Common use of PAGO Clause in Contracts

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente en la Oferta del Proveedor o en el Contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo de catorce (14) Días desde la fecha de la factura correspondiente del Proveedor. 4.3 No se considerará realizado el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción. En caso de que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente en la Oferta desempeño del Proveedor o en el Contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo de catorce (14) Días desde la fecha de la factura correspondiente del Proveedor. 4.3 No conforme a este Acuerdo no se considerará realizado el completo ni se realizará un pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completoComprador reciba todas las Mercaderías especificadas en las cantidades ordenadas y todos los otros documentos correctamente completados, incluso las certificaciones requeridas, dibujos y conocimientos de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 embargo. El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a puede retener el pago, sin la validez pérdida de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción. En caso de que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro un descuento, hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la cumpla con todos los requisitos que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo presente. El pago vencerá dentro del período de 7 Días a tal efectotiempo establecido en este Pedido o, si no se establece, entonces 60 días después de recibir y aceptar las Mercaderías y el recibo de la factura del Proveedor. Todos los impuestos y derechos que surgen como consecuencia del desempeño del negocio del Proveedor o la venta de las Mercaderías o la importación de las Mercaderías o sus componentes, antes de la entrega al Comprador, los que no sean expresamente responsabilidad del Comprador, son responsabilidad del Proveedor. El Comprador no será responsable de dichos impuestos o derechos o valores que sean o puedan ser pagaderos, y el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago deberá defender, indemnizar y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte liberar al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones falta de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor Proveedor. Los términos impuestos y derechos se refieren a todas las tasas o cargos impuestos, aplicados o gravados por cualquier autoridad gubernamental u otra autoridad e incluyen, entre otros, impuesto a la propiedad, impuesto a la venta y uso, regalías, impuesto al valor agregado y especiales u otros cargos de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o naturaleza similar, tarifas aduaneras y otros derechos, tasas portuarias, sobrestadía, muellaje, practicaje, estiba, tarifas de terceras personas agentes de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedoraduanas y otros cargos y tarifas similares. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán este Artículo continuarán después de aplicación también a estos importesla finalización de este Acuerdo.

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Samples: Términos Y Condiciones De Compra

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato será conforme Salvo que se indique expresamente lo contrario en la Oferta del Proveedor o en el Contrato, el pago del Precio del Contrato por parte del Comprador deberá realizarse [en los términos descritos en la Oferta]. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros insertar moneda Euros/Dólares, salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo de catorce (14) 14 Días desde la fecha de la factura correspondiente del Proveedor. 4.3 No se considerará realizado el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) 5 Días desde su recepción. En caso de que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 8 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidosrespectivo. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso de la consecución por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) 14 Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) 14 Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: General Conditions of Sale and Services

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente en la Oferta del Proveedor o en el Contrato. 4.2 6.1 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónicaque se nos haya de realizar en virtud de estas CG, dinero se realizarán en efectivo su totalidad sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y ningún descuento o compensación dentro del plazo de catorce (14) Días desde los 30 días siguientes a la fecha de la factura correspondiente del Proveedorfactura, salvo acuerdo distinto entre ambas partes, sin cargo para nuestra parte, en nuestra oficina o mediante transferencia a nuestra cuenta bancaria o giro. El pago se realizará en la moneda de la factura. Tendremos derecho a estipular un plazo de pago más corto. 4.3 No se considerará realizado el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción. 6.2 En caso de que no se realice dicha objeciónliquidación, insolvencia, suspensión de pagos, quiebra, transferencia de negocios o fusión del comprador, la factura se considerará válida adjudicación de un derecho prendario de los bienes entregados sin nuestro previo consentimiento, la terminación del crédito o la congelación por parte del asesor financiero del comprador, las obligaciones del comprador con respecto a nuestra parte, deberán ser pagaderas de inmediato y pagaderael comprador incurrirá en un incumplimiento efectivo inmediato sin previo aviso de incumplimiento. 4.5 El Comprador 6.3 Si tenemos motivos para esperar que el comprador no tendrá ningún derecho cumple con sus obligaciones, tendremos la facultad de crédito exigir al comprador un pago por adelantado o derecho a realizar cualquier forma una garantía por el cumplimiento de retención contra cualquier pago sus obligaciones de pago, y suspenderemos la ejecución o ejecución adicional del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro acuerdo hasta que se haya efectuado el Proveedor no pago por adelantado o se haya recibido proporcionado la garantía demandada. Si el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no comprador se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pago, el Proveedor tendrá derecho niega a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días cumplir con nuestra solicitud a tal efecto, además, tendremos el Proveedor podrá suspender todos derecho a demandar inmediatamente el importe de la compra, o parte de disolver mediante cancelación el acuerdo de compra sin perjuicio de nuestro derecho al pago total de daños y perjuicios. 6.4 Si se acuerda que los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos han de enviarse bajo la condición de contrarrembolso y a la llegada de los trabajos Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos al lugar de destino, el comprador se niega a pagar los gastos de los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos o los xxxxxx xx xxxxx, tendremos derecho a disolver el acuerdo con efecto inmediato mediante aviso de cancelación. 6.5 Si se disuelve un acuerdo de conformidad con el artículo 6.3 o 6.4, todos los gastos de transporte, de cualquier almacenamiento u otros gastos, así como nuestro beneficio perdido, serán por cuenta del comprador. 6.6 Si el comprador no cumple con su obligación de pago en su totalidad dentro del plazo mencionado en el artículo 6.1, el comprador incurrirá en incumplimiento sin previo aviso. 6.7 Tan pronto como el comprador esté en condición de incumplimiento, el comprador estará obligado a pagarnos intereses sobre el importe total exigible a la tasa del interés legal o interés comercial actualmente aplicable (según corresponda). Este interés será exigible, ya sea que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo Xxxxxxx España S.L. realice o no una reclamación explícita para el pago del mismo. Además, el comprador estará obligado a compensarnos en su totalidad por las pérdidas que podamos sufrir como resultado de una caída en el tipo de cambio de la moneda en la que se realiza el pago en comparación con el euro, calculado desde el momento en que se haya formalizado el acuerdo. 6.8 Si el comprador no cumple con una o más obligaciones, todos los costes judiciales y de recaudación extrajudicial asociados con el cobro de estas reclamaciones correrán a cargo del comprador. Estos costes incluirán, al menos, los costes internos incurridos por nuestra parte, así como los costes del abogado y/o el agente judicial a cargo de dicha recaudación. Los costes de cobro extrajudicial comprenderán los costes razonables incurridos para obtener un acuerdo extrajudicial y los intereses debidosincurridos al respecto. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: Condiciones Generales

