PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. Empresa con experiencia en calibración de sensores con equipos certificados por la EPA El prestador de servicio debe cumplir lo siguiente: Tener equipos de calibración certificados para los gases CO, NO2, SO2, H2S, O3 Tener experiencia de al menos dos años en calibración de sensores con equipos certificados por la EPA La supervisión del servicio estará a cargo del ingeniero Xxxxxxx Xxxxxx, co-investigador del proyecto Toda información obtenida por el prestador del servicio, así como sus informes y los documentos que produzca, relacionados con la ejecución de su contrato, deberá ser considerada confidencial, no pudiendo ser divulgados sin autorización expresa por escrito del FONDECYT.
PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. Se requiere una persona moral que garantice la prestación de los servicios de Fletes y Maniobras Internacionales para el Traslado de Menaje de Casa del Personal Asimilado al Servicio Exterior Mexicano, de carácter internacional, que cuente con experiencia mínima de un año brindando el servicio objeto del presente documento, así como que cuente con el sistema de gestión de calidad ISO 9001:2008 vigente, con el alcance para Servicios de Mudanzas, además de la infraestructura y equipo necesarios para el cabal cumplimiento de las condiciones establecidas.
PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. Se requiere una persona física o moral que garantice la prestación de los servicios de Fletes y Maniobras Internacionales para el Traslado de Menaje de Casa del Personal Asimilado al Servicio Exterior Mexicano, de carácter internacional, que cuente con experiencia mínima de un año brindando el servicio objeto del presente documento, así como que cuente con la infraestructura y equipo necesarios para el cabal cumplimiento de las condiciones establecidas.
PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. La instancia encargada del análisis deberá cumplir con las características expuestas en la Tabla 2.
PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. Por otro lado “EL LICITANTE” deberá contar como mínimo con el siguiente personal, por cada uno de los eventos que se realicen, sin que esto genere un costo adicional para los Fideicomisos: Por lo tanto, para todos y cada uno de se deberá contar con un coordinador ejecutivo de cuenta responsable de atender y dar seguimiento a los requerimientos y servicios de ayudantía de los fideicomisos, quien fungirá como coordinador y enlace con los Fideicomisos y deberá estar presente durante el desarrollo de cada evento para asegurar el correcto funcionamiento del mismo, y elaborar el reporte de servicios prestados, así como firmar todos y cada uno de los entregables por cada evento. El coordinador ejecutivo de cuenta deberá tener la capacidad para resolver contingencias y tomar decisiones durante el desarrollo del evento y deberá asistir a las reuniones de logística previas a los mismos; deberá trasladarse al lugar del evento cuando así se requiera, en cualquier Estado del país, durante la realización del mismo, sin costo adicional para la Convocante. Además, en caso de que así lo solicite la Convocante, asistirá por lo menos a una visita de inspección previa al evento en cualquier Estado de la República Mexicana, sin costo adicional para la Convocante, donde deberá verificar que se encuentren instaladas las mesas y sillas de acuerdo con la solicitud realizada, así como el equipo de cómputo, audio, proyección e iluminación; y asegurarse que las condiciones de equipamiento y mantenimiento de la sede son las adecuadas. Además, esta persona será la responsable de coordinar las acciones de logística, esto es; deberá coordinar la mesa de registro de asistentes, los servicios de coffeee break y comida emplatada y/ o tipo buffet, además de coordinar al staff encargado de pasar los micrófonos y apoyar a los asistentes. El coordinador ejecutivo de cuenta deberá estar disponible las 24 horas del día, todos los días de la vigencia del contrato, para atender los requerimientos que se presenten para la realización de cada evento, por lo que deberá contar con un teléfono celular con disponibilidad para realizar y recibir llamadas en todo momento durante la prestación del servicio. Para todos y cada uno de los eventos un ejecutivo administrativo a fin de que sea el responsable de atender y dar seguimiento a los asuntos administrativos y quien será el contacto permanente con el área requirente durante la vigencia del contrato.
PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. 11 13. VIGENCIA DEL (LOS) INSTRUMENTO(S) JURÍDICO(S). 11 APÉNDICE 1. CATÁLOGO DE PRODUCTOS 12 1. DEFINICIONES ADQUISICIÓN: Suministro y entrega en sitio de artículos de oficina; productos para servicio de cafetería; así como consumibles y accesorios informáticos, para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, a través del módulo de COMPRANET.
PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. Se requiere la contratación de una persona legalmente constituida, conforme a las leyes mexicanas, que tenga experiencia mínima de un año y que cuente con la infraestructura para la prestación del servicio descrito en el presente Anexo 1 Anexo Técnico, debiendo contar con un Call Center y un sistema de geolocalización (GPS) propio o contratado con terceros.
PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. Se requiere de una persona que se encuentre legalmente constituida bajo las Leyes Mexicanas, que tenga la infraestructura necesaria y la experiencia mínima de un año en el suministro de los bienes objeto del presente Anexo Técnico
PERFIL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO. La CNBV requiere para la prestación del servicio, que el equipo de trabajo propuesto por los participantes esté integrado como mínimo 1 Líder de Proyecto, 5 Enlaces Administrativos (uno por hospital), 5 Enlaces Médicos (uno por hospital), un Coordinador de Red Médica y 265 Médicos de Primer Contacto y Especialistas, un Coordinador para el Servicio de laboratorio y gabinete y un Coordinador para el suministro de medicamentos, todo el personal que desarrolle sus actividades requeridas para la CNBV deberá acreditar su experiencia de conformidad con lo siguiente:

