Common use of Operaciones Clause in Contracts

Operaciones. Al efectuar los trabajos comprendidos en este contrato, el contratista deberá emplear medios satisfactorios para el control del polvo, los cuales deben estar incluidos en su oferta. El contratista dispondrá su trabajo y entrega de materiales de modo que no dificulte o estorbe las operaciones de otros contratistas ocupados en trabajos adyacentes y cuidar de unir su trabajo al de otros en forma conveniente de acuerdo con las estipulaciones, requerimientos, términos y condiciones de los documentos contractuales y especificaciones, así como de ejecutar su trabajo en el orden debido, en relación con el de otros contratistas. El supervisor deberá emitir un dictamen aprobando o desaprobando las acciones tomadas por el contratista a este respecto. Cada contratista será responsable de cualquier daño ocasionado por él o por sus empleados, subcontratistas, proveedores, representantes o agentes, a la obra ejecutada por otro contratista. CG - 25VALLAS, SEÑALES DE ADVERTENCIA Y OTROS DISPOSITIVOS El contratista deberá proporcionar, erigir y conservar todas las señales, advertencias de peligro y otros dispositivos para el control del tránsito que sean necesarias y en suficiente número, incluyendo las señales nocturnas; asimismo tomará todas las precauciones necesarias para la protección de la obra y la seguridad del público. Si el incumplimiento de una buena señalización llegara a causar algún accidente, el contratista será el único responsable del pago por daños y perjuicios ocasionados, sin que el FOVIAL tenga responsabilidad alguna. Con el objeto de lograr una única imagen institucional, el contratista se compromete a utilizar los logos, uniformes y distintivos solicitados por el FOVIAL., Así también, el contratista proporcionará, instalará y mantendrá vallas publicitariasmóviles con leyendas proporcionadas por el FOVIAL, en el número y lugares que le sean requeridos por éste, de acuerdo a los diseños que le sean suministrados según el Manual de Seguridad Vial e Imagen Institucional en Zonas de Trabajo del FOVIAL manual de imagen institucional y seguridad en zonas de trabajos. El contratista deberá además proceder al retiro de una, varias o todas las vallas, cuando así se lo solicite el FOVIAL, retiro que deberá efectuar dentro del plazo de tres días calendario. Adicionalmente, el contratista deberá informar en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el inicio, el avance del proyecto, y finalización de la obraserá en full color (página completa), los dos primeros serán a un color (página completa) y el último será full color (página completa), de acuerdo a las especificaciones que oportunamente le sean proporcionadas por el Asesor de Comunicaciones de FOVIAL. Asimismo deberá informar oportunamente por medios escritos y radiales, de los cierres, aperturas o cualquier otra actividad relevante relacionada con la obra, lo cual deberá ser coordinado con el FOVIAL. CG - 26ORDEN DE CESACION TEMPORAL DE TRABAJOS. RETIRO DE TRABAJO DEFECTUOSO Y NO AUTORIZADO Siempre que el supervisor constatare que la obra o una parte de ella, o cualquiera de sus componentes, está siendo ejecutada por el contratista de manera que no cumple en su totalidad con la calidad requerida, o con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones establecidos en los documentos contractuales, o que se trata de trabajo defectuoso o no autorizado, deberá notificarlo por escrito al FOVIAL dentro de las veinticuatro horas siguientes a la constatación. El FOVIAL, recibida la notificación, podrá ordenar al contratista, por nota o por anotación en bitácora, la cesación temporal de los trabajos, total o parcialmente, orden que deberá ser cumplida por el contratista inmediatamente reciba la orden Si el contratista no acatare de inmediato la orden de cesación temporal, se le impondrá una penalidad de tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 3,000.00) diarios, sin perjuicio del derecho del FOVIAL de caducar el contrato. La cesación temporal de los trabajos ordenada por el FOVIAL en ningún caso implicará reconocimiento pecuniario alguno al contratista, ni será causa de suspensión ni de prórroga del plazo contractual. El contratista corregirá, retirará y/o restaurará de manera aceptable para el FOVIAL, por su cuenta, cualquier trabajo defectuoso, no autorizado o que no cumpla con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones de los documentos contractuales, y no se le concederá compensación alguna por dicha corrección, retiro o restauración. Si el contratista no corrigiere, retirare o, restaurare o reemplazare cualquier trabajo defectuoso, no autorizado o que no cumpliere con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones de los documentos contractuales, dentro del plazo de setenta y dos horas (72) contadas a partir de la notificación al contratista por parte del supervisor, se le impondrá una penalidad de quinientos dólares de los Estados Unidos de América (US$500.00) diarios, previo el procedimiento correspondiente.

