Otros supuestos Cláusulas de Ejemplo

Otros supuestos. La privación de libertad, mientras no exista sentencia condenatoria, se considerará supuesto suspensivo con reserva del puesto de trabajo. En el supuesto de que dicha privación tuviera que ver con la relación laboral, se estará a lo dispuesto en el capítulo XI sobre ordenación jurídica xx Xxxxxx y Sanciones.
Otros supuestos. Previa negociación con los representantes sindicales del ámbito correspondiente y para aquellos servicios, oficinas, centros y dependencias que, por razón de su horario de apertura y funcionamiento u otras características especiales derivadas de su peculiar naturaleza o funciones así lo requieran, los Secretarios Generales u órgano equivalente de los Organismos Autónomos dependientes de la Administración de la Comunidad así como el Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, establecerán las adaptaciones oportunas del régimen de disfrute de las vacaciones, así como las compensaciones que en su caso puedan establecerse.
Otros supuestos. Si una persona física o jurídica, pública o privada, tuviera necesidad, por cualquier causa, de desprenderse de residuos sólidos en cantidades superiores a lo habitual, no podrá depositarlos con los residuos habituales. En estos casos, la persona o entidad transpor- tará los residuos con sus propios medios a los puntos de transformación o eliminación que indique el Servicio Municipal competente, o bien podrá solicitar su retirada al mencionado servicio. En ambos casos, el Ayuntamiento podrá repercutir el correspondiente cargo por la eliminación o transformación de los residuos y, además, en el segundo caso, lo aumentará con el correspondiente cargo de transporte a los centros de eliminación o transformación.
Otros supuestos.  Si se ha marcado la opción jornada incompleta, independientemente del nº de horas que tenga el contrato habrá que aceptarlo xxxxxx se justifique alguna de las causas que figuran en el apartado anterior.
Otros supuestos. En caso de robo o daño de los equipos destinados al arrendamiento por causas atribuibles al proveedor durante los procesos de entrega, o durante su instalación y/o configuración, el proveedor deberá sustituirlos por equipos con características iguales o superiores, dentro del plazo señalado en el numeral 12 “Plazo de entrega de los equipos en arrendamiento", sin otorgarse plazos adicionales para tal efecto y sin costo, ni límite de eventos para las dependencias y entidades. El proveedor deberá proporcionar durante la vigencia del contrato los siguientes niveles de servicios descritos en la siguiente tabla: Actividad Descripción Alcance Nivel de servicio Entregables El Proveedor deberá entregar cada uno los equipos objeto Del arrendamiento, incluyendo sus manuales impresos o digitales en idioma español, o la liga de descarga de los mismos.El Proveedor deberá entregar al Administrador del Contrato (i) los documentos firmados por la persona designada por el Administrador del Contrato en los que se acrediten la recepción de cada uno los equipos y periféricos objeto del arrendamiento, Arrendamiento de equipo de cómputo y periféricos Dentro de los noventa(90) días naturales a partir del día hábil siguiente a la fecha adjudicación del contrato.En contratos abiertos, se aplicará lo señalado en el párrafo anterior únicamente para la totalidad del Requerimiento inicial; sin embargo, en lo correspondiente a las solicitudes u órdenes de entrega posteriores pero que se realicen durante la vigencia del contrato, el Proveedor deberá realizar laentrega total de los equipos arrendados en
Otros supuestos. Previa negociación con el Comité de Empresa y para aquellos servicios, oficinas, centros y dependencias que, por razón de su horario de apertura y funcionamiento u otras características especiales derivadas de su peculiar naturaleza o funciones así lo requieran, el Ayuntamiento, establecerán las adaptaciones oportunas del régimen de disfrute de las vacaciones, compensándose con tres días adicionales.
Otros supuestos. La tasa de interés general en el mercado en operaciones pasivas es de 30% 1 aproximadamente. Tasa de interés incremental del arrendatario 32%. Suponga que el arrendatario 2 no conoce la tasa de interés del contrato, y por tratarse de una máquina especial, el precio xx xxxxxxx del equipo no es claramente determinable. Se trata de un contrato de arrendamiento capitalizable, tipo venta, puesto que la 4 opción de compra es a un precio reducido. Se supone que no hay costos futuros para el arrendador, y el cobro de los pagos por rentas se encuentra razonablemente asegurado. El valor de la venta es el valor presente de la suma de $322,758, en virtud de 5 que el monto de la opción es mínimo, sobre todo si se consideran las tasas de interés tan altas, las que, obviamente sugieren una inflación. Tabla de amortización del arrendador 6 En el asiento 1 se dedujo del costo de ventas el valor presente de la opción de 1 compra, para cumplir con el párrafo 14 del boletín. Si el arrendatario no tomara la opción de compra, el bien regresaría al 2 arrendador, quien, seguramente, lo vendería en un precio mayor a $27,242. Empero, si lo vende a un precio menor, carecería de importancia relativa en el contorno económico de fin del tercer año. Los intereses de la opción de compra se reconocieron hasta que el arrendatario 3 decidió tomarla y pagarla, en virtud de no estar garantizada. En este problema se estimó un valor residual no garantizado, pero como ese 4 valor es un precio reducido se incluyó en el cálculo del valor presente. Si la opción de compra fuera alta y no estuviera garantizada por el arrendatario, el contrato probablemente sería operativo. Si la opción es garantizada por el arrendatario, el contrato sería probablemente de tipo capitalizable. Indudablemente que el arrendatario puede determinar la tasa de interés implícita 5 en el contrato, además debe tener conocimiento del precio xxx xxxxxxx del bien. Como se trata de una máquina específica, hemos supuesto que no tenemos medida xxxxx xxx xxxxxxx. Tabla de amortización. 6 Después del curso del 1er. año, las partes deciden cambiar el contrato del 1 ejemplo 1, por un contrato de arrendamiento operativo de tres años, que incluye rentas anuales de $115,000. Si observamos la tabla de amortización del arrendador, del ejemplo 1, podemos 2 determinar que tiene una inversión bruta y neta como sigue: La diferencia entre la inversión bruta y neta de $56,563, es igual al saldo de la cuenta de ingreso financiero no devengado. Cons...

