Common use of PLAZO Clause in Contracts

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción de SBASE en las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can en el plan de trabajos, de conformidad con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la fecha en que se produjo el hecho de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan a la aprobación de SBASE. La actualización de la Curva de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contrato.

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Samples: Pliego De Condiciones Generales, Pliego De Condiciones Generales, Pliego De Condiciones Generales

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados Salvo disposición en forma completa y entregados a entera satisfac- ción de SBASE en las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can contrario en el plan de trabajosContrato, de conformidad el plazo inicial comenzará con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual la aceptación y finalizará al transcurrir un año; y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como excepto en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales partes notifique por escrito su intención de no renovar el Contrato al menos seis meses antes de la finalización del plazo inicial, el presente continuará vigente automáticamente por plazos consecutivos de un año siempre que ninguna de las partes notifique lo contrario por escrito con, al menos, seis meses de anticipación. Sin embargo, el Contrato se extinguirá automáticamente con la finalización de la producción o mayor volumen programa acordado (sea en forma completa o, si solo una categoría de obra o cambios Productos estuviera afectada, incluirá únicamente a esa categoría). Salvo expreso acuerdo de proyecto debidamente aprobados las partes por SBASE; 2º) de- moras escrito, todos los términos del Contrato permanecerán vigentes y sin modificaciones luego de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayorcada renovación. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en A menos que se funden. Dentro estipule lo contrario, aquellas disposiciones que por su naturaleza deban aplicarse luego de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga finalizado el Contrato se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la fecha mantendrán en que se produjo el hecho de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan plena vigencia con posterioridad a la aprobación extinción: Garantía; Retiro de SBASE. La actualización de la Curva de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, Productos y Programas Similares; Obligaciones Posteriores a la expiración Extinción; Service y Partes de Reemplazo; Indemnización; Recursos de subsanación; Compensación; Propiedad del plazo Comprador; Propiedad del Vendedor; Propiedad Intelectual; Información; Inspección, Auditoría; Cumplimiento; Seguro; Legislación Aplicable, Jurisdicción, Sede; Disputas con Clientes; y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratoTérminos Aplicables a Ciertas Jurisdicciones.

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Samples: dspinfo.driv.com, tspinfo.tenneco.com

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción El plazo de SBASE en las fechas convenidas y en ejecución del contrato -que es el plazo para la realización de los plazos parciales que se establez- can en el plan de trabajos, de conformidad con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual servicios y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos actividades “objeto” del cronograma contractual mismo- se fija en dos mil setecientos cincuenta y cinco (2.755) días calendario contados a partir de la obra fecha que se señale en la orden de inicio, acorde con lo consignado en el numeral correspondiente Plazo de ejecución, de este pliego de condiciones. El contrato se considerará cumplido cuando cada una de las partes lleva a cabo las acciones que explícita o implícitamente quedan comprendidas en los compromisos u obligaciones que asume, y pueden con atención a las características formales y de tiempo previstas para ello. Cualquier desviación, modificación u omisión de dichas acciones que no haya sido consentida expresamente por la contraparte, constituirá legalmente un caso de “incumplimiento” del contrato y será suficiente para que se produzcan los efectos legal o contractualmente previstos para ello. Cuando se estipule expresamente, será suficiente la configuración objetiva del evento constitutivo del incumplimiento, para que la contraparte que lo sufre exija las reparaciones o tome las medidas resarcitorias correspondientes. Es un caso especial de incumplimiento la renuencia del CONTRATISTA a firmar el contrato en los casos en los cuales esta formalidad procede conforme con lo previsto en este pliego o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASEaportar la documentación necesaria para la formalización del contrato y, por lo tanto las multas tanto, para hacer posible dar la orden de inicio. EMVARIAS considerará que pudieren aplicar- esta circunstancia se ha dado cuando transcurran diez (10) días calendario después del vencimiento del plazo para cumplir con los actos señalados. Dicho término no es un plazo adicional al fijado para la formalización del contrato. En ambos casos, XXXXXXXX podrá aceptar la oferta del proponente clasificado en la lista de elegibles en segundo lugar, frente a quien se procederá de manera similar a la del primer caso; en consecuencia, de darse una circunstancia semejante de renuencia por xxxx parte del nuevo proponente seleccionado, se acudirá al clasificado en tercer lugar y bajo los mismos mecanismos de conformación del acuerdo. En todo caso y frente a los proponentes que incurran en el incumplimiento acabado de relacionar, EMVARIAS hará efectiva la garantía de seriedad de las ofertas y los proponentes quedarán en la situación de inhabilidad para contratar que contempla la Ley 80 de 1993. Se considerará que hay incumplimiento en la entrega o ejecución del contrato cuando en el proceso de su recepción de los servicios o actividades EMVARIAS encuentra que hay labores o actividades incompletas o no funcionales. En el caso que durante la ejecución del contrato, se presenten incumplimientos graves y sistemáticos de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, EMVARIAS le anunciará sobre la terminación del mismo, sin perjuicio de iniciar las acciones contractuales y legales pertinentes. Con fundamento en el principio de la autonomía de la voluntad consagrado en el artículo 1592 y otras normas concordantes como el artículo 1602 del Código Civil Colombiano, el proponente al presentar la propuesta acepta que en la ejecución del contrato se dé aplicación a lo previsto en éste numeral, en cuanto a las denominadas “medidas de apremio provisionales”, consideradas como un mecanismo de solución directa de controversias que puedan surgir entre LAS PARTES, por el incumplimiento de obligaciones de EL CONTRATISTA La aplicación de la medida de apremio provisional no libera ni atenúa la responsabilidad de EL CONTRATISTA del cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, obligaciones adquiridas con la celebración del contrato. Los perjuicios que se ocasionen como consecuencia del retardo o del incumplimiento podrán hacerse efectivos en forma separada. Las medidas de apremio provisionales tendrán un límite máximo igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato. Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de medida de apremio provisional pactadas en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuandocontrato, a través del jefe de la dependencia que tiene a su solo juiciocargo la administración del contrato, se presente alguna le comunicará por escrito la causal en que presuntamente incurrió. En la mencionada comunicación se le concederá un término de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de pro- ducido el hecho recibo de la comunicación, para que exponga o justifique las razones del incumplimiento. EMVARIAS analizará las razones expuestas por EL CONTRATISTA y le comunicará una de las siguientes decisiones: De considerarse aplicable la medida de apremio provisional, en la respectiva comunicación se concederá un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la misma, para que presente los argumentos que sustentarían la inaplicabilidad de la medida de apremio. Cumplido este término se enviará una nueva comunicación escrita confirmando la aplicación de medida de apremio o revocándola. Cuando la comunicación establezca la aplicación de la medida de apremio provisional, se procederá así: Adicionalmente a las demás obligaciones contempladas para cada parte en presente pliego de condiciones, EL CONTRATISTA acepta que confirmada la aplicación de la medida provisional del apremio, surge para él la obligación de pago de la misma, la cual será exigible en los términos señalados con antelación. Nota: El monto del título valor que se funden. Dentro pignore a favor de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará EMVARIAS, el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la fecha en carta de crédito stand by, o el aval bancario deberá determinarse con la valoración del riesgo que se produjo el hecho haga en cada caso, con la asesoría de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan a la aprobación de SBASEEMVARIAS. La actualización medida de la Curva de certificaciones apremio provisional, se hará siempre con volverá definitiva y en consecuencia será reportada por EMVARIAS, en los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contrato.siguientes eventos:

