Common use of OBLIGACIONES LEGALES Clause in Contracts

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, seguros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otros, como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otros, tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 de estas CG, sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 de estas CG. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicable. En el plazo de cuarenta y cinco (45) días siguientes a la baja, deberá entregar los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los certificados que prescribe el art 80 de la Ley de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS 6.2 ANSES) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 y/o 19 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo y un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (i) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (ii) los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o aterceros; (iii) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (iv) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario y sus empleados o los empleados de sussubcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresa.

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Samples: Service Agreement, Service Agreement

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, segurosseguros obreros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otrosetc., como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener , manteniendo indemne a la La Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otrosetc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas penalidades establecidas en el art. 19 de estas CG, sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 de estas CG. las C.P. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresaempresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicableAFIP. En el plazo de cuarenta y cinco (45) días siguientes a la bajasiguientes, deberá entregar hacer entrega de los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los dependiente lo certificados que prescribe el art 80 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS formulario ps 6.2 ANSESAnses) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 cumplir las obligaciones legales del Adjudicatario reteniendo los montos adeudados al Adjudicatario y realizar el pago directamente en nombre y representación de éste y/o 19 de estas C.G. resolver el contrato. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo Trabajo, y asimismo un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. horas al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad actividad, que existan o imparta laEmpresaLa Empresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsableo de los Adjudicatarios quienes serán los únicos responsables, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (ia) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (ii) los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o aterceros; (iii) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (iv) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario y sus empleados o los empleados de sussubcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresa.

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Samples: Contract for Provision of Services, Service Provision Agreement

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, seguros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otros, como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otros, tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 de estas CG, sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 de estas CG. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicable. En el plazo de cuarenta y cinco (45) días siguientes a la baja, deberá entregar los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los certificados que prescribe el art 80 de la Ley de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS 6.2 ANSES) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 y/o 19 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo y un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (i) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (ii) los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o aterceros; (iii) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (iv) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario y sus empleados o los empleados de sussubcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, trabajo así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, Asimismo se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresa.

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Samples: Service Agreement

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, segurosseguros obreros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otrosetc., como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener , manteniendo indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otrosetc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 20 de estas CGC.G., sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 artículo 18 de estas CG. C.G. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresaempresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicableAFIP. En el plazo de cuarenta y cinco (45) 45 días siguientes a la bajasiguientes, deberá entregar hacer entrega de los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los dependiente lo certificados que prescribe el art 80 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS formulario ps 6.2 ANSESAnsés) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 18 y/o 19 20 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo Trabajo, y asimismo un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. horas al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresala Empresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (ia) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (ii) los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o aterceros; (iii) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (iv) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario y sus empleados o los empleados de sussubcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresa.

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OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, segurosseguros obreros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otrosetc., como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener , manteniendo indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otrosetc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 21 de estas CGC.G., sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 artículo 19 de estas CG. C.G. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresaempresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicableAFIP. En el plazo de cuarenta y cinco (45) 45 días siguientes a la bajasiguientes, deberá entregar hacer entrega de los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los dependiente lo certificados que prescribe el art 80 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS formulario ps 6.2 ANSESAnsés) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 y/o 19 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo Trabajo, y asimismo un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. horas al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresala Empresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (ia) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (iib) los accidentes que, que como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, personal pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o atercerosa terceros; (iiic) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (ivSocial y d) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario o de los Adjudicatarios y sus empleados o los empleados de sussubcontratistassus subcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, trabajo así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. cuarenta y ocho (48) horas de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, Asimismo se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. artículo 30 de la Ley de Contrato de TrabajoLCT, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la La Empresa.

