POSTPRODUCCIÓN Cláusulas de Ejemplo

POSTPRODUCCIÓN. La Subdirección de Concursos y Sorteos proporcionará a “El Prestador de Servicio” el material de producción dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la notificación del fallo, para que éste se encuentre en condiciones de proporcionar el servicio de manera óptima. “El Prestador de Servicio” elaborará todas las pizarras, escenarios virtuales para el croma, gráficos animados, plantillas editables para los concursos, sorteos, lectura de Actas, eventos especiales, Pantallas externas y leds del Set de Sorteos Todo el material de producción elaborado por “El Prestador de Servicio” deberá utilizar los calendarios de concursos y sorteos, los pantones, tipografías, logotipos y marcas registradas por Pronósticos, mismos que serán proporcionados por la Subdirección de Concursos y Sorteos dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la notificación del fallo. Todo el material de postproducción elaborado por “El Prestador de Servicio” es propiedad de Pronósticos y será entregado en su formato original a la Subdirección de Concursos y Sorteos en un Disco Duro formando parte de los entregables dentro de los primeros 10 (diez) días naturales posteriores al inicio del servicio, y para el material de postproducción que se genere posterior a esta fecha, se integrará a este Disco Duro. “El Prestador de Servicio” deberá actualizar para cada uno de los sorteos, concursos y lectura de actas las pizarras que contendrán por lo menos: La Subdirección de Concursos y Sorteos le entregará a “El Prestador de Servicio” como máximo 30 (treinta) minutos antes del inicio de los eventos especiales las características de las pizarras. “El Prestador de Servicio” deberá elaborar las plantillas con los gráficos animados para cada uno de los concursos, sorteos, lectura de actas, Pantallas externas y eventos especiales (si así se requiere) que contendrán por lo menos: “El Prestador de Servicio” deberá elaborar por lo menos 3 (tres) escenarios virtuales con gráficos animados
POSTPRODUCCIÓN. Fase última del proceso de producción que se extiende desde la conclusión del rodaje hasta la obtención del Master Profesional o la copia definitiva que permita la exhibición de la obra cinematográfica.
POSTPRODUCCIÓN. Edición en Final Cut y After Effects. Animación 2D o 3D u otras requeridas. Locutor (1) Corrección de colores. Diseño de audio y locución. Post producción y mezcla final de audio. Masterización. Provisión adicional de música y efectos de biblioteca o uso de música de autores con derechos de uso adquiridos. Durante todo el período de ejecución se realizará una coordinación permanente con el personal de la Dirección General de Estrategias El costo total del servicio es de Bs 1.000.000.- (Un Millón 00/100 BOLIVIANOS. El pago se realizará vía transferencia SIGEP, previa presentación y aprobación de: Productos del Material Comunicacional según detalle establecido en el punto 4. Informe de conformidad emitido por el Responsable de Recepción o Comisión de Recepción. Planilla de Ejecución de Servicios firmada por Fiscalización. Nota Interna de Solicitud de pago a cargo de Fiscalización. Factura correspondiente o nota de solicitud de retención impositiva. Para el último pago se adicionará el Certificado de Liquidación Final del servicio a cargo de Fiscalización.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.