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato de las compras se efectúa mediante tarjeta de pago o PayPal. Las tarjetas de pago aceptadas son: Visa, Visa Electrón, MasterCard y American Express. En caso de pago por tarjeta, enviaremos una petición de débito a tu banco en un plazo de 24 horas para cada pedido; el importe no será conforme debitado de tu cuenta hasta obtener la autorización de tu banco. El plazo de débito dependerá de las reglas aplicadas a tu forma de pago (débito inmediato, diferido, etc). En caso de pago por PayPal, el importe de las compras se indique expresamente cargará en la Oferta cuenta PayPal inmediatamente. En caso de producirse un rechazo del Proveedor banco, el pedido será anulado de forma automática y el socio será informado mediante el envío de un e­mail. Por defecto, Xxxxxx guardará, con la colaboración de Societé Générale y BNP Paribas, sus datos bancarios con el fin de facilitar sus operaciones de compra. En el caso de que Usted prefiera que Xxxxxx no mantenga sus datos bancarios, le rogamos que al registrarse o actualizar sus datos en Xxxxxx NO aporte sus datos bancarios. En este último caso, los datos bancarios le serán solicitados únicamente en el Contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en momento de realizar la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo compra pero Xxxxxx no recibirá copia de catorce (14) Días desde la fecha dichos datos pues éstos serán recibidos únicamente por parte de la factura entidad bancaria correspondiente del Proveedor. 4.3 No se considerará realizado que autorice el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro pago. Será responsabilidad de los cinco (5) Días desde socios guardar e imprimir su recepcióntransferencia bancaria si desean conservar los detalles bancarios y relativos a su transacción. En caso de que no se realice dicha objecióncargue fraudulenta o indebidamente a un socio el importe de una compra, el socio podrá exigir la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho anulación inmediata del cargo mediante el envío de crédito un e­mail, debiendo producirse el reintegro del importe indebida o derecho a realizar cualquier forma fraudulentamente debitado dentro de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación los plazos referidos en el párrafo segundo de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no 5. No obstante, en caso de que la compra se recibe algún pago en haya realizado efectivamente por el socio que exija la fecha aplicable para realizar anulación del cargo, éste deberá resarcir a Xxxxxx de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de dicha anulación. En el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal marco de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas su política de lucha contra la morosidad el fraude y, en su caso, para cumplir con las operaciones comercialesvigentes disposiciones legales, sin necesidad vente­xxxxxx.xxx podrá solicitar al socio informaciones y documentos complementarios a los efectos de realizar una demanda formalfinalizar el Pedido. Además y mediante notificación por escrito En caso de no regularización del pedido en el plazo concedido, vente­xxxxxx.xxx podrá verse obligada a anular el Pedido, bloquear el acceso a la cuenta del socio y proceder a la inscripción de 7 Días ciertos datos, especialmente, los de carácter personal, del socio en un fichero “incidentes de pago”. Para más información, consulte la Política de Confidencialidad y Política de Privacidad. Mediante la aceptación de las presentes Condiciones Generales de Venta, los socios prestan su consentimiento a tal efecto, recibir la factura de forma electrónica en relación a los pedidos realizados por dicho socio. Las facturas referentes a los pedidos realizados por el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso socio estarán disponibles en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador yapartado “Mi cuenta/o en caso de cualquier suspensión por Mis pedidos”. El socio podrá revocar el Proveedor según lo establecido en consentimiento a la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador emisión de la factura correspondiente de forma electrónica y optar por recibir la factura en papel a través del Proveedorformulario web que encontrarás aquí: xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xx0/Xxxx/Xxxxxx.xxxx?xxxxxx=x0XxxX+xxxx0x0xxx0xxXx== La página web xx Xxxxxx está protegida con uno de los sistemas de seguridad más fiable que existen actualmente. Las disposiciones anteriores No sólo ha adoptado el protocolo de esta Cláusula 4 serán encriptación SSL, sino que además ha reforzado todos los procedimientos aleatorios y de aplicación también encriptación con el fin de proteger con la mayor eficacia posible todos los datos personales vinculados a estos importeslos medios de pago. Para una información más completa sobre la seguridad de la web de vente­xxxxxx.xxx y de la seguridad de los pagos, vente­xxxxxx.xxx le invita a consultar su Política de Confidencialidad y Política de Privacidad.

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Samples: Condiciones Generales De Venta Y De Utilización

PAGO. 4.1 7.1 El Pago se hará con arreglo a lo estipulado en el Acuerdo y de conformidad con las instrucciones de pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente indicadas en la Oferta del Proveedor o en factura debidamente emitida por el ContratoVendedor. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo de catorce (14) Días desde la fecha de la factura correspondiente del Proveedor. 4.3 No se considerará realizado el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción. 7.2 En caso de que el Comprador o cualquier filial del mismo no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho de crédito pagase cualquier Producto o derecho a realizar productos o servicios prestados por el Vendedor o cualquier forma de retención contra cualquier pago filial del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago mismo en la fecha aplicable para realizar el de vencimiento de tal pago, ya sea en virtud del Acuerdo o de cualquier otro acuerdo entre el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro sus filiales y/o ha suspendido los trabajosel Vendedor y/o sus filiales, el Proveedor tendrá derecho Vendedor podrá, a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, su entera discreción y sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación recurso a su disposición, finalizar o suspender futuras entregas de productos al Comprador. En caso de que la solvencia del Comprador se volviese insatisfactoria para el Vendedor, el Vendedor podrá: (i) decidir retener futuros envíos de Productos hasta que la solvencia del Comprador haya sido establecida a satisfacción del Vendedor; (ii) solicitar al Comprador que realice pagos en metálico en lo que se refiere a futuros envíos; (iii) solicitar otra garantía para el pago antes de realizar futuros envíos de Productos al Comprador, incluyendo, sin limitarse a ello, estados financieros, una carta de crédito de una entidad aprobada por el Vendedor o una garantía de pago por una empresa matriz o una filial del Comprador; (iv) exigir la devolución por parte del Comprador de todos los Productos por los cuales no se hubiese realizado el pago; y/o (v) rescindir el Acuerdo de conformidad con la cláusula 14. En las mencionadas circunstancias, el Comprador será responsable por todas las pérdidas y daños que el Vendedor pudiese sufrir en relación con ello. 7.3 Sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso a su disposición, el incumplimiento del Comprador de realizar el pago dará derecho al Vendedor a : (i) cobrar un interés de tres meses de Libor más 5 (cinco) por ciento anual sobre la cantidad impagada, calculado a partir de la fecha de la factura; (ii) reembolso de todos los gastos, incluyendo gastos de cobro y costes legales en los que el Vendedor hubiera incurrido para recuperar todas o parte de sus reclamaciones de pago del Comprador; (iii) con sujeción a y de conformidad con la ley aplicable, recoger los Productos sin necesidad de notificación de incumplimiento ni de intervención legal; (iv) compensar pagos recibidos del Comprador por un Producto incluido en el Acuerdo para saldar las deudas o impagos del Vendedor o de cualquier filial del mismo dentro de cualquier otro acuerdo entre el Comprador y/o sus filiales y/o el Vendedor y/o sus filiales; y (v) cesar o abstenerse de enviar cualquier Producto o productos incluidos en el Acuerdo y/o en cualquier otro acuerdo que pudiera tener con el Comprador o con cualquier filial del mismo. 7.4 El Comprador no estará autorizado a retener el pago o a deducir del precio que le pueda corresponder hubiese sido facturado ningún valor, por ninguna razón, incluyendo, sin limitación por el valor de tener una reclamación o una compensación frente al Proveedor, ha finalizado una fase Vendedor o actividad como tarde en que haya hecho el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido pago a un tercero que se haya sido representado fraudulentamente por el retrasovendedor. 4.10 La Fecha Base 7.5 Los medios de reparación incluidos en esta cláusula son acumulativos y se añadirán a los medios de reparación a disposición del pago de los importes pagaderos al Proveedor Vendedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importestoda ley aplicable.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente en la Oferta del Proveedor o en el Contrato. 4.2 6.1 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónicaque se nos haya de realizar en virtud de estas CG, dinero se realizarán en efectivo su totali- dad sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y ningún descuento o compensación dentro del plazo de catorce (14) Días desde los 30 días siguientes a la fecha de la factura correspondiente del Proveedorfactura, salvo acuerdo distinto entre ambas partes, sin cargo para nuestra parte, en nuestra oficina o mediante transferencia a nuestra cuenta bancaria o giro. El pago se realizará en la moneda de la factura. Tendremos derecho a estipular un plazo de pago más corto. 4.3 No se considerará realizado el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción. 6.2 En caso de que no se realice dicha objeciónliquidación, insolvencia, suspensión de pagos, quiebra, transferencia de ne- gocios o fusión del comprador, la factura se considerará válida adjudicación de un derecho prendario de los bienes entregados sin nuestro previo consentimiento, la terminación del crédito o la congela- ción por parte del asesor financiero del comprador, las obligaciones del comprador con respecto a nuestra parte, deberán ser pagaderas de inmediato y pagaderael comprador incurrirá en un incumplimiento efectivo inmediato sin previo aviso de incumplimiento. 4.5 El Comprador 6.3 Si tenemos motivos para esperar que el comprador no tendrá ningún derecho cumple con sus obligaciones, tendremos la facultad de crédito exigir al comprador un pago por adelantado o derecho a realizar cualquier forma una garantía por el cumplimiento de retención contra cualquier pago sus obligaciones de pago, y suspenderemos la ejecución o ejecución adicional del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro acuerdo hasta que se haya efectuado el Proveedor no pago por adelantado o se haya recibido proporcionado la garantía demandada. Si el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no comprador se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pago, el Proveedor tendrá derecho niega a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días cumplir con nuestra solicitud a tal efecto, además, tendremos el Proveedor podrá suspender todos derecho a demandar inmediata- mente el importe de la compra, o parte de disolver mediante cancelación el acuerdo de compra sin perjuicio de nuestro derecho al pago total de daños y perjuicios. 6.4 Si se acuerda que los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos han de enviarse bajo la condición de contrarrembolso y a la llegada de los trabajos Enemigos Naturales, Polini- zadores y/o Productos al lugar de destino, el comprador se niega a pagar los gastos de los Enemigos Naturales, Polinizadores y/o Productos o los xxxxxx xx xxxxx, tendremos derecho a disolver el acuerdo con efecto inmediato mediante aviso de cancelación. 6.5 Si se disuelve un acuerdo de conformidad con el artículo 6.3 o 6.4, todos los gastos de transporte, de cualquier almacenamiento u otros gastos, así como nuestro beneficio perdido, serán por cuenta del comprador. 6.6 Si el comprador no cumple con su obligación de pago en su totalidad dentro del plazo mencionado en el artículo 6.1, el comprador incurrirá en incumplimiento sin previo aviso. 6.7 Tan pronto como el comprador esté en condición de incumplimiento, el comprador estará obligado a pagarnos intereses sobre el importe total exigible a la tasa del interés legal o interés comercial actualmente aplicable (según corresponda). Este interés será exigible, ya sea que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo Biosur Distribuciones Agricolas S.L.U. realice o no una reclamación explícita para el pago del mismo. Además, el comprador estará obligado a compensarnos en su totalidadpor las pérdidas que podamos sufrir como resultado de una caída en el tipo de cambio de la moneda en la que se realiza el pago en comparación con el euro, calculado desde el momento en que se haya formalizado el acuerdo. 6.8 Si el comprador no cumple con una o más obligaciones, todos los costes judiciales y de recaudación extrajudicial asociados con el cobro de estas reclamaciones correrán a cargo del comprador. Estos costes incluirán, al menos, los costes internos incurridos por nuestra parte, así como los costes del abogado y/o el agente judicial a cargo de dicha recaudación. Los costes de cobro extrajudicial comprenderán los costes razonables incurridos para obtener un acuerdo extrajudicial y los intereses debidosincurridos al respecto. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