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Operaciones. Al efectuar Las operaciones respecto de las cuales la Cámara puede interponerse como contraparte directa y/o administrar la Compensación y Liquidación de las mismas, son las siguientes: operaciones de contado, a plazo de cumplimiento efectivo o de cumplimiento financiero, repos, carrusel, transferencia temporal de valores, ventas en corto, simultáneas, operaciones sobre derivados, todas ellas realizadas sobre los trabajos comprendidos Activos que en este contratoReglamento se autorizan, celebradas o registradas en las bolsas, los sistemas de negociación, el contratista mercado mostrador o cualquier Mecanismo de Contratación, con el cual ésta haya suscrito un acuerdo para estos efectos. La Junta Directiva de la Cámara impartirá su autorización respecto de cada Activo sobre el cual podrán versar las Operaciones Susceptibles de ser Aceptadas. La autorización será general si el Activo cumple las características que establezca la Junta Directiva y que se informen mediante Circular. En los demás casos la autorización será particular. Una vez la Cámara otorgue la respectiva autorización, ésta será difundida a través de la página de Internet. En todo caso, la Cámara de manera previa a impartir la autorización sobre un Activo deberá emplear medios satisfactorios informar a la Superintendencia Financiera de Colombia las características del Activo, junto con los mecanismos de gestión de riesgos y de infraestructura operativa que utilizará para la Compensación y Liquidación del mismo, con una antelación no menor a quince (15) días hábiles a la fecha en que vaya a iniciar su Compensación y Liquidación. Transcurrido el control término anterior el nuevo Activo podrá Compensarse y Liquidarse a través de la Cámara, siempre y cuando la Superintendencia Financiera de Colombia no hubiere formulado objeciones. Cuando se trate de divisas y derivados sobre divisas, previo a impartir dicha autorización se requerirá de aprobación expresa de la Superintendencia Financiera de Colombia, concepto favorable del polvoBanco de la República, los cuales deben estar incluidos en su ofertay del cumplimiento de la regulación vigente expedida por la Junta Directiva del Banco de la República. El contratista dispondrá concepto del Banco de la República lo solicitará la Superintendencia Financiera de Colombia. Igualmente, la Junta Directiva de la Cámara impartirá su trabajo autorización respecto de cada Mecanismo de Contratación para efectos de suscribir un Acuerdo en virtud del cual la Cámara se compromete a compensar y entrega liquidar Operaciones Susceptibles de materiales ser Aceptadas, con o sin contrapartida central. Una vez la Cámara otorgue la respectiva autorización, ésta será adoptada mediante Circular y será difundida al mercado a través de modo la página de Internet. La autorización por parte de la Cámara no implica certificación sobre la bondad del Activo correspondiente, ni sobre la solvencia de su emisor, si es el caso y, en el evento de ser necesario, así se hará constar en los prospectos, reglamentos o contratos o en los avisos que no dificulte publique el emisor o estorbe las operaciones de otros contratistas ocupados en trabajos adyacentes y cuidar de unir su trabajo al de otros en forma conveniente el estructurador, si es el caso, ofreciendo los respectivos Activos, de acuerdo con las estipulaciones, requerimientos, términos y condiciones de los documentos contractuales y especificaciones, así como de ejecutar su trabajo en el orden debido, en relación con el de otros contratistas. El supervisor deberá emitir un dictamen aprobando o desaprobando las acciones tomadas por el contratista a este respecto. Cada contratista será responsable de cualquier daño ocasionado por él o por sus empleados, subcontratistas, proveedores, representantes o agentes, a la obra ejecutada por otro contratista. CG - 25VALLAS, SEÑALES DE ADVERTENCIA Y OTROS DISPOSITIVOS El contratista deberá