OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas. 2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista. 3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc. 4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajo.
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Samples: Telecommunications, Servicio
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 127.1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio Elaborar un Plan de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas Seguridad y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad Salud en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contratotrabajo, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este siendo responsable de la ejecución correcta de las medidas preventivas en él fijadas así como del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados cumplimiento de toda la normativa de seguridad y salud.
27.2. Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del contratista en dichas obras y que, por su titulación y experiencia, deberá tener la capacitación adecuada según las características y la complejidad de la misma obra. Una vez designado y dé aceptado por el Ayuntamiento deberá permanecer al frente de la obra hasta su recepción. El incumplimiento de esta cláusula será calificado como falta muy grave. Con cargo al contratista es condición obligatoria disponer de oficina técnica a estos las instrucciones oportunaspie de obra, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas informatizada y con el personal cualificado, para la realización de ningún trabajador trabajos de gabinete relacionados con la obra, y la permanencia también a pie de obra de, al menos, un Técnico de grado superior o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento medio también relacionado con el contrato tipo de obra.
27.3. Concurrir a la firma de las actas de Comprobación del Replanteo y de Recepción de obra en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón los términos establecidos en la legislación de contratos.
27.4. Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la ejecución del mismo documentación de la obra ejecutada.
27.5. Guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el responsable designado por objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
27.6. Adoptar todas las medidas establecidas en la empresalegislación vigente sobre protección de riesgos laborales.
27.7. La empresa adjudicataria deberá prever el gasto de ensayos de control de calidad en el porcentaje que se determina en este Pliego.
27.8. No podrá instalarse ninguna valla ni cartel publicitario de ningún tipo, sin perjuicio que no cuente con autorización expresa del Ayuntamiento.
27.9. El contratista asumirá la plena responsabilidad del buen fin de la debida relación obra siendo el único responsable, tanto frente al Ayuntamiento como frente a terceros, de cordialidad los daños y colaboración perjuicios o accidentes causados durante la ejecución de la misma.
27.10. Designar a las obras los medios humanos y materiales necesarios, acordes con el resto los términos xxx Xxxxxx de Cláusulas y de la oferta presentada.
27.11. Si resulta necesario, será por cuenta del personal contratista la obtención de todas las licencias, permisos o boletines relativos a las acometidas de servicios que vayan a ejecutarse dentro del adjudicatario ámbito de la obra.
27.12. Todos los gastos que conlleven las presentaciones y/o visitas en el desarrollo de su trabajoobra serán por cuenta del contratista (paneles, fotos, etc...).
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Samples: Contract for Works, Contract for Works
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio Tendrá la obligación primordial de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de realizar todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo operaciones que, dentro del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución objeto del contrato, asumiendo todas y a partir del momento de la adjudicación, le sean encomendadas por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Deberá dar comienzo a cada una de las obras en el plazo que se indique en la notificación de la ejecución. Estará obligado a ejecutar las obras en los plazos fijados. Por el simple transcurso de los plazos señalados, incurrirá en xxxx, sin necesidad de intimación especial. Asumirá la plena responsabilidad del buen fin de las obras, tanto frente al Ayuntamiento como frente a terceros, siendo de su cuenta la indemnización de todos los daños que causen a terceras personas como consecuencia de las operaciones que requieran las ejecuciones de las obras, a cuyo efecto deberá suscribir una póliza de Responsabilidad Civil por un importe mínimo de un millón quinientos mil euros (1.500.000). Será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen a las propiedades vecinas, que deberá dejar en el estado en que se encontraban al empezar las obras. Asimismo, el Adjudicatario se comprometerá a suscribir una póliza de seguros en concepto de Responsabilidad Civil a favor de los técnicos municipales del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx que intervengan en cada obra, por una cobertura personal de seiscientos mil (600.000) euros. Tomará las medidas necesarias para evitar accidentes del personal o desprendimientos de materiales que pudieran originar alguna desgracia, siendo de su cuenta las responsabilidades civiles o criminales a que diera lugar. No podrá instalarse ninguna valla ni cartel publicitario de ningún tipo que no cuente con autorización expresa del Ayuntamiento. Guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. Todos los impuestos, contribuciones, arbitrios o gravámenes establecidos por el Estado, Provincia o Municipio que pesen sobre el contrato serán a cargo del Adjudicatario. Si a juicio de la Dirección Técnica o de los Servicios Técnicos Municipales no se realizasen las obras con la debida actividad o no reunieran las condiciones necesarias de toda buena construcción, se harán al Adjudicatario las observaciones correspondientes, y si no fueran atendidas, se estará a lo dispuesto en la cláusula 24 xxx Xxxxxx de Condiciones Administrativas Particulares. Estará obligado al cumplimiento de las obligaciones vigentes en materia de Trabajo y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento cualquier otra que le fuere de la normativa en formación y prevención de riesgos laboralesaplicación, etc.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este siendo responsable de la ejecución correcta de las medidas preventivas en él fijadas. El Ayuntamiento quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del contrato será quien distribuya el trabajo entre Adjudicatario, así como con las empresas que pudieran establecer subcontratas con aquél. En todos los demás empleados trabajos objeto de este Contrato se cumplirán las disposiciones de la misma Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (BOE nº 269 de 10/11/1995) y dé a estos las instrucciones oportunasnormativa que la desarrolle, vigilando expresamente complemente o sustituya. También será de aplicación el Reglamento vigente sobre Normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo, del Ministerio de Trabajo. Todo el personal que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, emplee el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de Adjudicatario para la ejecución de los trabajos objeto del mismo con el responsable designado por contrato, deberá percibir, como mínimo, los haberes o jornales fijados en la empresacorrespondiente reglamentación laboral, sin perjuicio y estará en todo momento al corriente de la debida relación las cuotas de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajoSeguridad Social.
