Pagos durante la etapa de construcción Cláusulas de Ejemplo

Pagos durante la etapa de construcción. Se trata de los pagos a cargo del concedente de una parte de la inversión durante la etapa de construcción, aportada en forma de remuneración de capital (aportes públicos no reembolsables). El objetivo fundamental de dicho pago fundamentalmente es aminorar la carga presupuestaria futura, pues se reduce el importe de los compromisos del concedente necesarios para acometer la construcción de la infraestructura. Asimismo, permite acotar el riesgo de financiamiento de proyectos que requieren altos niveles de inversión. Algunos Contratos denominan este pago como pago por obras (PPO) o cofinanciamiento. El OPIP debe considerar que el uso de este mecanismo de pago no debe desvirtuar el esquema de transferencia de riesgos del proyecto, principalmente, los riesgos de diseño y construcción. Asimismo, debe evaluar las condiciones necesarias para mantener el adecuado equilibrio de riesgos entre las partes. Dependiendo del esquema financiero del proyecto, el Contrato puede establecer pagos a cargo del concedente durante la etapa de operación, los cuales podrán tener por finalidad retribuir: i) la inversión, o ii) la operación y mantenimiento del proyecto A estos pagos, a cargoConcedente se deberán deducir los ingresos obtenidos por el cobro a los usuarios (y otros ingresos menores derivados del Contrato), a efectos de cubrir los costos establecidos en el Contrato. Entre los principales tipos de pagos del Estado, se encuentran: - Pago por disponibilidad (PPD) Se trata de pagos fijos anuales, semestrales o trimestrales, sujetos a la calidad y disponibilidad del servicio y de la infraestructura del proyecto. En ese sentido, el Contrato debe prever que estos pagos están sujetos a deducciones por incumplimientos de los indicadores de servicio o por falta de disponibilidad de la infraestructura, según el Contrato respectivo. Eventualmente, en el Contrato se podrán establecer mecanismos de PPD que tengan una parte garantizada limitando las deducciones a un tope anual, de igual forma, el Contrato puede prever que el exceder dicho límite podría configurar una causal de terminación anticipada del Contrato. Sin embargo, esta decisión deberá derivar de un análisis de bancabilidad que justifique establecer un límite a las deducciones, a fin de evitar el riesgo moral de los financistas y del propio concesionario para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. El PPD se ajusta típicamente por inflación, pero podrían establecerse ajustes por otros supuestos. Por ejemplo, en el ca...

Related to Pagos durante la etapa de construcción

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.