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  • IMPUESTOS Y GASTOS El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente. Cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos al Banco de España como partidas independientes.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • IMPUESTOS Y DERECHOS Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos a "EL CENACE".

  • OTROS GASTOS Todos los gastos de escrituras públicas, formalización del expediente, reintegro del mismo, anuncios y en general cuantos se produzcan a lo largo de la vigencia del contrato hasta la devolución de la garantía definitiva, serán de cuenta exclusiva del adjudicatario.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • PAGO DE IMPUESTOS Será responsabilidad y estará a cargo de “EL PROVEEDOR”, el pago de impuestos y derechos que de acuerdo con las Leyes Mexicanas aplicables, se generen con motivo del presente contrato, salvo el IVA, el cual será trasladado a “LA PROCURADURÍA”.

  • GASTOS E IMPUESTOS El BANCO asume íntegramente el pago de los gastos y tributos que se desglosan a continuación: (i) gestoría, (ii) comprobación registral del inmueble, (iii) notaría, (iv) inscripción registral de la garantía hipotecaria en el Registro de la Propiedad competente e (v) impuesto de actos jurídicos documentados (“AJD”). ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1 La PARTE PRESTATARIA asume: (i) el coste de la tasación de la FINCA HIPOTECADA realizada en los términos de la Orden ECO 805/2003 sobre la FINCA HIPOTECADA (la “Tasación”), (ii) el coste de mantenimiento del Seguro de Incendio sobre la FINCA HIPOTECADA en los términos del (art. 8 de la Xxx xxx Xxxxxxx Hipotecario) (iii) los daños, perjuicios, costas y gastos de cualquier naturaleza (sin carácter limitativo: requerimientos de pago notariales, telefónicos, escritos -burofax-, gastos derivados de procedimientos judiciales –letrado, procurador y otros costes, salvo que judicialmente sean asignados al BANCO- o extrajudiciales -ejecución notarial de la garantía hipotecaria , métodos alternativos de resolución de conflictos-, de administración interina de la finca, etc.) que resulten como consecuencia de los incumplimientos xxx XXXXXXXX, (iv) aquellos gastos y tributos, presentes o futuros, que correspondan a LA PARTE PRESTATARIA por disposición legal, reglamentaria o pacto expreso entre las PARTES, (vi) el coste de las copias de la escritura xx XXXXXXXX que sean expedidas a su favor. (v) los gastos de cancelación de la hipoteca sobre la FINCA HIPOTECADA una vez quede cancelado económicamente el PRÉSTAMO El BANCO, podrá convenir singularmente con el Cliente en las CONDICIONES PARTICULARES FINANCIERAS de este CONTRATO xx XXXXXXXX, distribución de los impuestos y/o gastos que sea más beneficiosa para el Cliente, respetando, en todo caso, previsiones normativas de carácter imperativo. En ningún caso, el BANCO asumirá impuesto o gasto alguno, presente o futuro, que no tenga asumido expresamente en virtud de este CONTRATO XX XXXXXXXX, correspondiendo el mismo a la PARTE PRESTATARIA salvo imperativo legal. En el caso que los gastos e impuestos asumidos por la PARTE PRESTATARIA no sean abonados en la fecha de su devengo y/o liquidación al BANCO, o fueren abonados por éste al tercero deudor de los mismos (quedando el BANCO expresamente autorizado para ello, sin necesidad de recabar previa autorización de la PARTE PRESTATARIA y salvada toda autocontratación, múltiple representación y/ o conflicto de interés, así como sin perjuicio del resto de facultades que pudieren corresponderle legal y contractualmente), generarán automáticamente Interés de Demora en los términos contemplados en estas CONDICIONES GENERALES a favor del BANCO.

  • Cumplimiento del plazo y penalidades por demora El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo. Si los servicios sufrieren un retraso en su ejecución, y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplía el plazo inicial de ejecución, el órgano de contratación se lo concederá, dándole un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 195.2 LCSP, regulándose los requisitos y trámites conforme al artículo 100 del RGLCAP. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 LCSP, cuando se produzca demora en la ejecución de la prestación por parte del empresario, el órgano de contratación podrá conceder una ampliación del plazo de ejecución, sin perjuicio de las penalidades que en su caso procedan, resultando aplicable lo previsto en los artículo 192 y siguientes LCSP. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, para lo que se estará al apartado 8 del Anexo I al presente pliego, la Sociedad podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que figuran en el apartado 30 del Anexo I al presente pliego. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. Asimismo, la Sociedad tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la ejecución en que no esté prevista penalidad o en que estándolo la misma no cubriera los daños causados a la Sociedad, ésta se exigirá al contratista la indemnización por daños y perjuicios.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.