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Samples: Service Agreement

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, segurosseguros obreros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otrosetc., como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener , manteniendo indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otrosetc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 21 de estas CGC.G., sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 artículo 19 de estas CG. C.G. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresaempresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicableAFIP. En el plazo de cuarenta y cinco (45) 45 días siguientes a la bajasiguientes, deberá entregar hacer entrega de los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los dependiente lo certificados que prescribe el art 80 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS formulario ps 6.2 ANSESAnsés) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 19 y/o 19 21 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo Trabajo, y asimismo un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. horas al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresala Empresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (ia) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (iib) los accidentes que, que como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, personal pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o atercerosa terceros; (iiic) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (ivSocial y d) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario o de los Adjudicatarios y sus empleados o los empleados de sussubcontratistassus subcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, trabajo así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. cuarenta y ocho (48) horas de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, Asimismo se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. artículo 30 de la Ley de Contrato de TrabajoLCT, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la La Empresa.

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Samples: Service Agreement

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con (a) Para efectos del artículo 400 (cuatrocientos) de la LGTOC, las leyes partes convienen en este acto que (i) el Fiduciario poseerá las Acciones Aportadas durante la vigencia de este Contrato, y disposiciones vigentes referidas que los gastos que resulten necesarios para la conservación, administración, y cobranza de los derechos que de aquéllas se deriven, serán cubiertos por el Fideicomitente de que se trate, y (ii) el Fideicomitente respectivo mantendrá como depositario, la posesión física de los Bienes Inmuebles Aportados así como de los activos aportados que se encuentren adheridos o en cualquier otra forma incorporados a horarios, cargas sociales, seguros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otros, como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personalaquellos. Por consiguiente, el Fideicomitente de que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución se trate deberá conservar los Bienes Inmuebles Aportados como si fuera propietario de los inconvenientes mismos, se abstendrá de orden gremial y/usarlos para un fin distinto al del giro ordinario de su negocio, y será responsable de los daños causados a terceras personas como resultado del uso, posesión, o legal transmisión de los Bienes Inmuebles Aportados. Adicionalmente, los gastos necesarios para la conservación, reparación, mantenimiento, y administración de los Bienes Inmuebles Aportados, deberá ser pagado por el Fideicomitente al que puedan surgir al respectotales gastos correspondan. El Adjudicatario deberá mantener indemne Fideicomitente en posesión del Bien Inmueble Aportado de que se trate será responsable de los daños y perjuicios que tales bienes puedan causar a la Empresa terceros, sin que el Fiduciario y a todo el grupo empresarioFideicomisario en Primer Lugar puedan ser responsables de dichos daños y perjuicios. Por lo anterior, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario Fideicomitente respectivo en este acto se obliga a cumplir sacar en paz y hacer cumplir a su personal salvo al Fiduciario y al Fideicomisario en Primer Lugar respecto de cualquier reclamación de terceros por tales conceptos e indemnizar al Fiduciario y al Fideicomisario en Primer Lugar por cualquier daño o perjuicio que puedan sufrir como consecuencia de cualquiera de dichas reclamaciones, y a reembolsarles los gastos y costos, incluyendo honorarios legales, razonables en que puedan incurrir cualquiera de ellos con motivo de cualquier reclamación de terceros. (b) Los Fideicomitentes deberán contratar las normas Pólizas de Seguro sobre el Patrimonio del Fideicomiso (o cualquier parte o porción del mismo) hasta en tanto las Obligaciones Garantizadas sean totalmente pagadas y proporcionar al Fiduciario copias de dichas pólizas en la que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otros, tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde Fiduciario se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP ostente como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 de estas CG, sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 de estas CG. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicable. En el plazo de cuarenta y cinco (45) días siguientes a la baja, deberá entregar los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los certificados que prescribe el art 80 de la Ley de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS 6.2 ANSES) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 y/o 19 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo y un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (i) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (ii) los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o aterceros; (iii) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (iv) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario y sus empleados o los empleados de sussubcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresabeneficiario.

