PARTES DEL CONTRATO. Son Partes del presente Contrato las siguientes: Fideicomitente: El Estado, representado a través de la Secretaría. Fiduciario: [•], o la institución financiera que lo sustituya en esta función en términos de la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato, o sus causahabientes o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la recepción de la Constancia de Inscripción correspondiente.
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Samples: Fideicomiso
PARTES DEL CONTRATO. Son Partes A) Administración contratante. Unidad encargada del presente Contrato las siguientes: Fideicomitenteseguimiento del contrato: El Estado, representado a través área promotora del expediente señalada en la Carátula
B) Contratista.
a) Personas jurídicas: podrán ser adjudicatarias de la Secretaría. Fiduciario: [•], o la institución financiera que lo sustituya en esta función en términos de la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato, o sus causahabientes o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los 10 (diezfines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
b) Días Hábiles siguientes Empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Estado Económico Europeo: podrán contratar con el Ayuntamiento de Galdakao las que con arreglo a la recepción legislación del Estado en que estén establecidas se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
c) Empresas no comunitarias: Sin perjuicio de las obligaciones que deriven de acuerdos internacionales, deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público.
d) Uniones de empresarios: podrán contratar con el Ayuntamiento de Galdakao las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, quedando los empresarios obligados solidariamente, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Asimismo, deberán nombrar un representante o apoderado único de la Constancia unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de Inscripción correspondientela existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
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Samples: Contrato De Servicios
PARTES DEL CONTRATO. a) Partes de un contrato escrito Título: Indica el tipo de contrato. Cuerpo sustantivo: Que identifica el las partes. Estas pueden ser, según el tipo de contrato, tanto personas físicas como jurídicas. Consta de las siguientes partes: Lugar y fecha de contrato Identificación de quienes van a suscribirlo. Representaciones de los intervinientes indicando si suscriben el contrato en su propio nombre o en representación de un tercero o sociedad; o Identificación, si son aplicables, de los objetos y servicios objeto del contrato; o Identificación, si son aplicables, de otros elementos como ámbito geográfico. Exposición: Relacionan los hechos y antecedentes que pueden ser relevantes pero que carecen de valor normativo. También pueden incluir cláusulas que establezcan el significado de determinados conceptos para el contrato en cuestión. Cuerpo normativo: Pactos o acuerdos objeto del contrato. Son las cláusulas normativas. Cierre: Fórmula de cierre donde se indica la forma de realizar el acuerdo. Anexos: Desarrollan algunos aspectos complejos del contrato para simplificar su lectura. Ejemplo de Contrato:
a) Identificación del Contrato.
b) Tipo de Contrato. Ejemplo Contrato de Trabajo, Mencionar cláusulas según contrato vigente.
c) Partes que intervienen: Empresa: Nombre del presente Contrato las siguientesrepresentante o contratante Trabajador o contratado: Fideicomitente: El Estado, representado a través Datos del trabajador Mayor de 18 años Nombre completo Domicilio Fecha de nacimiento Estado civil Nacionalidad Cláusulas (declaración de derechos y obligaciones); Voto de capacidad y conocimientos necesarios para la realización del trabajo; Voto de obligación de la Secretaría. Fiduciario: [•]empresa; Tipo de trabajador considerado por la empresa (eventual, o la institución financiera planta, honorarios, etc.); Fecha culminante del contrato; Actividades que lo sustituya se realizaran mientras el contrato este vigente; Obligación del trabajador de realizar su trabajo en esta función en términos tiempo y forma; Derechos de trabajador de que le sean proporcionados el material y recibir utilidades de la Cláusula Vigésima Tercera empresa; Asignación del Contratojefe y subordinados; Horas de entrada y salida de comida; Sueldo y tipo de moneda y lugar de pago; Días de descanso y vacaciones solo a mas de un ano trabajado; Prestaciones (equipo, o sus causahabientes o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar Atransporte, dinero, etc.); Fecha de inicio; Voto de conocimiento de derechos y obligaciones por ambas partes; Firmas: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomisorepresentante, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre trabajador y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos dos testigos más de la Cláusula Vigésima Quinta empresa o del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la recepción de la Constancia de Inscripción correspondientetrabajador.
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Samples: Contrato De Obras Privadas
PARTES DEL CONTRATO. Son Partes En la figura contractual que nos ocupa son parte la Nación por conducto de la Superintendencia General de Puertos, actuando como entidad concedente, quien permite a las sociedades portuarias, en calidad de concesionarios, ocupar y utilizar en forma exclusiva las playas, los terrenos de bajamar, y zonas marinas accesorias a aquellos o estos, para la construcción y operación de un puerto. En todo caso, reiteramos, que mediante la expedición del presente Contrato las siguientes: Fideicomitente: El EstadoDecreto 101 del 2000, representado el cual comenzará a regir en junio del mismo año, la Nación actuará a través del Ministro de Transporte, en la celebración de los contratos de concesión portuaria. La capacidad o competencia para celebrar contratos a las entidades públicas, les proviene de la Secretaríaley, por esta razón, los particulares que con ellas contraten, deberán cumplir además de los requisitos de derecho común, los exigidos por la Administración Pública para el eficaz cumplimiento del contrato. Fiduciario: [•]nos referimos a la naturaleza, o y funciones de laSuperintendencia General de Puertos, de conformidad con el régimen vigente, contenido en la institución financiera Ley 01 de 1991, los cuales fueron modificados por el Decreto 101 del 2000, al cual nos referiremos más adelante.