PAGO. 4.1 El Salvo que el Vendedor acepte otros términos en sentido contrario por escrito, las condiciones de pago son las siguientes: pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente monto total en un plazo de 30 días a partir de la Oferta del Proveedor fecha de envío de los Bienes o en el Contrato. 4.2 Todos de la prestación de los Servicios. A menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónicaefectuarse en la divisa del Vendedor. Cuando surjan motivos razonables de inseguridad con respecto al cumplimiento pleno y oportuno del Comprador, dinero el Vendedor podrá exigir condiciones de pago diferentes a las convenidas en efectivo sin deduccióneste documento, y podrá solicitar una garantía del cumplimiento pleno y oportuno del Comprador. Después de presentar dicha solicitud, el Vendedor podrá suspender la fabricación, la producción, el envío o las entregas. Si, en Euros salvo el período establecido en dicha solicitud, el Comprador no acepta o se niega a aceptar dichas condiciones de pago diferentes o bien no otorga o se niega a otorgar una garantía suficiente del cumplimiento pleno y oportuno (conforme lo decida el Vendedor), el Vendedor podrá: (a) mediante un aviso al Comprador, considerar dicha falta o negativa a la aceptación como un rechazo por parte del Comprador de la parte de la transacción que no se hubiere completado plenamente a esa fecha, tras lo cual, el Vendedor podrá cancelar todas las futuras fabricaciones, producciones, entregas o los futuros envíos, y los montos pendientes de pago en virtud del presente instrumento deberán pagarse de inmediato, o (b) producir, realizar o cumplir con los envíos o las entregas bajo reserva de una garantía prendaria y exigir el pago anticipado contra la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente entrega de los Bienes y dentro del plazo de catorce Servicios. Asimismo, el Vendedor podrá cobrar intereses sobre los importes pendientes o vencidos (14) Días incluidas las sentencias), hasta el importe máximo permitido conforme a la ley aplicable, desde la fecha de la factura correspondiente del Proveedor. 4.3 No se considerará realizado el pago vencimiento de dicho importe hasta que el Proveedor no haya recibido por completoeste, de forma irrevocablesumado a los intereses, los fondos disponibles se abone en su cuenta bancaria designada. 4.4 totalidad. El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez acepta abonar todos los costos y los gastos de cualquier factura dentro cobranza, lo que incluye los honorarios de abogados, en los cinco (5) Días desde su recepción. En caso de que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El incurra el Vendedor si el Comprador no tendrá ningún derecho paga algún tipo de monto, obligación o endeudamiento a su vencimiento. Toda extensión de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte realice al Comprador y/en relación con cualquier venta de Bienes o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor Servicios en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción presente se considerará realizada por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importescualquier Vendedor aplicable.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Venta