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Samples: Contract for Works
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar El adjudicatario, realizará una atención personalizada a los/as usuarios/as con independencia de la organización de su personal a efectos de descanso semanal, vacaciones, enfermedad, elaboración de cuadrantes, etc., habiendo de contar con una estructura organizativa que haga viable el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone cumplimiento de los efectivos comprometidos y de compromisos adquiridos en la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta adjudicación de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3servicios. El adjudicatario ejercerá está obligado a comunicar a los Servicios Sociales Municipales, a través de modo realla figura del Coordinador/a del Servicio, efectivo y continuocualquier incidencia acaecida en la atención a cada uno de los usuarios, la dirección del personal que destina quién mantendrá, a su vez informada, a la ejecución Concejalía de Servicios Sociales. El adjudicatario está obligado a facilitar información a los técnicos de los Servicios Sociales del contrato, asumiendo todas las obligaciones Ayuntamiento. Especialmente al técnico/a Coordinador/a del Servicio. El profesional que el adjudicatario designe como interlocutor de los Servicios Sociales Municipales y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control coordinador de la asistencia prestación del servicio, deberá acudir a las reuniones a las que se les convoque por parte del Ayuntamiento de Villarrobledo (Servicios Sociales), a fin de llevar a cabo, seguimiento de casos, planteamientos generales, etc. En casos que sean valorados por los Servicios Sociales como de extrema urgencia, habrá de empezar el servicio en las 24 horas siguientes al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento recibo de la normativa en formación y prevención orden de riesgos laboraleshacerlo. Aquellos servicios que quedaran paralizados por bajas, rescisión de contratos, sustituciones, etc.
4, deberán cubrirse en un plazo no superior a 24 horas, y deberá comunicarlo a la coordinadora designada por los Servicios Sociales, e informando posteriormente a la SERVICIOS: ABIERTO Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 02/03/2018 14:06:24 FECHA Y HORA UTC 02/03/2018 13:06:24 Concejalía. El contratista designará un representante adjudicatario facilitará a sus empleados/as, entre los útiles de trabajo, la dotación suficiente de vestuario uniformado en el que será constará el único interlocutor entre la empresa texto “Servicio de Ayuda a Domicilio”, “Ayuntamiento de Villarrobledo”, y el logotipo del Ayuntamiento. El tipo de prendas, tipografía, proporciones y colores de estos textos y logos deberán ser aprobados previamente por el Ayuntamiento, a propuesta de la Concejalía de Servicios Sociales. Presentar la memoria y velará por la correcta ejecución evaluación al final de cada año, independientemente de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunaspresentadas trimestralmente, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario según lo dispuesto en el desarrollo punto 6.3. del presente pliego de su trabajo.prescripciones técnicas La empresa adjudicataria deberá garantizar como mínimo:
a) Un/a coordinador/a.
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OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad 1.- Prestar los servicios objeto del contratista organizar el servicio contrato con diligencia y eficacia de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadoresforma general, sin que tenga lugar ningún tipo de discriminación en el Ayuntamiento interfiera acceso al servicio.
2.- Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario no podrá interrumpir la prestación de los servicios, salvo en caso de huelga laboral, en el que, no obstante, estará obligado a establecer los servicios mínimos necesarios de conformidad con la legislación vigente.
3.- Destinar a la prestación de los servicios todos los medios materiales y humanos previstos en su oferta y aquellos que constarán en el correspondiente contrato.
4.- El adjudicatario no podrá ceder, subcontratar o traspasar funciones o cometidos designados dentro de los servicios, ni aun parcialmente, sin que la propia entidad concedente tenga conocimiento y lo autorice expresamente por escrito.
5.- Disponer de un Libro y Hojas de Reclamaciones a disposición de los clientes que lo soliciten para acusar recibo de todas aquellas quejas que pudiesen formular los usuarios por razón del servicio, de las decisiones que adopte para cada trabajador más allá cuales se dará inmediata cuenta a la entidad concedente.
6.- Cuidar la presencia y conservación de asegurarse que las instalaciones, maquinaria, mobiliario y demás equipos empleados en los servicios con el mayor esmero, dando siempre una imagen de pulcritud y eficacia.
7.- Facilitar en todo momento dispone la labor de los efectivos comprometidos y inspección de la correcta ejecución Urbanización Pinar de todas las prestaciones contratadasAlmorox, con aportación de documentos que se requieran, datos de interés y aclaraciones pertinentes.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre 8.- Cumplir con sus funciones tenga la ejecución trabajadores las disposiciones legales de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etcque serán siempre de su exclusiva responsabilidad.
4. El contratista designará un representante 9.- Observar en todo momento una conducta de respeto y absoluta corrección en el trato con los residentes y visitantes, así como con el personal a su servicio.
10.- Responder de toda indemnización civil por daños o accidentes que ocasionen los operarios, vehículos o instrumentos de trabajo empleados en los servicios.
11.- Así mismo, el adjudicatario será el único interlocutor entre responsable ante la empresa entidad concedente de las faltas que cometan sus trabajadores y el Ayuntamientoque tengan trascendencia ante terceros, y velará por la correcta ejecución quedará obligado al resarcimiento de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable daños que se causen con motivo de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre defectuosa prestación de los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajoservicios.