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Samples: www.epm.com.co, www.epm.com.co

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados 4.1 El CONTRATO estará vigente desde la fecha de suscripción del contrato hasta la fecha de aprobación de la correspondiente liquidación. El plazo de formulación y elaboración del expediente técnico es de noventa (90) días calendarios para la supervisión de la elaboración del expediente técnico, este plazo no incluye el periodo de revisión y subsanación de observaciones del informe final. El Plazo otorgado para la subsanación de observaciones no dará derecho al pago por ningún concepto a EL CONSULTOR. Dentro del plazo de ciento veinte (120) días calendarios EL CONSULTOR presentará: EL CONSULTOR deberá presentar el entregable en forma completa y entregados a entera satisfac- ción de SBASE en las fechas convenidas medio físico y en los plazos parciales versión digital (CD) al FONDO SOCIAL DEL PROYECTO INTEGRAL BAYOVAR (FOSPIBAY), EN 01 ORIGINAL Y 02 COPIAS. FOSPIBAY remitirá el entregable al SUPERVISOR para que se establez- can en el plan de trabajos, de conformidad con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de éste efectúe la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados revisión dentro de los cinco siete (507) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente calendario contados a partir de la fecha recepción del Supervisor, y emita su informe técnico, precisando las observaciones y la calidad de observado o aprobado del entregable. El CONSULTOR tendrá 05 días calendario para levantar las observaciones luego de notificadas y la supervisión tendrá 05 días luego de notificada para revisar y aprobar u observar por no levantamiento o levantamiento inadecuado o insuficiente de las observaciones, con emisión de informe técnico correspondiente. En caso de seguir las observaciones correspondería la aplicación, al CONSULTOR, de las penalidades correspondientes, teniéndose en cuenta los plazos y montos máximos que se produjo corresponden a la penalidad establecida en las Bases del proceso, lo que además podría conllevar a una resolución de contrato. EL CONSULTOR deberá presentar el hecho entregable en medio físico y en versión digital (CD) al FONDO SOCIAL DEL PROYECTO INTEGRAL BAYOVAR (FOSPIBAY), EN 01 ORIGINAL Y 02 COPIAS. FOSPIBAY remitirá el entregable al SUPERVISOR para que éste efectúe la revisión dentro de ori- gen los siete (07) días calendario contados a partir de la prórroga recepción del Supervisor, y se someterá el nuevo plan emita su informe técnico, precisando las observaciones y la calidad de observador o aprobado del entregable. El CONSULTOR tendrá 05 días calendario para levantar las observaciones luego de notificadas y la supervisión tendrá 05 días luego de notificada para revisar y aprobar u observar por no levantamiento o levantamiento inadecuado o insuficiente de las observaciones, con emisión de informe técnico correspondiente. En caso de seguir las observaciones correspondería la aplicación, al CONSULTOR, de las penalidades correspondientes, teniéndose en cuenta los plazos y montos máximos que corresponden a la aprobación penalidad establecida en las Bases del proceso, lo que además podría conllevar a una resolución de SBASE. La actualización de la Curva de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contrato.