PAGO. 4.1 6.1. El pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente comprador deberá pagar las facturas emitidas por Recticel en la Oferta del Proveedor o en el Contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del un plazo de catorce treinta (1430) Días desde días a partir de la fecha de la factura correspondiente del Proveedorfactura, en la divisa mencionada en la oferta o en la confirmación de pedido. Si no se menciona ninguna divisa, el pago deberá efectuarse en euros. El pago se efectuará mediante una transferencia bancaria a la entidad y la cuenta designada por Recticel. 4.3 No 6.2. Si se considerará realizado el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez produce un impago de cualquier factura dentro en su fecha de vencimiento, Recticel tendrá derecho, automáticamente y sin notificación previa, a un pago por parte del comprador de intereses de demora del 1 % mensual a partir de la fecha de vencimiento, así como a la compensación de todos los costes de cobro en los que incurra Recticel como consecuencia de dicho impago, con un mínimo del 10 % de la factura impagada, incluidos, entre otros, los honorarios justificados del abogado. Además, cuando se produzca el impago de cualquier factura en su fecha de vencimiento, Recticel podrá, según su propio criterio y sin perjuicio de cualquier otra solución que pueda adoptar: (i) solicitar el pago inmediato de todas las facturas pendientes en el marco de cualquier contrato que exista con el comprador, se haya cumplido o no la fecha de vencimiento de dichas facturas; (ii) suspender cualquier entrega posterior de productos al comprador que fuera a realizarse en el marco de cualquier contrato hasta que se haya recibido un pago anticipado por dichos productos; (iii) rescindir el Contrato de Xxxxx y todos los pedidos pendientes en el marco del Contrato de Xxxxx con efecto inmediato, sin intervención judicial previa y sin estar obligado a compensar en modo alguno al comprador, enviándole la correspondiente notificación por escrito. En dicho caso, todas las facturas pendientes que existan en el marco de cualquier contrato con el comprador pasarán a ser pagaderas de inmediato. Además, y cuando corresponda, el comprador deberá reembolsar a Recticel la totalidad de los cinco (5) Días desde su recepción. En caso costes en los que este incurra respecto a los productos contemplados en el Contrato de Venta que ya hayan sido fabricados o estén en proceso de fabricación, pero que aún no se realice dicha objeción, hayan entregado. 6.3. Si Recticel tiene motivos para sospechar que el comprador no podrá pagar la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador en su fecha de vencimiento debido a una insolvencia o falta de medios económicos o por cualquier otra razón, podrá, al primer requerimiento, pedir al comprador que certifique su estado financiero o proporcione a Recticel un aval de ejecución adecuado. Si el comprador no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pagosatisface dicha solicitud, el Proveedor Recticel tendrá derecho a aplicar rescindir el interés legal Contrato de demora, Venta según se establece en la Ley 3/2004el Artículo 6.2, punto (iii) de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además estos Términos y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidosCondiciones Generales. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.66.4. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor Recticel tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para compensar todas las cantidades que el Proveedor tenga derecho a todo comprador le adeude, al margen del acuerdo de que se trate y de si dichas cantidades han sido impugnadas o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de no, con las cuales éste es responsablecantidades que adeude Recticel al comprador, se entenderá y sin que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retrasosea necesaria ninguna notificación previa. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Venta

PAGO. 4.1 Los precios confirmados con la reserva del billete incluyen únicamente el transporte desde el lugar de salida hasta el lugar de destino para la(s) persona(s) y los horarios de vuelo indicados en la confirmación de reserva. Al realizar la reserva deberá abonarse el importe completo. El pago del Precio precio total del Contrato será conforme billete puede efectuarse al realizar la reserva a través de una agencia de viajes, por teléfono, con tarjeta de crédito (MasterCard, VISA, American Express) a través de nuestro sitio web, por transferencia bancaria o mediante adeudo en cuenta. En función del tipo de pago, HQ cobrará una tasa de gestión por cada reserva. En algunos de sus trayectos HQ se indique expresamente reserva el derecho a excluir determinadas opciones de pago por motivos técnicos. Puesto que deberá abonarse el importe completo al realizar la reserva, se procederá de inmediato a cargar en la Oferta del Proveedor su tarjeta de crédito o en su cuenta el Contrato. 4.2 Todos importe del precio del billete, remitiéndole asimismo la correspondiente documentación de transporte. Sólo se podrán realizar transferencias bancarias desde el extranjero (la cuenta del ordenante de la transferencia pertenece a una entidad de fuera de Bélgica) si el cliente (quien realiza la transferencia) asume todos los pagos deberán realizarse mediante gastos relacionados con la misma y si dicha transferencia electrónica, dinero se solicita en efectivo sin deduccióneuros. De lo contrario (es decir, en Euros salvo caso de no cumplirse lo anterior), HQ tendrá derecho a facturar al cliente los costes en que hubiera podido incurrir y/o las diferencias de cambio de divisa. La opción de pago "transferencia bancaria" sólo está disponible para vuelos reservados con una antelación mínima de 20 días respecto a la fecha de salida. En el caso de las transferencias bancarias, HQ exige a sus clientes abonar el importe completo en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo de catorce (14) Días desde los cinco días posteriores a la fecha de la factura reserva. Si transcurrido este plazo no se hubiera abonado el importe completo, HQ tendrá derecho, tras el envío del correspondiente recordatorio de pago y la concesión de un período xx xxxxxx previo a la denegación del Proveedor. 4.3 No se considerará realizado servicio, a rescindir el contrato de transporte con carácter inmediato y a cancelar la reserva automáticamente, quedando pendiente el pago hasta que conforme a lo estipulado en las condiciones habituales de cancelación de la tarifa seleccionada. Una vez cancelada la reserva, ya no existirá obligación alguna de transporte y deberá abonarse el Proveedor no haya recibido por completo, precio íntegro del billete en base a nuestras tarifas o condiciones de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepcióncancelación. En caso de impago o demora en el pago (incumplimiento de pago), tendremos derecho a cobrar intereses de demora. Si el pago fuera rechazado por falta de fondos o por un error en la información por usted facilitada, HQ tendrá derecho a aplicar una tasa fija por este concepto. En caso de rechazo del pago, la tasa fija a aplicar es de 10,00 € por reserva; en caso de rechazo del pago en el mostrador de billetes, la tasa fija es de 25,00 € por reserva, a menos que aporte pruebas que demuestren que no se realice dicha objeciónha incurrido en pérdida alguna como consecuencia del rechazo del pago o que la pérdida ha sido inferior. Si se rechazara un pago realizado a bordo de una de nuestras aeronaves (compras en vuelo), tendríamos derecho a aplicar una tasa fija de 10,00 € por este concepto, a menos que aportara pruebas que demostraran que no hemos incurrido en pérdida alguna o que la pérdida ha sido inferior. Si se rechazara un pago realizado mediante autorización de adeudo en cuenta por falta de fondos, HQ tendría derecho a cargar a su cuenta el importe pendiente de pago resultante, incluida la tasa mencionada, mediante una nueva autorización de adeudo en cuenta. Asimismo, la factura autorización de adeudo también será válida para el cobro de un cargo único en concepto de reembolso de las posibles pérdidas en las que se considerará hubiera podido incurrir como consecuencia del rechazo del pago por falta de fondos y de la posterior rescisión del contrato de transporte. De este modo, la autorización de adeudo en cuenta por usted concedida 08.05.2017 Página 4 CGCT de Xxxxxx Xxxx Airlines Belgium también será válida en caso de reclamaciones por rechazos de pagos debidos a falta de fondos, así como en caso de reclamaciones de indemnización por daños y pagadera. 4.5 El Comprador no perjuicios. HQ tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma contratar los servicios de retención contra cualquier pago terceros para la tramitación de los adeudos en cuenta. Si, a pesar de la correspondiente notificación de incumplimiento de pago, no se abonara el precio del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación billete, HQ tendría derecho a rescindir el contrato de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato transporte y a exigir indemnización según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún normativa de cancelación aplicable a la reserva en cuestión. No será necesario fijar un plazo de pago en aquellos casos en que la fecha aplicable salida del vuelo sea inminente y, por tanto, no sea posible establecer un plazo antes de la salida. En dichos casos, HQ podrá rescindir el contrato con efecto inmediato y denegar el servicio de transporte. Con los pagos fraccionados que realice para realizar el pagosaldar las deudas pendientes se liquidarán en primer lugar las deudas más antiguas. Si un pago no fuera suficiente para liquidar en su totalidad una deuda, se utilizaría para saldar en primer lugar los intereses y, por último, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidosprecio del billete. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación Y Transporte