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Samples: Contrato De Comodato
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 126.1. Será responsabilidad Presentación de programa de trabajo por el contratista30: SI [X] En su caso, especificar plazo de presentación y contenido mínimo del contratista organizar mismo: Plazo de presentación. El adjudicatario deberá presentar en el servicio plazo de manera que se garantice 30 días, a contar desde la prestación íntegra formalización del contrato, un programa de las prestaciones contratadas y a trabajo para la vez los derechos socio laborales aprobación por el Órgano de sus trabajadoresContratación, sin que quien, previo informe de la persona responsable del seguimiento del contrato, resolverá sobre el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá “Programa de asegurarse que en todo momento dispone Trabajo” dentro de los efectivos comprometidos y quince días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de la correcta ejecución modificaciones o el cumplimiento de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contratodeterminadas prescripciones, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal no contravengan las cláusulas del contrato. El personal Contenido mínimo. En el programa de trabajo se deberán adecuar con carácter de mínimos, las especificaciones contenidas en los pliegos de prescripciones técnicas, así como la oferta técnica propuesta por el adjudicatario. En tal sentido referirá: Programa de trabajo diario, plan de abastecimiento, horario de prestación del servicio, menús, tiempo de respuesta, etc. Medios humanos y materiales concretos que preste este servicio deberá disponer se va a poner a disposición de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones especificando número de personas, horas semanales de cada uno y derechos inherentes a número de personas que trabaja en cada turno. Programa de Formación como concreción del Plan de Formación ofertado, una vez consensuado con la condición Dirección del Centro. Programa de empleador: negociación colectiva; concesión mantenimiento y conservación de permisoslocales, vacaciones instalaciones y licencias; equipos. Programa de calidad, gestión medioambiental, y control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento residuos para evaluación de la normativa en formación y aceptación de menús. Plan de prevención de riesgos laboraleslaborales En cuanto a los horarios, etc.
4el adjudicatario deberá ajustarse a las condiciones establecidas por el centro asistencial. El contratista designará un representante principio básico que será el único interlocutor entre debe regir la empresa y el Ayuntamientoforma de plantear la organización del servicio, y velará es la adecuación del mismo a las necesidades asistenciales del centro. El adjudicatario referirá en su programa de trabajo la aceptación de los protocolos de evaluación de limpieza establecidos por la correcta ejecución Dirección del centro. El programa de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de trabajo reflejará la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario centro asistencial en el desarrollo Plan de su trabajocatástrofes internas, y en las medidas adoptadas en evacuación del centro. NO [ ] 26.2. Sistema de indemnizaciones para contratos de servicios de redacción de proyectos de obra31.
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OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. 1.- El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales.
2.- Igualmente deberá observar lo dispuesto en la Ley orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
3.- Será responsabilidad del contratista organizar el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. 4.- El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contratocontratado, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio servicios directos en dependencia municipales deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. 5.- El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc.
4. El 6.- La empresa contratista designará deberá designar al menos a un representante coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, Ayuntamiento y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas, y tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a). Este responsable Recibir y Transmitir cualquier comunicación que el personal de la empresa contratista deba realizar a la Administración en relación con la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajocontrato.
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Samples: Contrato Menor Para La Prestación De Servicio De Redacción De Proyectos
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y -Realizar una atención personalizada a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y los/ as usuarios/ as con independencia de la correcta ejecución organización de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del su personal que entre sus funciones tenga la ejecución a efectos de este contratodescanso semanal, garantizando siempre que en caso vacaciones, enfermedad, elaboración de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laboralescuadrantes, etc.
4, habiendo de contar con una estructura organizativa que haga viable el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la adjudicación de estos servicios, referidos tanto a la responsabilidad jurídica, técnica como la económica. El contratista designará -Salvo situaciones excepcionales será siempre el mismo/ a profesional quien atienda a un representante que será mismo beneficiario, con el único interlocutor entre fin de facilitar esta atención personalizada y evitar desajustes. Las sustituciones serán las imprescindibles con causa justificada y con aviso previo de la empresa al responsable del servicio. -..El contratista, a través de su delegado/ a comunicará por escrito (vía fax o correo electrónico, o teléfono) la fecha de inicio real del servicio y nombre del auxiliar asignado al mismo. .-La disposición de personal suficiente con certificado de profesionalidad o título acreditativo (auxiliares de ayuda a domicilio, de enfermería, de geriatría, técnicos socio-sanitarios y otros relacionados con el Ayuntamientosector), facilitándoles el equipo de trabajo necesario y velará por proporcionándoles un carné identificativo que les acredite como profesionales del servicio. -Aceptar la correcta ejecución supervisión de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes Trabajadoras Sociales de la Mancomunidad. -..Acudir a las contratadas. Este responsable reuniones a las que se les convoque por parte de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre Mancomunidad, a fin de coordinar actuaciones, seguimiento de casos, planteamientos generales, etc. indicando la persona designada para ostentar la representación técnica ante los demás empleados responsables de la misma Mancomunidad. -Presentar la memoria y dé evaluación al final de cada año y cuando finalice el contrato. -La empresa adjudicataria deberá garantizar como mínimo:
a) Un/a estos las instrucciones oportunascoordinador/a a tiempo parcial, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas como apoyo a la intervención en los servicios sociales en los casos de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato ayuda a domicilio de los municipios y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo horario de su trabajoprestación del servicio.
b) Disponer de personal administrativo y medios telemáticos necesarios. Asimismo, será necesario que exista disponibilidad de contacto para las gestiones que sean necesarias realizar durante toda la banda horaria de prestación del servicio, contemplada en el pliego, incluidos días laborables y festivos.
c) Tener ubicada una oficina en La Rioja, preferiblemente en la Rioja Alta o en Logroño.
