratante podrá, a su solo juicio y en ejecución del Contrato. 6cualquier oportunidad, requerir la documentación que acredite dicho cumplimiento. La entidad obligación de resarcir en forma integral los daños que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITBincumplimientos ocasionen al Organismo Contratante. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de ésta.

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Samples: Licitación Pública

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para la correcta prestación Además de los servicios la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento a las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del contrato de suministro, existirán específicamente las siguientes obligaciones: 1: - El contratista deberá contar con el personal preciso para atender sus obligaciones. Llevar Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a cabo su calidad de patrono y deberá cumplir las prestaciones disposiciones vigentes en todo momento en material Laboral, Fiscal, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales, referidas al propio personal. - La adjudicataria asegurará la asistencia técnica, con atención inmediata de llamadas relacionadas con el funcionamiento de la máquina durante el periodo de garantía del equipo. - El contratista no puede hacer alteraciones, correcciones, omisiones o variaciones en los bienes o productos objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientossuministro contratado, experiencia y recursos. 2salvo aprobación expresa del órgano de contratación. Comunicar a las EC’s toda - La adjudicataria hará entrega de la información documentación acreditativa de que dispongala máquina cumple con la normativa española de homologación técnica. - Una vez adjudicado el contrato, cuando sea necesaria para será únicamente responsabilidad de la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades del Grupo, siempre que no afecten a su independencia. 4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte empresa adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste disponer de cuantas autorizaciones, permisos y licencias sean necesarias para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosasprestación, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales así como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, normas aplicables. - Confidencialidad y seguridad. Toda la información recogida derivada del presente contrato será de tipo confidencial y no podrá ser usada para ningún fin distinto del perseguido en su caso, el presente Xxxxxx. El Órgano de Contratación podrá divulgar la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios información facilitada por el licitador que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB éste no haya designado como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’sconfidencial. A tal efecto fin, en la empresa documentación aportada deberá señalarse expresamente la que resulte Adjudicataria no podrá tenga dicho carácter. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en ningún caso registrar ni solicitar la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre protección de datos de carácter personal, y especialmente en lo indicado en su artículo 12. - Son de cuenta del contratista todos los gastos de entrega y transporte del suministro en el registro de ningún nombrelugar previsto en la cláusula 1.2 del presente pliego. - El adjudicatario deberá designar un único interlocutor que actuará en coordinación con el responsable del contrato, marca o símbolo semejante a que coordinará las entregas y gestionará los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de éstaalbaranes para facturación.

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Samples: Contract for Supply

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para la correcta prestación La empresa adjudicataria deberá: Designar a un Representante Técnico de los servicios la entidad que resulte adjudicataria de mantenimiento. Dicho representante deberá dar debido cumplimiento realizar como mínimo una visita mensual. Presentar el Plan de IMP para todo el equipamiento contemplado en el presente contrato, de acuerdo con lo propuesto por los Protocolo de Mantenimiento Preventivos. El inicio del Plan de IMP dará comienzo en fecha a las siguientes obligaciones: 1fijar por el Jefe del Servicio. Llevar a cabo las prestaciones objeto IMPORTANTE: El plan de IMP deberá incluir calibraciones de los equipos con una periodicidad de 6 (seis) meses, siendo obligatorias calibraciones al inicio y al final del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientosde mantenimiento, experiencia y recursos. 2cada vez que se realice una reparación que afecte los parámetros de calibración del equipo. Comunicar a las EC’s toda Dichas calibraciones deberán ser documentadas en la información “Planilla de que dispongacalibraciones”, cuando sea necesaria la cual se detalla en el ANEXO B: Documentación y comunicaciones Tener medios de comunicación eficaces, para la buena gestión recepción de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendadollamadas durante las 24 hs, así comocomo ser: telefax, en particularcorreo electrónico, la relativa a la solvencia recepción de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB mensajes y/o Sociedades teléfonos celulares. Al inicio del Gruposervicio de mantenimiento, siempre el Adjudicatario deberá proveer un Libro de Comunicaciones, para cada Servicio del Hospital que no afecten incluya el contrato, de acuerdo a las características especificadas para el mismo en el Anexo B: Documentación y Comunicaciones. Las personas autorizadas a escribir en dicho libro son: el Jefe del Servicio y el Representante Técnico o quienes ellos autoricen a hacerlo, en su independencia. 4representación. Recibir Dicha autorización deberá quedar asentada en nombre del Grupo EITB cualquier clase el mismo Libro de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6Comunicaciones. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, Empresa colocará una oblea en el supuesto de que esté autorizado de conformidad un lugar visible del Equipamiento Médico con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones sus datos identificatorios y durante la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto vigencia del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s Empresa será responsable de cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de éstadaño efectuado al/los equipo/s por acción u omisión.

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Samples: Mantenimiento De Equipos Médicos