proporcionar, erigir y conservar todas las señales, advertencias de peligro y otros dispositivos para el control del tránsito que sean necesarias y en suficiente número, incluyendo las señales nocturnas; asimismo tomará todas las precauciones necesarias para la protección de la obra y la seguridad del público. Si el incumplimiento de una buena señalización llegara a causar algún accidente, el contratista será el único responsable del pago por daños y perjuicios ocasionados, sin que el FOVIAL tenga responsabilidad alguna. Con el objeto de lograr una única imagen institucional, el contratista se compromete a utilizar los logos, uniformes y distintivos solicitados por el FOVIALLey., Así también, el contratista proporcionará, instalará y mantendrá vallas publicitariasmóviles con leyendas proporcionadas por el FOVIAL, en el número y lugares que le sean requeridos por éste, de acuerdo a los diseños que le sean suministrados según el Manual de Seguridad Vial e Imagen Institucional en Zonas de Trabajo del FOVIAL manual de imagen institucional y seguridad en zonas de trabajos. El contratista deberá además proceder al retiro de una, varias o todas las vallas, cuando así se lo solicite el FOVIAL, retiro que deberá efectuar dentro del plazo de tres días calendario. Adicionalmente, el contratista deberá informar en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el inicio, el avance del proyecto, y finalización de la obraserá en full color (página completa), los dos primeros serán a un color (página completa) y el último será full color (página completa), de acuerdo a las especificaciones que oportunamente le sean proporcionadas por el Asesor de Comunicaciones de FOVIAL. Asimismo deberá informar oportunamente por medios escritos y radiales, de los cierres, aperturas o cualquier otra actividad relevante relacionada con la obra, lo cual deberá ser coordinado con el FOVIAL. CG - 26ORDEN DE CESACION TEMPORAL DE TRABAJOS. RETIRO DE TRABAJO DEFECTUOSO Y NO AUTORIZADO Siempre que el supervisor constatare que la obra o una parte de ella, o cualquiera de sus componentes, está siendo ejecutada por el contratista de manera que no cumple en su totalidad con la calidad requerida, o con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones establecidos en los documentos contractuales, o que se trata de trabajo defectuoso o no autorizado, deberá notificarlo por escrito al FOVIAL dentro de las veinticuatro horas siguientes a la constatación. El FOVIAL, recibida la notificación, podrá ordenar al contratista, por nota o por anotación en bitácora, la cesación temporal de los trabajos, total o parcialmente, orden que deberá ser cumplida por el contratista inmediatamente reciba la orden Si el contratista no acatare de inmediato la orden de cesación temporal, se le impondrá una penalidad de tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 3,000.00) diarios, sin perjuicio del derecho del FOVIAL de caducar el contrato. La cesación temporal de los trabajos ordenada por el FOVIAL en ningún caso implicará reconocimiento pecuniario alguno al contratista, ni será causa de suspensión ni de prórroga del plazo contractual. El contratista corregirá, retirará y/o restaurará de manera aceptable para el FOVIAL, por su cuenta, cualquier trabajo defectuoso, no autorizado o que no cumpla con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones de los documentos contractuales, y no se le concederá compensación alguna por dicha corrección, retiro o restauración. Si el contratista no corrigiere, retirare o, restaurare o reemplazare cualquier trabajo defectuoso, no autorizado o que no cumpliere con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones de los documentos contractuales, dentro del plazo de setenta y dos horas (72) contadas a partir de la notificación al contratista por parte del supervisor, se le impondrá una penalidad de quinientos dólares de los Estados Unidos de América (US$500.00) diarios, previo el procedimiento correspondiente.