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Samples: Contract for Home Care Services
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad obligación específica del contratista organizar el servicio de manera adjudicatario tener en cuenta los objetivos transversales o principios horizontales, en toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte precise para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato: - Igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación - Utilización del lenguaje inclusivo y no sexista - Diversidad - Desarrollo sostenible - Accesibilidad universal - Cambio demográfico - Mitigación y adaptación al cambio climático - Economía circular - Innovación - Transparencia y rendición de cuentas - Participación Cada item deberá explicarse en una ficha descriptiva, asumiendo todas las obligaciones que incluirá al menos: la definición y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectivacontenidos; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control los responsables de la asistencia al trabajo ejecución; el período de implantación; los indicadores para hacer un seguimiento y productividad; pago evaluar los resultados una vez finalizada la implantación. El adjudicatario será el responsable de la calidad técnica de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social trabajos que desarrolle y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto y servicios realizados. Será obligación específica del adjudicatario la preparación de la documentación justificativa necesaria, que demuestre que las acciones propuestas en la oferta técnica y el pliego de prescripciones técnicas han sido efectivamente realizadas. Para ello, la empresa adjudicataria estará obligada a presentar, junto con cada factura, la siguiente documentación al Ayuntamiento: − Elaboración de cuantos informes de seguimiento, intermedios y/o finales, sean requeridos. − Ejemplares en formato papel o electrónico de todos los productos y materiales generados por la asistencia técnica. − Otros documentos probatorios del trabajo realizado. La ejecución del trabajo se realizará en el lugar o lugares que el propio desarrollo del trabajo exija y que se indiquen por el Ayuntamiento. El responsable o Director/a del Proyecto, ejercerá de interlocutor con el/la responsable del contrato y porque para todo lo relacionado con la ejecución de los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadastrabajos descritos. Este responsable Documento Firmado Electrónicamente - CSV:D03C94B3-FD3B-47CE-9FC5-B7CE147CD6BE-1598834 Verificación de la ejecución autenticidad de este documento electrónico en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xxx En todo momento se utilizará la imagen corporativa del contrato será quien distribuya Ayuntamiento xx Xxxxx, que deberá ser revisada por el trabajo entre área de Comunicación y recibir un adecuado tratamiento en cuantos soportes se utilicen en la prestación de servicio al que se refiere el presente pliego. Los signos gráficos institucionales (imagotipo, escudo institucional, tipografía, marcha y submarcas) que aparezcan en los demás empleados soportes y documentos de uso externo deberán respetar la imagen corporativa del Ayuntamiento, siguiendo las especificaciones descritas en la guía básica de uso, con su tamaño, color y situación correcta para garantizar la identificación del Consistorio. Además, todas las actuaciones de comunicación relacionadas con el Plan incorporarán el logo oficial del PRTR: Deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la misma y dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente UE con una declaración que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado diga: • “financiado por la empresaUnión Europea-NextGenerationEU” (enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xxxxxx ) Los documentos deben incorporar, sin perjuicio tanto en su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo, la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajo.siguiente referencia:
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Samples: Contrato De Suministro
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 13.1. Será responsabilidad Gestión de altas, bajas y modificaciones de puntos de suministro El licitador llevará a cabo todas las actuaciones técnicas y administrativas, que a continuación se detallan: Gestión de altas, bajas y modificaciones de puntos de suministro. Modificaciones administrativas de los contratos de suministro (sin impacto en las condiciones técnicas). Gestiones en nombre del contratista organizar el Ayuntamiento ante los diferentes distribuidores para que se lleve a cabo en los plazos y condiciones óptimas. Modificaciones técnicas del suministro en cuanto a la modificación de potencias de contratación y cambios de equipos de medida. Puesta en servicio de manera las instalaciones necesarias para proporcionar suministro. Solicitud de baja de suministros a los puntos que procedan. Aprobado por Decreto del Concejal Delegado Nº 7574 de fecha 23/072014 5 Tras recibir la petición de alta de un nuevo punto de suministro por parte del Ayuntamiento, así como toda la documentación técnica necesaria, el licitador realizará todas las gestiones en nombre del Ayuntamiento ante los diferentes distribuidores para que se garantice lleve a cabo en los plazos y condiciones óptimas. Inspección periódica y atención de urgencias. El licitador tendrá las obligaciones recogidas en la prestación íntegra Ley 34/1998 de 7 de Octubre del Sector de Hidrocarburos y en el Real Decreto 949/2001 y Real Decreto 1434/2002 que la desarrollan. Entre dichas obligaciones se encuentran las prestaciones contratadas siguientes: oRealizar por sí mismo, o a través del distribuidor al que estén conectadas las instalaciones del Ayuntamiento, visitas de inspección a las instalaciones receptoras, con la periodicidad definida reglamentariamente y comunicar la realización y fecha de la misma a las empresas distribuidoras. oMantener por sí mismo, o a través del distribuidor al que estén conectadas las instalaciones del Ayuntamiento, un sistema operativo que asegure la atención permanente y la resolución de incidencias que, con carácter de urgencia, puedan presentarse en las instalaciones receptoras del usuario.