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para Serán obligaciones de la correcta adjudicataria, además de las de carácter general previstas en las le- yes y reglamentos de aplicación y las derivadas de este pliego, las siguientes: a) Cumplir la prestación de los servicios trabajos adjudicados, ejecutando además de aquellos recogi- dos en el pliego de condiciones las mejoras propuestas por la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento a las siguientes obligaciones:empresa adjudicataria. 1. Llevar a cabo las prestaciones objeto b) Durante la ejecución del contrato, se mantendrán encuentros de seguimiento y valoración del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientos, experiencia y recursoscon el Ayuntamiento así como con el personal técnico correspondiente. 2. Comunicar a las EC’s toda c) Responder de la información de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión calidad de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades del Grupo, siempre que no afecten a su independencia. 4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia servicios realizados y de las operaciones promovidas. 5faltas que hubiere en ellos. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad Para esta finalidad deberá contar con un seguro que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones cubra la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y responsabilidad que se ajustarán a las condiciones generales pudiera de- rivar de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio, cuyo capital asegurado ascienda al menos a 600.000 eu- ros. 15d) Prestar el servicio con los medios y con el personal ofertado, así como con todas las autori- zaciones precisas, en las condiciones y plazos establecidos, corriendo a su cargo el abono de los salarios y emolumentos de toda índole que correspondan al personal y que éste de- vengue. Responder de aquellos daños Todo el personal con el que se presten los servicios no adquirirá relación laboral alguna con el Ayuntamiento. La adjudicataria será el/la empleador/a o perjuicios empresario/a, por lo que tendrá las obligaciones y los derechos establecidos por las leyes, no surgiendo respon- sabilidad municipal alguna, aún cuando los despidos y medidas que adopte el/la inadecuada prestación empresa- rio/a sean como consecuencia directa o indirecta del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadascumplimiento, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquelincumplimiento, resci- sión o interpretación del contrato. 16e) Mantener el material que se pone a su disposición en buen estado de funcionamiento, con- servándolo en condiciones que ofrezcan seguridad. f) A petición municipal, la persona adjudicataria pondrá a disposición del Ayuntamiento el li- bro de matrícula del personal destinado a desarrollar los trabajos contratados. Utilizar las marcas comercialesAsimismo, se le podrá requerir para que entregue copias de los nombres registradospartes de alta, rótulos baja o alteraciones de la Seguridad Social y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto cotizaciones efectuadas. g) Asumir los gastos a que hubiere lugar para la empresa que resulte Adjudicataria realización del contrato, como por ejemplo, financieros, seguros, transportes, desplazamientos y honorarios. h) El adjudicatario no podrá reclamar, ni por error u omisión, aumento de los precios fijados en ningún caso registrar su oferta ni solicitar modificación de las condiciones económicas del contrato. i) Reponer la cuantía de la fianza si el registro Ayuntamiento se ha visto obligado a detraer de ningún nombre, marca la misma el importe de una sanción o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusiónuna no prestación. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos El plazo para hacerlo será de ésta15 días naturales contados desde la recepción de la notificación.

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Samples: Contract for Assistance