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato será conforme Pago se indique expresamente hará en la Oferta moneda especificada por el Vendedor, sin ningún descuento o compensación por parte del Proveedor o en Comprador, y el Contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros salvo que Vendedor debe recibirlo dentro del periodo de pago indicado en la Oferta del Proveedor factura o, si no se establezca una moneda diferente y indica, dentro de treinta (30) días a partir de la fecha de facturación. El cumplimiento del plazo de pago será un elemento esencial del presente instrumento. El Comprador deberá notificar al Vendedor en un escrito detallado, dentro de catorce (14) Días días netos desde la fecha de facturación correspondiente, sobre cualquier reclamación de buena fe, controversia o demanda entablada por el Comprador en relación con el pago de dicha factura; en caso de no presentarse dicha notificación, se considerará que se ha renunciado a presentar dichas demandas, controversias o demandas. El Vendedor tendrá el derecho a exigir el pago pleno o parcial con antelación o posponer las entregas posteriores por el tiempo que cualquier entrega previa permanezca sin ser rembolsada, o si el Comprador no brinda una garantía adecuada. Cualquier monto que deba pagarse y que continúe en xxxx después del plazo de pago de la factura correspondiente (sin la debida notificación por escrito y de buena fe al Vendedor) está sujeto a (i) un cargo por servicio de intereses por xxxx del Proveedor. 4.3 No se considerará realizado el pago hasta valor que sea superior entre: uno por ciento (1%) mensual para cada mes (o una fracción del mismo) que el Proveedor Vendedor no haya recibido reciba dicho pago, o el porcentaje máximo permitido por completola legislación aplicable, y (ii) si corresponde, un pago de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar indemnización fijo al Proveedor Vendedor por escrito cualquier objeción concepto de costos de indemnización por un valor que sea especificado conforme a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepciónlegislación aplicable. En el caso de que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún cubra un pago en la fecha aplicable para realizar el virtud de un acuerdo dentro del plazo de pago, el Proveedor Comprador incumplirá una estipulación sustancial del acuerdo y estos GTCS, y por ende el Vendedor puede invocar todos los derechos y recursos de reparación disponibles. Si el Comprador no cumple sus obligaciones se le cobrarán todos los costos extrajudiciales incurridos razonablemente para exigir el cumplimiento de dichas obligaciones, daños y perjuicios y otra compensación. Dichos costos pueden incluir, a modo no taxativo, los costos de agencia de cobranza, servicios de entrega de notificaciones procesales y abogados. Si un tribunal o una autoridad administradora de justicia dicta sentencia que va plena o sustancialmente en contra del Comprador y su decisión adquiere un carácter definitivo, el Comprador tendrá derecho a aplicar el interés legal deber de demora, según se establece rembolsar al Vendedor todas las costas judiciales asumidas en la Ley 3/2004todos los niveles preliminares, de 29 de diciembrejuicio y apelación, por la incluyendo, entre otros, cualquier monto que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión no sea otorgado por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 tribunal o en otras disposiciones autoridad administradora de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3justicia. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Venta

PAGO. 4.1 1. Si las partes no han acordado otra normativa, la factura se debe pagar en los 30 días siguientes a la fecha de factura, mediante transferencia directa a un banco designado por el Vendedor. 2. En caso de demora en el pago por parte del Comprador, el Vendedor está autorizado a aplicar intereses de demora por el 1% del valor de la factura prorrateando por cada 30 días de demora a partir del vencimiento, hasta que se haya satisfecho todo el importe de la factura. El Vendedor se reserva el derecho a aplicar una tasa de tramitación ade- cuada por la aplicación de los intereses de demora, retirarse del contrato en observancia de la normativa legal aplicable o rescindir una relación de deuda duradera. 3. El pago con cheques y pagarés requiere el previo acuerdo por escrito del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente en Vendedor y serán debitados tras la Oferta del Proveedor o en el Contrato. 4.2 Todos entrega de la mercancía. El plazo máximo de vencimiento para los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo cambios es de catorce (14) Días 90 días a contar desde la fecha de la factura. Los descuentos, gastos por cheque/letra de credito, gastos, impuestos y otros desembolsos a partir de los 30 días a contar desde la entrada de la factura correspondiente corren a cargo del ProveedorComprador. 4.3 No 4. Si, desde el punto de vista del Comprador, se considerará realizado solicita la apertura de un proceso de insolvencia o el Vendedor tuviera conocimiento de alguna circunstancia, tras la formalización del contrato, según las cuales se puede inferir una reducción esencial del patrimonio del Comprador, el Vendedor puede, a su criterio, requerir una garantía de pago dentro del plazo adecuado o un pago paso a paso a la realización de las entregas. Si el Comprador no cumple este requisito, el Vendedor, con reserva de otros derechos legales, está autorizado a retirarse o a finalizar la relación de deuda duradera. 5. Los pagos y anticipos se deben realizar añadiendo el IVA. 6. Los pagos no se consideran realizados hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción. En caso de que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago importe en una cuenta del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3Vendedor. 4.7 Si no 7. El Vendedor se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar reserva el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en emplear los pagos para compensar las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador posiciones de la factura correspondiente más antiguas pen- dientes o bien los intereses de demora y costes correspon- dientes, por este orden: costes, intereses, principal. 8. Al Comprador sólo le corresponden derechos de compensa- ción si ha presentado legalmente sus reclamaciones, y el Vendedor las ha reconocido o no ha presentado objeciones. El ejercicio de un derecho de retención de parte del ProveedorCom- xxxxxx sólo está justificado si se cumplen las mismas condi- ciones y, además, su contrarreclamación se basa en la misma relación contractual. 9. Las disposiciones anteriores El Comprador declara estar de esta Cláusula 4 serán acuerdo con el abono de aplicación sus cuentas a cobrar y a pagar frente al Vendedor y sus empre- sas asociadas. Del mismo modo, también se pueden abonar las cuentas a estos importescobrar y a pagar de las empresas asociadas del Comprador.

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Samples: Condiciones Generales De Venta Y Suministro