3.2. Reclamaciones El licitador deberá gestionar cualquier tipo de reclamación presentada por el Ayuntamiento y, en su caso, trasladarla a la vez compañía distribuidora de gas correspondiente, en relación a la medida de consumos, facturas emitidas, cortes indebidos, etc. Estas reclamaciones deberán realizarse por canales unificados e integrados detallados más adelante, por el personal autorizado al efecto por el Ayuntamiento. 3.3. Canales de contacto y soporte administrativo Teléfono de atención al cliente: El licitador dispondrá de un único teléfono de atención al cliente disponible 24 horas, todos los derechos socio laborales días del año. Internet: El licitador dispondrá de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá acceso a través de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación internet y/o experiencia exigidos por correo electrónico a todos los datos sobre facturación, consumos de gas los que se refieran cada una de las facturas. 3.4. Información de gestión La empresa adjudicataria estará obligada a informar con carácter como máximo trimestral del importe detallado de la facturación emitida al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Aprobado por Decreto del Concejal Delegado Nº 7574 de fecha 23/072014 6 La información se facilitará en formato excel, incorporando una fila por cada factura emitida de cada suministro, y una columna para cada uno de los datos que a continuación se relacionan: Núm. Factura. Titular. CIF. Contrato. Dirección. CUPS. Fecha de alta de contrato. TARIFA. Comercializadora. Fecha Factura. Fecha inicio. Fecha fin. Núm. Meses Término Fijo. Precio Término fijo. Importe Término Fijo. Importe Término Variable. Término de Energía_€. Impuesto Hidrocarburos. Alquiler de contador. Inspección periódica. Otros conceptos. BASE. IVA. TOTAL. Lectura anterior. Lectura actual. Consumo. PCS. REMESA. Indicador de facturada anulada o rectificativa. La empresa adjudicataria estará obligada a informar al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx de la tarifas que es posible contratar de acuerdo al estado actual de la instalación de medida de los suministros, en un plazo máximo de 1 mes desde la activación de los nuevos contratos en cada suministro. Aprobado por Decreto del Concejal Delegado Nº 7574 de fecha 23/072014 7 El licitador queda obligado a aportar el personal técnico, equipo y medios auxiliares precisos para la buena ejecución del servicio contratado. Todo el personal que sea necesario para cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, tanto fijo como eventual, tendrá el título facultativo o profesional adecuado a su cometido, y dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario. El licitador deberá mantener un sistema de información de actuaciones, guardando un histórico de las mismas. Esta información deberá ser suministrada al Ayuntamiento en el contratoformato electrónico que éste exija, dándose cuenta dentro de estos cambios al responsable municipal los estándares xxx xxxxxxx. 3.5. Facturación La facturación de los consumos de gas en cada punto de gas, será mensual. El adjudicatario deberá remitir la siguiente documentación mensual: Información relativa a la facturación mensual de todos los suministros: La vía de transmisión de esta información y el formato del contenido de la misma se determinará con el licitador y los responsables técnicos del Ayuntamiento en la primera semana posterior a la firma del contrato. El personal contenido de la información remitida electrónicamente por el licitador deberá coincidir con el importe de la facturación periódica en formato papel que preste este servicio deberá disponer éste emita al Ayuntamiento en el caso de algún elemento distintivo que acredite su relación con los puntos de suministro en mercado liberalizado. La información se facilitará en formato excel, incorporando una fila por cada factura emitida de cada suministro, y una columna para cada uno de los datos según el formato indicado en el apartado 3.4. correspondiente a información de la empresa contratista.
3gestión. El adjudicatario ejercerá Facturas de modo realcada punto de suministro: Se enviarán al registro de facturas de cada organismo titular del suministro, efectivo (Ayuntamiento, Patronato Sociocultural, Patronato de Bienestar Social y continuoPatronato Municipal de Deportes). Las facturas se agregarán por remesas de acuerdo al tipo de suministro indicado en el anexo al presente pliego. Para cada remesa, la dirección entrega del personal fichero electrónico y la facturación en papel se realizará en un plazo no superior a 7 días después de la fecha de emisión de las facturas, que destina a la ejecución del contrato, asumiendo será igual para todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición facturas de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etccada remesa.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajo.
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Samples: Contrato De Suministro
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista deberá estar al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social, retención del IRPF y salarios de los trabajadores directamente relacionados con la ejecución de los trabajos objeto de facturación. El adjudicatario, a lo largo de toda la ejecución del contrato deberá abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio servicios directos en dependencias municipales deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a Xxx Xxxx, 2 48550 Muskiz (Bizkaia) xxx.xxxxxx.xxx 8 la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, Ayuntamiento y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma y dé a estos éstos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan acaten órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajo.