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para En general, la correcta prestación explotación de la caseta lo será con plena sujeción a la normativa laboral, sanitaria, de seguridad social, tributaria y demás normativa de aplicación. Además de las obligaciones generales y de las establecidas en el presente pliego técnico, serán obligaciones de la adjudicataria las siguientes: pie_firma_corto_dipu_01 a) Prestar durante el periodo de ejecución del contrato todos los servicios de restauración y Código seguro de verificación (CSV): (23)D070E8726CA6CCEA2C Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 explotación, regulados en los pliegos que lo rigen, con profesionalidad, diligencia y eficacia necesaria, para que funcione perfectamente la entidad caseta. Por ello, deberá ejecutar el contrato bajo la dirección y supervisión de la persona designada al efecto por el Ayuntamiento, debiendo seguir en todo momento las indicaciones que resulte adjudicataria a tal respecto emanen del mismo o persona que lo represente. Para ello deberá dar debido cumplimiento disponer o proveerse de todo lo necesario para poder llevar a buen efecto el servicio de bar y cocina: barras, botelleros, planchas, freidoras, congeladores, cafetera, fregaderos, lavavajillas, cubertería, vajillas, etc. b) La contratista deberá suscribir una póliza de seguro que cubra las siguientes obligaciones:posibles responsabilidades de todo tipo en las que pudiera incurrir como consecuencia de la prestación del servicio, incluyendo la responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a cosas, los incendios y cualquier otro daño de naturaleza análoga que pudiera producirse en las instalaciones, mobiliario, maquinarias, utillaje, por un importe mínimo de 300.000,00€, que deberá presentar, tras haber obtenido su condición de adjudicatario, y previamente al inicio de la Feria y el Festival. 1. Llevar a cabo c) Disponer de las prestaciones licencias y autorizaciones necesarias para la prestación del servicio objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientos, experiencia y recursos. 2. Comunicar a las EC’s toda la información de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así comoy, en particular, contar con la relativa acreditación como manipulador de alimentos para todas las personas que estén en contacto con los mismos, debiendo presentar relación detallada de trabajadores, la función que realizan y copia del tipo de certificación de manipulación de alimentos necesaria para tal función. d) Contratar a su xxxxx el personal para la ejecución del contrato, que no tendrán, en ningún caso, relación laboral, contractual o vinculación ni derecho de ningún tipo con el Ayuntamiento de Puente Genil. El personal que preste servicios en la caseta dependerá exclusivamente de la concesionaria, la cual deberá hacerse cargo del pago de todas las obligaciones derivadas por el pago de haberes, cuotas a la solvencia seguridad social y fiscales. Deberá tener dados de alta y al corriente en los pagos de las cuotas de la Seguridad Social y de los terceros salarios de todos los trabajadores que intervengan en la ejecución del contrato, debiendo presentar la documentación justificativa del alta de los trabajadores que prestaran servicios en la Caseta Municipal y en el bar del Festival xx Xxxxx. Igualmente, deberá cumplir la normativa vigente en las materias de Seguridad e Higiene en el Trabajo y en la de Prevención de Riesgos Laborales de dichos trabajadores, así como las normas sanitarias que le sean de aplicación. Deberá presentar la relación del personal reflejando; número de camareros, personal xx xxxxx, personal de cocina y personal dedicado a la limpieza de las mesas e instalaciones y servicios, así como personal de vigilancia de la caseta. pie_firma_corto_dipu_01 El número de personas que atenderá el servicio del Bar y de las Mesas de la Caseta no podrá ser inferior a siete camareros en barra en las horas centrales de la feria, que serán las comprendidas entre las 13:30 y las 19:00 horas y entre las 22:30 a las 03:00 horas de cada día, con la Código seguro de verificación (CSV): (23)D070E8726CA6CCEA2C Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 excepción del día 14 (inauguración de la Feria) que para comienzo será a partir de 21 horas. Fuera de dichas horas, el Servicio se graduará prudentemente por la adjudicataria, de forma que en todo momento queden debidamente atendidos los usuarios/as, si bien como mínimo se encontrará de servicio en todo momento, fuera de las horas de máxima atención antes indicadas, una tercera parte del personal puesto a disposición por la adjudicataria. La empresa licitadora deberá especificar el número de personas que existan operaciones pendientes atenderán el servicio de conclusión o ejecucióncocina, procurando que el mismo atienda el servicio con la máxima diligencia al objeto de reducir al máximo la espera de los consumidores. Igualmente, deberá destinar un mínimo de dos personas a las labores de colocación de las mesas y limpieza constante de las mismas, de forma que se encuentren en debidas condiciones de utilización en todo momento. Los camareros que realicen el servicio deberán ir correctamente uniformados y con la máxima limpieza de la ropa, calzado, y cuidado el aspecto personal. 3e) La adjudicataria deberá mantener todas las instalaciones de la caseta con la debida limpieza. Desarrollar Por tanto, la adjudicataria y su actividad personal, serán responsables de la limpieza y organización de la Caseta desde la víspera de la Feria hasta el día siguiente a su conclusión. En particular, la contratista deberá adoptar las medidas precisas para la eliminación diaria y con arreglo la máxima diligencia de las basuras y residuos y restos de comida, que estarán en todo momento depositados en contenedores debidamente cerrados, en evitación de los malos olores y para garantizar la más adecuada y limpia presentación de las instalaciones. Esto es de aplicación así mismo al patio y espacios utilizados del Colegio Xxxxxxx Xxxxxxxxx, lugar de celebración del Festival xx Xxxxx Grande el día 14 xx xxxxxx, lugar que deberá quedar totalmente limpio a la finalización del Festival. f) Los productos frescos de alimentación (carnes, pescados y mariscos, frutas y hortalizas, charcutería, etc.) destinados al consumo en la caseta y colegio, deberán contar con el control y el cumplimiento de las instrucciones recibidas condiciones higiénico• sanitarias que puedan efectuar los inspectores de EITB ysalud. g) Dispondrá de hojas de reclamaciones para los usuarios/as, colocándose en lugar visible el cartel anunciador de su existencia. h) La adjudicataria está obligada a satisfacer el importe por el que se haya adjudicado en contrato en la cuantía y plazo establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas y pagar todos los gastos que se originen como consecuencia de la presente licitación. pie_firma_corto_dipu_01 i) Instalar a su xxxxx el mobiliario, equipamientos, mesas, sillas, xxxxxx xx xxxxxx con brazos (en zona numerada del Festival), y demás elementos necesarios para el buen funcionamiento del bar. Dichos elementos deberán reunir las condiciones de calidad y limpieza que corresponden a una Código seguro de verificación (CSV): (23)D070E8726CA6CCEA2C Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 caseta municipal y su distribución dentro de la misma será acordada con el representante del Ayuntamiento. Como mínimo, la empresa licitadora debe de comprometerse a instalar: 1) Caseta Municipal: 2.000 sillas y 250 mesas. 2) Festival xx Xxxxx Grande: 2.550 sillas (de ellas, 250 sillas con brazos para zona numerada) y 310 mesas. En el Proyecto que presenten deberán hacer mención, además de los vasos, jarras, vajillas y cubiertos que pondrán a disposición de los usuarios, que deberán seguir las indicaciones recogidas en el presente pliego. j) Se prohíbe expresamente la instalación de máquinas recreativas o Sociedades de juego. k) Mantener en buen estado de uso las instalaciones y servicio del Grupobar y de la caseta, encargándose de la limpieza y del orden de la misma, prohibiéndose cualquier tipo de alteración del continente que se entrega, así como el uso de cualquier tipo de elemento publicitario en la caseta, bien sean carteles, farolillos x xxxxxxxx con inscripciones propagandísticas de ningún género. Se prohíbe expresamente la colocación de cualquier tipo de expositor para la venta de artículos fuera de la caseta, así como cualquier tipo de publicidad, cartelería y otros elementos. Deberá cuidar las instalaciones objeto de este contrato, reparando a su cargo las averías o daños que puedan producirse y que sean consecuencia de un uso normal de ellas. A la finalización del contrato, la adjudicataria, retirará cuantos enseres y mobiliario haya aportado para la explotación de la caseta, siempre que ello no afecten a suponga un menoscabo de las instalaciones y elementos constructivos del éste, y deberá realizar una limpieza exhaustiva final xxx xxxxxxx y sus dependencias, para su independenciaentrega. La contratista será la única responsable de los daños o desapariciones que pudieran afectar al material. 4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de l) Abonará las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas multas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, gravensanciones que, en su caso, se impongan por cualquier Administración Pública, como consecuencia de infracciones cometidas en la prestación del servicio. 15. Responder servicio e indemnizaciones que se deriven de aquellos daños o perjuicios que por reclamaciones interpuestas como consecuencia de la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquelobjeto del contrato. 16m) En virtud de lo dispuesto en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, queda expresamente prohibido fumar en los lugares cerrados de la caseta municipal. Utilizar las marcas comercialesSerá obligación de la adjudicataria velar por el cumplimiento de esta normativa. pie_firma_corto_dipu_01 n) Elaborar una relación de precios de los artículos que se expenderán en el bar, los nombres registradosque en Código seguro de verificación (CSV): (23)D070E8726CA6CCEA2C Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx(Xxxxxxxxxx de documentos) Firmado por Secretaria General XXXXX XXXXXX XXXXXX el 12/6/2018 su día será colocada por la adjudicataria en lugar visible del mismo, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y debidamente sellada por el Ayuntamiento. Se facilita, en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombreeste mismo pliego, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia empresas licitadoras para hacer sus propuestas una relación de artículos que, por considerarlos básicos xx Xxxxx será obligatorio tener como mínimo, en el que pueda afectar deberán reflejar el precio, que será el propuesta y aceptado en la licitación y/o negociación. o) La adjudicataria velará por el cumplimiento del Plan de Emergencia y Autoprotección de la Caseta Municipal en vigor, y que se encuentra para su consulta y descarga en la dirección de la web municipal en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxxx_xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx . p) Otras obligaciones del contratista: 1.- El contratista deberá prestar -a su xxxxx- el servicio de comidas para el personal del Ayuntamiento de servicio en la Caseta Municipal y Festival xx Xxxxx Grande (Policía Local de servicio, trabajadores municipales de turno). Esta obligación supone un máximo de 130 menús, de 12 euros, como máximo cada uno -incluida la bebida-, según tarifa de precios aprobada, en los 6 días de duración de la Feria y para el día de celebración del Festival xx Xxxxx Grande. 2.- El contratista deberá prestar -a su xxxxx- el servicio de refrigerio a las marcas participantes en el “Día de la Mujer”. Esta obligación supone el ofrecimiento de un vaso de sangría por persona y signos distintivos bandeja compartida con canapés variados o tapas diversas, para un máximo de ésta500 mujeres; por un montante total máximo de 1.200€, según tarifa de precios aprobada. Caso de no existir acondicionamiento de la Caseta para protección del sol y el calor, se servirá fuera de la caseta, en un lugar de sus inmediaciones, a la sombra, a concretar por el responsable del contrato.