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Samples: Trust Agreement (TMM Holdings Sa De Cv)

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario contratista deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, seguros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otros, horarios como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener , manteniendo indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ARSA ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para contratista a la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la EmpresaARSA. El Adjudicatario contratista se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otrosetc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o público, empleados de la EmpresaARSA, etc., según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 de estas CG, sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 de estas CG. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicable. En el plazo de cuarenta y cinco (45) días siguientes a la baja, deberá entregar los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los certificados que prescribe el art 80 de la Ley de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS 6.2 ANSES) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 y/o 19 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo y un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (i) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (ii) los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o aterceros; (iii) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (iv) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario y sus empleados o los empleados de sussubcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatariocontratista, la Empresa ARSA se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. cuarenta y ocho (48) horas de notificado fehacientemente el Adjudicatario. el/los adjudicatario/s. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario contratista todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados Cualquier gasto originado en el art. 30 cumplimiento de estas obligaciones estará a cargo del contratista que será el único responsable, sin que la Ley de Contrato de Trabajosiguiente enumeración resulte taxativa, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad de: a) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la Empresa prestación del servicio a su cargo; b) los accidentes que como consecuencia directa o indirecta de los servicios objeto trabajos de su personal pudieran ocurrirle a éstos, al personal de ARSA y/o a terceros; c) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social y de Higiene y Seguridad en el Trabajo d) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del presente. El cumplimiento o de lo que se deja establecido, será comprobado los adjudicatarios y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia sus empleados o los empleados de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresasus subcontratistas.

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Samples: Concurso Cerrado De Precios

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, segurosseguros obreros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otrosetc., como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener , manteniendo indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otrosetc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 20 de estas CGC.G., sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 artículo 18 de estas CG. C.G. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicableAFIP. En el plazo de cuarenta y cinco (45) 45 días siguientes a la bajasiguientes, deberá entregar hacer entrega de los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los dependiente lo certificados que prescribe el art 80 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS formulario ps 6.2 ANSESAnses) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 18 y/o 19 20 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo Trabajo, y asimismo un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. horas al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresala Empresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (ia) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (iib) los accidentes que, que como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, personal pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o atercerosa terceros; (iiic) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (ivSocial y d) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario o de los Adjudicatarios y sus empleados o los empleados de sussubcontratistassus subcontratistas. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, trabajo así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, Asimismo se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. artículo 30 de la Ley de Contrato de TrabajoLCT, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la La Empresa.

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Samples: Service Agreement

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, segurosseguros obreros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otrosetc., como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener , manteniendo indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otrosetc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 21 de estas CGC.G., sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 artículo 19 de estas CG. C.G. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresaempresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicableAFIP. En el plazo de cuarenta y cinco (45) 45 días siguientes a la bajasiguientes, deberá entregar hacer entrega de los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los dependiente lo certificados que prescribe el art 80 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS formulario ps 6.2 ANSESAnsés) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 19 y/o 19 21 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo Trabajo, y asimismo un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. horas al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresala Empresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (ia) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (iib) los accidentes que, que como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, personal pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o atercerosa terceros; (iiic) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (ivSocial y d) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario o de los Adjudicatarios y sus empleados o los empleados de sussubcontratistassus subcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, trabajo así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. cuarenta y ocho (48) horas de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, Asimismo se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. artículo 30 de la Ley de Contrato de TrabajoLCT, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresa.