. .1.1 Naturale a Jurídica La Superintendencia General de Puertos, es una entidad adscrita al Ministerio de Transporte, la cual ejerce sus facultades respecto de las actividades portuarias relacionadas con los puertos, embarcaderos, y muelles costeros, como también en aquellas partes de los xxxx donde Puertos de Colombia “ COLPUERTOS”, tenía instalaciones.
. .1.2 Funciones Las funciones que lo sustituya hasta ahora ha cumplido la Superintendencia General de Puertos, son las señaladas en esta función en términos el artículo 27 de la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato, o sus causahabientes o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del FideicomisoLey 01 de 1991, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro artículo 4 del FideicomisoDecreto Reglamentario 2681 del mismo año, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso las cuales se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado señalan a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la recepción de la Constancia de Inscripción correspondientecontinuación.
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Samples: Concesión Portuaria
PARTES DEL CONTRATO. Son Partes A) Administración contratante
B) Contratista Aptitud para contratar.- Podrán contratar con la Mancomunidad de Servicios del presente Contrato Txorierri – Txorierriko Zerbitzuen Mankomunitatea las siguientes: Fideicomitente: El Estadopersonas naturales o jurídicas, representado a través españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de la Secretaría. Fiduciario: [•]obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o la institución financiera que lo sustituya en esta función en términos de la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato, o sus causahabientes o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuandoprofesional o, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario los casos en términos que así lo exija
a) Personas jurídicas: podrán ser adjudicatarias de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los 10 (diezfines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
b) Días Hábiles siguientes Empresarios/as no españoles/as que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea: tendrán capacidad para contratar cuando con arreglo a la recepción legislación del Estado en que están establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
c) Uniones de empresarios: podrán contratar con la Mancomunidad las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, quedando los empresarios obligados solidariamente, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Asimismo, deberán nombrar un representante o apoderado único de la Constancia unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de Inscripción correspondientela existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
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PARTES DEL CONTRATO. Son Partes del presente Contrato las siguientes: Fideicomitente: El Estado, representado a través de la Secretaría. Fiduciario: [•], o la institución financiera que lo sustituya en esta función en términos de la Cláusula Vigésima Tercera Primera del Contrato, o sus causahabientes o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la recepción de la Constancia de Inscripción correspondiente.
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Samples: Fideicomiso
PARTES DEL CONTRATO. Son Partes En la celebración de todo contrato por parte de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, deberá examinarse, en primer término, los elementos T:\2014\E-4 Compras\E-4.11 Manual de Contración y Procedimientos\1 Vs8 MANUAL CONTRAT Y PROCED 2014\OK Manual Contratacion DNDA Vs 4 Ene 2-14.docx constitutivos del presente Contrato contrato a celebrar, tales como los sujetos, el objeto, la capacidad y la pertinencia institucional. Sujetos Cuando la Dirección Nacional de Derecho de Autor actúe en calidad de contratante o contratista, se aplicarán a los contratos suscritos las siguientes: Fideicomitente: disposiciones de la contratación pública que le sean aplicables y las del derecho civil y comercial. Objeto El Estadoobjeto contractual es el fundamento sobre el cual las partes asumen derechos y obligaciones. Dada su importancia, representado es perentorio describirlo de manera clara y precisa, indicando los detalles técnicos, de contenido, de cantidad, de valor y demás aspectos que sean necesarios y convenientes para la caracterización e identificación inequívoca del bien o servicio a contratar. Capacidad Es la aptitud para obrar jurídicamente, adquirir derechos y contraer obligaciones, a través de la Secretaría. Fiduciario: [•], o la institución financiera que lo sustituya en esta función en términos manifestación de la Cláusula Vigésima Tercera voluntad libremente expresada. Toda persona es legalmente capaz para contratar, excepto aquellas que la ley declara incapaces (Artículos 1502 y 1503 del Contrato, o sus causahabientes o cesionariosCódigo Civil). Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre Pertinencia institucional T:\2014\E-4 Compras\E-4.11 Manual de Contración y cuandoProcedimientos\1 Vs8 MANUAL CONTRAT Y PROCED 2014\OK Manual Contratacion DNDA Vs 4 Ene 2-14.docx Todo contrato que celebre la entidad, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios contratante o contratista, debe estar ligado a su Misión, y en Primer Lugarconsecuencia, tendrán la obligación de entregar estar orientado al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la recepción de la Constancia de Inscripción correspondientefines estatales.
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Samples: Manual De Contratación
PARTES DEL CONTRATO. Son Partes 1) La administración contratante es el Excelentísimo Ayuntamiento xx Xxxxxxx, entidad local habilitada para la celebración de contratos públicos de acuerdo al Art. 3 de la LCSP, teniendo el carácter, de poder adjudicador de acuerdo a lo recogido en el art. 3.3.a) de la citada Ley. El responsable del contrato será el empleado municipal reflejado en la letra B) del Cuadro Anexo del presente Contrato las siguientes: Fideicomitente: El Estado, representado a través pliego.