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Samples: Contract for the Operation of a Bar

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para la correcta prestación El funcionamiento del café-bar se subordina al de los servicios la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento todo el museo y a las siguientes obligaciones: 1. Llevar a cabo las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientos, experiencia y recursos. 2. Comunicar a las EC’s toda la información de actuaciones que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, el mismo disponga en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades del Grupoél, siempre que no afecten a su independencia. 4. Recibir en nombre sean compatibles con la explotación del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6servicio. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover yasume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, en legal y económica de la oferta presentada y el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y plan operativo definitivo que se ajustarán a las condiciones generales derive de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicatariaella, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con conseguir el objeto del contrato sin y cumplir estrictamente todas las normas aplicables. La adjudicataria será responsable de la calidad del trabajo que desarrolle y de ello pueda derivar compensación. 10las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el museo o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El museo exigirá la subsanación por la adjudicataria de los defectos, insuficiencias, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables, otorgándole al efecto el plazo que estime oportuno. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos infracción o incumplimiento del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago contrato por parte de éste a la EC adjudicataria, de los que se derive perturbación grave y no reparable por otros medios, facultará al museo para optar entre la resolución del importe correspondiente a contrato o la publicidad emitida y intervención del servicio hasta que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimientotal perturbación desaparezca. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su En todo caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos adjudicataria deberá abonar al museo los daños o y perjuicios que por efectivamente le haya irrogado. Cuando la inadecuada prestación adjudicataria o el personal dependiente incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha de la ejecución del servicio puedan sufrir tanto contrato, el Grupo EITB como terceras partes afectadasmuseo podrá exigirle la adopción de medidas concretas y eficaces para conseguir restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado. La adjudicataria, siempre para utilizar materiales, suministro, procedimientos, y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar equipo para la ejecución del contrato, deberá obtener las marcas comercialescesiones, permisos y autorizaciones necesarias de los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo titulares de las EC’s. A tal efecto la empresa patentes, modelos y marcas de fábrica correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos, incluidos los gastos derivados de las reclamaciones que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar eventualmente pudieran dirigirse por este motivo contra el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusiónmuseo. La entidad adjudicataria estará obligada a facilitar la realización de las inspecciones que resulte decida llevar a cabo el museo, proporcionando los antecedentes, informes y datos necesarios de los análisis, comprobaciones o pruebas. La adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia podrá presentar lo que pueda afectar a las marcas estime pertinente en forma de peritajes, dictámenes o análisis realizados por centros y signos distintivos órganos oficiales, que servirán como elementos de éstajuicio para la decisión definitiva del museo.

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Samples: Contrato De Arrendamiento Y Explotación De Servicios