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato precio de los productos será conforme el que se indique expresamente estipule en cada momento en el SITIO WEB, salvo en caso de error manifiesto. A pesar de que XXXXXXXXXXX intenta asegurarse de que todos los precios que figuran en el SITIO WEB son correctos, pueden producirse errores. Si ARISTOCRAZY descubriese un error en el precio de los productos que el cliente haya encargado, ARISTOCRAZY, tras informar al cliente lo antes posible, le dará la opción de reconfirmar su pedido al precio correcto o bien anularlo. Si XXXXXXXXXXX no logra ponerse en contacto con el cliente, el pedido se considerará cancelado y le serán reembolsadas íntegramente las cantidades que hubiesen sido abonadas. ARISTOCRAZY no está obligado a suministrar productos (incluso aunque se haya enviado la Confirmación de Envío) si el error en el precio es obvio e inequívoco y hubiera podido ser reconocido de forma razonable por el cliente como precio incorrecto. Los precios de los productos ARISTOCRAZY pueden variar, pero (salvo en lo establecido anteriormente) los posibles cambios no afectarán a los pedidos con respecto a los que ya haya sido enviada una Confirmación de Envío. Dadas las particularidades de la compra online, el precio de los productos señalado en el SITIO WEB se refiere única y exclusivamente a las compras realizadas en el mismo, sin que tenga por qué coincidir con el precio de venta al público de los establecimientos ARISTOCRAZY. De acuerdo con lo anterior, el precio señalado en el SITIO WEB sólo se considera vinculante para las compras online y en modo alguno vincula a los establecimientos ARISTOCRAZY. Los precios de la página Web incluyen el IVA, pero excluyen los gastos de envío, que se añadirán al importe total debido y se indicarán al cliente de forma desglosada. Una vez que el cliente haya hecho sus compras, todos los artículos que desea comprar se habrán añadido a su bolsa y el paso siguiente será tramitar el pedido y efectuar el pago. Para hacerlo el cliente seguirá 6 pasos: 1. Hará clic en "Mi Bolsa" en la Oferta del Proveedor o en el Contratoparte superior de la página para incorporar los productos que desee comprar. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero 2. A continuación hará clic en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo de catorce (14) Días desde la fecha de la factura correspondiente del Proveedor"Comprar". 4.3 No se considerará realizado el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, 3. Rellenará y comprobará la información de forma irrevocablecontacto, los fondos disponibles en datos de su cuenta bancaria designadapedido, la dirección a la que desea que le sea enviado el pedido o tienda de recogida del mismo. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a 4. Elegirá el método de pago con el que desea realizar la validez de cualquier factura dentro de los cinco compra (5) Días desde su recepción. En caso de que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho tarjeta de crédito o derecho Paypal) e introducirá la información correspondiente. 5. Aceptará los “Términos y Condiciones” 6. Confirmará la compra pulsando “Realizar el pedido " El cliente podrá hacer el pago con las tarjetas Visa o Paypal. Para minimizar el riesgo de acceso no autorizado, se le redirigirá a realizar cualquier forma la pantalla de retención contra cualquier la pasarela de pago virtual/ Paypal que autorizará el pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación pedido. Al hacer clic en "Autorizar Pago" el cliente está confirmando que la tarjeta de comenzar el Alcance del Suministro hasta crédito es suya. ARISTOCRAZY utiliza Verisign para asegurar que el Proveedor pago se ha efectuado de forma segura. Las tarjetas de crédito estarán sujetas a comprobaciones y autorizaciones por parte de la entidad emisora de las mismas; si dicha entidad no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar autorizase el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal ARISTOCRAZY no se hace responsable de demoraningún retraso o falta de entrega y, según se establece en la Ley 3/2004última instancia, de 29 no proceder a formalizar el contrato de diciembreventa con el cliente. De conformidad con la normativa vigente, por la toda compra efectuada a través del sitio Web estará sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte repercutirá al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días tipo vigente al momento de la Fecha Base aplicableentrega. En los pedidos con destino a Ceuta y Melilla, independientemente las entregas se encontrarían exentas de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, IVA sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago aplicación de los importes pagaderos al Proveedor impuestos y aranceles correspondientes conforme a la normativa vigente en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador cada uno de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importesellos.

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Samples: Contrato De Compra

PAGO. 4.1 El 1. A menos que se acuerde lo contrario, el pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente en la Oferta del Proveedor o en el Contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo debe hacerse neto (sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y ) dentro del plazo de catorce (14) Días desde los 30 días de la fecha de la factura correspondiente del Proveedormediante transferencia bancaria sin cargo para nosotros. 4.3 No 2. La fecha de pago es la fecha en la que recibimos el dinero o de la acreditación en nuestra cuenta. Se considera que se considerará realizado el ha efectuado un pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designadasolo cuando podemos disponer del importe. 4.4 El Comprador deberá notificar 3. Como alternativa, la entrega también podrá ser condicionada al Proveedor pago en el momento de la entrega o a un pago por escrito cualquier objeción adelantado. 4. A los efectos del pago, solo aceptamos letras de cambio descontables si así se acuerda. Las acreditaciones mediante letras de cambio y cheques estarán sujetas a la validez recepción previa deducción de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción. En caso de gasto con fecha-valor del día en que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagaderapodamos disponer del contravalor. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal5. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo pago, se aplica la normativa legal. No se otorgarán los descuentos eventualmente acordados si el comprador está atrasado en el pago de entregas anteriores. 6. Nuestros reclamos se hacen inmediatamente exigibles si no se cumplen las condiciones de pago o si se conocen hechos que permitan inferir que nuestro derecho al precio de venta está en peligro debido a falta de capacidad del Alcance comprador. En este último caso, tenemos derecho a condicionar las demás entregas a un pago contra entrega o a la provisión de las garantías correspondientes. 7. Si el comprador está en incumplimiento de pago, tenemos derecho a recuperar la mercancía después de una advertencia previa, y eventualmente a ingresar al negocio del Suministro por razones atribuibles totalmente comprador y retirar la mercancía. La devolución o en parte al Comprador y/o en la retirada no es una rescisión del contrato. En cualquier caso podemos prohibir la eliminación de cualquier suspensión los productos entregados por el Proveedor según lo establecido comprador. 8. En los casos de la cláusula V, Nº 6 y 7, podemos revocar la autorización para el cobro de conformidad con la cláusula VIII, Nº 8 y exigir el pago contra entrega de las entregas pendientes. Sin embargo, el comprador puede evitar estas consecuencias legales, así como las mencionadas en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condicionescláusula VIII, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo Nº 8, proporcionando una garantía por el Proveedor a los 21 Días monto de la Fecha Base aplicable, independientemente reclamación de pago en peligro. 9. Se excluye la negativa a pagar o la retención del pago si el Proveedor ha comenzado comprador conocía el defecto u otro motivo de queja al celebrar el contrato. Esto también se aplica si este le era desconocido como resultado de negligencia grave, a realizar menos que hayamos ocultado fraudulentamente el defecto o cualquier parte otro motivo de queja o proporcionado una garantía para la calidad del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajosobjeto. Por cierto, el Proveedor tendrá derecho pago puede ser retenido debido a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido defectos u otras quejas solo en la Cláusula 10.3. 4.9 una medida razonable. En caso de retraso disputa, decidirá el monto un experto designado por parte del Proveedor la Cámara de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde Comercio e Industria en el plazo domicilio social del comprador. Este también debe decidir ex aequo et bono sobre la distribución de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado los costos de no haberse producido el retrasosu intervención. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción 10. Una compensación solo es posible con reclamos reconocidos por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importesnosotros o legalmente establecidos.

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Samples: General Terms and Conditions

PAGO. 4.1 6.1. El pago del Precio precio de compra debe ser efectuado en la cuenta bancaria del Vendedor de acuerdo a las condiciones de pago indicadas en la factura, sin compensar deudas o deducir descuentos, en la moneda y forma pactadas. El Comprador incurrirá en xxxx automáticamente y sin necesidad de notificación alguna si no atiende los pagos en los plazos previstos para ellos, devengándose durante el periodo de retraso del pago los intereses moratorios a los tipos legalmente previstos. Ello, además, sin perjuicio del derecho que le asiste al Vendedor de reclamar el cumplimiento y/o los daños y/o la resolución del Contrato será conforme se indique expresamente de Venta y sin perjuicio de lo dispuesto en la Oferta cláusula 6.2.Todos los gastos de constitución de garantías o gastos de cobranzas serán por cuenta del Proveedor o en el ContratoComprador. 4.2 Todos 6.2. En caso de pagos intempestivos, el Vendedor tendrá derecho a que le sean compensados todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónicagastos extrajudiciales, dinero en efectivo sin deducciónincluyendo aunque no solo limitándose a, en Euros salvo que en la Oferta los costes incurridos para el envío de avisos, notificaciones xx xxxx, reclamaciones, cuyos costes extrajudiciales ascenderán al menos al quince por ciento (15%) del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo montante total a pagar, sujeto a un mínimo de catorce (14) Días desde la fecha de la factura correspondiente del Proveedor500 euros. 4.3 No 6.3. Si en opinión del Vendedor, existen razones fundadas para creer que el Comprador no cumplirá con sus obligaciones de pago, el Vendedor tendrá derecho a – independientemente de lo que se considerará realizado haya acordado en cuanto a pagos y garantías – exigir el pago adelantado o una garantía adicional y de suspender las entregas hasta en tanto se reciba el pago o garantías oportunas. Si el Comprador incumple todas o algunas de sus obligaciones, o las cumple fuera de los plazos acordados, o no ofrece las garantías adecuadas, el Vendedor tendrá derecho a resolver el Contrato de Venta – sin recurrir a la vía judicial y sin necesidad de comunicación previa – a través de notificación escrita con efectos inmediatos o con efectos a partir de una fecha determinada y todo ello sin perjuicio al derecho que el Proveedor no haya recibido por completo, le asiste al Vendedor de forma irrevocable, los fondos disponibles en reclamar su cuenta bancaria designadacumplimiento y/o daños y perjuicios. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción6.4. En caso de que no se realice dicha objeciónel Vendedor gane el proceso judicial contra el Comprador, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 el Comprador estará obligado a pagar todos los costes del proceso judicial en los que haya incurrido el Vendedor, incluso si dichos costes exceden los costes judiciales determinados por el tribunal. El Comprador no tendrá ningún derecho Vendedor puede invocar esta cláusula independientemente de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no Comprador haya recibido interpuesto recurso ante el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3tribunal de apelación o el Tribunal Supremo. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador y/o en caso de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: Condiciones Generales De Venta