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Samples: www.camaraderiesgo.com

Operaciones. La tarjeta se entrega al usuario para que mediante su presentación pueda adquirir bienes y/o utilizar servicios exclusivamente en los comercios adheridos. Al efectuar adquirir los trabajos comprendidos en este contratobienes y/o utilizar los servicios, el contratista usuario deberá emplear medios satisfactorios para además presentar su tarjeta al comercio adherido y deberá firmar el control del polvo, los cuales deben estar incluidos en su oferta. El contratista dispondrá su trabajo y entrega correspondiente comprobante de materiales de modo ventas que no dificulte o estorbe las operaciones de otros contratistas ocupados en trabajos adyacentes y cuidar de unir su trabajo al de otros en forma conveniente de acuerdo con las estipulaciones, requerimientos, términos y condiciones de los documentos contractuales y especificaciones, así como de ejecutar su trabajo en el orden debido, en relación con el de otros contratistas. El supervisor deberá emitir un dictamen aprobando o desaprobando las acciones tomadas por el contratista a este respecto. Cada contratista será responsable de cualquier daño ocasionado por él o por sus empleados, subcontratistas, proveedores, representantes o agentes, a documente la obra ejecutada por otro contratista. CG - 25VALLAS, SEÑALES DE ADVERTENCIA Y OTROS DISPOSITIVOS El contratista deberá proporcionar, erigir y conservar todas las señales, advertencias de peligro y otros dispositivos para el control del tránsito que sean necesarias y en suficiente número, incluyendo las señales nocturnas; asimismo tomará todas las precauciones necesarias para la protección de la obra y la seguridad del público. Si el incumplimiento de una buena señalización llegara a causar algún accidente, el contratista será el único responsable del pago por daños y perjuicios ocasionados, sin que el FOVIAL tenga responsabilidad alguna. Con el objeto de lograr una única imagen institucional, el contratista se compromete a utilizar los logos, uniformes y distintivos solicitados por el FOVIAL., Así también, el contratista proporcionará, instalará y mantendrá vallas publicitariasmóviles con leyendas proporcionadas por el FOVIALoperación, en el número cual constarán entre otros datos, la fecha de transacción y lugares que le sean requeridos por éste, el importe de acuerdo a los diseños que le sean suministrados según el Manual de Seguridad Vial e Imagen Institucional en Zonas de Trabajo del FOVIAL manual de imagen institucional y seguridad en zonas de trabajosbienes adquiridos y/o servicios utilizados. El contratista deberá además proceder al retiro usuario acepta que los importes conformados en los comprobantes de una, varias venta y/o todas las vallas, cuando así se lo solicite el FOVIAL, retiro retiros de dinero en efectivo por él firmados constituyen sumas líquidas y exigibles que deberá efectuar dentro abonar a LA FINANCIERA en las condiciones establecidas en este Contrato. Las compras del plazo de tres días calendario. Adicionalmente, el contratista deberá informar en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el inicio, el avance del proyecto, y finalización de la obraserá en full color (página completa), los dos primeros serán a un color (página completa) y el último será full color (página completa), de acuerdo a las especificaciones mes que oportunamente le sean proporcionadas por el Asesor de Comunicaciones de FOVIAL. Asimismo deberá informar oportunamente por medios escritos y radiales, de los cierres, aperturas o cualquier otra actividad relevante relacionada con la obra, lo cual deberá ser coordinado con el FOVIAL. CG - 26ORDEN DE CESACION TEMPORAL DE TRABAJOS. RETIRO DE TRABAJO DEFECTUOSO Y NO AUTORIZADO Siempre que el supervisor constatare que la obra o una parte de ella, o cualquiera de sus componentes, está siendo ejecutada por el contratista de manera que no cumple son abonadas en su totalidad con la calidad requerida, o con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones establecidos en los documentos contractuales, o que se trata al vencimiento del resumen de trabajo defectuoso o cuenta respectivo no autorizado, deberá notificarlo por escrito al FOVIAL dentro de las veinticuatro horas siguientes a la constatacióngenerarán cargos financieros. El FOVIAL, recibida la notificación, podrá ordenar al contratista, por nota o por anotación en bitácoraSin embargo, la cesación temporal porción de gastos que han venido siendo diferidos generarán los trabajosgastos financieros previstos, total que podrán ser ajustados. Los valores impagos nunca podrán ser mayores al límite de compra mencionado en el resumen de cuenta. Los pagos efectuados mediante cheques o parcialmentegiros cuyo