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para la correcta prestación LA SOLA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA IMPLICA LA PLENA ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO, CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, DE LO DETALLADO A CONTINUACIÓN: LA EMPRESA adjudicataria deberá: 4.1. Entregar una lista con los datos de contacto de los servicios Responsables Técnicos designados y del personal técnico que quedará afectado al contrato, dentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato, en cada Servicio Médico. Dicha lista deberá además contener los números de teléfono para la entidad asistencia técnica de urgencia. Y se deberá entregar por duplicado, debiendo adjuntarse una copia de lo detallado precedentemente en el Libro de comunicaciones (ver punto 5). El personal deberá estar registrado conforme lo exige el plexo normativo de aplicación en materia laboral y de riesgos de trabajo vigente, o el que resulte adjudicataria en su futuro PLIEG-2019-24552326-GCABA-HGAP lo reemplace. Por tal razón deberán presentarse las constancias correspondientes (ART) al comienzo de cada período. 4.2. Presentar el Cronograma del Plan de Inspección y Mantenimiento Preventivo en cada Servicio Médico, dentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato. El documento deberá dar debido cumplimiento detallar no sólo lo consignado en el punto 3.1; sino además los días, tareas de inspección o intervención a las siguientes obligaciones: 1. Llevar ser llevadas a cabo en el equipamiento del contrato vigente, con el objeto de garantiza las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientos, experiencia mismo. Se deberá entregar por duplicado debiendo quedar una copia del Plan de Mantenimiento Preventivo (y recursossu cronograma) en el Libro de Comunicaciones (ver punto 5). 24.3. Comunicar Proveer un Libro de Comunicaciones al Jefe de Servicio Médico del efector de salud, dentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato, con las características mencionadas en el punto 5 del presente pliego. 4.4. Identificar en forma clara, por medio de una tarjeta visible, al personal técnico que asista al Servicio. Como mínimo se deberá detallar foto, nombre de la persona, nombre de la empresa y su actividad. 4.5. Colocar, en un lugar visible del equipamiento, una oblea con los datos técnicos del mismo y los de la empresa debiéndose incluir el/los número/s de teléfono (y otros medios de comunicación) para contactar al Servicio Técnico. 4.6. Ejecutar el entrenamiento del personal afectado al uso del equipo que es alcanzados por este contrato, a las EC’s fin de optimizar el uso, rendimiento y cuidado del mismo, toda vez que sea requerido. 4.7. Presentar un resumen mensual, con los datos correspondientes a la/s tarea/s efectuada/s en el equipamiento, que deberá entregarse al Jefe del Servicio con copia al ingeniero del Hospital. Este informe, junto con los correspondientes remitos / órdenes de servicio / etc., debidamente conformado por los responsables de cada Servicio, formará parte de la información presentación de que disponga, cuando sea la certificación del servicio y será condición necesaria para la buena gestión confección del correspondiente Parte de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendadoRecepción Definitiva (PRD). Asimismo, así como, deberá presentarse también en particular, la relativa forma mensual un informe a la solvencia Gerencia Operativa de los terceros Evaluación y Planificación de Tecnología en Salud (DGCTFS – MSGC) con los que existan operaciones pendientes el formato indicado en el Anexo del presente pliego, firmado por el Responsable de conclusión o ejecuciónServicio técnico de la empresa. 34.8. Desarrollar Para las ejecuciones del mantenimiento preventivo, se establece como período máximo de tiempo para la salida de servicio del equipo un lapso de 1 (un) día hábil, incluyendo todos los repuestos que fueran necesarios para su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades ejecución (como se menciona en el punto 8, Xxxxxxx y repuestos, del Grupo, siempre que no afecten a su independenciapresente pliego). 44.9. Recibir Para las ejecuciones de mantenimiento correctivo que requieran repuestos que LA EMPRESA no posea en nombre del Grupo EITB cualquier clase stock local y deba importar, el equipo no deberá quedar PLIEG-2019-24552326-GCABA-HGAP fuera de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de servicio por un período mayor a los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y20 (veinte) días hábiles, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas contados a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano partir de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s notificación fehacientemente de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informefalla. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de ésta.

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Samples: Contractual Clauses

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para la correcta prestación LA EMPRESA adjudicataria deberá: 5.1. Entregar en cada Servicio Médico, dentro de los servicios primeros 10 (diez) días del inicio del contrato, una lista indicando los datos de contacto de los Responsables Técnicos designados y del personal técnico que quedará afectado al contrato, donde además se indiquen los números de teléfono para la entidad asistencia técnica de urgencia. 5.2. Presentar en cada Servicio Médico, dentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato, el listado del personal destinado a efectuar los servicios. Los mismos deberán estar registrados conforme lo exige el plexo normativo de aplicación en materia laboral y de riesgos de trabajo vigente, o el que resulte adjudicataria en su futuro lo reemplace. Por tal razón deberán presentarse las constancias correspondientes (ART) al comienzo de cada mes. 5.3. Presentar en cada Servicio Médico, dentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato, el Cronograma del Plan de Mantenimiento Preventivo y Correctivo. Este documento deberá dar debido cumplimiento detallar días, tareas de inspección o intervención a las siguientes obligaciones: 1. Llevar ser llevadas a cabo en el equipamiento del contrato vigente, con el objeto de garantizar las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientosmismo. ANEXO - DISPOSICIÓN N° 91/DGADC/15 (continuación) 5.4. Proveer un Libro de Comunicaciones al Jefe de Servicio Médico del efector de salud, experiencia y recursosdentro de los primeros 10 (diez) días del inicio del contrato, con las características mencionadas en el punto 6 del presente pliego. 25.5. Comunicar Identificar en forma clara, por medio de una tarjeta visible, al personal técnico que asista al Servicio. Como mínimo se deberá detallar foto, nombre de la persona, nombre de la empresa y su actividad. 5.6. Colocar, en un lugar visible del equipamiento, una oblea con los datos técnicos del mismo y los de la empresa debiéndose incluir el/los número/s de teléfono (y otros medios de comunicación) para contactar al Servicio Técnico. 5.7. Ejecutar el entrenamiento del personal afectado al uso de los equipos que son alcanzados por este contrato, a las EC’s toda fin de optimizar el uso, rendimiento y cuidado de los mismos. 5.8. Presentar un resumen mensual al Jefe del Servicio con copia al Bioingeniero designado en el Hospital y a la información Gerencia Operativa Equipamiento Médico (DGRFISS - MSGC), con los datos correspondientes a la/s tarea/s efectuada/s en el equipamiento. Este informe formará parte de que disponga, cuando sea la presentación de la certificación y será condición necesaria para la buena gestión confección del correspondiente Parte de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecuciónRecepción Definitiva (PRD). 35.9. Desarrollar Para las ejecuciones del mantenimiento preventivo, se establece como período máximo de tiempo para la salida de servicio del equipo un lapso de 1 (un) día hábil, incluyendo todos los repuestos que fueran necesarios para su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades ejecución (como se menciona en el punto 9 del Grupo, siempre que no afecten a su independenciapresente pliego). 45.10. Recibir Para las ejecuciones de mantenimiento correctivo que requieran repuestos que LA EMPRESA posee en nombre del Grupo EITB cualquier clase stock local, el equipo no deberá quedar fuera de reclamaciones servicio por un período mayor a los 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de terceros como consecuencia la notificación fehacientemente de la falla. 5.11. Para las ejecuciones de mantenimiento correctivo que requieran repuestos que LA EMPRESA no posea en stock local y deba importar, el equipo no deberá quedar fuera de servicio por un período mayor a los 20 (veinte) días hábiles, contados a partir de la notificación fehacientemente de la falla. Esto será de cumplimiento obligatorio, salvo que LA EMPRESA demuestra fehacientemente inconvenientes en la aprobación de las operaciones promovidas. 5Declaraciones Juradas de Importación (DJAI). Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas Razón por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria cual LA EMPRESA deberá informar a las EC’s la DGRFISS la fecha de la manera más precisa inicio de trámite con el correspondiente número. 5.12. Contemplar que todos los traslados que se realicen serán por cuenta y clara posible a través cargo del adjudicatario. Asimismo, los vehículos deberán contar con seguro y estar habilitados para dicho fin, siendo de la elaboración su entera responsabilidad tanto el traslado del equipamiento retirado del servicio como su estado de conservación y entrega funcionamiento. 5.13. Reparación Integral de un informe de gestión mensual en donde se determinenlos equipos, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual inicio del Contrato de Mantenimiento preventivo-correctivo y otra previa a la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo finalización de la presente contratación deberá ser realizada contratación, con presentación de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención informe indicando el estado de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12mismos. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante El GCBA podrá retener el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el último pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir hasta tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables se dé cumplimiento a aquel. 16lo requerido en este punto. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de ésta.ANEXO - DISPOSICIÓN N° 91/DGADC/15 (continuación)