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Samples: Concurso Por Invitación

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados El plazo de la prestación será de acuerdo con el siguiente cuadro: Entrega Muestras (precintos RFID y lectoras portátiles) Hasta los 10 días calendario de la firma del contrato 10 5 5 Implementación del consumo por parte del proveedor del servicio del API/REST de SUNAT y Pruebas de validación de la Interoperabilidad del servicio API/REST - Hasta 15 días calendarios después de entregado el servicio API/REST por parte de la SUNAT se realizará la implementación del consumo. - Dentro de los 7 días calendarios siguientes a la comunicación de la implementación del consumo del servicio se realizarán las pruebas de validación. 10 5 5 Entrega Definitiva de precintos y lectoras portátiles Hasta los 90 días calendarios de la firma del contrato 10 5 5 Capacitación Hasta los 15 días calendarios de la recepción de la entrega de los bienes definitivos. 10 5 5 (*) Si la fecha de entrega coincide con un xxxxxx, xxxxxxx o feriado, esta fecha se trasladará al día hábil siguiente. La Coordinación Técnica de UEMSI deberá comunicar al PROVEEDOR la emisión de la conformidad, a fin de que de por iniciado el plazo del siguiente entregable. El plazo de ejecución total del contrato es de 105 días calendario, que no incluye los plazos de conformidad de los entregables, contados a partir del día siguiente de la firma del contrato. El plazo de vigencia del contrato es de 125 días calendario, que incluyen los plazos de revisión, levantamiento de observaciones y conformidad de los entregables, contados a partir del día siguiente de la firma del contrato. La SUNAT tendrá un plazo máximo para revisar y para otorgar la respectiva conformidad, computados desde la recepción del respectivo entregable, de acuerdo con lo señalado en forma completa y entregados el numeral 8.2 Plazo. Si la SUNAT encontrase observaciones, las notificará al PROVEEDOR a entera satisfac- ción través de SBASE en las fechas convenidas y una comunicación, dentro de los días calendario indicados en los plazos parciales que se establez- can de revisión, adjuntando el respectivo detalle de la observación; otorgándole un plazo comprendido entre 2 y la máxima cantidad de días calendario establecidos en el plan de trabajos, de conformidad con lo dispuesto cuadro anterior para que subsane dichas observaciones. Este plazo está en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual función de la obra y pueden o no ser establecidas complejidad de la observación a corregir, la cual es determinada por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en LA SUNAT. En el caso de entrega incompleta de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse bienes, se considerarán como no presentados y empezará a computar el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la fecha en que se produjo el hecho de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan a la aprobación de SBASE. La actualización de la Curva de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratopenalidad correspondiente.

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Samples: Contrato De Prestamo Bid

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción No tendrán obligación de SBASE en aplicar las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can tablas salariales establecidas en el plan presente Convenio aquellos Centros que acrediten, objetiva y fehacientemente, la siguiente pérdida de trabajos, alumnado: Centros con alumnos en edades comprendidas entre 3 y 6 años: 5% alumnos. Centros con alumnos en edades comprendidas entre 0 y 3 años: 8% alumnos. Centros con alumnos en edades comprendidas entre 0 y 6 años: 8% alumnos. Se tomará como referencia para el establecimiento de conformidad con lo dispuesto este cómputo el alumnado matriculado en el PCPmes de Enero del ejercicio afectado por el descuelgue salarial, con relación al matriculado en el mismo mes del año anterior. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas Centros afectados que, con estas circunstancias, deseen acogerse al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASEdescuelgue salarial, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx comunicarán en el cumplimiento plazo improrrogable de las fechas clave no serán redimibles2 meses, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la publicación de las correspondientes tablas salariales en el «Boletín Oficial del Estado», a los representantes de los trabajadores, si los hubiere, y a la Comisión Paritaria de este Convenio, su intención de acogerse al mismo, aportando la documentación que estime convenientes, así como la opinión de los representantes de los trabajadores, en caso de existir, si así lo consideran oportuno. La Comisión Paritaria establecerá el procedimiento, controles, cautelas, garantías y arbitrajes que considere oportunos, y, una vez recibida la comunicación, podrá solicitar al centro la documentación adicional que estime oportuna, así como recabar la opinión de los representantes de los trabajadores, si los hubiera. La duración del presente procedimiento no podrá exceder en ningún caso de tres meses. Sólo mediante acuerdo favorable de la Comisión Paritaria, el Centro podrá acogerse a dicha cláusula. Su arbitraje o fallo no podrá demorarse más de un mes desde la fecha en la que ha sido cumplimentada la última información requerida. Los centros que se produjo el hecho de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan hayan acogido a la aprobación cláusula de SBASE. La actualización descuelgue aquí descrita deberán, el día 1 de la Curva Septiembre de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazocada año, cualquiera sea la causa que aplicar automáticamente las origine, no darán lugar tablas correspondientes al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente año en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratocurso.

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Samples: stics.intersindical.org