cobro no sea inmediato, orden que deberá ser cumplida por el contratista inmediatamente reciba la orden Si el contratista no acatare de inmediato la orden de cesación temporal, se le impondrá una penalidad de tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 3,000.00) diarios, sin perjuicio del derecho del FOVIAL de caducar el contrato. La cesación temporal de los trabajos ordenada por el FOVIAL en ningún caso implicará reconocimiento pecuniario alguno al contratista, ni será causa de suspensión ni de prórroga del plazo contractual. El contratista corregirá, retirará y/o restaurará de manera aceptable para el FOVIAL, por su cuenta, cualquier trabajo defectuoso, no autorizado o que no cumpla con los requerimientos, estipulaciones, términos sólo serán considerados válidos y condiciones de los documentos contractuales, y no se le concederá compensación alguna por dicha corrección, retiro o restauración. Si el contratista no corrigiere, retirare o, restaurare o reemplazare cualquier trabajo defectuoso, no autorizado o que no cumpliere con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones de los documentos contractuales, dentro del plazo de setenta y dos horas (72) contadas acreditados a partir de la notificación fecha en que LA FINANCIERA haya recibido efectivamente los fondos. Los pagos efectuados en estas condiciones cuyas fechas de acreditación sean posteriores al contratista por parte vencimiento del supervisorplazo indicado en el resumen de cuenta devengarán intereses y recargos correspondientes a un pago vencido, se le impondrá una penalidad los cuales serán incluidos en los resúmenes de quinientos dólares cuentas posteriores. LA FINANCIERA podrá exigir la cancelación de la totalidad de los Estados Unidos saldos deudores de América (US$500.00) diariosresumen de cuenta cancelando la línea de compra en cualquier momento y/o excluir del sistema de financiación ciertos bienes o servicios mediante notificación expresa en los resúmenes de cuenta. EL CLIENTE autoriza a LA FINANCIERA a debitar de su tarjeta de crédito el monto correspondiente al pago de servicios tales como servicios públicos, previo el procedimiento correspondienteclubes, telefonía celular, televisión por cable y otros solicitados por EL CLIENTE.

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Samples: Contrato Unico De Servicios

Operaciones. Al efectuar Las compras y ventas de Valores, los trabajos comprendidos reportos y la inversión o retiro de dinero y en este contratogeneral, las Operaciones, se harán cuando menos, por los respectivos montos mínimos establecidos por el Banco o en el caso de sociedades de inversión, por el Prospecto de Información al Público Inversionista respectivo (en lo sucesivo el “Prospecto”). Tratándose de Valores, la Operación se concertará de acuerdo a las Instrucciones del Cliente y se realizará en el turno que le corresponda de acuerdo con el momento de la recepción de las Instrucciones. Todas las Operaciones se sujetarán a las siguientes modalidades: I. Las Órdenes, sean de compra o de venta, deberán transmitirse al Banco en el horario que éste señale y su importe se cargará o abonará, según el caso, en la Cuenta Eje. Tratándose de órdenes de compra el Banco verificará que, previo a la transmisión de posturas derivadas de órdenes, en la Cuenta Eje haya recursos o valores suficientes en la fecha de liquidación de la operación de que se trate, que permitan el cumplimiento de las obligaciones respectivas. En el caso de órdenes de venta, el contratista deberá emplear medios satisfactorios para Banco verificará que los Valores respectivos no se encuentren afectos en garantía ni disponibles como valores objeto xx xxxxxxxx, en el control del polvo, entendido que dicha venta se encuentra sujeta a la existencia de compradores. II. Las compras de Valores en el mercado de dinero se realizarán en el día de recepción de la Orden y las de acciones de sociedades de inversión se llevarán a cabo conforme a los cuales deben estar incluidos lineamientos establecidos en su ofertael Prospecto correspondiente. El contratista dispondrá precio de cada compra xx xxxxxxx de dinero, se cargará el mismo día en que se practique la Operación. En el caso de sociedades de inversión el precio de cada compra se cargará al precio de cierre del día de la Operación y se liquidará conforme a las reglas establecidas en el Prospecto correspondiente. III. Las compras de Valores en el mercado de capitales se realizarán en cuanto las hubiere disponibles en las condiciones ordenadas en la Bolsa, y su trabajo precio será cargado según la clase del Valor adquirido y entrega de materiales de modo que no dificulte o estorbe las operaciones de otros contratistas ocupados en trabajos adyacentes y cuidar de unir su trabajo al de otros