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OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para la correcta prestación LA SOLA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA IMPLICA LA PLENA ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO, CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, DE LO DETALLADO A CONTINUACIÓN: LA EMPRESA adjudicataria deberá: 4.1. Entregar, una lista indicando los datos de contacto de los servicios Responsables Técnicos designados y del personal técnico que quedará afectado al contrato, en cada Servicio Médico para los equipos correspondientes al Grupo I y en la entidad SubGerencia de odontología de la SSAPAC para los equipos correspondientes al Grupo II, dentro de los primeros 15 (quince) días del inicio del contrato. 4.2. Presentar el Cronograma del Plan de Inspección y Mantenimiento Preventivo en cada Servicio Médico para los equipos correspondientes al Grupo I, y en la SubGerencia de odontología de la SSAPAC para GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES MINISTERIO DE SALUD 4.3. Proveer un Libro de Comunicaciones al Jefe de cada Servicio Médico para los equipos correspondientes al Grupo I, y a la SubGerencia de odontología de la SSAPAC para los equipos correspondientes al Grupo II, dentro de los primeros 15 (quince) días del inicio del contrato, con las características mencionadas en el presente pliego (punto 5). 4.4. Identificar en forma clara, por medio de una tarjeta visible, al personal técnico que resulte adjudicataria asista al Servicio; debiendo la misma al menos contener foto, nombre de la persona, nombre de la empresa y su actividad. 4.5. Colocar en un lugar visible del equipamiento, una oblea con los datos técnicos del mismo y los de la empresa debiéndose incluir el/los número/s de teléfono (y otros medios de comunicación) para contactar al Servicio Técnico. 4.6. Ejecutar, en caso de requerirse, el entrenamiento del personal afectado al uso de los equipos que son alcanzados por este contrato, a fin de optimizar el uso, rendimiento y cuidado de los mismos. 4.7. Presentar un resumen bimestral con los datos correspondientes a la/s tarea/s efectuada/s en el equipamiento que deberá dar debido cumplimiento a las siguientes obligacionesentregarse: 14.8. Llevar a cabo Para las prestaciones objeto ejecuciones del contrato utilizando mantenimiento preventivo, se establece como período máximo de tiempo para tal fin sus mejores conocimientos, experiencia y recursosla salida de servicio del equipo un lapso de 1 (un) día hábil incluyendo todos los repuestos que fueran necesarios para su ejecución (como se menciona en el punto 8 del presente pliego). 24.9. Comunicar En el caso de una reparación incluida en el servicio de mantenimiento correctivo, que requieran repuestos incluidos en el presente (según punto 8 del presente pliego), el equipo no deberá quedar fuera de servicio por un período mayor a las EC’s toda los 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la información notificación fehacientemente de que dispongala falla. PLIEG-2018-29456811- -DGCTFS Asimismo, cuando sea necesaria se establece como tiempo máximo para la buena gestión salida de servicio de las piezas de mano y compresores, un lapso de 5 (cinco) días hábiles. En caso de requerir el adjudicatario, un plazo mayor para la ejecución de la reparación, deberá proveer e instalar en el Servicio otra pieza de mano/ compresor de similares o mejores características hasta que se restituya el original; capacitando al servicio (de ser necesario). En aquellos casos en los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendadocuales el adjudicatario indique respecto a la imposibilidad de efectuar una reparación de estos accesorios, así comodeberá presentar el informe técnico correspondiente, junto con un presupuesto por la provisión de la pieza de mano / compresor en particularcuestión. Mientras que en aquellos casos en los que el adjudicatario considere que el costo de la reparación es excesivo, deberá presentar el presupuesto con el detalle técnico correspondiente conjuntamente con un presupuesto por la provisión de la pieza de mano / compresor en cuestión. Para los equipos correspondientes al Grupo I, la relativa documentación detallada deberá ser presentada al Jefe del servicio con copia a los ingenieros que se desempeñan en los hospitales. Para los equipos correspondientes al Grupo II, la documentación deberá ser presentada en los CESACs, con copia a la solvencia Subgerencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes odontología de conclusión o ejecuciónla SSAPAC (vía mial: xxx_xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx ). Ambos casos serán evaluados técnicamente por personal de la DGCTFS. 34.10. Desarrollar Contemplar que todos los traslados que se realicen serán por cuenta y cargo del adjudicatario. Asimismo, los vehículos deberán contar con seguro y estar habilitados para dicho fin, siendo de su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas entera responsabilidad tanto el traslado del equipamiento retirado del servicio como su estado de EITB y/o Sociedades del Grupo, siempre que no afecten a su independenciaconservación y funcionamiento. 44.11. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas Previo a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas finalización del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar efectuarse una puesta a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención cero de los equipos del Grupo EITB, para la integración con presentación de las mismasinforme indicando el estado de los mismos; de no cumplirse lo solicitado se retendrá el último pago hasta tanto se cumpla lo requerido. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de ésta.