PLAZO. Los El plazo máximo para la ejecución de los trabajos deben ser realizados detallados en forma completa el presente Pliego de Condiciones Técnicas será de cinco semanas contadas desde la fecha de formalización del contrato. Dado que las obras no pueden dar comienzo hasta el 26 de septiembre por la actividad del circuito durante el mes de septiembre, en caso de firmarse el contrato antes del 25 de septiembre, el plazo de ejecución de los trabajos computará a partir del día 26 de septiembre. No obstante, y entregados a entera satisfac- ción debido al calendario de SBASE actividades del Circuito, si no se pudiese formalizar el contrato antes del día 30/09/2016, el inicio de ejecución de los trabajos se podrá posponer hasta el 01/01/2017, y los mismos se realizarán igualmente en las fechas convenidas y un plazo de 5 semanas. El Pliego de Prescripciones Técnicas, o en su caso, el contrato podrá señalar los plazos parciales de entrega que se establez- can consideren convenientes. El adjudicatario vendrá obligado a realizar a su xxxxx todo tipo de operaciones inherentes a las instalaciones requeridas por el suministro, incluyendo los elementos auxiliares necesarios que por su escasa entidad y dificultad de definición previa no figuren expresamente en la composición de aquél, salvo que el Pliego de Prescripciones Técnicas establezca otra cosa. Si así se establece en el plan Pliego de trabajosPrescripciones Técnicas la firma adjudicataria llevará a cabo los cursos de formación u otras prestaciones complementarias que sean necesarios para la adecuada utilización de los bienes suministrados. Todo ello, sin coste alguno para el Órgano de conformidad Contratación. Si la Administración estima conveniente exigir un programa de trabajo de acuerdo con lo dispuesto establecido en el PCP. Los Pliego de Prescripciones Técnicas, éste será presentado por el empresario para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales podrán ser hitos correspondientes. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que a estos efectos reciba. Cuando la naturaleza del cronograma contractual y/objeto del contrato requiera la intervención de trabajadores sujetos a un especial riesgo para la seguridad y la salud en su realización, ya sea físico, psicofísico, químico o fechas clavebiológico, el adjudicatario deberá presentar un Plan de Seguridad y Salud. En dicho Plan se recogerán entre otros, los siguientes aspectos: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual - Control de accidentes o enfermedades profesionales - Determinación de la obra persona encargada de la vigilancia y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo seguimiento del Plan de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en el caso Seguridad y Salud. La iniciación de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la fecha en que se produjo el hecho de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan quedará subordinada a la aprobación del Plan de SBASE. La actualización Seguridad y Salud por el Órgano de la Curva de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos Contratación, previo informe favorable del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta mismo emitido por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratoun técnico competente.

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Samples: www.circuitricardotormo.com

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción de SBASE en las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can en el plan de trabajos, de conformidad con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un El plazo de quince (15) días duración de otorga- da una prórroga se ajustará este contrato es el Plan de Trabajos y que establece la Curva de Certificación al nuevo plazoHoja Resumen, modificándolo solamente iniciando su vigencia a partir de la fecha en que se produjo el hecho de ori- gen aprobación de la prórroga línea de crédito y suscripción de este instrumento. LA CAJA efectuará evaluaciones periódicas de la situación crediticia de EL CLIENTE y en función a ellas mantendrá o modificará los alcances y condiciones de esta línea de crédito. LA CAJA se someterá reserva el derecho de conceder a su sola discreción, ante la solicitud de EL CLIENTE, plazos adicionales de pago a EL CLIENTE respecto de cuotas pendientes de vencimiento. Estos plazos adicionales de pago se otorgarán, a juicio de LA CAJA, en casos justificados. El formulario de la solicitud se podrá encontrar en la página web de LA CAJA: xxxx://xxx.xxxx-xxxxx.xxx.xx. Tales facilidades serán determinadas por LA CAJA en cuanto a montos y a plazos, mediante la creación de una o más cuotas adicionales que incluirán el capital, los intereses compensatorios correspondientes, comisiones y gastos. El plazo adicional de pago a EL CLIENTE será comunicado a éste mediante los medios de comunicación directo señalados en la cláusula décima quinta del presente contrato, junto con la comunicación se remitirá el nuevo plan a la aprobación cronograma de SBASEpagos. La actualización En cualquier momento dentro de la Curva vigencia de certificaciones se hará siempre este contrato, LA CAJA está facultada a suprimir o reducir el monto de la LÍNEA DE CRÉDITO, considerando para el efecto el comportamiento de pago y endeudamiento total y potencial de EL CLIENTE en el sistema financiero, sin que ello implique para LA CAJA, responsabilidad alguna o le genere la obligación de pagar una indemnización, siendo para ello suficiente que dichas modificaciones sean comunicadas previamente por LA CAJA de acuerdo con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que lo dispuesto en las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx sinormas legales vigentes, a menos que estas tengan como justificación las causas establecidas en la expiración cláusula vigésimo segunda del plazo y sus prórrogas otorgadaspresente contrato, en los trabajos cuales no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratonecesitará comunicación previa.

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Samples: Contrato De Línea De Crédito Automática