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Samples: Contrato De Servicios
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar El adjudicatario, realizará una atención personalizada a los/as usuarios/as con independencia de la organización de su personal a efectos de descanso semanal, vacaciones, SERVICIOS: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 29/01/2018 19:07:33 FECHA Y HORA UTC 29/01/2018 18:07:33 enfermedad, elaboración de cuadrantes, etc., habiendo de contar con una estructura organizativa que haga viable el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone cumplimiento de los efectivos comprometidos y de compromisos adquiridos en la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta adjudicación de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3servicios. El adjudicatario ejercerá está obligado a comunicar a los Servicios Sociales Municipales, a través de modo realla figura del Coordinador/a del Servicio, efectivo y continuocualquier incidencia acaecida en la atención a cada uno de los usuarios, la dirección del personal que destina quién mantendrá, a su vez informada, a la ejecución Concejalía de Servicios Sociales. El adjudicatario está obligado a facilitar información a los técnicos de los Servicios Sociales del contrato, asumiendo todas las obligaciones Ayuntamiento. Especialmente al técnico/a Coordinador/a del Servicio. El profesional que el adjudicatario designe como interlocutor de los Servicios Sociales Municipales y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control coordinador de la asistencia prestación del servicio, deberá acudir a las reuniones a las que se les convoque por parte del Ayuntamiento de Villarrobledo (Servicios Sociales), a fin de llevar a cabo, seguimiento de casos, planteamientos generales, etc. En casos que sean valorados por los Servicios Sociales como de extrema urgencia, habrá de empezar el servicio en las 24 horas siguientes al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento recibo de la normativa en formación y prevención orden de riesgos laboraleshacerlo. Aquellos servicios que quedaran paralizados por bajas, rescisión de contratos, sustituciones, etc.
4, deberán cubrirse en un plazo no superior a 24 horas, y deberá comunicarlo a la coordinadora designada por los Servicios Sociales, e informando posteriormente a la Concejalía. El contratista designará un representante adjudicatario facilitará a sus empleados/as, entre los útiles de trabajo, la dotación suficiente de vestuario uniformado en el que será constará el único interlocutor entre la empresa texto “Servicio de Ayuda a Domicilio”, “Ayuntamiento de Villarrobledo”, y el logotipo del Ayuntamiento. El tipo de prendas, tipografía, proporciones y colores de estos textos y logos deberán ser aprobados previamente por el Ayuntamiento, a propuesta de la Concejalía de Servicios Sociales. Presentar la memoria y velará por la correcta ejecución evaluación al final de cada año, independientemente de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunaspresentadas trimestralmente, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario según lo dispuesto en el desarrollo punto 6.3. del presente pliego de su trabajo.prescripciones técnicas La empresa adjudicataria deberá garantizar como mínimo:
a) Un/a coordinador/a.
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OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio servicios directos en dependencia municipales deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista, espacio laboral diferenciado y medios propios de la empresa adjudicataria.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajo.
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Samples: Gestión De Servicios Bibliotecarios
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad 1.- Prestar los servicios objeto del contratista organizar el servicio contrato con diligencia y eficacia, de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadoresforma general, sin que tenga lugar ningún tipo de discriminación en el Ayuntamiento interfiera acceso al servicio.
2.- Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario no podrá interrumpir la prestación de los servicios, salvo en caso de huelga laboral, en el que, no obstante, estará obligado a establecer los servicios mínimos necesarios de conformidad con la legislación vigente.
3.- Destinar a la prestación de los servicios todos los medios materiales y humanos previstos en su oferta y aquellos que constarán en el correspondiente contrato.
4.- El adjudicatario no podrá ceder, subcontratar o traspasar funciones o cometidos designados dentro de los servicios, ni aun parcialmente, sin que la propia entidad concedente tenga conocimiento y lo autorice expresamente por escrito.
5.- Disponer de un Libro y Hojas de Reclamaciones a disposición de los clientes que lo soliciten para acusar recibo de todas aquellas quejas que pudiesen formular los usuarios por razón del servicio, de las decisiones que adopte para cada trabajador más allá cuales se dará inmediata cuenta a la entidad concedente.
6.- Cuidar la presencia y conservación de asegurarse que las instalaciones, maquinaria, mobiliario y demás equipos empleados en los servicios con el mayor esmero, dando siempre una imagen de pulcritud y eficacia.
7.- Facilitar en todo momento dispone la labor de los efectivos comprometidos y inspección de la correcta ejecución Dirección del CLUB SOCIAL MATAGRANDE, S.A. con aportación de todas las prestaciones contratadasdocumentos que se requieran, datos de interés y aclaraciones pertinentes.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre 8.- Cumplir con sus funciones tenga la ejecución trabajadores las disposiciones legales de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etcque serán siempre de su exclusiva responsabilidad.
4. El contratista designará un representante 9.- Observar en todo momento una conducta de respeto y absoluta corrección en el trato con los socios y los visitantes así como con el personal a su servicio.
10.- Responder de toda indemnización civil por daños o accidentes que ocasionen los operarios, vehículos o instrumentos de trabajo empleados en los servicios.
11.- Así mismo, el adjudicatario será el único interlocutor entre responsable ante la empresa entidad concedente de las faltas que cometan sus trabajadores y el Ayuntamientoque tengan trascendencia ante terceros, y velará por la correcta ejecución quedará obligado al resarcimiento de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable daños que se causen con motivo de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre defectuosa prestación de los demás empleados de la misma y dé a estos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajoservicios.
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Samples: Contrato De Comodato
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contratocontratado, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio servicios directos en dependencia municipales deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, Ayuntamiento y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo Xxx Xxxx, 2 48550 Muskiz (Bizkaia) xxx.xxxxxx.xxx entre los demás empleados de la misma y dé a estos éstos las instrucciones oportunas, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajo.
24.5.- En el supuesto en que el contrato sea de tracto sucesivo, el contratista estará obligado a presentar un programa de trabajo, cuando así se indique en la letra O del Cuadro de características del contrato, que deberá ser aprobado por el órgano de contratación.