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Samples: Service Agreement

OBLIGACIONES LEGALES. El Adjudicatario deberá cumplir con las leyes y disposiciones vigentes referidas a horarios, cargas sociales, segurosseguros obreros, accidentes de trabajo, salarios mínimos por jornada legal, entre otrosetc., como así también con los convenios colectivos de trabajo a que esté ligado su personal, el que debe ser acorde a las tareas prestadas y debe contar con la conformidad de la Empresa, tomando a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial y/o legal que puedan surgir al respecto. El Adjudicatario deberá mantener , manteniendo indemne a la Empresa y a todo el grupo empresario, socios, administradores y accionistas ante cualquier evento. El personal afectado por el Adjudicatario para la prestación del servicio no tendrá relación de dependencia alguna con la Empresa. El Adjudicatario se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las normas que el uso aconseja sobre presentación, aseo, modales, lenguaje, entre otrosetc., tendientes a mantener en los lugares de trabajo un ambiente de eficiencia, cortesía y buenas maneras, evitando conversaciones innecesarias con el público y/o empleados de la Empresa, según el lugar donde se desempeñe, debiendo dedicarse a sus tareas específicas con el mínimo de interrupciones. El Adjudicatario deberá comunicar a la Empresa la nómina de empleados destinados al servicio requerido, debiendo hacer entrega de la constancia de alta en AFIP como dependiente, caso contrario las personas que no se indiquen con estos parámetros no podrán desarrollar los servicios requeridos, y si de ello se derivare la deficiencia de la contraprestación, la Empresa podrá aplicar las sanciones descriptas en el art. 19 20 de estas CGC.G., sin perjuicio de la facultad de la Empresa de ejercer el derecho que le otorga el art. 17 artículo 18 de estas CG. C.G. En caso de producirse la baja de un dependiente del Adjudicatario afectado al servicio solicitado por la Empresa, dicha circunstancia deberá ser comunicada inmediatamente dentro de las 24 hs. siguientes y dentro del plazo de 48 hs. hábiles deberá hacerse entrega de los comprobantes de pago de la liquidación final resultante y comprobante de baja en AFIP o la constancia, que corresponda de acuerdo a la legislación aplicableAFIP. En el plazo de cuarenta y cinco (45) 45 días siguientes a la bajasiguientes, deberá entregar hacer entrega de los comprobantes de haber entregado al dependiente, de acuerdo a la legislación de origen, y en el caso de la República Argentina deberá hacer entrega de los dependiente lo certificados que prescribe el art 80 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo a saber: (1) certificado de trabajo; (2) certificado de servicios y remuneraciones (Formulario PS formulario ps 6.2 ANSESAnses) y (3) certificado de aportes y contribuciones a la seguridad social (Formulario 984 de AFIP). El incumplimiento de esta obligación facultará a la Empresa a proceder conforme arts. 17 18 y/o 19 20 de estas C.G. El Adjudicatario deberá acreditar llevar el libro que prescribe el art. 52 de la Ley del Régimen de Contrato de Trabajo Trabajo, y asimismo un libro especial de registros, horarios o mecanismo electrónico autorizado por la autoridad de aplicación correspondiente. La Empresa podrá efectuar el control de los libros indicados preavisando con un plazo de 72 hs. horas al Adjudicatario. El Adjudicatario cumplirá con todas las normas, disposiciones y/o directivas aplicables a su actividad que existan o imparta laEmpresala Empresa. Cualquier gasto originado en el cumplimiento de estas obligaciones estará a exclusivo cargo del Adjudicatario quien será el único responsable, sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, de: (ia) las infracciones a cualquier norma, disposición, ley, decreto o reglamento vigente durante la prestación a su cargo; (ii) los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta de los trabajos de su personal, pudieran ocurrirle a éstos, al personal de la Empresa y/o aterceros; (iii) sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Socialy (iv) toda otra obligación que pudiere surgir de las relaciones laborales del Adjudicatario y sus empleados o los empleados de sussubcontratistas. El Adjudicatario deberá abonar a su personal salarios no inferiores a los mínimos en vigor, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por jornada legal de trabajo. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonando íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo, así como también en las obligaciones referentes a la retención y depósito de los aportes y contribuciones que corresponda, siendo motivo de suspensión del trámite y pago de facturas la falta de cumplimiento de dichas obligaciones. En caso de inconductas o incumplimientos a las obligaciones por parte del personal del Adjudicatario, la Empresa se reserva el derecho de exigir su cambio en forma inmediata. Dicho cambio deberá realizarse dentro de las 48 hs. de notificado fehacientemente el Adjudicatario. En este caso será exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todas las consecuencias legales y/o pecuniarias que la modificación pudiera acarrear. Asimismo, se compromete a entregar y cumplir con los requisitos estipulados en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, de modo tal de eximir de toda responsabilidad por vía de solidaridad a la Empresa de los servicios objeto del presente. El cumplimiento de lo que se deja establecido, será comprobado y documentado en cada caso, para lo cual el Adjudicatario deberá acompañar constancia de cumplimiento certificada por contador público nacional y exhibirá los comprobantes que le sean requeridos por el sector usuario o por el designado por la Empresa.

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