PLAZO. Los trabajos plazos para la ejecución de las obligaciones objeto de este contrato serán de: a) Durante la etapa previa o de proyectos siete (7) meses a partir de diciembre 1º de 1996 hasta junio 30 de 1997. b) Venta durante la etapa de obra: a partir xx xxxxx 1º de 1997 y una vez cumplido el punto de equilibrio, hasta diciembre de 1998, fecha para la cual todas las unidades comerciales deben ser realizados estar comprometidas en forma completa venta”. El tribunal desea precisar desde ahora y entregados para los efectos de este laudo arbitral, que ambas partes admiten que nunca se logró el punto de equilibrio, hecho que no discuten. En la cláusula sexta se establecieron las comisiones que reconocería Clínica La Sabana a entera satisfac- ción de SBASE en las fechas convenidas Parque Central Bavaria y en la séptima las partes previeron las diferentes modalidades de reconocimiento y pago de las comisiones de ventas, a favor del contratista, así: 1. antes del punto de equilibrio; 2. al alcanzar el punto de equilibrio del proyecto, y; 3. si no se alcanza el punto de equilibrio. En la cláusula tercera se especifican las obligaciones a cargo de Parque Central Bavaria y en la cláusula cuarta las obligaciones de Clínica La Sabana, entre las cuales está la de pago de comisiones conforme a la cláusula sexta. En la cláusula quinta se establecieron los plazos parciales para la ejecución de las obligaciones, los cuales vencieron sin que se establez- can en hubiese logrado alcanzar el plan punto de trabajosequilibrio del proyecto. Algunas de las obligaciones estaban sujetas al alcance del punto de equilibrio, de conformidad con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos dentro del cronograma contractual y/término o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en plazo fijado para el cumplimiento de dicha condición, que al no cumplirse en la forma pactada impide el nacimiento del respectivo derecho. En la cláusula décimo tercera se establecieron las fechas clave no serán redimiblescausales de terminación del contrato. En la cláusula décimo primera se pactó, como además, la terminación unilateral del contrato por parte de Clínica La Sabana mediante el envío de un aviso escrito a Parque Central Bavaria, en el caso de los hitos del cronograma contractual forma anticipada y por cualquier causa que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juiciojuicio haga necesaria tal determinación y en este caso renuncia el contratista a indemnización alguna, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en pero tiene derecho a que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente liquiden las comisiones causadas a partir de la fecha en que se produjo de terminación, pudiendo reservarse el hecho contratante las razones de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan a la aprobación de SBASE. La actualización de la Curva de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratosu decisión.

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Samples: bibliotecadigital.ccb.org.co

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción No tendrán obligación de SBASE en aplicar las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can tablas salariales establecidas en el plan pre- sente Convenio aquellos Centros que acrediten, objetiva y fehacientemente, la siguiente pérdida de trabajos, alumnado: - Centros con alumnos en edades comprendidas entre 3 y 6 años: 5% alum- nos - Centros con alumnos en edades comprendidas entre 0 y 3 años: 8% alum- nos - Centros con alumnos en edades comprendidas entre 0 y 6 años: 8% alum- nos Se tomará como referencia para el establecimiento de conformidad con lo dispuesto este cómputo el alum- nado matriculado en el PCPmes de Enero del ejercicio afectado por el descuelgue salarial, con relación al matriculado en el mismo mes del año anterior. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas Centros afectados que, con estas circunstancias, deseen acogerse al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASEdescuelgue salarial, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx comunicarán en el cumplimiento plazo improrrogable de las fechas clave no serán redimibles2 meses, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la publicación de las correspondientes tablas salariales en el «Bole- tín Oficial del Estado», a los representantes de los trabajadores, si los hubiere, y a la Comisión Paritaria de este Convenio, su intención de acogerse al mismo, aportando la documentación que estime convenientes, así como la opinión de los representantes de los trabajadores, en caso de existir, si así lo consideran oportuno. La Comisión Paritaria establecerá el procedimiento, controles, cautelas, ga- rantías y arbitrajes que considere oportunos, y, una vez recibida la comunica- ción, podrá solicitar al centro la documentación adicional que estime oportu- na, así como recabar la opinión de los representantes de los trabajadores, si los hubiera. La duración del presente procedimiento no podrá exceder en ningún caso de tres meses. Sólo mediante acuerdo favorable de la Comisión Paritaria, el Centro podrá acogerse a dicha cláusula. Su arbitraje o fallo no podrá demorarse más de un mes desde la fecha en la que ha sido cumplimentada la última información requerida. Los centros que se produjo el hecho de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan hayan acogido a la aprobación cláusula de SBASE. La actualización descuelgue aquí descrita deberán, el día 1 de la Curva Septiembre de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazocada año, cualquiera sea la causa que aplicar automáticamente las origine, no darán lugar tablas correspondientes al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente año en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratocurso.

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Samples: www.feuso.es

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción No tendrán obligación de SBASE en aplicar las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can tablas salariales establecidas en el plan presente Convenio aquellos Centros que acrediten, objetiva y fehacientemente, la siguiente pérdida de trabajos, alumnado: Centros con alumnos en edades comprendidas entre 3 y 6 años: 5% alumnos. Centros con alumnos en edades comprendidas entre 0 y 3 años: 8% alumnos. Centros con alumnos en edades comprendidas entre 0 y 6 años: 8% alumnos. Se tomará como referencia para el establecimiento de conformidad con lo dispuesto este cómputo el alumnado matriculado en el PCPmes de Enero del ejercicio afectado por el descuelgue salarial, con relación al matriculado en el mismo mes del año anterior. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas Centros afectados que, con estas circunstancias, deseen acogerse al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASEdescuelgue salarial, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx comunicarán en el cumplimiento plazo improrrogable de las fechas clave no serán redimibles2 meses, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la publicación de las correspondientes tablas salariales en el «Boletín Oficial del Estado», a los representantes de los trabajadores, si los hubiere, y a la Comisión Paritaria de este Convenio, su intención de acogerse al mismo, aportando la documentación que estime convenientes, así como la opinión de los representantes de los trabajadores, en caso de existir, si así lo consideran oportuno. La Comisión Paritaria establecerá el procedimiento, controles, cautelas, garantías y arbitrajes que considere oportunos, y, una vez recibida la comunicación, podrá solicitar al centro la documentación adicional que estime oportuna, así como recabar la opinión de los representantes de los trabajadores, si los hubiera. La duración del presente procedimiento no podrá exceder en ningún caso de tres meses. Sólo mediante acuerdo favorable de la Comisión Paritaria, el Centro podrá acogerse a dicha cláusula. Su arbitraje o fallo no podrá demorarse más de un mes desde la fecha en la que ha sido cumplimentada la última información requerida. Los centros que se produjo el hecho de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan hayan acogido a la aprobación cláusula de SBASEdescuelgue aquí descrita deberán, el día 1 de Septiembre de cada año, aplicar automáticamente las tablas correspondientes al año en curso. La actualización de la Curva de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contrato.cve: BOE-A-2010-4729

