ÚLTIMO PAGO Cláusulas de Ejemplo

ÚLTIMO PAGO. Este se hará efectivo una vez que se realice la recepción provisional de la obra y que se sustituya la garantía de cumplimiento por la garantía de calidad de obra. Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir del cumplimiento de los requisitos y la presentación correcta de los documentos de cobro correspondiente.
ÚLTIMO PAGO correspondiente al por ciento (5 %) del valor total del contrato a la entrega y recibido a satisfacción por parte de la supervisión de la ANH de lo siguiente:
ÚLTIMO PAGO. Correspondiente al saldo del 25% del valor del contrato, al cumplimiento del 100% de la ejecución del objeto contractual reportado por la supervisión del contrato y en el acta de recibo a satisfacción total suscrita entre el supervisor del contrato y el CONTRATISTA.
ÚLTIMO PAGO. Este se hará efectivo una vez que se realice la recepción final de la obra, de acuerdo a lo estipulado en la CLÁUSULA XIII:
ÚLTIMO PAGO. Equivalente al 20% del valor total del contrato, contra acta de entrega final de cumplimiento a satisfacción e informe final de todo el proceso en digital e Nota: A las facturas de venta que presente EL CONTRATISTA se les efectuarán las retenciones que en materia de impuestos establezca la ley. Las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho EL CONTRATISTA deberán ser tramitadas por este ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz. El pago será́ previamente aprobado por el supervisor y/o interventor del contrato que se designe para la vigilancia de este contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Para el pago final, el contratista deberá presentar Informe Técnico y administrativo final aprobado por el la Interventoría. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los pagos serán realizados dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que el contratista radique la factura comercial con el lleno de requisitos, acompañada de la certificación, expedida por el representante legal o el revisor fisca, según el caso, que acredite el pago por parte del contratista de las obligaciones al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales) y aportes parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), anexando las correspondientes planillas de pago debidamente canceladas. PARÁGRAFO TERCERO: En todo caso el trámite del pago se realizará de conformidad con las condiciones establecidas en el Manual Operativo del Fondo Colombia en Paz. PARÁGRAFO QUINTO - CONDICIÓN SUSPENSIVA DEL ÚLTIMO PAGO: para el último
ÚLTIMO PAGO. DIEZ POR CIENTO (10%) A LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL (OBRA / INTERVENTORÍA) No Obligación Seguimiento Recomendación PARÁGRAFO PRIMERO. EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes establecidos en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002, lo cual se hará mediante certificación expedida por el revisor fiscal o el representante legal si no tiene revisor fiscal, y demás normas que lo modifiquen, reglamentan o PARÁGRAFO SEGUNDO: Los pagos que efectúe la CAJA en virtud del contrato estarán sujetos a la programación de los recursos del Programa Anual de Caja — PAC y a los recursos disponibles en Tesorería. PARÁGRAFO TERCERO: La cancelación del valor del contrato, por parte de la CAJA al CONTRATISTA, se hará mediante el Sistema Bog Data, que maneja la Tesorería Distrital de Bogotá, realizando consignaciones en las cuentas que posea el contratista en una entidad financiera, de acuerdo con la información suministrada por el mismo, en los documentos de la propuesta.
ÚLTIMO PAGO. Este se hará efectivo una vez que se realice la recepción definitiva de la obra y que se sustituya la garantía de cumplimiento por la garantía de calidad de obra. Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir del cumplimiento de los requisitos y la presentación correcta de los documentos de cobro correspondiente. El último pago deberá estar respaldado por la siguiente documentación soporte:  Estimación de Campo, usando el formato previamente aprobado por el Gerente de Obras.  Libro de Campo: El CONTRATISTA presentará para aprobación del Gerente de Obras, estimaciones que reflejen la obra realmente ejecutada en el período y que se basen en los conceptos y precios unitarios contenidos en los renglones correspondientes que se indican en la Lista de Cantidades, y conforme al cumplimiento del alcance establecido en el Contrato.  Copia de la Tarjeta de identidad del representante legal.  Copia de Registro Tributario Nacional del representante legal y de la Empresa.  Copia de Registro de Beneficiario SIAFI.  Factura Comercial de acuerdo al Régimen de Facturación (autorizado por el SAR).  Recibo de Pago (autorizado por el (SAR)  Constancia de Solvencia Fiscal del Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR).  Acta de Recepción Definitiva de la Obra  Garantía de Calidad de obra.
ÚLTIMO PAGO. Cuando el avance de obra se encuentre en un cien por ciento (100%), se cancelará el veinticinco (25%) del valor del contrato. Para todos los pagos, el Contratista debe radicar en la Agencia Logística de las Fuerzas Militares la siguiente documentación:

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.