en forma conveniente de acuerdo con las estipulaciones, requerimientos, términos y condiciones reglas de los documentos contractuales y especificaciones, así como de ejecutar su trabajo en el orden debido, en relación con el de otros contratistas. El supervisor deberá emitir un dictamen aprobando o desaprobando las acciones tomadas por el contratista a este respecto. Cada contratista será responsable de cualquier daño ocasionado por él o por sus empleados, subcontratistas, proveedores, representantes o agentes, a la obra ejecutada por otro contratista. CG - 25VALLAS, SEÑALES DE ADVERTENCIA Y OTROS DISPOSITIVOS El contratista deberá proporcionar, erigir y conservar todas las señales, advertencias de peligro y otros dispositivos para el control del tránsito que sean necesarias y en suficiente número, incluyendo las señales nocturnas; asimismo tomará todas las precauciones necesarias para la protección de la obra y la seguridad del público. Si el incumplimiento de una buena señalización llegara a causar algún accidente, el contratista será el único responsable del pago por daños y perjuicios ocasionados, sin que el FOVIAL tenga responsabilidad alguna. Con el objeto de lograr una única imagen institucional, el contratista se compromete a utilizar los logos, uniformes y distintivos solicitados por el FOVIAL., Así también, el contratista proporcionará, instalará y mantendrá vallas publicitariasmóviles con leyendas proporcionadas por el FOVIAL, en el número y lugares que le sean requeridos por éste, de acuerdo a los diseños que le sean suministrados según el Manual de Seguridad Vial e Imagen Institucional en Zonas de Trabajo del FOVIAL manual de imagen institucional y seguridad en zonas de trabajos. El contratista deberá además proceder al retiro de una, varias o todas las vallas, cuando así se lo solicite el FOVIAL, retiro que deberá efectuar dentro del plazo de tres días calendario. Adicionalmente, el contratista deberá informar en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el inicio, el avance del proyecto, y finalización de la obraserá en full color (página completa), los dos primeros serán a un color (página completa) y el último será full color (página completa), de acuerdo a las especificaciones que oportunamente le sean proporcionadas por el Asesor de Comunicaciones de FOVIAL. Asimismo deberá informar oportunamente por medios escritos y radiales, de los cierres, aperturas o cualquier otra actividad relevante relacionada con la obra, lo cual deberá ser coordinado con el FOVIAL. CG - 26ORDEN DE CESACION TEMPORAL DE TRABAJOS. RETIRO DE TRABAJO DEFECTUOSO Y NO AUTORIZADO Siempre que el supervisor constatare que la obra o una parte de ella, o cualquiera de sus componentes, está siendo ejecutada por el contratista de manera que no cumple en su totalidad con la calidad requerida, o con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones establecidos en los documentos contractuales, o que se trata de trabajo defectuoso o no autorizado, deberá notificarlo por escrito al FOVIAL dentro de las veinticuatro horas siguientes a la constatación. El FOVIAL, recibida la notificación, podrá ordenar al contratista, por nota o por anotación en bitácora, la cesación temporal de los trabajos, total o parcialmente, orden que deberá ser cumplida por el contratista inmediatamente reciba la orden Si el contratista no acatare de inmediato la orden de cesación temporal, se le impondrá una penalidad de tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 3,000.00) diarios, sin perjuicio del derecho del FOVIAL de caducar el contrato. La cesación temporal de los trabajos ordenada por el FOVIAL en ningún caso implicará reconocimiento pecuniario alguno al contratista, ni será causa de suspensión ni de prórroga del plazo contractual. El contratista corregirá, retirará y/o restaurará de manera aceptable para el FOVIAL, por su cuenta, cualquier trabajo defectuoso, no autorizado o que no cumpla con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones de los documentos contractuales, y no se le concederá compensación alguna por dicha corrección, retiro o restauración. Si el contratista no corrigiere, retirare o, restaurare o reemplazare cualquier trabajo defectuoso, no autorizado o que no cumpliere con los requerimientos, estipulaciones, términos y condiciones de los documentos contractuales, dentro del plazo de setenta y dos horas (72) contadas a partir de la notificación al contratista por parte del supervisor, se le impondrá una penalidad de quinientos dólares de los Estados Unidos de América (US$500.00) diarios, previo el procedimiento correspondiente.dicha

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Samples: Contrato De Deposito Bancario De Titulos Valor Y De Dinero en Administracion Y De Comision