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OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para Además de las restantes obligaciones que se deriven del presente Xxxxxx, la correcta prestación de los servicios la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento a las siguientes obligacionesestará obligada a: 1) Reparar, conservar, mantener y limpiar, a su xxxxx, los quioscos objeto contractual. Llevar Con respecto al mantenimiento y la limpieza de todos los citados elementos así como de la superficie inmediata a su entorno, se trata de obligaciones que la arrendataria deberá atender de manera regular y continuada, sin necesidad de aviso previo, al objeto de garantizar en todo momento la seguridad, la estética y el buen funcionamiento de los mismos, con la advertencia de que deberá llevar a cabo la reparación o sustitución de cualquiera de sus partes integrantes deterioradas o en mal estado en las prestaciones objeto 48 horas siguientes a la producción del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientosdaño, experiencia y recursoscon independencia de la causa del mismo, debiendo atender igualmente en idéntico plazo cualquier aviso relativo a limpieza, reparaciones o reposiciones concretas. 2. Comunicar a las EC’s toda la información ) Asumir los gastos de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión conexión y de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecuciónconsumo del suministro eléctrico. 3. Desarrollar su ) Responder de la seguridad y buen funcionamiento de los quioscos, con total inmunidad de Port 2000, y, consiguientemente, contratar los seguros de daños materiales y de responsabilidad civil para cubrir los posibles daños que pudieran ocasionarse a terceros por cualquier concepto, derivados del estado de conservación de estas instalaciones así como de la actividad con arreglo llevada a cabo, debiendo aprobar Port 2000 el capital asegurado, que deberá ser como mínimo de 300.000 €, las instrucciones recibidas indemnizaciones y, en general, el contenido de EITB y/o Sociedades del Grupolas correspondientes pólizas, siempre que no afecten la arrendataria deberá modificar a su independenciarequerimiento de Port 2000. 4) Facilitar en todo momento la documentación contable, tributaria o de cualquier otro tipo, que le solicite Port 2000. Recibir en nombre En particular la cuenta de explotación anual del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidascontrato. 5. Llevar ) Disponer de una contabilidad independiente oficina permanente, con un responsable de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contratola empresa arrendataria, que garantice la operatividad de contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento ) Las otras obligaciones resultantes de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información Pliego y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informenormativa aplicable. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de ésta.

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Samples: Arrendamiento Y Explotación De Quioscos

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para 9.1 El Hospital se reserva el derecho de requerir a la correcta prestación Adjudicataria la remoción inmediata de sus empleados que considere que no tengan la idoneidad necesaria o no guarden un comportamiento acorde con las buenas costumbres y reglamentaciones de disciplina vigentes para el Hospital. 9.2 El personal debe estar debidamente uniformado con toda la indumentaria (nueva al inicio) que asegure cualquier riesgo físico que este pueda tener, contando cada uno de ellos con los elementos de protección personal y de comunicación tanto entre ellos como con el personal del Hospital. 9.3 Todo el personal, para permanecer en el Hospital, deberá tener una tarjeta identificatoria, la cual será transportada, a la vista, en forma permanente, la misma servirá para el control de acceso y egreso del personal al Hospital, con control tanto por parte del personal de la empresa de Vigilancia como por cualquier agente del establecimiento, su falta de uso, habilitará las penalidades administrativas previstas. Debe contener los siguientes datos: Nombre y apellido, n° de documento, Foto, Nombre de la Empresa, Cargo. 9.4 El Hospital podrá proveer al personal de la Adjudicataria una tarjeta magnética para el control de asistencia. 9.5 La totalidad de las herramientas y máquinas necesarias para llevar a cabo la presente licitación estarán a cargo de la Adjudicataria, todos los elementos estarán disponibles en el local asignado a la Adjudicataria para su uso en forma permanente. 9.6 La Adjudicataria deberá proveer todos los materiales y repuestos necesarios, nuevos. Los repuestos específicos deberán además ser originales de fábrica. A solicitud del Hospital se deberán indicar las empresas proveedoras de los servicios la entidad que resulte adjudicataria deberá dar debido cumplimiento repuestos específicos a las siguientes obligaciones: 1usar durante los mantenimientos. Llevar a cabo las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientosNo se aceptarán repuestos de otro origen, experiencia los repuestos serán de igual marca y recursosprestación igual o superior al original y aprobados por el Dto. Mantenimiento. 29.7 El ingreso de materiales, máquinas, herramientas y todo otro elemento deberá ser realizado a través de remitos por triplicado de las cuales se distribuirán de la siguiente manera: original para el Dto. Comunicar a las EC’s toda la información de que dispongaMantenimiento, cuando sea necesaria copia para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, en particular, Adjudicataria y copia para la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecuciónVigilancia privada del Hospital. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas 9.8 Toda gestión frente al Gobierno de EITB y/o Sociedades del Grupola Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que no afecten a su independencia. 4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros como consecuencia de las operaciones promovidas. 5. Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones realizadas en ejecución del Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados cambio de conservador, registración de ascensores, renovación de obleas, cambio de representante técnico, etc. estará a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano cargo de la promoción. Así las cosasAdjudicataria, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10esto implique costos adicionales respecto al valor mensual del mantenimiento contratado. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria Plazo para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención inicio de los equipos del Grupo EITB, para la integración trámites: dentro de las mismas. 12. Será por cuenta los diez primeros días a partir de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimientoinicio del contrato, plazo de finalización máximo: dos meses de iniciados los trámites. A este finEn caso que el Hospital dispusiera el cambio del representante técnico, dicha gestión estará a cargo de la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinadaAdjudicataria en forma total. 14. Atender al pago 9.9 La Adjudicataria, deberá dar cumplimiento a todas las normas de cuantos impuestosseguridad e higiene que establezca la legislación vigente, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como o sean requeridas por el Hospital de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, acuerdo a la prestación del servicionaturaleza de los trabajos a ejecutar. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de ésta.

