PERFIL DEL CONTRATANTE Y PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO Cláusulas de Ejemplo

PERFIL DEL CONTRATANTE Y PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. Toda la información relativa al perfil de contratante de Isdefe, incluida la del presente procedimiento de licitación, se encuentra publicada en la página Web de la Plataforma de Contratación del Sector Público: A través de la Plataforma se facilita el acceso al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas, así como a la documentación e información complementaria que sea precisa para cada licitación. Asimismo, publicará la adjudicación y formalización del Contrato. Sin menoscabo de lo anterior, toda la información contenida en el párrafo precedente, se encontrará también publicada en la página Web de Isdefe a efectos meramente informativos y careciendo de validez jurídica. A efectos informativos y sin vinculación jurídica, todos los potenciales licitadores podrán inscribirse en el registro de proveedores de la página Web de Isdefe o actualizar su inscripción, xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxx En todo caso, el licitador que resulte adjudicatario deberá inscribirse de forma obligatoria, en el registro de proveedores de la página Web de Isdefe o actualizar la misma si ya figurara como inscrito, xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxx
PERFIL DEL CONTRATANTE Y PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxx?xxx=xxxxxxxx%0XxxxxxxXxxxxxxxxxx&xxXx=XXx00xxXxX0xXxXX0x%0X0xX%0X%0X xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxx?xxx=xxxxxxxx%0XxxxxxxXxxxxxxxxxx&xxXx=XXx00xxXxX0xXxXX0x%0X0xX%0X%0X xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/ 5
PERFIL DEL CONTRATANTE Y PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. SODEBUR a través de su Perfil del Contratante, así como en la Plataforma de Contratación del Sector Público, publicará el Informe Justificativo de Necesidad, el Pliego de Prescripciones del contrato y la adjudicación del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo en lo establecido en los artículos 63, 116 y 138 de la LCSP.