PAGO. 4.1 El pago Los pagos correspondientes a la Tarjeta, se deben realizar en efectivo, en cualquier Agencia de EL BANCO, Agencias de la Red Unicard y/o transferencias interbancarias, cuya información se encuentra en el reverso del Precio del Contrato será conforme Estado de Cuenta, o a través de nuestra Banca por Teléfono y/o Red de Agencias de EL BANCO, cuya información de su ubicación se indique expresamente encuentra en la Oferta del Proveedor o página web de EL BANCO. Los pagos se deben realizar a más tardar en el Contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo de catorce (14) Días desde la fecha de vencimiento establecida en el Estado de Cuenta, y serán efectivamente computados a fecha de la factura correspondiente del Proveedortransacción hasta dentro de las 48 horas posteriores a su realización. Cualquier pago realizado por EL CLIENTE será imputado en el siguiente orden o prelación: penalidad por pago posterior a la fecha de vencimiento, comisiones, intereses y capital. 4.3 No se considerará realizado el pago hasta que el Proveedor no haya recibido por completo, de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designada. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro 6.1. Respecto de los cinco (5) Días desde importes de las transacciones que EL CLIENTE hubiese fraccionado para su recepción. En caso de que no se realice dicha objeción, la factura se considerará válida y pagadera. 4.5 El Comprador no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en la fecha aplicable para realizar cuotas mensuales, mediante el pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formal. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte uso de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente o en parte al Comprador medios y/o en caso alternativas que el Establecimiento Afiliado hubiese puesto a disposición de cualquier suspensión por EL CLIENTE, este último deberá pagar a EL BANCO el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condiciones, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días importe de la Fecha Base aplicable, independientemente cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3Cuenta. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago 6.2. Respecto de los importes pagaderos al Proveedor que EL CLIENTE hubiese dispuesto de las Líneas de Crédito paralelas a que se refiere el numeral iii) de la Cláusula Tercera, EL CLIENTE deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en virtud del Contrato el Estado de Cuenta. 6.3. Respecto de los importes que EL CLIENTE hubiese dispuesto en efectivo, deberá pagar a EL BANCO el importe de la cuota correspondiente que haya sido consignado en el Estado de Cuenta. Respecto de todas las transacciones que se hubiesen cargado a la Tarjeta, EL CLIENTE alternativamente, podrá: a) Realizar pagos parciales por importes que no forman parte deberán ser inferiores al monto mínimo establecido en el Estado de Cuenta; con la respectiva reducción de interés deduciendo comisiones y gastos. b) Realizar el pago del Precio cien por ciento (100%) del Contrato importe a pagar correspondiente al último Estado de Cuenta. Los pagos a que se refieren los numerales 6.1, 6.2 y 6.3 precedentes, serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importesacumulativos y no excluyentes.

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Samples: Contrato De Tarjeta De Crédito

PAGO. 4.1 El pago del Precio del Contrato será conforme se indique expresamente en la Oferta del Proveedor o realizará exclusivamente en el Contratoestablecimiento o sucursal del Vendedor con el que se celebró el contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónicaA menos que se acuerde de otro modo por escrito, dinero el importe neto de las facturas se pagará en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo de catorce los 30 (14treinta) Días desde días siguientes a la fecha de la factura correspondiente del Proveedorfactura, sin derecho de deducción o compensación. 4.3 No El Vendedor se considerará realizado reserva el derecho a requerir el pago hasta por adelantado o la provisión de garantías para la primera entrega o para las siguientes si existen dudas relativas a la solvencia del Cliente, así como por otras razones empresariales. Si no se realiza el pago por adelantado solicitado y/o no se dan las garantías requeridas de forma satisfactoria para el Vendedor, este se reserva el derecho a suspender el cumplimiento del contrato o a declarar la resolución del mismo de manera total o parcial sin la intervención de los tribunales, y sin perjuicio de cualesquiera otros derechos y acciones legales disponibles para el Vendedor, incluido el derecho a exigir el pago completo de la contraprestación pactada, y sin que el Proveedor no haya recibido por completo, Vendedor esté obligado a proporcionar ningún tipo de forma irrevocable, los fondos disponibles en su cuenta bancaria designadacompensación. 4.4 El Comprador deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepción. En caso de que no se realice dicha objeción, la factura pago se considerará válida y pagaderaefectuado en el momento en el que el Vendedor pueda disponer del importe. 4.5 El Comprador Sin perjuicio de lo dispuesto en la ley aplicable con carácter imperativo, el Cliente no tendrá ningún derecho de crédito o tiene derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier suspender el pago del Precio del Contratoen ninguna circunstancia. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna obligación de comenzar el Alcance del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato según lo establecido De acuerdo con los dispuesto en la Cláusula 4.3. 4.7 Si no se recibe algún pago en ley aplicable con carácter imperativo, a partir de la fecha aplicable para realizar el de vencimiento del periodo de pago, el Proveedor tendrá derecho a aplicar el interés legal Cliente incurrirá en xxxx automáticamente en virtud de demora, según se establece lo dispuesto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formalley y el crédito del Vendedor será inmediatamente exigible y pagadero. Además y mediante notificación por escrito en Si el plazo de 7 Días a tal efecto, Cliente no ha cumplido sus obligaciones para con el Proveedor podrá suspender todos Vendedor o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba si no lo ha hecho por completo ni a tiempo, o si el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso Cliente ha solicitado la declaración en concurso de retraso acreedores o ha sido ya declarado judicialmente en el comienzo del Alcance del Suministro por razones atribuibles totalmente dicha situación o en parte al Comprador y/suspensión de pagos, quiebra, liquidación forzosa, o en caso ha adoptado el acuerdo de cualquier suspensión por el Proveedor según lo establecido en la Cláusula 4.7 o en otras disposiciones de estas Condicionesliquidación, se aplicará la Cláusula 6.6considerará al Cliente en xxxx y todos los créditos del Vendedor devendrán inmediatamente vencidos y exigibles. Si aún no se ha recibido ningún pago El Cliente está obligado a pagar un interés de demora del 5 % (cinco por completo por el Proveedor ciento) anualmente a los 21 Días partir de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos el Contrato mediante notificación por escrito, según lo establecido en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas de las cuales éste es responsable, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado que se considere en xxxx, sin perjuicio del resto de no haberse producido el retrasosus obligaciones. Todos los costes legales y extrajudiciales, incluidos los de asistencia legal, corren por cuenta del Cliente. 4.10 La Fecha Base del pago de los importes pagaderos al Proveedor en virtud del Contrato que no forman parte del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importes.