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Samples: www.boe.es

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción de SBASE en las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can en el plan de trabajos, de conformidad con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un El plazo de quince (15) días duración de otorga- da una prórroga se ajustará este contrato es el Plan de Trabajos y que establece la Curva de Certificación al nuevo plazoHoja Resumen, modificándolo solamente iniciando su vigencia a partir de la fecha en que se produjo el hecho de ori- gen aprobación de la prórroga línea de crédito y suscripción de este instrumento. LA CAJA efectuará evaluaciones periódicas de la situación crediticia de EL CLIENTE y en función a ellas mantendrá o modificará los alcances y condiciones de esta línea de crédito. LA CAJA se someterá reserva el derecho de conceder a su sola discreción, ante la solicitud de EL CLIENTE, plazos adicionales de pago a EL CLIENTE respecto de cuotas pendientes de vencimiento. Estos plazos adicionales de pago se otorgarán, a juicio de LA CAJA, en casos justificados. El formulario de la solicitud se podrá encontrar en la página web de LA CAJA: xxxx://xxx.xxxx-xxxxx.xxx.xx. Tales facilidades serán determinadas por LA CAJA en cuanto a montos y a plazos, mediante la creación de una o más cuotas adicionales que incluirán el capital, los intereses compensatorios correspondientes, comisiones y gastos. El plazo adicional de pago a EL CLIENTE será comunicado a éste mediante los medios de comunicación directo señalados en la cláusula décima quinta del presente contrato, junto con la comunicación se remitirá el nuevo plan a la aprobación cronograma de SBASEpagos. La actualización En cualquier momento dentro de la Curva vigencia de certificaciones se hará siempre este contrato, LA CAJA está facultada a suprim ir o reducir el monto de la LÍNEA DE CRÉDITO , considerando para el efecto el comportamiento de pago y endeudamiento total y potencial de EL CLIENTE en el sistema financiero, sin que ello implique para LA CAJA, responsabilidad alguna o le genere la obligación de pagar una indemnización, siendo para ello suficiente que dichas modificaciones sean comunicadas previamente por LA CAJA de acuerdo con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que lo dispuesto en las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx sinormas legales vigentes, a menos que estas tengan como justificación las causas establecidas en la expiración cláusula vigésimo segunda del plazo y sus prórrogas otorgadaspresente contrato, en los trabajos cuales no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratonecesitará comunicación previa.

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Samples: Contrato De Línea De Crédito Automática

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción No tendrán obligación de SBASE en aplicar las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can tablas salariales establecidas en el plan presente Convenio aquellos Centros que acrediten, objetiva y fehacientemente, la siguiente pérdida de trabajos, alumnado: Centros con alumnos en edades comprendidas entre 3 y 6 años: 5% alumnos Centros con alumnos en edades comprendidas entre 0 y 3 años: 8% alumnos Centros con alumnos en edades comprendidas entre 0 y 6 años: 8% alumnos Se tomará como referencia para el establecimiento de conformidad con lo dispuesto este cómputo el alumnado matriculado en el PCPmes de Enero del ejercicio afectado por el descuelgue salarial, con relación al matriculado en el mismo mes del año anterior. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas Centros afectados que, con estas circunstancias, deseen acogerse al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASEdescuelgue salarial, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx comunicarán en el cumplimiento plazo improrrogable de las fechas clave no serán redimibles2 meses, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un plazo de quince (15) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la publicación de las correspondientes tablas salariales en el «Boletín Oficial del Estado», a los representantes de los trabajadores, si los hubiere, y a la Comisión Paritaria de este Convenio, su intención de acogerse al mismo, aportando la documentación que estime convenientes, así como la opinión de los representantes de los trabajadores, en caso de existir, si así lo consideran oportuno. La Comisión Paritaria establecerá el procedimiento, controles, cautelas, garantías y arbitrajes que considere oportunos, y, una vez recibida la comunicación, podrá solicitar al centro la documentación adicional que estime oportuna, así como recabar la opinión de los representantes de los trabajadores, si los hubiera. La duración del presente procedimiento no podrá exceder en ningún caso de tres meses. Sólo mediante acuerdo favorable de la Comisión Paritaria, el Centro podrá acogerse a dicha cláusula. Su arbitraje o fallo no podrá demorarse más de un mes desde la fecha en la que ha sido cumplimentada la última información requerida. Los centros que se produjo el hecho de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan hayan acogido a la aprobación cláusula de SBASE. La actualización descuelgue aquí descrita deberán, el día 1 de la Curva Septiembre de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazocada año, cualquiera sea la causa que aplicar automáticamente las origine, no darán lugar tablas correspondientes al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente año en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratocurso.