24.6.- En los casos en que así lo exija la normativa vigente, el contratista tendrá la obligación de subrogarse como empleador en las relaciones laborales de los trabajadores. La relación y las condiciones laborales de estos trabajadores se detallan en el documento anexo a este Pliego. Cuando se produzca esta subrogación, el contratista deberá proporcionar al órgano de contratación, a requerimiento de éste o, en todo caso, con una antelación mínima de 4 meses a la finalización del plazo de ejecución del contrato, la información relativa a la relación y las condiciones laborales de los trabajadores que deban ser objeto de subrogaciones sucesivas.
24.7.- El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
24.8.- En los casos en que la naturaleza del objeto del contrato lo permita, la Administración adquirirá la propiedad intelectual del trabajo objeto del contrato desde su inicio, siendo responsabilidad del contratista los perjuicios que se puedan derivar contra tal derecho de propiedad por actuaciones a él imputables.
24.9.- En el supuesto en que el contrato tenga por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, la ejecución del contrato lleva aparejada la cesión a la Administración contratante del derecho de uso de dichos productos, pudiendo ésta, además, autorizar su uso a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP.
24.10.- El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en la letra X del Cuadro de características del contrato de este Pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que en dicho Cuadro o en el contrato se establezca un plazo mayor. Xxx Xxxx, 2 48550 Muskiz (Bizkaia) xxx.xxxxxx.xxx 51
24.11.- En el supuesto en que el objeto del contrato sea la elaboración de un proyecto de obras, el contratista redactor del proyecto deberá entregar el proyecto objeto de la contratación acompañado de una copia en soporte informático. Serán responsabilidad del contratista los daños y perjuicios que durante la ejecución o explotación de las obras se causen tanto a la Administración como a terceros por defectos e insuficiencias técnicas del proyecto, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo haya incurrido imputables a aquél, con arreglo a lo establecido en el artículo 312 del TRLCSP, con excepción de los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden de la Administración. Asimismo, si el presupuesto de ejecución de la obra prevista en el proyecto se desviase en más de un 20%, tanto por exceso como por defecto, del coste real de la misma, como consecuencia de errores u omisiones imputables al contratista, éste habrá de abonar una indemnización a la Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del TRLCSP.
24.12.- En el supuesto de que el objeto de la contratación incluya la dirección de obra, bien en misión completa o bien en misión parcial, y en el contrato de ejecución de la obra se admita la subcontratación, el director de la obra deberá cuidar por el correcto cumplimiento de los requisitos y régimen establecidos en la normativa reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
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Samples: Contrato De Servicios
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 126.1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio Elaborar un Plan de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas Seguridad y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad Salud en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contratotrabajo, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este siendo responsable de la ejecución correcta de las medidas preventivas en él fijadas así como del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados cumplimiento de toda la normativa de seguridad y salud.
26.2. Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del contratista en dichas obras y que, por su titulación y experiencia, deberá tener la capacitación adecuada según las características y la complejidad de la misma obra. Una vez designado y dé aceptado por el Ayuntamiento deberá permanecer al frente de la obra hasta su recepción. El incumplimiento de esta cláusula será calificado como falta muy grave. Con cargo al contratista es condición obligatoria disponer de oficina técnica a estos las instrucciones oportunaspie de obra, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas informatizada y con el personal cualificado, para la realización de ningún trabajador trabajos de gabinete relacionados con la obra, y la permanencia también a pie de obra de, al menos, un Técnico de grado superior o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento medio también relacionado con el contrato tipo de obra.
26.3. Concurrir a la firma de las actas de Comprobación del Replanteo y de Recepción de obra en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón los términos establecidos en la legislación de contratos.
26.4. Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la ejecución del mismo documentación de la obra ejecutada.
26.5. Guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el responsable designado por objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
26.6. Adoptar todas las medidas establecidas en la empresalegislación vigente sobre protección de riesgos laborales.
26.7. La empresa adjudicataria deberá prever el gasto de ensayos de control de calidad en el porcentaje que se determina en este Pliego.
26.8. No podrá instalarse ninguna valla ni cartel publicitario de ningún tipo, sin perjuicio que no cuente con autorización expresa del Ayuntamiento.
26.9. El contratista asumirá la plena responsabilidad del buen fin de la debida relación obra siendo el único responsable, tanto frente al Ayuntamiento como frente a terceros, de cordialidad los daños y colaboración perjuicios o accidentes causados durante la ejecución de la misma.
26.10. Designar a las obras los medios humanos y materiales necesarios, acordes con el resto los términos xxx Xxxxxx de Cláusulas y de la oferta presentada.
26.11. Si resulta necesario, será por cuenta del personal contratista la obtención de todas las licencias, permisos o boletines relativos a las acometidas de servicios que vayan a ejecutarse dentro del adjudicatario ámbito de la obra.
26.12. Todos los gastos que conlleven las presentaciones y/o visitas en el desarrollo de su trabajoobra serán por cuenta del contratista (paneles, fotos, etc...).
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Samples: Contract for Works
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 1. Será responsabilidad del contratista organizar La empresa deberá aportar al personal una placa de identificación con su nombre y el logotipo que la Concejalía de Turismo determine.
2. La empresa adjudicataria deberá garantizar en todo momento que el servicio se ofrecerá en los siguientes idiomas, correctamente hablados y escritos: castellano, inglés y francés, de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse forma que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas se pueda dar respuesta a las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad consultas en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratistaestas lenguas.