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  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El incumplimiento de la persona prestadora en la prestación continua del servicio se denomina falla en la prestación del servicio y su ocurrencia le confiere al suscriptor y/o usuario el derecho, desde el momento en que se presente, a la resolución del contrato de condiciones uniformes o su cumplimiento con las reparaciones consagradas en el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, esto es, a que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo o de la adquisición de bienes y servicios recibidos y a la indemnización de perjuicios.

  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestarán el servicio de energía eléctrica dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial (comercial, oficial, industrial), en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley. Una vez presentada la solicitud por parte del USUARIO, esta será resuelta dentro los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales para autorizar la conexión, en cuyo caso EPM en calidad de operador de red dispondrán de un plazo de tres (3) meses para realizar la conexión. Una vez el USUARIO adelante ante EPM el trámite de conexión a la red, o en su representación lo haga un comercializador, se deberá manifestar explícitamente el comercializador en la solicitud, de lo contrario se entenderá que el USUARIO ha seleccionado a EPM como su comercializador de energía. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por las disposiciones contenidas en el RETIE, el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica (Resolución CREG 070 de 1998) o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopte o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, el inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM cobrará las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión, cuando estas sean prestadas por ellas: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas.

  • PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC por el Total, por Ítems o por Lotes).

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 22.1.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- En 22.2.- El inicio del servicio deberá ser notificado a la convocante mediante el formato identificado como “ANEXO H” parte 1 al correo electronico xxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, con una anticipación mínima de 24 hrs, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 107 fracción IV de la Ley. Teléfono para notificación: (222) 2 29 70 00 ext. 4137. 22.3.- El Administrador de Contrato deberá supervisar la recepción de los bienes o la prestación del servicio, así mismo, realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las adjudicantes e igualmente podrán solicitar a los servidores públicos de las mismas, los licitantes y los proveedores, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a permitir el acceso a los almacenes, bodegas o lugares en lo que se presten los servicios o se hallen los bienes, así como a firmar los dictámenes que al efecto se levanten.

  • Programa de Prestación del Servicio Programa que las personas prestadoras del servicio de aseo y/o sus actividades complementarias deben formular e implementar, en el cual definirán los objetivos, metas, estrategias, campañas educativas, actividades y cronogramas, costos y fuentes de financiación. Este programa igualmente deberá definir todos los aspectos operativos de las diferentes actividades del servicio que atienda el operador, en concordancia con lo definido en el PGIRS, la regulación vigente y lo establecido en el Decreto 1077 de 2015.