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Samples: fundacioncolegiosdiocesanos.com

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción de SBASE en las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can en el plan de trabajos, de conformidad con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un El plazo de quince (15) días duración de otorga- da una prórroga se ajustará este contrato es el Plan de Trabajos y que establece la Curva de Certificación al nuevo plazoHoja Resumen, modificándolo solamente iniciando su vigencia a partir de la fecha en que se produjo el hecho de ori- gen aprobación de la prórroga línea de crédito y suscripción de este instrumento. LA CAJA efectuará evaluaciones periódicas de la situación crediticia de EL CLIENTE y en función a ellas mantendrá o modificará los alcances y condiciones de esta línea de crédito. LA CAJA se someterá reserva el derecho de conceder a su sola discreción, ante la solicitud de EL CLIENTE, plazos adicionales de pago a EL CLIENTE respecto de cuotas pendientes de vencimiento. Estos plazos adicionales de pago se otorgarán, a juicio de LA CAJA, en casos justificados. El formulario de la solicitud se podrá encontrar en la página web de LA CAJA: xxxx://xxx.xxxx-xxxxx.xxx.xx. Tales facilidades serán determinadas por LA CAJA en cuanto a montos y a plazos, mediante la creación de una o más cuotas adicionales que incluirán el capital, los intereses compensatorios correspondientes, comisiones y gastos. El plazo adicional de pago a EL CLIENTE será comunicado a éste mediante los medios de comunicación directo señalados en la cláusula décima quinta del presente contrato, junto con la comunicación se remitirá el nuevo plan a la aprobación cronograma de SBASEpagos. La actualización En cualquier momento dentro de la Curva vigencia de certificaciones se hará siempre este contrato, LA CAJA está facultada a suprimir o reducir el monto de la LÍNEA DE CRÉDITO, considerando para el efecto el comportamiento de pago y endeudamiento total y potencial de EL CLIENTE en el sistema financiero, sin que ello implique para LA CAJA, el pago de penalidad alguna a favor del cliente, siendo para ello suficiente que dichas modificaciones sean comunicadas previamente por LA CAJA de acuerdo con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que lo dispuesto en las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx sinormas legales vigentes, a menos que estas tengan como justificación las causas establecidas en la expiración cláusula vigésimo segunda del plazo y sus prórrogas otorgadaspresente contrato, en los trabajos cuales no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratonecesitará comunicación previa.

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Samples: Contrato De Línea De Crédito Automática

PLAZO. Los trabajos deben ser realizados El plazo de ejecución del contrato –que es el plazo de entrega del suministro “objeto” del mismo- es el que se fija en forma completa y entregados la sección 2 xxx xxxxxx en el numeral 2.2.3.1.2. Plazo de la sección 2 de este pliego. El contrato se considerará cumplido cuando cada una de las partes lleva a entera satisfac- ción de SBASE en cabo las fechas convenidas y acciones que explícita o implícitamente quedan comprendidas en los plazos parciales compromisos u obligaciones que asume, y con atención a las características formales y de tiempo previstas para ello. Cualquier desviación, modificación u omisión de dichas acciones que no haya sido consentida expresamente por la contraparte, constituirá legalmente un caso de “incumplimiento” del contrato y será suficiente para que se establez- can produzcan los efectos legal o contractualmente previstos para ello. Cuando se estipule expresamente, será suficiente la configuración objetiva del evento constitutivo del incumplimiento, para que la contraparte que lo sufre exija las reparaciones o tome las medidas resarcitorias correspondientes. Es un caso especial de incumplimiento la renuencia del CONTRATISTA a firmar el contrato en los casos en los cuales esta formalidad procede conforme con lo previsto en este pliego o no aportar la documentación necesaria para la formalización del contrato y, por tanto, para hacer posible dar la orden de inicio. AGUAS DE MALAMBO considerará que esta circunstancia se ha dado cuando transcurran diez (10) días calendario después del vencimiento del plazo para cumplir con los actos señalados. Dicho término no es un plazo adicional al fijado para la formalización del contrato. En ambos casos, AGUAS DE MALAMBO podrá aceptar la oferta del proponente clasificado en la lista de elegibles en segundo lugar, frente a quien se procederá de manera similar a la del primer caso; en consecuencia, de darse una circunstancia semejante de renuencia por parte del nuevo proponente seleccionado, se acudirá al clasificado en tercer lugar y bajo los mismos mecanismos de conformación del acuerdo. En todo caso y frente a los proponentes que incurran en el plan incumplimiento acabado de trabajosrelacionar, AGUAS DE MALAMBO hará efectiva la garantía de seriedad de las ofertas y los proponentes quedarán en la situación de inhabilidad para contratar que contempla la Ley 80 de 1993. En el evento de que el CONTRATISTA incurra en una de las causales de multa pactadas en el contrato, AGUAS DE MALAMBO, a través del servidor competente quien tiene a su cargo el manejo del contrato, le comunicarán por escrito sobre la existencia de la causal en que incurrió y la consecuente deducción de la suma respectiva, de conformidad acuerdo con lo dispuesto en el PCPpactado contractualmente. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual En la mencionada comunicación se le concederá a EL CONTRATISTA un término de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de pro- ducido recibo de la comunicación, para que exponga o justifique las razones de su atraso o de su incumplimiento. Si EL CONTRATISTA no manifiesta dentro de dicho término las razones que justifiquen su incumplimiento, o si las presenta, y del análisis efectuado por AGUAS DE MALAMBO no se encuentra justificado el hecho incumplimiento correspondiente, el valor de la multa se tomará directamente de cualquier suma que se adeude a EL CONTRATISTA, si la hay, de no haberla se solicitará que la pague voluntariamente y de no hacerlo en el término indicado por AGUAS DE MALAMBO, se procederá a hacer efectivo el amparo de cumplimiento del contrato; si lo anterior no es posible, se cobrará por la vía judicial. Si posteriormente EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad, a juicio de AGUAS DE MALAMBO, habrá lugar a la entrega a EL CONTRATISTA de los dineros deducidos. Los dineros que deban ser entregados a EL CONTRATISTA, serán indexados así: en moneda nacional se actualizarán con el IPC y en moneda extranjera se actualizarán con la tasa LIBOR. En el caso de las multas o incumplimientos en que haya incurrido el CONTRATISTA durante la ejecución del contrato con AGUAS DE MALAMBO, se funden. Dentro entiende por firme o aplicado el acto correspondiente, así: (i) En la fecha de un plazo la comunicación mediante la cual AGUAS DE MALAMBO le informa al CONTRATISTA que se ratifica la declaratoria de quince la multa o incumplimiento con base en la causal respectiva, cuando EL CONTRATISTA haya hecho uso del derecho que le otorgan las reglas de contratación aplicables en cada caso, de exponer los argumentos con los cuales pretende justificar el incumplimiento, y (15ii) días de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir Al día hábil siguiente de la fecha en de vencimiento del término que se produjo el le concede al CONTRATISTA para que exponga las razones de su incumplimiento, sin que haya hecho uso de ori- gen de la prórroga y se someterá el nuevo plan a la aprobación de SBASE. La actualización de la Curva de certificaciones se hará siempre con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, los trabajos no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratodicha facultad.