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Samples: Contratación Del Servicio De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo Integral De Los Ascensores Y Montacargas Del Hospital

OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA. Para a) Relativas al SIDIF (Alta de Beneficiarios): • En el caso de no estar inscripto, el oferente deberá tramitar su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, - SIDIF – Resolución Nº 262/95 de la correcta prestación SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, en el Departamento de Compras y Contrataciones de este Organismo sito en Xx. Xxxxxxxxxx 0000, 0x Xxxx, X.X.X.X..- • En el caso de estar inscripto, el adjudicatario deberá informar al Departamento de Compras y Contrataciones la cuenta habilitada a los servicios efectos de recibir los depósitos provenientes de la entidad CUENTA ÚNICA XXX XXXXXX. • En el caso que resulte adjudicataria el Adjudicatario, desee modificar la cuenta habilitada a tal efecto, deberá dar debido cumplimiento a las siguientes obligaciones: 1. Llevar a cabo las prestaciones objeto del contrato utilizando para tal fin sus mejores conocimientostramitar la incorporación de una nueva, experiencia en el Departamento de Compras y recursosContrataciones; la cual una vez habilitada implicará la baja automática de la cuenta anterior. 2. Comunicar b) La obligación de cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a las EC’s toda la información de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción se le ha encomendado, así como, en particularreembolso o resarcimiento alguno, la relativa a la solvencia totalidad de los terceros con los las normas administrativas, comerciales, laborales, impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole - tanto nacionales, provinciales o municipales- que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. 3. Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones recibidas de EITB y/o Sociedades del Grupo, siempre que no afecten a su independencia. 4. Recibir en nombre del Grupo EITB cualquier clase de reclamaciones de terceros le resulten inherentes como consecuencia de las operaciones promovidasla actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad con relación a su personal. El Organismo Contratante podrá, a su solo juicio y en cualquier oportunidad, requerir la documentación que acredite dicho cumplimiento. 5. Llevar una contabilidad independiente c) La obligación de resarcir en forma integral los daños que sus incumplimientos ocasionen al Organismo Contratante. d) Cumplir con el plazo de entrega de los actos u operaciones realizadas bienes dentro del término previsto en ejecución el Artículo 19 del presente. Podrá solicitar una extensión del plazo de cumplimiento de la prestación cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. (Art. 93º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016) e) Realizar todas las acciones que garanticen la vigencia del seguro contratado durante la entrega de los bienes realizando, en tiempo y forma, las comunicaciones necesarias a tal efecto, y las denuncias de los siniestros que pudieran ocurrir en término, conforme a la obligación asumida al firmarse el Contrato. 6. La entidad que resulte adjudicataria solo podrá promover y, en el supuesto de que esté autorizado de conformidad con el apartado 2. anterior, concluir ventas con clientes cuando concurra en estas operaciones la circunstancia de que el precio ofertado se corresponda con el que figure en las tarifas y condiciones que el Grupo EITB tenga aprobadas en cada momento para regir las ventas de sus espacios publicitarios, que serán remitidas a la entidad que resulte Adjudicataria y que se ajustarán a las condiciones generales de contratación de publicidad del Grupo EITB. 7. La entidad que resulte adjudicataria, así como los profesionales dispuestos por éste para el cumplimiento de este contrato estarán obligados a facilitar todo tipo de información y a seguir las directrices establecidas por la EC a través del órgano que se designe por esta. 8. Las EC’s en cualquier momento podrán solicitar información de las gestiones realizadas por la entidad que resulta adjudicataria en el plano de la promoción. Así las cosas, la entidad que resulte adjudicataria deberá informar a las EC’s de la manera más precisa y clara posible a través de la elaboración y entrega de un informe de gestión mensual en donde se determinen, al menos, los siguientes aspectos:  Evolución mensual de la facturación.  Nuevos acuerdos susceptibles de ser adoptados.  Propuestas en curso y propuestas desestimadas del período del informe. 9. Las EC’s se reserva la facultad de suspender o cancelar cualesquiera trabajos que la entidad que resulte Adjudicataria realice en relación con el objeto del contrato sin que de ello pueda derivar compensación. 10. Cualquier acción comercializadora que promueva la entidad adjudicataria al amparo de la presente contratación deberá ser realizada de conformidad con las instrucciones y pautas informadas por las EC’s. 11. La entidad que resulte adjudicataria deberá asegurar a las EC’s, la recepción de todos aquellos materiales de grafismos, creatividades y documentación necesaria con la antelación necesaria para la correcta implementación de campañas especiales que impliquen la intervención de los equipos del Grupo EITB, para la integración de las mismas. 12. Será por cuenta de la entidad que resulte adjudicataria la gestión de cobro de las operaciones objeto del presente contrato. 13. Realizar ante el anunciante cuantas gestiones sean necesarias para garantizar el pago por parte de éste a la EC del importe correspondiente a la publicidad emitida y que no hubiese sido abonada en la fecha de vencimiento. A este fin, la empresa que resulte adjudicataria recibirá, cuando proceda, un listado con los saldos pendientes de cobro a una fecha determinada. 14. Atender al pago de cuantos impuestos, arbitrios, derechos y tasas, tanto estatales como de las Administraciones Autonómica o Local, graven, en su caso, la prestación del servicio. 15. Responder de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir tanto el Grupo EITB como terceras partes afectadas, siempre y cuando dichos perjuicios sean imputables a aquel. 16. Utilizar las marcas comerciales, los nombres registrados, rótulos y otros símbolos del Grupo EITB sólo y a los únicos efectos de identificar los productos objeto del Contrato y en interés exclusivo de las EC’s. A tal efecto la empresa que resulte Adjudicataria no podrá en ningún caso registrar ni solicitar el registro de ningún nombre, marca o símbolo semejante a los que identifican al Grupo EITB de forma que induzcan a confusión. La entidad que resulte adjudicataria comunicará a las EC’s cualquier incidencia que pueda afectar a las marcas y signos distintivos de ésta.

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Samples: Contract for Professional Services