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Samples: General Sales Conditions

PAGO. 4.1 Los precios confirmados con la reserva del billete sólo son válidos para el transporte de la(s) persona(s) indicada(s) en la confirmación de reserva desde el lugar de salida hasta el lugar de destino a las horas indicadas. En el momento de efectuar la reserva se pagará el importe completo del precio del vuelo. 01/08/2015 Página 3 CGC de Condor El pago del Precio precio completo del Contrato será conforme se indique expresamente vuelo puede efectuarse al hacer la reserva en la Oferta del Proveedor agencia de viajes o bien por teléfono o en nuestra página de Internet con tarjeta de crédito (MasterCard, VISA, American Express), por transferencia o mediante adeudo directo SEPA. Dependiendo del modo de pago, Condor cobrará por reserva una tasa de pago por transacción. Condor se reserva el Contrato. 4.2 Todos los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica, dinero derecho de excluir determinadas modalidades de pago en efectivo sin deducción, en Euros salvo que en la Oferta del Proveedor se establezca una moneda diferente y dentro del plazo algunos trayectos de catorce (14) Días desde la fecha de la factura correspondiente del Proveedor. 4.3 No se considerará realizado el pago hasta vuelo por motivos técnicos. Dado que el Proveedor no haya recibido por completoprecio del vuelo deberá pagarse en el momento de hacer la reserva, el importe completo se cargará inmediatamente en su tarjeta de forma irrevocable, los fondos disponibles crédito o en su cuenta bancaria designada. 4.4 bancaria, remitiéndosele paralelamente los documentos de transporte. Sólo se podrán realizar transferencias desde el extranjero (la cuenta del cliente se gestiona fuera de Alemania) cuando el cliente (el que realiza la transferencia) asuma todos los gastos relacionados con la misma y cuando la transferencia se efectúe en euros; de lo contrario, es decir, en caso de no cumplirse tales circunstancias, Condor tiene derecho a cargar en la cuenta del cliente los costes en que hubiera podido incurrir y/o las diferencias de cambio de divisa. El Comprador modo de pago “Transferencia” solo está disponible para fechas de viaje hasta 20 días antes del día de la salida. Dado que el pago se efectúa en su totalidad en el momento de la reserva, el precio completo del vuelo deberá notificar al Proveedor por escrito cualquier objeción a la validez de cualquier factura dentro de los cinco (5) Días desde su recepcióntransferirse inmediatamente. En caso de que el precio completo del vuelo no se realice dicha objeciónhaya pagado en su totalidad en un plazo de 5 días, Condor está autorizado, tras el requerimiento sin éxito del pago dentro de un plazo de pago fijado, a rescindir con efecto inmediato el contrato de transporte y a cancelar la factura se considerará válida reserva automáticamente según las condiciones de cancelación y pagadera. 4.5 El Comprador las tasas de la tarifa seleccionada establecidas en la cláusula 5 de las CGC. Una vez cancelada, ya no tendrá ningún derecho de crédito o derecho a realizar cualquier forma de retención contra cualquier pago del Precio del Contrato. 4.6 El Proveedor no tendrá ninguna existe obligación de comenzar transporte y el Alcance precio total del Suministro hasta que el Proveedor no haya recibido el primer pago del Precio del Contrato vuelo cancelado deberá pagarse según lo establecido en la Cláusula 4.3. 4.7 Si nuestras condiciones de cancelación y de tarifa. Condor estará autorizado a cobrar intereses de demora cuando no se recibe algún haya satisfecho el pago en la fecha aplicable para realizar el o éste no se haya realizado a tiempo (demora de pago). En caso de devolución del pago por indicación de datos incorrectos o por falta de fondos, el Proveedor Condor tendrá derecho a aplicar el interés legal de demora, según se establece en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, exigir un importe global por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, sin necesidad de realizar una demanda formaldevolución. Además y mediante notificación por escrito en el plazo de 7 Días a tal efecto, el Proveedor podrá suspender todos o parte de los trabajos que realiza bajo el Contrato hasta que reciba por completo el pago y los intereses debidos. 4.8 En caso de retraso devolución el importe será de 10 € por cada reserva y para el pago en el comienzo mostrador del Alcance del Suministro aeropuerto el importe será de 25 € por razones atribuibles totalmente cada reserva, siempre que no nos demuestre que la devolución no nos ocasionó ningún daño o en parte al Comprador y/o un daño de menor cuantía. También en caso de cualquier suspensión devolución por el Proveedor según lo establecido en un pago realizado a bordo de nuestro avión (venta a bordo) estamos autorizados a exigir un importe global por devolución de 10 €, siempre que no nos demuestre que la Cláusula 4.7 devolución no nos ocasionó ningún daño o en otras disposiciones un daño de estas Condicionesmenor cuantía. En caso de devolución de un adeudo directo SEPA por falta de fondos, se aplicará la Cláusula 6.6. Si aún no se ha recibido ningún pago por completo por el Proveedor a los 21 Días de la Fecha Base aplicable, independientemente de si el Proveedor ha comenzado a realizar cualquier parte del Alcance del Suministro y/o ha suspendido los trabajos, el Proveedor Condor tendrá derecho a terminar con efectos inmediatos cobrar las deudas exigibles ocasionadas, así como los importes globales por devolución anteriormente mencionados, mediante un nuevo adeudo directo SEPA. Lo mismo se aplica para la autorización de adeudo para el Contrato mediante notificación cobro único por escritodaños y perjuicios ocasionados por la devolución por falta de fondos y la posterior rescisión del contrato de transporte. En este aspecto, según lo establecido el mandato de adeudo directo SEPA que usted concede también engloba las deudas exigibles derivadas de devoluciones por falta de fondos y eventuales exigencias derivadas de reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios. Condor está autorizada a encargar a un tercero el cobro del adeudo directo SEPA. Si aun pese a incurrir en demora de pago no se procede a satisfacer el precio del vuelo, Condor estará autorizada a rescindir el contrato de transporte y a exigir una indemnización conforme a las disposiciones que regulan la rescisión de la reserva correspondiente establecidas en la Cláusula 10.3. 4.9 En caso de retraso por parte del Proveedor de una determinada fase o actividad que es necesaria para que el Proveedor tenga derecho a todo o a parte del Precio del Contrato por culpa del Comprador o de terceras personas cláusula 5 de las cuales éste es responsableCGC. No será necesario conceder un plazo cuando la fecha del vuelo sea inminente, no pudiéndose establecer por ello un plazo antes del vuelo. En este caso, Xxxxxx podrá rescindir inmediatamente el contrato y denegar el transporte del 01/08/2015 Página 4 CGC de Condor pasajero. Con los pagos fraccionados que haya realizado para saldar la deuda se compensará en primer lugar la deuda más antigua. Cuando el importe del pago realizado no alcance para satisfacer la deuda, se entenderá que el Proveedor, sin perjuicio de cualquier otro derecho o reparación que le pueda corresponder al Proveedor, ha finalizado una fase o actividad calculará primero como tarde en el plazo de catorce (14) Días desde la fecha en la cual lo habría finalizado de no haberse producido el retraso. 4.10 La Fecha Base del pago a cuenta de los importes pagaderos al Proveedor en virtud intereses y, por último, como pago a cuenta del Contrato que no forman parte precio del Precio del Contrato serán catorce (14) Días desde la recepción por el Comprador de la factura correspondiente del Proveedor. Las disposiciones anteriores de esta Cláusula 4 serán de aplicación también a estos importesvuelo.

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