3. La empresa deberá desarrollar la actividad en función del horario que en cada oficina de turismo o punto de información se establezca, de acuerdo con las necesidades del servicio. El adjudicatario ejercerá de modo realhorario podrá ser modificado, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control según el criterio de la asistencia al trabajo y productividad; pago Concejalía de los salariosTurismo del Ayuntamiento xx Xxxxxx, cotizaciones a cuando así lo considere oportuno. Siempre se cumplirá con la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento puntualidad en el horario de la normativa en formación y prevención apertura establecido para cada Oficina de riesgos laborales, etcTurismo.
4. El contratista designará La sede de trabajo del personal encargado de la prestación del servicio serán las Oficinas de Turismo y túneles mencionados en el clausulado.
5. En todo horario de apertura al público deberá haber un representante coordinador que será el único interlocutor entre con la Dirección de la Concejalía de Turismo.
6. El número de horas estimadas para cubrir las Oficinas de Turismo mencionadas anteriormente deberá establecerse en función de las necesidades de cada oficina y según determine la Concejalía de Turismo a la empresa adjudicataria.
7. El servicio se realizará con personal cualificado y el Ayuntamientoserá exigible como mínimo tener una titulación de Diplomado Universitario o equivalente, o 2.400 horas de cursos de turismo, conocimiento xx xxxxxx como mínimo y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen experiencia profesional para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este responsable de la ejecución del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados a desarrollar.
8. Para la prestación de este servicio, la misma y dé a estos las instrucciones oportunasempresa adjudicataria deberá contar con un mínimo de cuatro trabajadores y, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas en todo momento, deberán estar presentes en la Oficina Municipal de ningún trabajador o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivadosTurismo, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento relacionado con el contrato en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón un mínimo de la ejecución del mismo con el responsable designado por la empresa, sin perjuicio de la debida relación de cordialidad y colaboración con el resto del personal del adjudicatario en el desarrollo de su trabajodos trabajadores.
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Samples: Service Agreement
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. 127.1. Será responsabilidad del contratista organizar el servicio Elaborar un Plan de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas Seguridad y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.
2. El contratista procurará la estabilidad Salud en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contratotrabajo, garantizando siempre que en caso de sustitución de personal se hace con otro que reúna los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato, dándose cuenta de estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste este servicio deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista.
3. El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato, asumiendo todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: negociación colectiva; concesión de permisos, vacaciones y licencias; control de la asistencia al trabajo y productividad; pago de los salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención del IRPF; cumplimiento de la normativa en formación y prevención de riesgos laborales, etc.
4. El contratista designará un representante que será el único interlocutor entre la empresa y el Ayuntamiento, y velará por la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato y porque los trabajadores destinados a su ejecución no realicen para este Ayuntamiento otras tareas diferentes a las contratadas. Este siendo responsable de la ejecución correcta de las medidas preventivas en él fijadas, así como del contrato será quien distribuya el trabajo entre los demás empleados cumplimiento de toda la normativa de seguridad y salud.
27.2. Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del contratista en dichas obras y que, por su titulación y experiencia, deberá tener la capacitación adecuada según las características y la complejidad de la misma obra. Una vez designado y dé aceptado por el Ayuntamiento deberá permanecer al frente de la obra hasta su recepción. El incumplimiento de esta cláusula será calificado como muy grave. Con cargo al contratista es condición obligatoria disponer de oficina técnica a estos las instrucciones oportunaspie de obra, vigilando expresamente que éstos no acatan órdenes directas informatizada y con el personal cualificado, para la realización de ningún trabajador trabajos de gabinete relacionados con la obra, y la permanencia también a pie de obra de, al menos, un Técnico de grado superior o representante municipal. Salvo en casos excepcionales debidamente motivados, el responsable municipal del contrato y el resto del personal del Ayuntamiento medio también relacionado con el contrato tipo de obra.
27.3. Concurrir a la firma de las actas de Comprobación del Replanteo y de Recepción de obra en cuestión, únicamente mantendrá relación por razón los términos establecidos en la legislación de contratos.
27.4. Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la ejecución del mismo documentación de la obra ejecutada.
27.5. Guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el responsable designado por objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
27.6. Adoptar todas las medidas establecidas en la empresalegislación vigente sobre protección de riesgos laborales.
27.7. La empresa adjudicataria deberá prever el gasto de ensayos de control de calidad en el porcentaje que se determina en este Pliego.
27.8. No podrá instalarse ninguna valla, sin perjuicio ni cartel publicitario de ningún tipo, que no cuente con autorización expresa del Ayuntamiento.
27.9. El contratista asumirá la plena responsabilidad del buen fin de la debida relación obra siendo el único responsable, tanto frente al Ayuntamiento como frente a terceros, de cordialidad los daños y colaboración perjuicios o accidentes causados durante la ejecución de la misma.
27.10. Designar a las obras los medios humanos y materiales necesarios, acordes con el resto los términos xxx Xxxxxx de Cláusulas y de la oferta presentada.
27.11. Si resulta necesario, será por cuenta del personal contratista la obtención de todas las licencias, permisos o boletines relativos a las acometidas de servicios que vayan a ejecutarse dentro del adjudicatario ámbito de la obra.
27.12. Todos los gastos que conlleven las presentaciones y/o visitas en el desarrollo de su trabajoobra serán por cuenta del contratista (paneles, fotos, etc...).
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Samples: Contrato De Obras