2) De acuerdo al art. 43 de la SecretaríaLCSP, podrán presentar proposiciones, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos en los que sea exigible por la precitada Ley, apartado 1. Fiduciario: [•]Asimismo, o la institución financiera que lo sustituya en esta función en términos también tendrán capacidad para contratar, las empresas no españolas de Estados miembros de la Cláusula Vigésima Tercera Unión Europea que, con arreglo a la legislación del ContratoEstado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Art.47 de la LCSP. Las personas físicas o sus causahabientes jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito entidades del sector público asimilables a los enumerados en el Registro artículo 3, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del Fideicomisoinforme sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Art. 44 LCSP. Podrán, asimismo, presentar proposiciones ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxx las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la elevación a escritura pública de su constitución hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, quedando obligados solidariamente debiendo nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos así como sus causahabientes cumplir con las obligaciones. Las uniones de empresarios serán coincidentes con el término del plazo del contrato hasta su extinción. Art. 48 LCSP. Las empresas concurrentes a la licitación ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxx además de aportar y certificar la debida solvencia financiera o cesionarioseconómica y profesional o técnica anteriormente recogida de acuerdo a la LCSP, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos sólo podrán ser adjudicatarias de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes fines, objeto o ámbito de actividad que, a la recepción tenor de la Constancia de Inscripción correspondientesus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Art.46 LCSP.
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Samples: Contract for Public Works
PARTES DEL CONTRATO. Son Partes A) Parte contratante. Competencia para contratar.- El órgano de contratación será el señalado en la Carátula de este Pliego. Responsable del presente Contrato contrato.- El señalado, en su caso, en la Carátula de este Pliego o el que pueda determinar el órgano de contratación para la ejecución del contrato. 5 Perfil de contratante.- El señalado en la Carátula de este Pliego. Se accederá desde la Web e incluye datos e informaciones referentes a la actividad contractual del órgano de contratación.
B) Contratista Aptitud para contratar.- Podrán contratar con XXXXXX-ZIERBENA ZERBITZUAK, S.L. las siguientes: Fideicomitente: El Estadopersonas naturales o jurídicas, representado a través españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así se exija se encuentren debidamente clasificadas. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la Secretaría. Fiduciarioactividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
a) Personas jurídicas: [•], o la institución financiera que lo sustituya en esta función en términos podrán ser adjudicatarias de la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato, o sus causahabientes o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los 10 (diezfines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
b) Días Hábiles siguientes Empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea: tendrán capacidad para contratar cuando con arreglo a la recepción legislación del Estado en que están establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
c) Uniones de empresarios: podrán contratar XXXXXX-ZIERBENA ZERBITZUAK, S.L. con las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, quedando los empresarios obligados solidariamente, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Asimismo, deberán nombrar un representante o apoderado único de la Constancia unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de Inscripción correspondientela existencia de poderes mancomunados que pueden otorgar para cobros y pagos en cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
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PARTES DEL CONTRATO. Son Partes A) Administración contratante. Responsable del presente Contrato las siguientes: Fideicomitentecontrato.- La persona señalada en la Carátula de este Pliego. Unidad encargada del seguimiento del contrato: El Estado, representado a través área promotora del expediente señalada en la Carátula Perfil de contratante.- El señalado en la Secretaría. FiduciarioCarátula de este Pliego.
B) Contratista.
a) Personas jurídicas: [•], o la institución financiera que lo sustituya en esta función en términos podrán ser adjudicatarias de la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato, o sus causahabientes o cesionarios. Fideicomisario en Primer Lugar A: Cada Acreedor cuyo Financiamiento haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Primer Lugar B: Cada Contraparte cuyo Instrumento Derivado haya quedado debidamente inscrito en el Registro del Fideicomiso, así como sus causahabientes o cesionarios, siempre y cuando, en este último caso se hubiere notificado tal cesión al Fiduciario en términos de la Cláusula Vigésima Quinta del Contrato. Fideicomisario en Segundo Lugar: El Estado, representado a través de la Secretaría. Lo anterior en el entendido que los Acreedores y Contrapartes que adquieran la calidad de Fideicomisarios en Primer Lugar, tendrán la obligación de entregar al Fiduciario la información que les solicite para dar cumplimiento al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y su normatividad secundaria, a más tardar, contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los 10 (diezfines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
b) Días Hábiles siguientes Empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Estado Económico Europeo: podrán contratar con el Ayuntamiento de Santurtzi las que con arreglo a la recepción legislación del Estado en que estén establecidas se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
c) Empresas no comunitarias: Sin perjuicio de las obligaciones que deriven de acuerdos internacionales, deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público.
d) Uniones de empresarios: podrán contratar con el Ayuntamiento de Santurtzi las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, quedando los empresarios obligados solidariamente, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Asimismo, deberán nombrar un representante o apoderado único de la Constancia unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de Inscripción correspondientela existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
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