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PLAZO. Los trabajos deben ser realizados en forma completa y entregados a entera satisfac- ción de SBASE en las fechas convenidas y en los plazos parciales que se establez- can en el plan de trabajos, de conformidad con lo dispuesto en el PCP. Los plazos parciales podrán ser hitos del cronograma contractual y/o fechas clave: a)Los primeros son hitos internos del cronograma contractual de la obra y pueden o no ser establecidas por SBASE; b) las fechas clave son fechas establecidas por SBASE por estar vinculadas al desarrollo de tareas críticas que afectan a otros con- tratistas o a otras actividades de SBASE, por lo tanto las multas que pudieren aplicar- se por xxxx en el cumplimiento de las fechas clave no serán redimibles, como en el caso de los hitos del cronograma contractual que pueden recuperarse de cumplirse el plazo final. A pedido del Contratista, SBASE podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presente alguna de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales o mayor volumen de obra o cambios de proyecto debidamente aprobados por SBASE; 2º) de- moras de SBASE en la entrega de documentación, materiales, terrenos o elementos de cualquier naturaleza previstos en la documentación contractual, con excepción de los pagos; 3º) conflictos gremiales de carácter general; 4º) caso fortuito o de fuerza mayor. Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días de pro- ducido el hecho en que se funden. Dentro de un El plazo de quince (15) días duración de otorga- da una prórroga se ajustará el Plan de Trabajos y la Curva de Certificación al nuevo plazoeste contrato es indefinido, modificándolo solamente iniciando su vigencia a partir de la fecha en que se produjo el hecho de ori- gen aprobación de la prórroga línea de crédito y suscripción de este instrumento. LA CAJA efectuará evaluaciones periódicas de la situación crediticia de EL CLIENTE y en función a ellas mantendrá o modificará los alcances y condiciones de esta línea de crédito. LA CAJA se someterá reserva el derecho de conceder a su sola discreción, ante la solicitud de EL CLIENTE, plazos adicionales de pago a EL CLIENTE respecto de cuotas pendientes de vencimiento. Estos plazos adicionales de pago se otorgarán, a juicio de LA CAJA, en casos justificados. El formulario de la solicitud se podrá encontrar en la página web de LA CAJA: xxxx://xxx.xxxx-xxxxx.xxx.xx. Tales facilidades serán determinadas por LA CAJA en cuanto a montos y a plazos, mediante la creación de una o más cuotas adicionales que incluirán el capital, los intereses compensatorios correspondientes, comisiones y gastos. El plazo adicional de pago a EL CLIENTE será comunicado a éste mediante los medios de comunicación directo señalados en la cláusula décima quinta del presente contrato, junto con la comunicación se remitirá el nuevo plan a la aprobación cronograma de SBASEpagos. La actualización En cualquier momento dentro de la Curva vigencia de certificaciones se hará siempre este contrato, LA CAJA está facultada a suprimir o reducir el monto de la LÍNEA DE CRÉDITO, considerando para el efecto el comportamiento de pago y endeudamiento total y potencial de EL CLIENTE en el sistema financiero, sin que ello implique para LA CAJA, responsabilidad alguna o le genere la obligación de pagar una indemnización, siendo para ello suficiente que dichas modificaciones sean comunicadas previamente por LA CAJA de acuerdo con los precios bási- cos del Contrato. Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que lo dispuesto en las origine, no darán lugar al re- conocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total mayor de treinta (30) días dispuesta por SBASE por motivos no imputables al Contra- tista. El Contratista quedará constituido automáticamente en xxxx sinormas legales vigentes, a menos que estas tengan como justificación las causas establecidas en la expiración cláusula vigésimo segunda del plazo y sus prórrogas otorgadaspresente contrato, en los trabajos cuales no estuvieran completamente termina- dos. Cuando en el PCP se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado el Contratista entrará en xxxx par- cial. En ambos casos, SBASE podrá aplicar las penalidades previstas en el contratonecesitará comunicación previa.

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Samples: Contrato De Línea De Crédito Automática